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9-feb-2022Brítez (causa N° 52098)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo agravado por haberse cometido con un arma cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, en concurso ideal con tenencia ilegítima de un arma de fuego de uso civil. La defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala de Feria B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Entre otros fundamentos, consideró que la situación del imputado no encuadraba en ninguna de las hipótesis de los art. 316 y 317 del Código Procesal Penal de la Nación porque la escala penal aplicable superaba, en su máximo, los ocho años de prisión y porque las características del hecho no permitían pronosticar un pronunciamiento de ejecución condicional. Además, estimó que había riesgo de entorpecimiento de la investigación porque uno de los participantes del hecho no había sido individualizado y aún se aguardaban los resultados de medidas pendientes. Durante el trámite de la excarcelación, la instrucción fue clausurada y el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio modificando la calificación del hecho. La defensa interpuso un recurso de casación contra esa decisión. Entre sus argumentos sostuvo que la medida cautelar era desproporcionada toda vez que se había omitido asignar el trámite de flagrancia que hubiera correspondido.
29-sep-2021Noguera (Causa Nº 1574)Un hombre (GMP) fue acusado de haber sustraído un automóvil, un reloj metálico, un teléfono celular y una cadena de oro, a una pareja que se encontraban saliendo de un estacionamiento (EF y LL), valiéndose para ello de un arma y a bordo de una motocicleta de origen ilegítimo. Según la acusación, GMP también era responsable de otros hechos delictivos que habían implicado el uso de la misma arma. En su declaración indagatoria, GMP explicó que todo se trataba de un complot policial y sostuvo su inocencia. EF y LL brindaron sus testimonios solamente en sede policial. En el juicio oral, uno de los damnificados, EF, no pudo ser ubicado y por ello no asistió, mientras que LL expresó que no podía asistir por razones laborales y económicas. La fiscalía solicitó que se incorporaran por lectura las declaraciones realizadas en sede policial por los damnificados y el tribunal lo autorizó. La defensa se opuso a la incorporación, pero no sostuvo su agravio en el alegato. El hombre fue condenado, entre otras cosas, por el delito de robo agravado por su comisión con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tener de ningún modo por acreditada. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación.
12-may-2021D´ Erario y otro (causa N° 2009)Varios hombres formaron parte de un plan de robo de mercadería a una camioneta. Durante su realización, utilizaron armas de fuego y vehículos. Esta maniobra fue advertida por personal policial, lo que dio origen a una breve persecución. Dos de los hombres fueron captados y luego procesados. El tribunal oral los condenó. Entre las calificaciones legales impuestas, se encontraba el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. La defensa presentó un recurso de casación. En su presentación, alegó que no correspondía la figura agravada del delito de encubrimiento.
28-oct-2020Yurey (Causa n°59171)Un hombre sustrajo un monopatín perteneciente a una entidad privada que se hallaba en la vía pública. De forma posterior, personal policial secuestró el monopatín del interior del carro que el hombre utilizaba para recolectar material reciclable. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de hurto de un vehículo dejado en la vía pública. Asimismo, se certificó que el hombre registraba un antecedente condenatorio. Entonces, el imputado y la empresa damnificada firmaron un acuerdo mediante el que el primero se comprometía a pagar una suma de dinero a la segunda. En el marco de audiencia de conciliación, el representante legal de la damnificada y el imputado ratificaron lo suscripto en el acuerdo. Luego, la defensa solicitó la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del imputado. La fiscalía se opuso al pedido por considerar, entre otras cuestiones, que el imputado registraba un antecedente condenatorio. El Tribunal Oral no hizo lugar a la aplicación del mecanismo de conciliación y, contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
2-oct-2020MGD (reg. N° 2882 y causa N° 62182)MGD fue imputado por el delito de homicidio agravado por haber sido ejecutado mediante violencia de género, odio a la identidad de género y alevosía, en concurso real con el delito de robo. Al prestar declaración indagatoria, relató que el día de los hechos había concurrido al domicilio de Diana Sacayán, donde se encontró con otro sujeto que no conocía. En tal sentido, explicó que, luego de una discusión, ese hombre se violentó con Diana y la mató. Además, sostuvo que se encontraba bajo los efectos de estupefacientes y que, por tal razón, no había podido ayudarla. En el proceso se constituyeron como querellantes el hermano de Diana y el INADI. Además, intervino la fiscalía de juicio y la UFEM. Durante la audiencia de juicio oral, MGD se negó a declarar. Luego, solicitó ser escuchado, juró ser inocente y no haber estado presente en el hecho. Por ese motivo, la fiscalía solicitó que se incorporara por lectura su declaración indagatoria. En oportunidad de alegar, tanto las querellas como la fiscalía solicitaron que se le impusiera la pena de prisión perpetua y que el delito se identificara como “travesticidio”. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 4, por mayoría, condenó al imputado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por odio a la identidad de género y por haber mediado violencia de género (artículo 80, incisos 4º y 11º del Código Penal). Además, lo absolvió por el delito de robo simple. Para decidir de esa manera, sostuvo que el agravante radicaba en la mayor perversidad del autor y en el gran peligro social que representaba ese tipo de homicidios. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por una errónea aplicación de las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba referida a la intervención de MGD en el hecho. Además, cuestionó la calificación de la conducta atribuida a su asistido como homicidio agravado por los incisos 4° y 11° del artículo 80 del Código Penal.
