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7-jun-2023Estado de Nueva Jersey v. Artega (Causa N° A-3078)En noviembre de 2019 ocurrió un robo a un local en la ciudad de Nueva York. Una de las empleadas del establecimiento manifestó haber identificado al presunto autor del hecho. La gerente de la tienda –quien no se encontraba presente en el lugar al momento de lo ocurrido–, también creyó reconocer al autor luego de revisar las cámaras de seguridad. Esa información fue utilizada por los detectives policiales que intervinieron en la averiguación del robo, quienes recuperaron las grabaciones de las cámaras de vigilancia del lugar y las de una propiedad cercana. Esas grabaciones mostraban a una persona transitando cerca del lugar el día del robo. Los agentes usaron esas filmaciones para generar una imagen fija de poca calidad que fue enviada al Centro de Inteligencia de Operaciones Regionales de Nueva Jersey (NJROIC, por su sigla en inglés) para su análisis a través del uso de tecnología de reconocimiento facial. Personal de la NJROIC informó que no existían coincidencias entre la imagen generada por los detectives y su base de datos, y que, si bien no descartaban la posibilidad de volver a realizar un posterior cotejo, requerían una imagen de mejor calidad. En su lugar, los detectives enviaron todas las imágenes de vigilancia obtenidas al Centro de Delincuencia en Tiempo Real del Departamento de Policía de Nueva York (NYPDRTCC, por su sigla en inglés). Una imagen fija seleccionada por los investigadores fue comparada con la base de datos del centro y ofreció a Francisco Arteaga como “posible coincidencia”. Eso les permitió a los investigadores generar dos matrices fotográficas compuestas por fotos de otras personas y la ofrecida como posible coincidencia. Ambas matrices fueron mostradas por separado, tanto a la empleada como a la dueña del lugar, quienes identificaron a Arteaga como el autor del delito. Su defensa solicitó, entre otras cuestiones, que la fiscalía informe (se realice el llamado “discovery”) el proveedor y el código fuente del sistema de reconocimiento facial, el margen de error, la foto que se utilizó para identificar al acusado y otra información que pretendía utilizar para discutir la validez de su reconocimiento. Para fundar ese pedido, la defensa acompañó la declaración de un experto en tecnología de reconocimiento facial en la que se explicaba los principales problemas de fiabilidad de ese tipo de tecnología y porqué la defensa necesitaba que la fiscalía le revele esa información. El tribunal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, entre otras cuestiones, explicó que la fiscalía no tenía la obligación de producir la información solicitada por la defensa, porque el sistema de reconocimiento facial no estaba bajo su cuidado, custodia o control. Ante esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
10-ago-2018Agresión y criminalización de defensores de Derechos HumanosLa Relatoría Especial de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas dio a conocer su informe en el marco de la 39º sesión del Consejo de Derechos Humanos. En su presentación, realizó un estudio temático sobre las agresiones y la criminalización a las que se ven sometidos los defensores de los derechos humanos de los indígenas. A su vez, propuso medidas de prevención y protección de las comunidades indígenas.
26-jul-2018Benitez Balmori (Masacre de Curuguaty) (Sentencia nº 293)En diversas ocasiones, un grupo de personas pertenecientes al movimiento “campesinos sin tierra” ocupó una propiedad privada ubicada en el distrito de Curuguaty, Paraguay. El grupo fue desalojado reiteradamente de manera pacífica a través de procedimientos fiscales y policiales. En junio de 2012, ante una nueva ocupación, se realizó un operativo con más de trescientos policías. Once campesinos y seis policías murieron a causa de disparos realizados con escopetas. Como consecuencia de ese hecho, once integrantes del grupo campesino fueron detenidos. Las personas fueron imputadas por los delitos de invasión de inmueble ajeno, asociación criminal, homicidio doloso agravado consumado y homicidio doloso en grado de tentativa. Durante el proceso, la defensa no fue notificada de la disposición de ciertos peritajes y, en consecuencia, no pudo participar de los actos. El Tribunal de Sentencia Colegiado de la Circunscripción Judicial de Canindeyú condenó a los imputados a penas de entre cuatro y veinte años de prisión. En su decisión, tuvo por probada la asociación criminal con base en un acta de conformación de una comisión vecinal. La defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación sostuvo que se había afectado el derecho de defensa y que la calificación respecto de la asociación criminal no resultaba consistente. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión. La defensa interpuso un recurso extraordinario de casación. Entre sus argumentos, cuestionó el mínimo de diez años que establecía el Código Procesal Penal para la procedencia de este recurso y la falta de control del tribunal de segunda instancia sobre la prueba incorporada al juicio.
13-may-2018Ulay v. TurquíaUlay fue detenido e interrogado por la policía por la presunta comisión de un homicidio. Durante la reconstrucción de los hechos, confesó que había matado a la víctima con el propósito de robar sus alhajas. Su testimonio fue registrado en un formulario con un mensaje pre-impreso que indicaba que la persona indagada había sido informada sobre su derecho a mantener silencio y designar un abogado. Sin embargo, el imputado no contó con asistencia letrada al ser interrogado ni al participar en otras medidas probatorias. Al momento de los hechos, la legislación turca disponía que la asistencia técnica de las personas menores de edad era obligatoria. Ulay cumplió dieciocho años mientras se desarrollaba el proceso penal. Al ser entrevistado por el Fiscal, solicitó ser asistido por un abogado y, si bien mantuvo sus dichos, expresó que había sido sometido a malos tratos en su primer encuentro con la policía. Los informes médicos indicaban que no tenía heridas. Durante el juicio, Ulay negó sus declaraciones previas y expresó que había sido coaccionado por la policía. Sin perjuicio de esto, fue condenado. Aunque la sentencia fue revocada en dos oportunidades, finalmente, se le impuso la pena de 21 años de prisión.
