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FechaTítuloResumen
25-oct-2016SCMEl Tribunal Oral condenó a una persona a una pena única de treinta y cinco años de prisión. Para decidir de ese modo, si bien tuvo en cuenta que los hechos juzgados eran previos a la modificación del art. 55 CP (que estableció el máximo de pena en cincuenta años), se remitió al artículo 227 ter CP y sostuvo que la pena de prisión máxima aplicable era de treinta y siete años y seis meses. En ese sentido, señaló que esa norma aumentaba el máximo de las penas en un medio y sostuvo que si se tenía en cuenta la pena máxima prevista para el delito de homicidio (veinticinco años) se alcanzaba ese tope. La defensa interpuso un recurso de casación contra la sentencia de condena. Entre sus argumentos señaló que la reforma introdujo agravantes que no podían exceder el máximo previsto en el CP para la especie de pena de que se trate. Asimismo, explicó que la posición sostenida por el tribunal generaba incongruencias en relación con otros institutos del Código (la libertad condicional, la tentativa y la participación) debido a que convierte las penas perpetuas en sanciones de menor gravedad que las penas divisibles. Por último, consideró que la normativa internacional establecía una restricción en veinticinco años de la pena máxima de prisión que podía imponerse.
30-sep-2016Lagos, Carlos Daniel y otrosEl Tribunal Oral había condenado a cuatro personas a una pena de prisión por considerarlos coautores de varios delitos contra la propiedad. En el primer hecho, dos de los condenados habían abordado a una persona por la calle para sustraerle la cartera y el celular. Ambos fueron detenidos cerca del lugar del hecho; sin embargo, la damnificada pudo recuperar únicamente su cartera. En el segundo hecho, dos de los condenados le habían quitado a la víctima su celular y dinero mientras un tercero permanecía inmóvil al costado de la escena. La defensa interpuso recurso de casación contra la condena. Entre otras cuestiones, sostuvo que el primer hecho había quedado en grado de tentativa y que se había juzgado erróneamente la participación del tercero que intervino en el segundo hecho.
16-sep-2016Seballos (reg. N° 717 y causa N° 64476)En febrero de 1999 una persona fue condenada a la pena de cinco años y once meses de prisión (causa N° 615). Luego, en octubre de 2005, fue condenada por un tribunal de San Isidro a la pena de seis años de prisión (causa N° 6), cuyo vencimiento operó en julio de 2007. En febrero de 2008 fue condenado por otro hecho a la pena de dieciocho años de prisión y a la pena única de veinticuatro años de prisión (causa N° 64476). Para decidir de esa manera, el tribunal consideró que se habían dictado dos sentencias firmes contra un mismo imputado sin haberse observado las reglas previstas en los artículos 55 a 57 del Código Penal. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que las reglas de unificación debían aplicarse siempre y cuando las condenas no estuviesen vencidas; circunstancia que no había sucedido con la pena impuesta por el tribunal de San Isidro (causa N° 6).
9-sep-2016H, SAUn hombre y una mujer habían intentado sustraerle un teléfono celular a una persona. Ante su negativa a entregarlo, se produjo un forcejeo que le ocasionó a la víctima golpes en su cara y la fractura de un dedo de su mano. Durante la instrucción, la imputada declaró que tuvo una pelea con la víctima y que su marido sólo intentó detenerla. Por otra parte, mientras que la víctima declaró que el hombre fue quien la había lastimado, una testigo presencial señaló a la mujer como única autora de la golpiza. El Tribunal Oral absolvió a la mujer y condenó a su marido por el delito de lesiones graves. Sobre la base de la misma prueba utilizada para fundamentar la condena, los jueces descartaron la acusación vinculada al robo del teléfono. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-sep-2016HSA (causa Nº 38549)Un hombre y una mujer intentaron sustraerle un teléfono celular a otra persona. Entonces, se produjo un forcejeo que le ocasionó a la víctima lesiones en la cara y la fractura de un dedo de la mano. Durante la instrucción, la imputada declaró que tuvo una pelea con la víctima y que su marido sólo intentó detenerla. Por otra parte, mientras la víctima declaró que la lastimó el hombre, una testigo presencial señaló que sólo la mujer participó en la reyerta. El Tribunal Oral la absolvió y condenó al marido por el delito de lesiones graves. Por otro lado, los jueces descartaron el robo del teléfono con la misma prueba que emplearon para fundamentar la sentencia de condena por las lesiones. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
2-sep-2016P, VUn hombre fue condenado a la pena de cuatro años de prisión por los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo, en concurso real con amenazas, por hechos ocurridos catorce años atrás, cuando la presunta víctima era menor de edad. La sentencia se fundó en el testimonio de la damnificada que, por el tiempo transcurrido, no recordaba los hechos con detalle. Conjuntamente, se tuvieron en cuenta informes periciales elaborados a partir de una serie de entrevistas entre la víctima y distintas profesionales de la salud, en los que se indicaba que aquella presentaba “ciertos indicadores compatibles con un abuso sexual”. La defensa interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria. Por esa vía se impugnó, principalmente, el modo en que se valoró la prueba.
11-ago-2016Barros (reg. Nº 596 y causa Nº 94563)Barros había sido condenado a la pena de veintiún años de prisión y se encontraba en el régimen de confianza con egresos periódicos. En una de las salidas transitorias no se reintegró y fue hallado por las fuerzas de seguridad. Por ese quebrantamiento, se le revocaron las salidas transitorias, se lo recalificó negativamente y fue retrotraído en el régimen progresivo. Luego, alcanzó nuevamente el período de prueba con una conducta ejemplar 10 y concepto muy bueno 7. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional, por unanimidad, propició la incorporación del condenado al régimen peticionado y concluyó que existía un pronóstico positivo de reinserción social. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la solicitud. Consideró que la morigeración del encierro debía hacerse de manera paulatina. En esa dirección, el detenido debía acceder por segunda vez a las salidas transitorias y, luego, evaluarse si era posible su acceso a la libertad condicional. El Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, entendió que el régimen de salidas transitorias se trataba de una etapa preparatoria para la libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
11-ago-2016VABAEn julio del 2012, el Tribunal Oral le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. La probation venció en diciembre de 2013. En 2014, el imputado fue condenado en sede federal por otro hecho cometido en marzo de 2013. Por este motivo, el tribunal revocó el instituto. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-ago-2016Petrissans, Diego SebastiánEl Tribunal Oral revocó la suspensión del juicio a prueba con fundamento en que, durante el plazo de su vigencia, el imputado había cometido un nuevo delito (por el que fue condenado después de haber vencido el plazo por el que se le concedió la probation). Frente a esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En la audiencia ante la CNCCC, el fiscal señaló que el recurso era inadmisible porque la sentencia impugnada no era definitiva ni equiparable a tal.
10-ago-2016Sillerico Condori, LuisEl Tribunal Oral había condenado a Sillerico Condori a la pena de 13 años de prisión y, en el mismo acto, ordenó su detención. Posteriormente, rechazó la excarcelación presentada por la defensa. Contra esa decisión, se interpuso recurso de casación. Allí, se argumentó que no se valoraron las cuestiones personales del condenado, su comparecencia ante el tribunal cada quince días y cada vez que fue citado.