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22-ago-2023INTERNAS DEL COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL IV (Causa N° 17647)La Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso una acción de habeas corpus en favor de la todas las personas que requirieron atención médica en el Complejo Penitenciario Federal N° IV de Ezeiza. En la presentación, denunció un agravamiento en las condiciones de detención de las detenidas y, en particular, irregularidades en la asistencia médica. Durante la audiencia oral, la Procuración Penitenciaria de la Nación destacó la falta de contratación de profesionales médicos, de ambulancias y de equipos para diagnósticos por imágenes. Asimismo, durante la apertura a prueba, se lograron constatar diversas falencias de índole edilicio y demoras en las atenciones médicas.
7-dic-2022PNC (Causa N° 1100)En marzo de 2009 se realizó un allanamiento en el domicilio de un hombre. En esa oportunidad, fue detenido de manera preventiva por la supuesta tenencia de estupefacientes. Durante el tiempo en el que estuvo privado de su libertad –51 meses– atravesó distintos problemas de salud y malas condiciones de detención, así como malos tratos y torturas. En ese marco, realizó diversos reclamos y denuncias ante el juez interviniente en la causa penal, la Secretaría de Ejecución de la Defensoría General y la Comisión Provincial por la Memoria de La Plata, que fueron desatendidos. Luego, en el juicio oral el Ministerio Público Fiscal desistió de la acusación que había motivado su detención por falta de pruebas. En consecuencia, en mayo de 2013 el hombre recuperó su libertad. Luego, en noviembre de ese año fue detenido por segunda vez con motivo de un nuevo allanamiento en su domicilio por tenencia de estupefacientes. En esa oportunidad, permaneció privado de la libertad por 24 meses. Durante ese período, su situación de salud se agravó. Pese a ello, las autoridades penitenciarias no garantizaron los tratamientos médicos ni los cuidados que necesitaba. En octubre de 2015 fue absuelto en el marco de la causa penal que había motivado su detención. En mayo de 2016, en virtud de las irregularidades que había sufrido en el contexto de encierro, el hombre promovió una demanda de daños y perjuicios contra la Provincia de Buenos Aires. Entre sus argumentos, planteó que el Estado era responsable por haber prestado un servicio de justicia irregular ya que había sido detenido en dos oportunidades por períodos extensos y sin justificación alguna. Luego, el Estado provincial contestó la demanda y solicitó su rechazo. En esa ocasión, sostuvo que no había en el caso un supuesto de responsabilidad estatal. Asimismo, señaló que el ordenamiento jurídico no preveía un límite temporal a la prisión preventiva. Por último, planteó la prescripción con respecto al primer hecho. Sobre ese aspecto, sostuvo que había transcurrido el plazo de dos años previsto por el artículo 4037 del Código Civil para la responsabilidad extracontractual.
25-feb-2021Habeas corpus CPF V (causa Nº 628)En varias oportunidades, las personas alojadas en el pabellón B1 de la Unidad Residencial II del Complejo Penitenciario Federal V (Senillosa) encontraron materia fecal de roedores en los panes entregados con las comidas. Por ese motivo, interpusieron una acción de habeas corpus correctivo y solicitaron que se dictaran las medidas necesarias para garantizarles un trato digno, respetuoso y no degradante durante la provisión de los alimentos. La defensa solicitó la inspección del sector de panadería para que se constatara la presencia de roedores y/o excrementos que pudieran contaminar la comida. El juzgado dispuso la realización de una inspección en el lugar y requirió a la dirección del penal que remitiera las constancias de los procedimientos para el control de plagas. El personal de bromatología confirmó la existencia de excrementos de ratas, la presencia de gorgojos y de cucarachas. En ese sentido, concluyó que la limpieza del lugar era deficiente, que había falencias edilicias y que los empleados no tenían libretas sanitarias. Por esa razón, se le otorgó al Servicio Penitenciario un plazo de siete días para la limpieza y otro de treinta días para llevar a cabo las reformas edilicias. En la audiencia prevista por el artículo 14 de la ley N° 23.098, la defensa solicitó que se hiciera lugar a la acción, que aumentara la frecuencia de las fumigaciones, se cumpliera con las mejoras edilicias y se tramitaran las libretas sanitarias. El representante del Ministerio Público Fiscal adhirió al pedido. Por otro lado, el representante legal del Servicio Penitenciario Federal expresó que si bromatología hubiera advertido tal gravedad, habría clausurado las instalaciones. Agregó que no había intención de afectar la salud de los detenidos ya que el pan también era consumido por el personal penitenciario y que se procuraría combatir las plagas en el plazo establecido.
1-sep-2020CPF I y otros (causa N° 15054)Un grupo de personas se encontraba detenido en la Alcaidía N° 10 de la ciudad de Buenos Aires. Durante la situación de pandemia de Covid-19 se les practicó un hisopado y, sin esperar su resultado, fueron trasladadas al Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza. La defensa interpuso una acción de habeas corpus y requirió la implementación de las "Pautas de procedimiento destinadas al diagnóstico diferencial del COVID19 por parte de los profesionales de la salud del Servicio Penitenciario Federal" y el "Protocolo de alojamiento de carácter preventivo destinado a la Unidad Residencial de Ingreso". El juzgado solicitó a la Dirección Nacional del SPF que evaluase la procedencia de la actualización o modificación de dichos protocolos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó la resolución y ordenó al juzgado que se expidiera respecto de la procedencia de la medida solicitada.
