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Título : López
Fecha: 13-feb-2026
Resumen : Una mujer fue acusada por la falsificación de una chapa patente. En la audiencia de formalización de la investigación la fiscalía mostró parcialmente las pruebas que había enumerado. La defensa planteó que no obtuvo la información suficiente y alegó que para que la defendida pueda conocer la imputación esta tuvo que vincularse con las pruebas. Por esta razón, solicitó que no se formalice la investigación.
Decisión: El juez de garantías hizo lugar al planteo de la defensa y no formalizó la investigación (juez Vázquez).
Argumentos: “Arribo a esta decisión, por las siguientes consideraciones: Planteados que fueron los argumentos de la defensa, se le cedió la palabra al Sr. Fiscal, quien sostuvo su postura de negar el acceso a la prueba en esta instancia por la simple negativa, sin realizar evaluación alguna sobre la razonabilidad del ejercicio discrecional de sus facultades, a la luz de los principios de objetividad y lealtad procesal (art. 91), sin indicar tampoco si concurrían razones fundadas en la existencia de riesgos para el éxito de la investigación en caso de exhibir la prueba, y en cumplimiento, además, del paradigma de gestión del conflicto (conf. art. 22) o eficiencia en el trabajo del Ministerio Público Fiscal (conf. art. 9º, inc. e, ley 27.156)”.
“A su vez, esta solicitud de audiencia debe ser de pleno acceso a la defensa para que la misma pueda planificar su estrategia procesal, siempre en miras de dar cumplimiento al principio de igualdad entre las partes (art. 2 CPPF)”.
“Este precepto también debe ser cumplido, dado el derecho que le asiste al defensor conocer las actuaciones realizadas antes de la aceptación del cargo, sin distinción de quien ejerza la Defensa Técnica, sea un letrado particular o el Ministerio Público de la Defensa aquí presente (conf. art. 76 CPPF)”.
“En el marco de esta carpeta judicial y teniendo en cuenta los dichos vertidos por las partes en audiencia; el MPF no ha permitido el acceso pleno y anticipado a la prueba, el hecho que se le atribuye a la citada, la fecha y lugar de su comisión, su calificación jurídica y su grado de participación”.
Tribunal : Colegio de Jueces del Distrito Federal de Comodoro Rivadavia
Juez/a: Claudio Marcelo Vázquez
Voces: CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL
DERECHO DE DEFENSA
PRINCIPIO ACUSATORIO
PRUEBA
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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