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29-sep-2021Noguera (Causa Nº 1574)Un hombre (GMP) fue acusado de haber sustraído un automóvil, un reloj metálico, un teléfono celular y una cadena de oro, a una pareja que se encontraban saliendo de un estacionamiento (EF y LL), valiéndose para ello de un arma y a bordo de una motocicleta de origen ilegítimo. Según la acusación, GMP también era responsable de otros hechos delictivos que habían implicado el uso de la misma arma. En su declaración indagatoria, GMP explicó que todo se trataba de un complot policial y sostuvo su inocencia. EF y LL brindaron sus testimonios solamente en sede policial. En el juicio oral, uno de los damnificados, EF, no pudo ser ubicado y por ello no asistió, mientras que LL expresó que no podía asistir por razones laborales y económicas. La fiscalía solicitó que se incorporaran por lectura las declaraciones realizadas en sede policial por los damnificados y el tribunal lo autorizó. La defensa se opuso a la incorporación, pero no sostuvo su agravio en el alegato. El hombre fue condenado, entre otras cosas, por el delito de robo agravado por su comisión con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tener de ningún modo por acreditada. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación.
24-sep-2020Vega (Causa Nº 34718)Un hombre (HOV) fue acusado de haber irrumpido en el hogar de su ex pareja (MGTR) para golpearla y de haberle provocado lesiones (hecho A). Además, fue acusado de haberla amenazado de muerte para que no lo denuncie (hecho B). A raíz de esos hechos, a HOV le impusieron una medida de prohibición de acercamiento. Según la acusación, algunas semanas después de esos hechos, HOV irrumpió nuevamente en el hogar de MGTR -violando la prohibición de acercamiento (hecho C)-, en compañía de su hermano (JDV) quien la amenazó de muerte (hecho D). MGTR realizó denuncias y declaró ante la OVD y también en una fiscalía de la justicia de la CABA. En el juicio oral, MGTR no asistió pese a que fue debidamente citada y ordenada su comparecencia al debate por medio de la fuerza pública. La fiscalía solicitó la incorporación por lectura de sus declaraciones ante la fiscalía de la justicia de la CABA y ante la OVD. El tribunal lo autorizó pese a la oposición de la defensa. HOV fue condenado por los delitos de lesiones leves dolosas agravadas por haber mediado violencia de género, amenazas coactivas (hecho B) y por el delito de desobediencia a funcionario público (hecho C). Por otro lado, JDV fue condenado por el delito de amenazas (hecho D). Para decidir de esa manera, el tribunal valoró las declaraciones previas de MGTR. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
11-jun-2020Rombola (causa N° 71954)Una mujer denunció que su pareja, durante una discusión, le había arrojado un objeto mientras ella estaba de espaldas. Por ese hecho a la mujer se le habría formado un hematoma en la zona lumbar. La Oficina de Violencia Doméstica realizó un estudio médico que indicaba la compatibilidad de la lesión con el suceso denunciado. El informe señaló que la lesión se ubicaba en el lado derecho del abdomen y acompañó una fotografía. El hombre fue imputado por el delito de lesiones. Durante el debate, el representante del Ministerio Público Fiscal le preguntó a la víctima si reconocía su lesión en una fotografía, a lo que respondió que “era parecida a la que tenía” y que creía que era “en la espalda porque hay una etiqueta del pantalón”. La médica que había confeccionado el informe no fue citada a declarar. Por su parte, la defensa sostuvo que las lesiones acreditadas eran causadas por una enfermedad clínica que sufría la mujer. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena de seis meses de ejecución condicional. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta la fotografía y el reconocimiento de la víctima. A su vez, señaló el error en la redacción del informe que indicaba la zona abdominal como área de la lesión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que la valoración de la prueba realizada por el tribunal había arbitraria y postuló la absolución de su asistido.
