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30-dic-2016EMS (Causa N° 381)Un jóven se encontraba privado de su libertad por haber sido condenado a la pena de ocho años de prisión por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y homicidio criminis causae en grado de tentativa, todos en concurso real. Estos hechos los había cometido en el año 2009 cuando era menor de edad. Durante su detención, el Servicio Penitenciario Federal indicó la fecha en la que el jóven podría acceder a la libertad condicional. Transcurrido el plazo correspondiente, su defensa solicitó su libertad condicional. Para fundar su pedido acompañó los informes positivos del Consejo Correccional del SPF. Por su parte, la fiscalía se expidió de manera favorable. Sin embargo, el juzgado de ejecución rechazó el planteo. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos expuso que el juez había resuelto en contrario al derecho de defensa, el debido proceso legal y el principio de contradicción, toda vez que el fiscal había dictaminado a favor del pedido. Además, cuestionó la afectación al principio de progresividad en las penas privativas de la libertad.
29-nov-2016D, MA y otroDos personas ascendieron a un automóvil de alquiler y solicitaron transportarse a un punto de la ciudad. Al llegar a destino una de ellas sostuvo al conductor por debajo de las axilas y le colocó una tijera en el cuello, mientras la otra tomó la recaudación que guardaba en su billetera. Luego de dar aviso a personal policial que se encontraba en la zona, se aprehendió a uno de los sujetos que intervino en el hecho y se le secuestró la tijera en cuestión. A unas cuadras de ese lugar, una agente policial detuvo al otro con $648 en su poder. El tribunal Oral condenó a los imputados a la pena de cinco años de prisión y el pago de las costas por considerarlos coautores del delito de robo agravado por el uso de un arma y declaró reincidente a S, SA. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-sep-2016Villarroel, Darío FabiánSe le atribuyó a una persona ingresar a un local comercial y sustraer, mediante el empleo de un arma de fuego, dinero y un teléfono celular. Sin embargo, el arma que se le secuestró no coincidía con la que se utilizó en el hecho. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de tres años en suspenso por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otros argumentos, cuestionó la calificación legal aplicada.
9-sep-2016HSA (causa Nº 38549)Un hombre y una mujer intentaron sustraerle un teléfono celular a otra persona. Entonces, se produjo un forcejeo que le ocasionó a la víctima lesiones en la cara y la fractura de un dedo de la mano. Durante la instrucción, la imputada declaró que tuvo una pelea con la víctima y que su marido sólo intentó detenerla. Por otra parte, mientras la víctima declaró que la lastimó el hombre, una testigo presencial señaló que sólo la mujer participó en la reyerta. El Tribunal Oral la absolvió y condenó al marido por el delito de lesiones graves. Por otro lado, los jueces descartaron el robo del teléfono con la misma prueba que emplearon para fundamentar la sentencia de condena por las lesiones. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
20-may-2016MJR (reg. 388 y causa N° 22028)En julio de 2011 una persona fue condenada por un tribunal oral a la pena de veintitrés años de prisión (causa Nº 3363). En junio de 2013 otro tribunal la condenó a la pena de catorce años de prisión (causa Nº 3775). Finalmente, en junio de 2015 el Tribunal Oral (causa N° 3363), por mayoría, fijó la pena única de treinta y cinco años de prisión, comprensiva de las dos anteriores. Para decidir de esa manera sostuvo que en el caso había existido un concurso de delitos y que, para determinar el monto de la pena, correspondía utilizar el método composicional. El voto minoritario entendió que el máximo de la pena superaba el monto previsto como tope en el artículo 55 del Código Penal, por lo que resultaba adecuado imponer la pena de treinta años de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-may-2016Bravo Acosta (reg. Nº 349 y causa Nº 39075)Una persona había sido detenida en marzo del año 2015 y condenada a una pena de prisión. Tenía concepto bueno y transitaba el período de observación. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó la libertad condicional. Cuando se elaboraron los informes, no había sido incorporada al régimen de tratamiento penitenciario. Por esa razón, no había desarrollado ninguna actividad. Sin embargo, del informe psicológico surgía que trabajaba en el sector de cocina de su lugar de detención y que había solicitado cursar los estudios secundarios. Además, informaba que padecía problemas de adicción y falta de autocensura. El departamento criminológico informó que no tenía sanciones penitenciarias. Sin embargo, como no se había anotado en actividades, llevaba un estilo de vida caracterizado por lo “pasivo e improductivo”. El Juzgado de Ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, tomó en cuenta la falta de asignación de actividades educativas y los problemas de adicción.
3-may-2016Mejía Uriona, ArielEn el presente caso, una persona había sido condenada a la pena de catorce años de prisión por los delitos de tentativa de homicidio criminis causae agravado por el empleo de un arma de fuego, en concurso ideal con tentativa de robo agravada por el empleo de un arma de fuego. Frente a esto, la defensa interpuso un recurso de casación en el que adujo, entre otras cuestiones, que se aplicó de modo incorrecto el art. 41 bis CP.
27-abr-2016CPAUna persona imputada por la comisión de delitos constitutivos de violencia de género solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal consintió la concesión del instituto. Sin embargo, el Tribunal Oral denegó la solicitud. A tal efecto, aplicó la doctrina elaborada por la CSJN en el precedente “Góngora”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
29-feb-2016Constantini, Eduardo FranciscoEn el presente caso, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la decisión del Juzgado de Instrucción que había rechazado la pretensión del requirente de ser tenido por parte querellante y confirmó la desestimación de la denuncia por inexistencia de los delitos de estafa y desbaratamiento de derechos acordados. Contra esa resolución, la querella interpuso un recurso de casación que, rechazado, motivó la presentación de un recurso de queja.
25-feb-2016BFFUna persona fue condenada en virtud de un acuerdo de juicio abreviado a la pena de tres años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido contra una menor de trece años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la víctima. Entre otras pautas de tratamiento, el condenado se sometió voluntariamente al Programa para Agresores Sexuales (C.A.S.). Después de cumplir ocho meses de detención, la defensa solicitó su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional informó que el condenado presentaba conducta ejemplar diez, muy buena asistencia a sus estudios secundarios, se encontraba a la espera de una vacante laboral y no presentaba signos o síntomas de enfermedad mental que requiriera tratamiento especializado. Asimismo, consideró que, por el corto tiempo que llevaba condenado, no se podía acreditar ninguna evolución de la que pudiera inferirse un pronóstico favorable de reinserción social. Por su parte, el Servicio Criminológico señaló que el detenido aún transitaba el período de observación, por lo que no había iniciado la etapa de tratamiento. Sobre esa base, el juez de ejecución penal rechazó la libertad condicional. A su vez, entendió que el tratamiento en el Programa C.A.S. debía ser completado en sus tres fases para determinar si correspondía o no otra forma de cumplimiento de la pena. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. A tal fin, consideró que el pronunciamiento recurrido era arbitrario dado que, entre otras cuestiones, no tuvo en cuenta la imposibilidad de que el condenado cumpliera todas las etapas del C.A.S. ya que se extendían por más tiempo que el de su pena, ni contempló la posibilidad de realizar un tratamiento en el marco de las reglas de conducta del artículo 13 inciso 6º CP.