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8-mar-2024Fernández (Causa Nº 14996)Una mujer fue imputada por delitos previstos en la ley N° 23.737 y procesada con prisión preventiva. La mujer era madre de dos niñas de ocho y nueve años de edad y había sido víctima de violencia de género por parte del progenitor de sus hijas. En el marco del proceso, su defensa acreditó que el cuidado y la manutención de las niñas estaba a su exclusivo cargo dado que el progenitor no realizaba ningún tipo de aporte. En ese sentido, acompañó constancias de dos procesos civiles iniciados por la mujer en reclamo de alimentos contra él y los abuelos paternos, ambos paralizados. Por estos motivos, su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria con un dispositivo de vigilancia electrónica, en función del interés superior de las niñas. A su turno, la fiscalía no se opuso al planteo de la defensa.
7-nov-2023BOIR (Causa N° 26998)Una mujer convivía con sus dos hijos menores de edad y con un hombre, que era el progenitor biológico de uno de ellos. Durante un extenso período, el hombre agredió de manera verbal tanto a la mujer como a su hijo afín. Frente a esa situación, la mujer realizó la denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). El juzgado interviniente estableció una prohibición de acercamiento a favor de la mujer y de su hijo, que con posterioridad fue prorrogada. Asimismo, a raíz de los hechos de violencia vivenciados, el niño debió comenzar un tratamiento con una psicóloga que le proporcionaba la cobertura de salud del hombre. Sin embargo, pocos meses después las sesiones se interrumpieron debido a que el hombre desafilió al niño. En consecuencia, la mujer –con la asistencia de la defensa pública– solicitó al juez que ordenara la reafiliación de su hijo, ya que no podía afrontar el costo del tratamiento ni contaba con otros familiares o referentes que la pudieran ayudar. Además, el progenitor biológico del niño vivía en otro país y no mantenía vínculo con él. En ese sentido, la actora sostuvo que había convivido con el demandado por más de tres años y que él había actuado como un padre para el niño. Por su parte, el juez intimó al hombre a que, dentro del plazo de diez días, tramitara la afiliación del niño por el transcurso de seis meses. Contra lo decidido, ambas partes presentaron recursos. Entre sus argumentos, la accionante señaló que la medida tenía un plazo de vigencia muy breve. Además, resaltó que su hijo aún necesitaba el tratamiento psicológico. Agregó que lo resuelto no había tenido en cuenta lo previsto por el artículo 676 del Código Civil y Comercial de la Nación. Sobre ese aspecto, indicó que la norma determinaba la continuidad de la obligación alimentaria del progenitor afín cuando la finalización de la convivencia le causaba un grave daño al niño, niña o adolescente. Por lo tanto, consideró que en ese escenario se afectaba el derecho de su hijo a la salud y a recibir la atención adecuada. En cambio, el accionado destacó que no tenía obligación alimentaria para con el niño, ya que se había separado de la madre en octubre de 2022. A su vez, expuso que la actora no había probado el daño económico que la normativa exigía.
23-ago-2023AAP (Causa Nº 61535)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus siete hijos. Seis eran personas menores de edad y uno de ellos tenía una discapacidad intelectual. En ese contexto, la familia vivía en una unidad habitacional que estaba en proceso de construcción y tenía deficiencias estructurales. Además, la mujer había sufrido violencia de género por parte de su ex pareja, estaba desempleada y no recibía la ayuda económica de ninguno de los padres de sus hijos. En consecuencia, la mujer percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) en favor de sus hijos, que le permitía sostener la economía del hogar. Asimismo, su hijo mayor colaborada con trabajos informales que realizaba como albañil. Ante esa situación, la mujer solicitó a la ANSES, mediante correo electrónico, que le otorgara la Pensión no Contributiva para Madre de Siete o más Hijos. No obstante, la administración no respondió su pedido. Por ese motivo, la mujer con la representación de la Defensoría Pública de Morón¬, interpuso una acción de amparo. Entre sus argumentos, destacó que las dos prestaciones no eran incompatibles dado que tenían destinatarios distintos. A su vez, solicitó que se dictara una medida cautelar para el cobro inmediato de la pensión debido a la situación de vulnerabilidad en la que vivían. En esa oportunidad, intervino la defensora pública coadyuvante en carácter de representante complementaria de los niños. Por su parte, la ANSES pidió que se rechazara la acción. En su presentación, manifestó que la mujer no había iniciado ningún trámite y que había utilizado canales informales de comunicación que no estaban habilitados por la entidad. Asimismo, sostuvo la regla de la incompatibilidad entre las prestaciones sociales. El juzgado no hizo lugar al reclamo. Para decidir así, consideró que no procedía la vía del amparo dado que no se había configurado el silencio de la administración. Agregó que el trámite debió haber sido realizado de manera presencial. Por esa razón, la mujer interpuso un recurso de apelación.
