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Título : Habeas corpus CPF V (causa Nº 628)
Fecha: 25-feb-2021
Resumen : En varias oportunidades, las personas alojadas en el pabellón B1 de la Unidad Residencial II del Complejo Penitenciario Federal V (Senillosa) encontraron materia fecal de roedores en los panes entregados con las comidas. Por ese motivo, interpusieron una acción de habeas corpus correctivo y solicitaron que se dictaran las medidas necesarias para garantizarles un trato digno, respetuoso y no degradante durante la provisión de los alimentos. La defensa solicitó la inspección del sector de panadería para que se constatara la presencia de roedores y/o excrementos que pudieran contaminar la comida. El juzgado dispuso la realización de una inspección en el lugar y requirió a la dirección del penal que remitiera las constancias de los procedimientos para el control de plagas. El personal de bromatología confirmó la existencia de excrementos de ratas, la presencia de gorgojos y de cucarachas. En ese sentido, concluyó que la limpieza del lugar era deficiente, que había falencias edilicias y que los empleados no tenían libretas sanitarias. Por esa razón, se le otorgó al Servicio Penitenciario un plazo de siete días para la limpieza y otro de treinta días para llevar a cabo las reformas edilicias. En la audiencia prevista por el artículo 14 de la ley N° 23.098, la defensa solicitó que se hiciera lugar a la acción, que aumentara la frecuencia de las fumigaciones, se cumpliera con las mejoras edilicias y se tramitaran las libretas sanitarias. El representante del Ministerio Público Fiscal adhirió al pedido. Por otro lado, el representante legal del Servicio Penitenciario Federal expresó que si bromatología hubiera advertido tal gravedad, habría clausurado las instalaciones. Agregó que no había intención de afectar la salud de los detenidos ya que el pan también era consumido por el personal penitenciario y que se procuraría combatir las plagas en el plazo establecido.
Argumentos: El Juzgado Federal de Neuquén N° 2 hizo lugar al habeas corpus correctivo, amplió su alcance a toda la población carcelaria y dispuso que en el término de treinta días el CPF V subsanara las falencias verificadas por la inspección bromatológica (juez Villanueva). 1. Habeas corpus. Cárceles. Condiciones de detención. Derecho a la salud. Derecho a la alimentación. Principio de dignidad humana. “No puede desconocerse que es alto el riesgo de propagación de enfermedades infectocontagiosas –algunas de ellas de carácter grave, tal como la leptospirosis– ante la presencia de roedores y sus excrementos mezclados en el pan, como así también las cucarachas y gorgojos que deambulan en los sectores que fueran objeto de inspección. Tampoco [se puede] soslayar [que] si Bromatología hubiera advertido tal gravedad, la decisión a tomar hubiera sido otra: la de clausurar las instalaciones y no asignar un plazo para remediar tales falencias; estimo más bien que al tratarse de un establecimiento de elaboración de productos –en el caso, panificación– y constatadas las falencias […] se optó por intimar al Servicio Penitenciario a solucionarlas, estableciendo plazos para ello”. “No cabe duda pues, que ha habido un desmedro de los derechos esenciales de los accionantes –que incluye a toda la población del CPF V, toda vez que se hornea el pan una vez al día– al carecer este producto y las instalaciones donde se manufactura de las condiciones higiénico-sanitarias y bromatológicas […]. Es deber del Estado organizar sus estructuras y [las] conductas de sus funcionarios de modo tal que garanticen, efectivamente, la satisfacción de los derechos de los detenidos a una alimentación acorde a su dignidad personal y a [la] necesidad de preservación de su salud integral”.
Tribunal : Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de Neuquén
Voces: HÁBEAS CORPUS
CÁRCELES
CONDICIONES DE DETENCIÓN
DERECHO A LA SALUD
DERECHO A LA ALIMENTACIÓN
PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=RAFA (causa Nº 1392)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Internos del CPF I de Ezeiza
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Verbitsky (causa N° 1469)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Habeas corpus CPF V (causa Nº 628).pdf
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