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26-feb-2020Franco (causa N° 25901)Una mujer ingresó a un maxikiosco y le solicitó a la empleada un helado ubicado en un freezer cerrado fuera del local. Cuando fue a buscarlo, la clienta hizo que su hijo de ocho años se ubicara frente a la caja registradora para sustraer unas tarjetas telefónicas y las guardara en su bolsillo. La empleada advirtió la maniobra e increpó a la mujer, que la golpeó en la cara. A raíz de la discusión, otros comerciantes retuvieron a la involucrada y al niño hasta que llegó la policía. Las tarjetas telefónicas fueron recuperadas y la empleada del comercio perdió dos piezas dentales como consecuencia del golpe. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de robo en grado de tentativa, en concurso ideal con lesiones graves. En la etapa de juicio oral, fue condenada a la pena de seis años de prisión por el delito de robo calificado por haber causado lesiones graves y con la participación de un menor de edad. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió porque el tribunal oral condenó a su defendida por una pena más gravosa que la solicitada por la representante del Ministerio Público Fiscal. Además, atacó la calificación jurídica escogida.
18-feb-2020Pascucci y otro (causa nº 71487)Un hombre fue imputado por el delito de robo. Durante el proceso, las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. En esa oportunidad, el tribunal interviniente difirió el tratamiento de la cuestión relativa al decomiso de un vehículo. En ese sentido, sostuvo que primero se debía contar con la documentación original de su titularidad y dominio. Con posterioridad, esa información fue remitida. De la documentación surgía que la titularidad registral del vehículo estaba en cabeza del hermano de la persona condenada. Sin embargo, el tribunal resolvió decomisar el rodado. En ese sentido, sostuvo que la documentación de la titularidad era meramente formal ya que el rodado había sido adquirido con fondos de todo el grupo familiar. A su vez, señaló que el imputado tenía su uso exclusivo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
27-dic-2019Rodríguez (Causa Nº 22785)Un hombre descendió de un vehículo en la vía pública, le exhibió un arma de fuego a una mujer y le sustrajo su cartera. Luego volvió al auto e intentó fugarse. Unos minutos más tarde fue detenido por personal policial. En el vehículo se hallaron las pertenencias de la mujer y un arma cargada con cinco cartuchos de bala. El hombre fue imputado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego en concurso real con el de portación ilegítima de arma de guerra. Al efectuarse el peritaje del arma se utilizaron cartuchos pertenecientes a la División Balística de la policía. El informe se concluyó que el arma era apta para producir disparos aunque tenía un funcionamiento anormal porque, entre otras cuestiones, el seguro del martillo no funcionaba. El hombre fue condenado a la pena de siete años de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación planteó, entre otras cuestiones, que el peritaje no se había realizado con los cartuchos secuestrados. Por ese motivo, consideró que el hecho debía calificarse como robo con arma cuya aptitud para el disparo no había podido tenerse por acreditada.
26-dic-2019Galeano (reg. N° 1974 y causa N° 62776)Un hombre que se encontraba en la vía pública tenía en la cintura una pistola calibre 11.25 con una leyenda que decía Ejército Argentino. En el bolsillo trasero de su pantalón tenía un cargador con seis proyectiles. Por ese hecho fue detenido e imputado por el delito de tenencia no autorizada de arma de guerra. En la etapa de juicio se incorporó un informe balístico que establecía que el arma era apta para el disparo, aunque de funcionamiento anormal. Las balas no fueron peritadas. En base a ese informe el Tribunal Oral condenó al imputado a la pena de dos años y cuatro meses de prisión en suspenso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones planteó que, ante la falta de proyectiles o de la acreditación de su idoneidad, el objeto no podía identificarse como arma de fuego. Por esa razón, concluyó que la conducta debía ser considerada atípica.
26-dic-2019Pérez (reg. Nº 1976 y causa Nº 27556)Dos agentes policiales observaron a Pérez y otro hombre que caminaban por la vía pública mientras bebían de un vaso y miraban una casa. Los policías se acercaron a Pérez con el fin de identificarlo y verificaron que vivía a pocos metros del lugar. Luego lo requisaron y encontraron un arma entre sus pertenencias. Por ese hecho fue detenido e imputado por el delito de portación ilegítima de arma de guerra. En la etapa de juicio el Tribunal Oral lo absolvió. Para decidir de esa manera sostuvo que no habían existido circunstancias suficientes que justificaran el procedimiento de detención y requisa de Pérez. En esa dirección, indicó que los agentes habían descripto de manera fundada cuáles habían sido las conductas que generaron sus sospechas y habilitaron el registro sin orden judicial. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación.
10-dic-2019Flores (causa Nº 73904)Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Al momento de su detención, tenía una prótesis en una de sus piernas. Una vez alojado en un complejo penitenciario, una de sus rodillas se infectó y el Cuerpo Médico Forense indicó que la prótesis debía extraerse. Su defensa aportó informes médicos sobre el estado de salud de su asistido y solicitó en reiteradas oportunidades que se le realizara la intervención quirúrgica. Además, el imputado interpuso en tres hábeas corpus por el mismo motivo sin conseguir que se realizase la operación. Después de un año y siete meses de encontrase detenido en prisión preventiva, el imputado fue condenado a la pena de cinco años y diez meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Luego solicitó que se le concediera la excarcelación e indicó que podía vivir en la casa de su padre junto a su familia. El tribunal rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, consideró que la salud del imputado era tratada en el establecimiento penitenciario y que la libertad solicitada no estaba prevista dentro de ninguno de los supuestos contemplados por el artículo 317 del CPPN. Por otra parte, destacó que el monto de la condena era elevado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa planteó, entre otras cuestiones, que la condena no se encontraba firme y que su asistido revestía la calidad de imputado. Además, sostuvo que su salud no se encontraba atendida de forma correcta y que continuaba sin respuesta ante la indicación médica de intervención quirúrgica. Por último, recordó que el hombre contaba con una residencia en la que podía vivir junto con su familia.