30-mar-2023LBME (Causa N° 43666)Una mujer percibía la asignación universal por hijo (AUH) para protección social por su hijo menor de edad. En esa época, denunció al padre del niño por violencia de género. Por esa razón, el juzgado de familia interviniente dispuso una medida de prohibición de acercamiento del hombre hacia la mujer y el niño. A su vez, fijó una cuota alimentaria provisoria en favor de este último. Sin embargo, el hombre nunca abonó la cuota. En consecuencia, se inició una causa penal que culminó con la suspensión del proceso a prueba. En ese contexto, la mujer –que no contaba con un empleo formal– debió asumir los gastos de manutención de su hijo. En septiembre de 2021, la ANSES dejó de abonarle la AUH. El organismo planteó que existía una incompatibilidad ya que el progenitor del niño se había inscripto como trabajador autónomo y contribuía con el impuesto a las ganancias. Asimismo, interpretó que ambos progenitores conformaban un mismo grupo familiar aunque estuvieran separados o divorciados, de acuerdo a lo que establecía el artículo 8, inciso f de la Resolución Nº 11/2019. Con posterioridad, el niño fue diagnosticado con una discapacidad psicosocial. Por ese motivo, en junio de 2022 obtuvo un certificado de discapacidad. En ese marco, la mujer con la asistencia de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social, inició una acción de amparo contra la ANSES. En su presentación, solicitó el pago del retroactivo adeudado por la Asignación Universal por Hijo para protección social desde septiembre de 2021 hasta mayo de 2022, y el otorgamiento de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad desde junio de 2022 en adelante. Luego, la ANSES se presentó en el expediente y solicitó el rechazo de la demanda. Entre sus argumentos, sostuvo que la acción de amparo no era admisible y opuso la prescripción con respecto a los importes impagos que fueran anteriores a los dos años.
20-sep-2022OVW (Causa Nº 29998)Una joven vivía con sus progenitores. El principal ingreso del grupo familiar consistía en una pensión no contributiva que recibía la progenitora por ser madre de siete hijos. Tras el fallecimiento de la mujer, el padre inició una acción judicial contra la ANSES debido a que se encontraba desempleado y carecía de otro sustento económico. En consecuencia, solicitó que se le reconociera a su hija el derecho al cobro de la referida pensión no contributiva una vez que alcanzara la mayoría de edad. Asimismo, requirió como medida cautelar que el organismo previsional se abstuviera de modificar, suspender o cancelar el beneficio hasta que el juzgado resolviera el pedido principal. Entre sus argumentos, sostuvo que su hija necesitaba conservar el cobro de la pensión mientras se mantuvieran sus necesidades alimentarias. Por último, destacó que ese ingreso le permitiría finalizar sus estudios secundarios y luego iniciar los universitarios.
21-jun-2022CDMF (Causa N° 35236)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus dos hijas menores de edad. Desde el 2018 se encontraba separada del progenitor de los niños y desde entonces, el hombre no realizó ningún aporte para los alimentos de sus hijas. Asimismo, si bien las niñas tenían contacto eventual con su padre, sólo su madre se ocupaba del cuidado y actividades de la vida diaria. Además, la mujer trabaja como personal doméstico, pero no tenía un trabajo estable. En ese contexto, la mujer cobraba la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) por sus dos hijas. Con posterioridad, la ANSES interrumpió de manera intempestiva las prestaciones sociales. En consecuencia, la mujer realizó los reclamos administrativos y el organismo le informó que el progenitor de las niñas se encontraba inscripto en la AFIP como autónomo. Asimismo, le informaron que el hombre tenía una deuda. Por ese motivo, la mujer con representación de la Defensoría Pública Oficial de San Martín inició una acción de amparo contra la ANSES. Entre sus argumentos, sostuvo que el comportamiento de la ANSES fue arbitrario e ilegal y afectó las condiciones de vida de sus hijas. Asimismo, resaltó el carácter alimentario de las prestaciones. Por su parte, la ANSES se presentó y opuso la excepción de prescripción liberatoria.
26-may-2022FDP (Causa N° 7493)Un progenitor no cumplía con su obligación alimentaria respecto de su hijo. Tampoco había intentado generar un vínculo con él. Por su parte, la progenitora se ocupaba del cuidado y manutención del niño. No obstante, sus ingresos eran insuficientes y se le dificultaba solventar los gastos cotidianos. La mujer convivía con su madre y sólo contaba con su ayuda. Por ese motivo, inició una acción para reclamar alimentos al progenitor y a la abuela paterna del niño. En esa oportunidad, el juzgado condenó al padre a abonar la cuota alimentaria. Sin embargo, el demandado nunca cumplió esa decisión. En consecuencia, el juzgado dispuso retener parte de la jubilación de la abuela paterna del niño. Con posterioridad, la abuela falleció, y la mujer estuvo tres años sin percibir ningún ingreso para hacer frente al cuidado del niño. Ante esa situación, inició una nueva demanda por alimentos contra el tío paterno, pero fue rechazada. Para decidir de esa manera, el juez interviniente consideró que el artículo 537 del Código Civil y Comercial de la Nación no incluía a los tíos entre los obligados a prestar alimentos. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso de apelación. En su presentación, indicó que era imposible ejecutar al progenitor debido a que trabajaba de manera informal. Asimismo, destacó que los abuelos paternos estaban ausentes y no existía otro familiar directo. En ese sentido, manifestó que el tío era el pariente más cercano que estaba en condiciones económicas de colaborar con los alimentos del niño.