10-ene-2018Da?tan vs. TurquíaSuat Da?tan fue arrestado por las autoridades turcas bajo la sospecha de pertenecer al Partido de Trabajadores de Kurdistán, una organización ilegal. Tras su detención, brindó una declaración en la que admitió su relación con el partido y dio información sobre otros miembros. Posteriormente, fue acusado de intentar socavar el orden constitucional y sustraer parte del país del control del Estado mediante su participación en dos ataques con explosivos. El tribunal que intervino citó a varios testigos a declarar. Tras tomar conocimiento que uno de ellos, DT, se encontraba detenido en Kirklareli, solicitó a un juez de esa jurisdicción que le tomara declaración y la remitiera por escrito. Si bien todos los testigos confirmaron que el peticionario pertenecía al partido, DT fue el único que lo vinculó a los ataques. La defensa de Da?tan solicitó contra-examinar a DT; sin embargo, se le denegó la petición. El tribunal lo condenó a la pena de prisión perpetua y la Corte de Casación de Turquía confirmó la decisión.
29-jun-2017Lorefice v. ItaliaUna persona había sido acusada por la comisión de varios delitos en razón de las declaraciones de dos individuos, X, que era una presunta víctima, e Y. Ambos testigos fueron interrogados durante la investigación preliminar en una audiencia en la que estuvieron presentes los representantes de las partes. El tribunal de primera instancia estableció que los testimonios de los testigos X e Y no resultaban creíbles ni habían sido corroborados por otra evidencia, por lo que no se había podido probar, fuera de toda duda razonable, que el peticionario fuera, en efecto, el autor del hecho. La acusación apeló la decisión. El tribunal de apelación reexaminó los testimonios brindados en primera instancia sin realizar una nueva audiencia, revocó la sentencia absolutoria y condenó al peticionario. El tribunal entendió que los testimonios resultaban precisos, creíbles y corroborados. Argumentó que Y había explicado satisfactoriamente las inexactitudes de sus dichos y que X se había mostrado, en un principio, reticente a declarar debido al temor a sufrir represalias. El tribunal de casación confirmó la resolución.
27-abr-2017Zherdev v. UcraniaEl 20 de febrero de 2005, Zherdev –quien, entonces, era menor de edad– fue interrogado por la policía por la presunta comisión de un homicidio. Los agentes secuestraron su ropa para que sea analizada y lo dejaron esposado en ropa interior. Además, fue ubicado en una celda con adultos en violación de lo dispuesto por la legislación ucraniana. En esta instancia, fue asistido por un abogado que, creía, había sido contratado por sus padres. Zherdev fue identificado por un testigo en una rueda de reconocimiento a la que no concurrió su defensor. Al día siguiente, confesó su participación en el crimen y fue juzgado y condenado por homicidio simple. Zherdev impugnó la sentencia y afirmó que había confesado bajo coacción. Según explicó, los agentes policiales lo habían amenazado con que sería condenado a una pena extensa y que su familia tendría problemas. El 4 de octubre de 2005, el tribunal superior revocó la sentencia y ordenó ampliar la investigación. Posteriormente, el proceso fue sometido una serie de reaperturas, reenvíos y recursos. Zherdev estuvo privado de la libertad durante la mayor parte de ese tiempo sin que los tribunales expresaran motivos válidos para prolongar su detención cautelar. Finalmente, el 11 de noviembre de 2009, un tribunal lo condenó a la pena de 13 años de prisión.
14-feb-2017Hokkeling v. Países BajosUna persona fue detenida en abril del año 2006 en Países Bajos, acusada de haber transportado estupefacientes y haber dado muerte a una persona. La fiscalía solicitó que se le aplique una pena de ocho años de prisión. El tribunal regional dio por corroborada parte de la hipótesis acusatoria y condenó al imputado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Contra esa sentencia, se interpusieron recursos de apelación. La audiencia convocada en el trámite de los recursos fue suspendida en numerosas ocasiones. En marzo del 2009 el imputado recuperó la libertad. Sin embargo, se lo volvió a detener en Noruega en el marco de otro procedimiento judicial. Por esa razón, su defensa solicitó que se lo traslade a Países Bajos para que esté presente cuando se reanude la tramitación de las impugnaciones. El tribunal de apelación de Países Bajos rechazó la petición con el argumento de que la extradición no era posible y que se había autorizado al abogado –de manera expresa– para presenciar y ejercer la defensa del imputado, con quien había tenido tiempo suficiente para preparar la estrategia de litigio. En ese contexto, el tribunal sostuvo que debía prevalecer el derecho a finalizar el proceso en un plazo razonable por sobre el derecho del imputado a presenciar la audiencia. Finalmente, el proceso en Países Bajos se reanudó en 2010 en ausencia del acusado. El tribunal de apelación revocó la resolución del tribunal regional y lo condenó a ocho años de prisión. Esa decisión motivó la interposición de un recurso de casación. Entre otras cuestiones, el peticionante sostuvo que se había violado su derecho a asistir a la audiencia en persona. En diciembre de 2011, la Corte Suprema rechazó el planteo.
20-sep-2016Hernández Royo v. EspañaEl caso refiere al reclamo efectuado dos personas a las que se les atribuía la comisión de los delitos de estafa y falsedad. Los dos imputados fueron condenados a la pena de nueve meses de prisión y al pago de una multa. Las condenas fueron confirmadas por el tribunal de apelación. Los peticionarios, sin embargo, reclamaron que se les negó la posibilidad de ser oídos en audiencia por el tribunal que resolvió sus recursos.