Buscar


Filtros actuales:
Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 11-20 de 389.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
2-nov-2023VSA (Causa Nº 1156)En el marco de un proceso sobre protección de persona iniciado por un progenitor con relación a sus tres hijas, el juzgado interviniente dispuso que el cuidado provisorio de las niñas estaría a cargo del hombre. En ese sentido, ordenó la restricción de acercamiento y de cualquier acto de comunicación de la madre hacia sus hijas. Además, excluyó a la mujer del hogar conyugal. Con posterioridad, la cámara revocó de manera parcial lo ordenado de forma cautelar. En esa oportunidad, dispuso el dictado de nuevas medidas para que se estableciera un régimen de comunicación paulatino entre la mujer y sus hijas. Asimismo, dispuso que todo el grupo familiar iniciara un tratamiento de reorganización familiar. Contra esa decisión, el progenitor y la abogada del niño interpusieron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires determinó que ambos recursos habían sido mal concedidos, dado que la sentencia apelada no tenía carácter definitivo. En virtud de esa resolución, presentaron un recurso extraordinario federal. El rechazo de este último motivó la interposición de recursos de queja. En ese contexto, debido a que se encontraban en juego los derechos de las adolescentes, se corrió vista a la Defensora General de la Nación.
30-oct-2023BMA (Causa N° 101)Una mujer y un hombre entablaron una relación sexoafectiva que perduró muchos años. Durante ese vínculo, el hombre ejerció violencia física, sexual, económica y psicológica sobre la mujer. Tiempo después, se separaron y la mujer le pidió que le entregara las llaves de la casa donde convivían. Con ese objetivo, acordaron juntarse de día en lugares públicos porque tenía miedo de estar a solas con él. El hombre no se presentó en los lugares pactados. Sin embargo, una noche mientras ella estaba en la cocina, ingresó a la vivienda. Allí, comenzó a agredirla de manera verbal y se negó a devolverle las llaves. La mujer le solicitó que se retirara de la vivienda, pero él no se movió. Por ese motivo, ella intentó salir de la casa y él se lo impidió. Además, agarró una silla y la levantó para arrojársela. En ese momento, la mujer tomó una pava eléctrica y se la tiró. El hombre se quemó la cara y la espalda con el agua caliente que contenía el electrodoméstico. Por ese hecho, la mujer fue imputada por el delito de lesiones gravísimas. Luego, el hombre divulgó en medios de comunicación y redes sociales que la mujer era violenta y que lo había lastimado. Tales dichos provocaron que la mujer fuera hostigada por la calle, en redes social y, además, perdiera su trabajo. En la etapa de juicio oral, la fiscalía y la defensa solicitaron la absolución porque entendieron que había actuado en legítima defensa. Sin embargo, la querella solicitó la condena de la mujer.
9-oct-2023SCE (Causa N° 7497)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus dos hijos. El mayor de ellos tenía una discapacidad. En ese contexto, el joven era beneficiario de una pensión no contributiva que cobraba su progenitor. No obstante, la progenitora era la única que se encargaba de los gastos y tareas que implicaba el cuidado de sus hijos, entre ellos, los estudios universitarios de su hija. En consecuencia, inició una demanda para que el progenitor cumpliera con el pago de la cuota alimentaria. En esa oportunidad, denunció los ingresos que percibía el demandado. Asimismo, solicitó el cobro de la pensión por discapacidad de su hijo que hasta el momento recibía el progenitor. Por su parte, el hombre desconoció esos montos y resaltó que atravesaba una situación de vulnerabilidad económica. El juzgado que intervino rechazó la petición con respecto al hijo con discapacidad. Para decidir así, consideró que sus necesidades estaban cubiertas por la pensión no contributiva que obtenía como beneficiario. No obstante, ponderó la situación económica de ambos progenitores y fijó una cuota alimentaria a favor de la hija. Contra esa decisión, la actora presentó un recurso de apelación. Entre sus argumentos, consideró que la sentencia era arbitraria y que había fijado una cuota insuficiente. Con relación a su otro hijo, señaló que se había rechazado su pretensión de manera errónea por interpretar que estaba compensada con beneficios previsionales. Además, solicitó que se resolviera con perspectiva de género. En ese sentido, manifestó que la falta de aportes por parte del progenitor era una forma de violencia contra las mujeres que afrontaban el costo económico de la crianza.
19-sep-2023ALB (Causa N° 15755)Un hombre no cumplía con los alimentos a favor de su hijo. Por ese motivo, en el marco de un proceso de alimentos, la progenitora del niño presentó una liquidación de lo adeudado. El juzgado de paz interviniente aprobó esa presentación. Sin embargo, el progenitor no cancelaba la deuda. En consecuencia, la actora solicitó que se le aplicaran medidas a modo de sanción de acuerdo con lo previsto en el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación.
11-sep-2023Cataldo (Causa Nº 4742)En el marco de una inspección laboral en un predio rural, funcionarios del Ministerio de Trabajo de la Nación y del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores constataron que adolescentes y personas mayores de edad vivían y trabajaban en una finca en condiciones precarias. En concreto, advirtieron que las personas realizaban jornadas laborales de más de diez horas por día, sin descanso semanal y por una remuneración escasa. Asimismo, relevaron que las víctimas dormían en carpas hechas con bolsas plásticas, cocinaban en el piso y no tenían acceso a agua potable ni a sanitarios. Los funcionarios denunciaron la situación y se ordenó un allanamiento en el campo. Una vez realizada la medida, se identificó que había veinticuatro personas, entre ellas tres adolescentes, que eran obligadas a realizar jornadas laborales extensas y a vivir en condiciones precarias. Por estos hechos, se inició una investigación por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, agravado por el número de víctimas y la presencia de menores de edad. En el marco del proceso, un hombre que cumplía funciones de encargado de la finca fue imputado por los delitos investigados. Una vez elevada la causa a juicio oral, su defensa acreditó que el hombre carecía de recursos económicos, que tenía un bajo nivel de instrucción y que se encontraba en una situación de vulnerabilidad similar a la de las víctimas. Por esa razón, solicitó que se impusiera una pena menor a la del mínimo legal dispuesto para el delito imputado. A su turno, la fiscalía prestó conformidad.