24-may-2018RJL (causa Nº 16081)Tres camiones circulaban por una avenida. Luego de bordear una obra vial en construcción, el último en la fila percibió un impacto en su vehículo. Al detenerse, notó que había chocado con una bicicleta. Minutos después, el ciclista falleció. Por esa razón, el chofer fue imputado por el delito de homicidio culposo. Al describirse el hecho, se indicó que el camión había cambiado de carril y que había realizado una maniobra intempestiva en exceso de velocidad. De las pruebas reunidas en el expediente, se concluyó que el ciclista no circulaba por un carril particular. Además, de las declaraciones testimoniales surgieron imprecisiones sobre la velocidad del camión. En el debate de juicio oral, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que el chofer se había superpuesto en la trayectoria de la bicicleta. Además, consideró que ante la obra vial que existía en la zona del hecho, era necesario que su conducción fuera prudente. El Tribunal Oral, por mayoría, consideró que más allá del límite de velocidad reglamentario, el chofer había incumplido la obligación de reducir la velocidad en el giro. A su vez, sostuvo que de haber utilizado su espejo retrovisor al invadir la trayectoria del ciclista, habría advertido su presencia. De esa manera, consideró que había violado el deber de cuidado. Sobre la base de dichas consideraciones, el chofer fue condenado a la pena de dos años y ocho meses de prisión en suspenso por el delito de homicidio culposo, agravado por haber sido cometido mediante la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
17-may-2018CM (reg. Nº 531 y causa Nº 16641)C. ingresó a un edificio y subió al ascensor con una mujer. Al descender, comenzó una discusión en la que intervinieron el encargado del edificio y un vecino. La mujer denunció a C. por haber abusado sexualmente de ella en el ascensor. El hombre fue imputado por ese hecho y por amenazas. En su testimonio, el vecino sostuvo que la mujer le había comentado del abuso. Sin embargo, no especificó el modo y el lugar en que se habría producido ni el momento en que se lo habría dicho. Por otra parte, del examen psicológico realizado a la denunciante no surgieron indicadores de stress post traumático. En el juicio oral, la mujer detalló la manera en que C. había abusado de ella. El Tribunal Oral, por mayoría, consideró que el imputado era responsable por el delito de abuso sexual en concurso real con amenazas y lo condenó a una pena de seis meses de prisión en suspenso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
18-oct-2017KHP y otro (causa Nº 29646)B. se reunió con G. a fin de negociar un emprendimiento comercial. El encuentro tuvo lugar en la casa de B., donde también se encontraba un tercero, K. Luego de una discusión, el encuentro se tornó violento. Ante la falta de un acuerdo, B. le exigió dinero a G., quien le entregó su tarjeta de débito. A partir de ese momento, no se supo más de G. Durante la investigación de su desaparición, la policía obtuvo el registro de llamadas de los intervinientes y tomó conocimiento del lugar en el que se celebró el encuentro con la víctima. Por esa razón, detuvo a B. y le tomó declaración testimonial –bajo juramento de decir la verdad– en la comisaría. En su declaración, asumió haber golpeado a G. y vinculó a K. con el hecho. En esa línea, se analizaron las llamadas telefónicas entre la víctima y K., como así también imágenes en las que se veía a una persona encapuchada que utilizaba la tarjeta de débito de la víctima en un cajero automático. Con base en dicha prueba, la policía detuvo a K., quien también prestó declaración testimonial en la comisaría. Luego, las detenciones fueron formalizadas en sede judicial. Tres días después del hecho, G. fue hallado muerto. Su cuerpo presentaba severos golpes. Durante la instrucción, la defensa de B. sostuvo que, al momento de su declaración testimonial en sede policial, su asistido no era testigo sino sospechoso. Por tal razón, planteó la nulidad de la declaración. El juzgado rechazó la presentación. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión. En la etapa juicio, la defensa insistió sobre la nulidad del testimonio prestado en sede policial. El Tribunal Oral rechazó el planteo y condenó a los dos imputados a la pena de prisión perpetua por el delito de privación ilegal de la libertad con el fin de obligar a la víctima a hacer algo contra su voluntad, agravado por haber causado intencionalmente su muerte (artículo 142 bis, anteúltimo párrafo, del Código Penal). Para decidir de esa manera, consideró que la posibilidad de impugnar la declaración había precluido. Asimismo, entendió que, aun cuando la declaración de B. hubiese sido nula, existían elementos obtenidos de manera independiente – como las imágenes del cajero automático– que habrían llevado a la vinculación de K. al proceso. Contra esa sentencia, las defensas interpusieron recursos de casación.
