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27-abr-2023Ozuna y otros (causa N° 65291)Un tribunal oral juzgó una serie de episodios violentos ocurridos en un barrio de emergencia producto de lo que se interpretó como un enfrentamiento entre distintos grupos. En ese contexto, se tuvo por acreditado como uno de los hechos que JGA y otro hombre habían concurrido con armas de fuego a un sitio para asesinar a un grupo de personas que se encontraban sentadas en la vereda. Con ese propósito, ambos dispararon en reiteradas oportunidades, sin lograr herir de gravedad a ninguno de los damnificados. El tribunal, por mayoría, calificó este suceso como homicidio doblemente agravado por haber sido cometido mediante el empleo de un arma de fuego y con el concurso premeditado de dos o más personas, en grado de tentativa y condenó a JGA en calidad de coautor. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras consideraciones, sostuvo que se había aplicado de manera errónea el agravante previsto en el artículo 80 inciso 6 del Código Penal.
15-sep-2022Chazarreta y otro (causa N° 1923)Dos hombres circulaban a bordo de una motocicleta. Uno de ellos descendió, le exhibió a una mujer un arma de fuego que llevaba en el pantalón y le sustrajo su cartera. Luego, volvió a la moto y ambos intentaron retirarse del lugar. Unos minutos más tarde, los hombres fueron detenidos por personal de gendarmería, que les secuestraron el arma de fuego que contenía un solo cartucho en su recámara y la cartera que había sido sustraída. Durante la etapa de instrucción, el arma secuestrada fue peritada pero no así la munición que contenía en su interior. Por estos hechos, el tribunal oral interviniente condenó a los dos hombres como coautores del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación que fue concedido. Entre sus argumentos, planteó que la exhibición fugaz de un arma no configuraba el agravante de uso de arma de fuego. Además, manifestó que no se había acreditado que el único cartucho con el que estaba cargada el arma utilizada en el robo fuese apto para ser disparado.
11-ago-2020GP (Causa N° 500000609)Un joven menor de edad junto a dos adultos se acercaron y abalanzaron sobre una mujer. Uno de ellos la golpeó en la cabeza y otro introdujo la mano en uno de los bolsillos de la campera, y se apoderaron del dinero que tenía. El tribunal oral de menores interviniente declaró responsable al joven por el delito de robo agravado por su comisión en banda. Para decidir de esa manera, afirmó que el concepto de “banda” se aplicaba cuando intervenían tres personas en el suceso y que no era necesaria la constatación de elementos adicionales como los descritos en el tipo penal de asociación ilícita. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-jun-2020Arias (causa N° 24186)Un agente de la Gendarmería Nacional realizaba un control vehicular. En el procedimiento, detuvo a un conductor de motocicleta que no portaba patente ni documentación. Por este motivo, el hombre fue procesado por recibir una motocicleta cuyo origen era ilícito. El tribunal oral condenó al hombre por resultar autor del delito de encubrimiento por receptación agravado por haber sido cometido con ánimo de lucro. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
26-feb-2020Franco (causa N° 25901)Una mujer ingresó a un maxikiosco y le solicitó a la empleada un helado ubicado en un freezer cerrado fuera del local. Cuando fue a buscarlo, la clienta hizo que su hijo de ocho años se ubicara frente a la caja registradora para sustraer unas tarjetas telefónicas y las guardara en su bolsillo. La empleada advirtió la maniobra e increpó a la mujer, que la golpeó en la cara. A raíz de la discusión, otros comerciantes retuvieron a la involucrada y al niño hasta que llegó la policía. Las tarjetas telefónicas fueron recuperadas y la empleada del comercio perdió dos piezas dentales como consecuencia del golpe. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de robo en grado de tentativa, en concurso ideal con lesiones graves. En la etapa de juicio oral, fue condenada a la pena de seis años de prisión por el delito de robo calificado por haber causado lesiones graves y con la participación de un menor de edad. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió porque el tribunal oral condenó a su defendida por una pena más gravosa que la solicitada por la representante del Ministerio Público Fiscal. Además, atacó la calificación jurídica escogida.