2-dic-2019Muñoz (Causa Nº43420)Muñoz y otro hombre forzaron la puerta de una vivienda e ingresaron. Al arribar personal policial, intentaron fugarse y movieron un mueble para obstaculizar el paso de los agentes. Luego de un forcejeo, uno de los policías tomó a Muñoz y lo detuvo. En ese marco, el agente advirtió que se había fracturado un dedo de la mano. Muñoz fue imputado por el delito de robo grado de tentativa en concurso ideal con lesiones graves criminis causae. En la etapa de juicio oral el policía manifestó que no podía precisar el momento exacto en que se había fracturado y que era posible que hubiera sido un accidente. El Tribunal Oral, por mayoría, condenó al imputado a la pena de tres años de prisión. Entre otras cuestiones, expuso que no se advertía cuál podía ser la clase de accidente que provocara la fractura de un dedo en una puja física entre dos personas. En consecuencia, consideró que la lesión se había producido cuando el agente intentaba detener a los hombres. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
12-nov-2019Campodonico (reg. Nº 1651 y causa Nº 16965)Una persona denunció la sustracción de su bicicleta. Luego observó a un hombre que circulaba a bordo de la misma y dio aviso a la policía. Por tal razón, el hombre fue detenido e imputado de acuerdo al procedimiento de flagrancia. Al ser indagado, sostuvo que la había comprado por un precio muy bajo a un desconocido en una plaza. En el requerimiento de elevación a juicio la fiscalía le imputó haberse apoderado de manera ilegítima de la bicicleta y, alternativamente, haberla adquirido o recibido con conocimiento de su procedencia ilícita y con ánimo de lucro. Durante el juicio, la fiscalía lo acusó solo por el delito de encubrimiento agravado. A su turno, la defensa postuló la nulidad del requerimiento por contener una acusación alternativa. En tal sentido, consideró que era contrario a los requisitos previstos por el artículo 347 del CPPN ya que no contenía un relato claro y circunstanciado del hecho. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de esa manera sostuvo que la regulación de la acusación en el marco del procedimiento de flagrancia, a diferencia del trámite ordinario, sólo requería la descripción del hecho imputado. En tal sentido, concluyó que no era necesario que fuera formulada de manera “precisa, clara y circunstanciada”. Por último, lo condenó por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro a la pena de un año de prisión. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. En su recurso la defensa consideró que el requerimiento de elevación a juicio con acusación alternativa resultaba violatorio del derecho a contar con una comunicación previa y detallada sobre el hecho imputado y era lesivo de la garantía que prohíbe la autoincriminación forzada. Por tal razón, postuló su nulidad y la absolución de su asistido.
12-nov-2019Caceres (Causa Nº64699)Un hombre hirió el cuello de la mujer que era su pareja con un cuchillo. En su declaración, el hombre explicó que había reaccionado de esa manera porque ella lo había lastimado con un cuchillo mientras él dormía. Además, agregó que él había intentado empujarla para evitar la agresión. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de homicidio en grado de tentativa agravado por haber sido cometido contra una mujer con la que el imputado mantenía una relación de pareja, ejecutado en exceso de legítima defensa. En la etapa de juicio, el hombre fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Para decidir de esta manera, el tribunal, entre otras cuestiones, tomó en consideración la falta de racionalidad en el medio empleado para repeler la agresión y que el hombre podría haber actuado de una forma menos lesiva para evitar el ataque. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa consideró, entre otras cuestiones, que el hombre no había excedido los límites de la legítima defensa. Respecto del medio empleado para impedir la agresión, su defensa consideró que la sentencia era arbitraria dado que no había analizado las circunstancias particulares del hecho.
12-nov-2019Castro (reg. Nº 1650 y causa Nº 72983)En julio de 2016, una persona había sido condenada a la pena única de ocho meses de prisión y declarada reincidente. Luego, fue imputada por el delito de robo cometido en poblado y en banda en grado de tentativa. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que la fiscalía solicitó que se la condenara a la pena única de un año y ocho meses de prisión. En noviembre de 2016, el Tribunal Oral condenó en esos términos y mantuvo la declaración de reincidencia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad. En su presentación, la defensa sostuvo que el tipo penal contenido en el artículo 167, inciso 2º del Código Penal era inconstitucional en tanto no establecía una definición precisa del concepto de banda. Ese sentido, sostuvo que violaba el principio de legalidad. De manera subsidiaria planteó que, en caso de que se considerara que la tipicidad de la figura se configuraba a partir del artículo 210 del Código Penal correspondiente al delito de asociación ilícita, sus requisitos no se encontraban presentes en el hecho atribuido a su asistido. Por último impugnó la declaración de reincidencia, puesto que no había sido pactada en el acuerdo de juicio abreviado.

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