30-dic-2016TCA (causa Nº 45873)TCA y cuatro o cinco personas no identificadas se acercaron a DMJ con un cuchillo y pinches de cocina con punta filosa y le profirieron golpes de puño en distintas partes del cuerpo con el fin de sustraerle sus pertenencias (hecho I). El mismo día, TCA y otro sujeto le dieron golpes de puño en su rostro, forcejearon con él y, finalmente, le sustrajeron un monedero con dinero en efectivo del interior de su campera (hecho II). Esta situación fue observada por un agente de prefectura que procedió a la detención de TCA –la otra persona huyó– y recuperó el monedero. El Tribunal Oral tuvo por acreditado ambos hechos y condenó a TCA a la pena de seis años de prisión por los delitos de robo agravado por el uso de armas en concurso real con robo tentado. La defensa impugnó la responsabilidad de TCA en el primer hecho por haberse fundado, únicamente, en el testimonio del damnificado.
10-dic-2016T, CAUn grupo de personas se había apoderado de un teléfono celular, zapatillas y otros elementos que eran propiedad de otro individuo. Para eso se valieron de un cuchillo y pinches de cocina con punta filosa. El Tribunal Oral condenó a T. a la pena de seis años de prisión por ese episodio y lo calificó como robo con armas en concurso real con robo en grado de tentativa. A ese fin, valoró la declaración de la víctima, que refirió durante la audiencia de debate oral que el imputado se le presentó acelerado y le preguntó si podía prestarle plata para consumir algo. Luego, cuatro personas “se le vinieron encima” y “le empezaron a pegar y a bolsijear”. Cuando se levantó, el imputado, que se había quedado al lado suyo, le dijo que él no había hecho nada y se fue. Posteriormente, la víctima explicó el hecho de modo diferente: sostuvo que uno de los muchachos (“flaco alto con los pelos sucios”) lo atacó con un cuchillo y, luego, lo “tiraron para atrás” y le pegaron. El imputado –agregó– estaba “ahí al lado suyo” y lo pudo ver en ese grupo que “se le tiró encima” y le arrebató sus pertenencias. A su vez, admitió que, al momento de los hechos, se encontraba en estado de ebriedad. La sentencia fue recurrida por la defensa. Entre otros argumentos, planteó que el tribunal había valorado de modo incorrecto el testimonio del damnificado y cuestionó su credibilidad. Además, de modo subsidiario, objetó la calificación legal asignada al primer hecho.
29-dic-2015Torres (Causa N°4894)Un hombre, TJJ, fue acusado de intentar robar dinero y otros elementos de valor a una persona (HOG) utilizando una botella de vidrio rota y una piedra. Según la acusación, HOG había aprovechado un descuido de TJJ para intentar quitarle la botella de la mano y por eso habían forcejeado e intercambiado golpes. En su declaración indagatoria, TJJ explicó que él no había intentado robarle a HOG y que se había tratado de una pelea iniciada por un insulto. HOG declaró durante la etapa de instrucción y no se notificó a la defensa de la realización de ese acto. En el juicio oral HOG no pudo ser ubicado y por ello no asistió. La fiscalía solicitó la incorporación por lectura de su declaración y el tribunal lo autorizó pese a la oposición de la defensa. El hombre fue condenado por el delito de robo agravado por su comisión con arma en grado de tentativa. Para decidir de esa manera, el Tribunal valoró la declaración de TJJ prestada en instrucción. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
14-oct-2015BDRA (causa Nº 2109)Cuatro hombres se apoderaron del calzado de otra persona. Para eso, aprovecharon que se encontraba en estado de ebriedad y que dormía en la vía pública. A raíz de los gritos de la víctima, un policía observó que uno de los sujetos intentaba sustraerle una de las zapatillas y que tenía la otra en su poder. Ante la intervención del agente, los hombres se dispersaron. Sin embargo, detuvo al individuo que se hizo de las zapatillas. El damnificado no se presentó al debate oral ni se incorporó por lectura el testimonio que prestó en sede policial. Por su parte, el imputado afirmó que el calzado era suyo y que sólo quería recuperarlo. No obstante, el Tribunal Oral lo condenó a la pena de dos años de prisión por considerarlo coautor del delito de robo en poblado y en banda tentado. Para decidir de esa manera, tuvo en consideración la versión de los hechos brindada por el agente policial. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.