24-sep-2020Vega (Causa Nº 34718)Un hombre (HOV) fue acusado de haber irrumpido en el hogar de su ex pareja (MGTR) para golpearla y de haberle provocado lesiones (hecho A). Además, fue acusado de haberla amenazado de muerte para que no lo denuncie (hecho B). A raíz de esos hechos, a HOV le impusieron una medida de prohibición de acercamiento. Según la acusación, algunas semanas después de esos hechos, HOV irrumpió nuevamente en el hogar de MGTR -violando la prohibición de acercamiento (hecho C)-, en compañía de su hermano (JDV) quien la amenazó de muerte (hecho D). MGTR realizó denuncias y declaró ante la OVD y también en una fiscalía de la justicia de la CABA. En el juicio oral, MGTR no asistió pese a que fue debidamente citada y ordenada su comparecencia al debate por medio de la fuerza pública. La fiscalía solicitó la incorporación por lectura de sus declaraciones ante la fiscalía de la justicia de la CABA y ante la OVD. El tribunal lo autorizó pese a la oposición de la defensa. HOV fue condenado por los delitos de lesiones leves dolosas agravadas por haber mediado violencia de género, amenazas coactivas (hecho B) y por el delito de desobediencia a funcionario público (hecho C). Por otro lado, JDV fue condenado por el delito de amenazas (hecho D). Para decidir de esa manera, el tribunal valoró las declaraciones previas de MGTR. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
3-sep-2020Fernández (CNCCC Causa n°45815)Dos personas que registraban antecedentes intentaron apropiarse de un monopatín eléctrico que se encontraba en la vía pública. Por ese hecho fueron detenidas e imputadas por el delito de hurto. En la etapa de juicio oral suscribieron un acuerdo conciliatorio con el representante de la empresa damnificada. Luego, se realizó ante el juez la audiencia de control del acuerdo de conciliación presentado por las partes. En esa oportunidad, el apoderado de la empresa ratificó el acuerdo y solicitó su homologación. Por su parte, la fiscalía rechazó el planteo de la defensa. Entre otras cuestiones, sostuvo que, por tratarse de un vehículo destinado al traslado de personas, no era solo propiedad de la empresa sino un servicio prestado a la sociedad. Asimismo, la fiscalía se refirió a los antecedentes condenatorios de los imputados. Por estos motivos, expuso que por razones de política criminal no era conveniente la aplicación del instituto en este caso en particular. Entonces, el Tribunal Oral hizo lugar a la conciliación y sobreseyó a los hombres imputados. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. Entre otras consideraciones, planteó que la oposición del Ministerio Público Fiscal era vinculante.
20-ago-2020Medrano (Causa N° 59011)Una persona se encontraba en una parada de colectivo junto a su pareja y su hija. En ese momento, se les acercó un auto con tres pasajeros. Un hombre y una mujer se bajaron del vehículo y se acercaron a la familia. El hombre portaba un cuchillo de gran tamaño y se acercó a la persona e intentó quitarle el celular. Forcejearon y el celular cayó al piso. Luego, la hija de la pareja tomó el celular. Sin embargo, fue atacada por la mujer que le quitó el teléfono, se subió al auto y huyó. A continuación, el hombre que portaba el cuchillo comenzó a correr pero fue detenido por distintos transeúntes. Por ese hecho, fue condenado por el delito de robo agravado por el uso de armas y por haber sido cometido en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
11-jun-2020Rombola (causa N° 71954)Una mujer denunció que su pareja, durante una discusión, le había arrojado un objeto mientras ella estaba de espaldas. Por ese hecho a la mujer se le habría formado un hematoma en la zona lumbar. La Oficina de Violencia Doméstica realizó un estudio médico que indicaba la compatibilidad de la lesión con el suceso denunciado. El informe señaló que la lesión se ubicaba en el lado derecho del abdomen y acompañó una fotografía. El hombre fue imputado por el delito de lesiones. Durante el debate, el representante del Ministerio Público Fiscal le preguntó a la víctima si reconocía su lesión en una fotografía, a lo que respondió que “era parecida a la que tenía” y que creía que era “en la espalda porque hay una etiqueta del pantalón”. La médica que había confeccionado el informe no fue citada a declarar. Por su parte, la defensa sostuvo que las lesiones acreditadas eran causadas por una enfermedad clínica que sufría la mujer. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena de seis meses de ejecución condicional. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta la fotografía y el reconocimiento de la víctima. A su vez, señaló el error en la redacción del informe que indicaba la zona abdominal como área de la lesión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que la valoración de la prueba realizada por el tribunal había arbitraria y postuló la absolución de su asistido.
28-may-2020Caicedo Lobo (reg. N° 1125 y causa N° 93243)Un hombre de nacionalidad venezolana integraba una asociación que seguía a personas que arribaban al aeropuerto de Ezeiza hasta su lugar de alojamiento para robarles. Por esos hechos fue detenido e imputado por el delito de asociación ilícita en concurso real con robo agravado por el uso de armas cuya aptitud para el disparo no se tuvo por acreditado y por haber sido cometido en poblado y en banda. En particular, se le atribuyó haber aportado un automóvil a la organización. Al momento de su detención, se identificó de modo correcto, no registraba antecedentes penales y su situación migratoria estaba regularizada. La defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. Entre otras cuestiones, planteó que, en caso de ser condenado, la pena podía ser dejada en suspenso. Además, sostuvo que tenía un núcleo familiar consolidado en el país, conformado por su concubina y su hija recién nacida. El juzgado rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Para decidir de esa manera explicó que si bien la calificación permitía una pena en suspenso, se habían acumulado otras causas que investigaban sucesos similares y procuraban la detención de personas prófugas, quienes habían ingresado al país sin haber sido registradas por la Dirección Nacional de Migraciones, por lo que contaban con facilidad para abandonar el territorio o permanecer ocultas. Por otra parte expuso que, en caso de ser condenado, podría ser expulsado en virtud del artículo 62 de la ley N° 25.871. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.