21-jul-2020Habeas corpus colectivo correctivo (causa N° 30739)Cuarenta y cinco personas se encontraban detenidas en alcaidías de la ciudad de Buenos Aires con diagnóstico positivo de Covid-19. La Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso una acción de habeas corpus con el objeto de que se las trasladara a un lugar donde se pudiera tratar su cuadro de manera adecuada. El juzgado rechazó el planteo. Contra esa decisión, la PPN y la defensoría interpusieron recursos de apelación. Las presentaciones señalaron que las alcaidías eran lugares de tránsito que no garantizaban la salud de las personas privadas de su libertad puesto que no eran aptas para el tratamiento de patologías infectocontagiosas ni contaban con la infraestructura o el personal médico correspondiente. Por otra parte, indicaron que la permanencia de las personas infectadas ponía en riesgo al resto de la población penitenciaria y policial. En ese sentido, sostuvieron que la decisión impugnada afectaba el derecho a la tutela judicial efectiva de las personas privadas de su libertad y solicitaron que se los realojase en un centro adecuado. Durante la audiencia, autoridades penitenciarias manifestaron que si bien existían plazas disponibles en la unidad 21 del SPF, mediaba una orden no escrita superior que disponía que no pudiesen ingresar detenidos con covid-19. Además se hizo saber que el 6 de julio de 2020 se había dispuesto la formación de una mesa de diálogo interdisciplinario con el objeto de confeccionar nuevos protocolos y se había establecido el plazo de sesenta días para el desalojo de personas detenidas en las alcaidías.
20-abr-2020Boveda (causa N° 40681)Un hombre de 36 años había sido condenado por el delito de robo a la pena de once meses de prisión, la que se encontraba próxima a su vencimiento. El hombre se alojaba en la Unidad N° 5 del Servicio Penitenciario Federal y padecía asma bronquial crónica. Frente a la situación de emergencia sanitaria, los médicos del complejo informaron que se encontraba dentro de la población de riesgo de COVID-19. Por esa razón, su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliario. Por su parte, la sección Asistencia Social de la unidad expuso que el hombre contaba con un grupo familiar dispuesto a recibirlo en su domicilio.
7-abr-2020Gonzalez (causa n°61635)Un hombre fue condenado a la pena de seis años y nueve meses de prisión por el delito de tráfico de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas. La sentencia no se encontraba firme. El hombre tenía diabetes y se hallaba alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. En su presentación planteó que su asistido se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. A su turno, la fiscalía se opuso por considerar que el CPF I cumplía con los resguardos necesarios para preservar su salud. Entonces, el tribunal le ordenó al complejo que dispusiera el aislamiento y distanciamiento obligatorio del imputado respecto del resto de la población penitenciaria. La unidad no respondió la orden judicial.
6-abr-2020Obregón (causa N° 16000577)Un hombre de 70 años había sido condenado a la pena de veinticinco años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y aplicación de tormentos agravados. El hombre se encontraba alojado en la Prisión Regional del Norte, Unidad N° 7 del SPF. Entre otras cuestiones, tenía artrosis de rodilla que le dificultaba caminar, una recidiva de una cirugía de ganglio en la articulación de un hombro, una enfermedad degenerativa del raquis lumbar, obesidad, una hernia de disco lumbar e hipertensión arterial. La defensa había presentado un certificado médico de un especialista en ortopedia y traumatología que recomendaba que el tratamiento y la rehabilitación se realizara en el domicilio para una mejor evolución de las patologías. Además, el informe médico realizado en la unidad penitenciaria concluía que el contexto de encierro dificultaba su recuperación. Frente a la situación de emergencia sanitaria, la defensa requirió que se le concediera la prisión domiciliaria por encontrarse dentro del grupo de riesgo frente al COVID-19. El representante del Ministerio Público solicitó la realización de informes y evaluaciones médicas para definir su situación actual y agregó que la situación de emergencia sanitaria no era motivo suficiente para otorgar el instituto requerido.
3-abr-2020Cepeda (causa n°27531)Un hombre había sido condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión por el delito de robo agravado y se encontraba alojado en la Unidad 21 del Servicio Penitenciario Federal. El imputado era portador de HIV y sufría, entre otras cuestiones, de insuficiencia renal e infección respiratoria. Su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria por considerar que su permanencia en un establecimiento penitenciario le impedía tratar de manera adecuada su cuadro. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, profundizó su planteo y señaló que su asistido se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. El Servicio Penitenciario Federal elaboró un listado de personas en situación de riesgo de contagio en la cual lo incluyó. A su turno, la fiscalía dictaminó de forma favorable al pedido.
31-mar-2020Tejera (causa n°18978)Un hombre que vivía con VIH, condenado a la pena de cuatro años de prisión, se encontraba detenido en una unidad del Servicio Penitenciario Federal. Su defensa solicitó que se le con-cediera la prisión domiciliaria por entender que se encontraba dentro de la población de riesgo ante un eventual contagio del COVID-19. Además, agregó que su asistido podía resi-dir en el domicilio de su madre junto a ella y sus hijos. El juzgado de ejecución solicitó a la unidad penitenciaria que confeccionase un informe en el que constara si era posible garantizarle al hombre su derecho a la salud en el estableci-miento. El informe señaló que el hombre formaba parte de la población vulnerable a con-traer el virus.