4-abr-2022MRG (Causa Nº 17013)Un progenitor no cumplía con su obligación alimentaria respecto de su hijo ni se vinculaba con él. Por su parte, la madre percibía la asignación universal, convivía con su pareja y contaba con su ayuda económica. Ante esa situación, la mujer inició una acción contra el progenitor para reclamar los alimentos. El juzgado que intervino lo condenó a abonar una cuota alimentaria. Sin embargo, el demandado nunca cumplió esa decisión. En consecuencia, la mujer demandó a los abuelos paternos, de acuerdo con lo establecido por el artículo 668 del Código Civil y Comercial de la Nación. En su presentación, solicitó que se retuviera de cada jubilación un porcentaje provisorio y otro definitivo a favor del niño. En esa oportunidad, el juzgado asignó de manera provisoria una cuota alimentaria a cargo de los demandados. Luego, se realizó un informe ambiental que concluyó que los abuelos disponían de ingresos por debajo de la línea de pobreza. Asimismo, indicó que ambos tenían problemas de salud que requerían medicamentos de alto costo y que su vivienda era precaria. En consecuencia, los abuelos requirieron que se dejara sin efecto la cuota provisoria debido a que su situación socioeconómica les impedía afrontar la obligación alimentaria. No obstante, la Asesora de Menores peticionó que se mantuviera la cuota hasta que el padre depositara en la cuenta judicial el monto adeudado. A su vez, solicitó que se sancionara al progenitor debido a su reiterado incumplimiento.
4-ago-2022“MRG” (CAUSA N° 17013)Un progenitor no cumplía con su obligación alimentaria respecto de su hijo ni se vinculaba con él. Por su parte, la madre percibía la asignación universal, convivía con su pareja y contaba con su ayuda económica. Ante esa situación, la mujer inició una acción contra el progenitor para reclamar los alimentos. El juzgado que intervino lo condenó a abonar una cuota alimentaria. Sin embargo, el demandado nunca cumplió esa decisión. En consecuencia, la mujer demandó a los abuelos paternos, de acuerdo con lo establecido por el artículo 668 del Código Civil y Comercial de la Nación. En su presentación, solicitó que se retuviera de cada jubilación un porcentaje provisorio y otro definitivo a favor del niño. En esa oportunidad, el juzgado asignó de manera provisoria una cuota alimentaria a cargo de los demandados. Luego, se realizó un informe ambiental que concluyó que los abuelos disponían de ingresos por debajo de la línea de pobreza. Asimismo, indicó que ambos tenían problemas de salud que requerían medicamentos de alto costo y que su vivienda era precaria. En consecuencia, los abuelos requirieron que se dejara sin efecto la cuota provisoria debido a que su situación socioeconómica les impedía afrontar la obligación alimentaria. No obstante, la Asesora de Menores peticionó que se mantuviera la cuota hasta que el padre depositara en la cuenta judicial el monto adeudado. A su vez, solicitó que se sancionara al progenitor debido a su reiterado incumplimiento.
2-dic-2021GJE (Causa N° 35837)En el marco de un juicio de alimentos se condenó al progenitor a abonar una cuota alimentaria a favor de sus hijos menores de edad. Sin embargo, el hombre no cumplió con lo dispuesto. En consecuencia, la progenitora denunció el incumplimiento y peticionó la intimación al pago de lo adeudado. En esa oportunidad, el hombre manifestó que se encontraba desocupado y solicitó una reducción de la cuota. Por ese motivo, la progenitora solicitó el embargo de la eventual indemnización por despido y también de un inmueble. Asimismo, pidió la prohibición de la salida del país, el retiro de su licencia de conductor y el corte de sus líneas de telefonía celular y fijas en los términos del artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación por el reiterado incumplimiento del demandado. La mujer expuso que las medidas solicitadas respondían a la naturaleza de los alimentos y tenían como objetivo cubrir las necesidades de sus hijos. En julio de 2021, el juzgado que intervino rechazó las medidas. Entre sus argumentos, expuso que las medidas no eran razonables ni aseguraban el cumplimiento de la obligación alimentaria. No obstante, concedió el embargo sobre la mitad indivisa de un inmueble. En consecuencia, la mujer interpuso un recurso de apelación. En su presentación, consideró que la ejecución del embargo existente no podía considerarse como primera opción dado que en ese inmueble habitaban sus hijos beneficiarios de la cuota. Asimismo, resaltó la razonabilidad de las medidas cautelares solicitadas.