13-oct-2017SPP (causa Nº 70559)SPP y otra persona ingresaron al depósito de una empresa y sustrajeron elementos de valor. El sereno escuchó ruidos extraños y vio a una persona dentro del predio. Entonces, se asustó y salió a buscar ayuda por una puerta que se abría sólo por dentro. Sin embargo, al salir, dejó la puerta sin llave. Cuando llegó la policía, advirtió que la puerta de acceso al cuarto superior se encontraba abierta y que la cerradura estaba dañada. Allí, encontró a SPP y a su compañero y los detuvo. El fiscal consideró que ingresaron a través de un ventiluz, por lo que calificó el hecho como robo agravado por haber sido cometido con escalamiento. Durante el debate, SPP admitió que ingresó al lugar para llevarse elementos de valor, pero refirió que lo hizo por la puerta de entrada y no por el ventiluz. Asimismo, señaló que unos conocidos suyos le avisaron que habían sacado cosas y que habían dejado la puerta abierta. Por último, manifestó que no se llevó nada porque lo detuvieron al poco tiempo de haber ingresado. La defensa solicitó la incorporación por lectura de un peritaje realizado sobre el ventiluz en el que se concluía que la abertura tenía un máximo de 15 cm y que no resultaba posible que la atravesaran un cuerpo humano y los elementos sustraídos. Sin embargo, el Tribunal Oral condenó a SPP a la pena de tres años y tres meses de prisión por el delito de robo agravado por haber sido cometido con escalamiento. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
22-jun-2017VNO (causa Nº 74176)Dos personas en una motocicleta abordaron a un hombre con el objeto de robarle su teléfono celular. Ante su resistencia, una de ellas lo amenazó de muerte. Luego, se retiraron. A los pocos minutos regresaron con un arma e intentaron nuevamente apoderarse de su teléfono. La víctima se negó y comenzó a correr. Entonces, recibió un impacto de bala en la cabeza y cayó al suelo. La persona que disparó fue detenida. Al requerir la elevación a juicio, el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como homicidio agravado por haberse procurado la impunidad para sí, por no haber logrado el fin propuesto al intentar cometer otro delito, en grado de tentativa, en los términos del artículo 80, inciso 7°, del Código Penal. Durante el debate, la fiscalía de juicio subsumió el hecho bajo la figura de homicidio agravado por no haberse logrado el fin propuesto al intentar otro delito, en grado de tentativa, bajo la misma normativa. El Tribunal Oral condenó al imputado en esos términos, a la pena de doce años de prisión. Para decidir de esa manera, consideró que el fundamento del agravante previsto en el inciso 7° del artículo 80 del Código Penal radicaba en castigar un estado de ánimo frustrado que, en el caso, se tradujo en disparar un arma contra una víctima. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad.
28-dic-2016AJE (causa Nº 14087)Un hombre arribó a un lugar a bordo de una motocicleta y aparcó frente a un estacionamiento. Al bajarse de la moto, le disparó varias veces a una persona y la mató. Luego del ataque, apuntó y disparó contra un agente de policía e hirió a un transeúnte. Seguidamente, intentó huir. Mientras corría, se quitó y arrojó a la vía pública los guantes, la gorra y la campera que vestía, como así también el arma de fuego. Finalmente, fue perdido de vista por el policía. En este sentido, tanto la motocicleta como el casco quedaron abandonados en el lugar del hecho. El vehículo poseía calcomanías con el nombre de una agencia comercial. Entonces, un inspector de policía se dirigió al local y los empleados le exhibieron documentación de la que surgía que la motocicleta había sido adquirida por AJE. Durante el juicio, los empleados de la agencia declararon que AJE adquirió la motocicleta el mismo día, acompañado de otro sujeto. Al pagar, aportó su DNI y un número telefónico. Asimismo, contaron que el nombrado regresó a la agencia unos días más tarde e informó que le habían robado el vehículo. Por otra parte, del informe de comunicaciones del teléfono celular aportado por el imputado, surgía que había recibido llamados treinta minutos antes del hecho. La mayoría de las comunicaciones fueron mantenidas con personas de nacionalidad colombiana y provenían de diferentes centros de detención. El Tribunal Oral condenó a AJE a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por precio. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-oct-2016RREMUna persona había sido imputada por el delito de robo en poblado y en banda agravado por la intervención de un menor de edad. Durante el debate oral, la fiscalía modificó la calificación legal y excluyó la aplicación de la agravante prevista en el art. 41 quater CP. Por este motivo, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral rechazó el pedido por extemporáneo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
27-sep-2016C, JLUna persona fue imputada por dos hechos. El primero consistía en la sustracción de seis bolsas de material de construcción. En el segundo, había trepado un poste de la vía pública para apoderarse de un foco de luz. El Tribunal Oral en lo Criminal lo condenó a la pena de un año y ocho meses de prisión en orden al delito de robo simple en concurso real con el delito de robo con escalamiento –respectivamente–, ambos en grado de tentativa. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, criticó la errónea interpretación de la agravante con la que se calificó el segundo hecho.