5-sep-2023Falcón Ríos (Causa Nº 63698)Una mujer de nacionalidad paraguaya residía en Argentina desde el año 2006. Había tenido cuatro hijos en el país y estaba a cargo de tres de ellas, que eran menores de edad. Con posterioridad, la mujer fue condenada a la pena de cuatro años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Por esa razón, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y le prohibió el reingreso al territorio nacional con carácter permanente. Contra lo decidido, la mujer presentó un recurso en sede administrativa. En su presentación, sostuvo que se ocupaba de manera exclusiva de los cuidados y manutención de sus hijas. A su vez, indicó que todas estaban escolarizadas y habían formado lazos afectivos en su lugar de residencia. Por lo tanto, señaló que si se la obligaba a regresar, se desintegraría el grupo familiar y sus hijos quedarían en una situación de desprotección. Sin embargo, la DNM rechazó el planteo. Entre sus argumentos, destacó que la naturaleza del delito que había cometido impedía aplicar la excepción prevista por la última parte del artículo 29 de la Ley Nacional de Migraciones Nº 25.871 por motivos de reunificación familiar o razones humanitarias. En consecuencia, con la asistencia de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, la mujer interpuso un recurso judicial. El juzgado interviniente hizo lugar a lo solicitado. En ese sentido, consideró que la DNM había valorado los antecedentes penales de la mujer, pero no el impacto que la expulsión de la mujer tendría en sus hijos, lo que afectaba su interés superior. Por su parte, la DNM apeló lo resuelto.
23-ago-2023AAP (Causa Nº 61535)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus siete hijos. Seis eran personas menores de edad y uno de ellos tenía una discapacidad intelectual. En ese contexto, la familia vivía en una unidad habitacional que estaba en proceso de construcción y tenía deficiencias estructurales. Además, la mujer había sufrido violencia de género por parte de su ex pareja, estaba desempleada y no recibía la ayuda económica de ninguno de los padres de sus hijos. En consecuencia, la mujer percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) en favor de sus hijos, que le permitía sostener la economía del hogar. Asimismo, su hijo mayor colaborada con trabajos informales que realizaba como albañil. Ante esa situación, la mujer solicitó a la ANSES, mediante correo electrónico, que le otorgara la Pensión no Contributiva para Madre de Siete o más Hijos. No obstante, la administración no respondió su pedido. Por ese motivo, la mujer con la representación de la Defensoría Pública de Morón¬, interpuso una acción de amparo. Entre sus argumentos, destacó que las dos prestaciones no eran incompatibles dado que tenían destinatarios distintos. A su vez, solicitó que se dictara una medida cautelar para el cobro inmediato de la pensión debido a la situación de vulnerabilidad en la que vivían. En esa oportunidad, intervino la defensora pública coadyuvante en carácter de representante complementaria de los niños. Por su parte, la ANSES pidió que se rechazara la acción. En su presentación, manifestó que la mujer no había iniciado ningún trámite y que había utilizado canales informales de comunicación que no estaban habilitados por la entidad. Asimismo, sostuvo la regla de la incompatibilidad entre las prestaciones sociales. El juzgado no hizo lugar al reclamo. Para decidir así, consideró que no procedía la vía del amparo dado que no se había configurado el silencio de la administración. Agregó que el trámite debió haber sido realizado de manera presencial. Por esa razón, la mujer interpuso un recurso de apelación.
8-ago-2023Medrano (Reg. N° 866 y causa N° 91986)Una mujer estaba en pareja con un hombre que ejercía violencia física, verbal y psicológica. El hombre había sido condenado por tres hechos de violencia de género a la pena de dos años y seis meses de ejecución condicional. Luego, en el marco de una causa penal, ambos resultaron imputados por el delito de tráfico de estupefacientes. En la etapa de juicio oral, se incorporaron diversos informes que concluían que la libertad y autonomía de la mujer se encontraban severamente restringidas. Sin embargo, el tribunal oral los condenó a la pena de seis años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo. Contra esa decisión, la defensa de la mujer interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea valoración de los estándares internacionales sobre el contexto de violencia de género y el estado de necesidad justificante bajo el que la mujer había obrado. En ese sentido, destacó que esa violencia había sido ejercida en forma previa, concomitante y posterior a la investigación de la causa. Por otro lado, expuso que la pena impuesta a su asistida excedía cualquier parámetro de razonabilidad, proporcionalidad y culpabilidad en función de la situación de vulnerabilidad y violencia a la que había sido sometida por su pareja. Así, entendió que la imposición de una pena igual suponía una ausencia de valoración de la situación de violencia vivida por la mujer.
8-ago-2023Delgado (causa N° 3258)En el marco de una investigación penal se individualizó un cargamento de estupefacientes que iba a ser transportado desde la provincia de Jujuy con destino final a Buenos Aires. Según la información recabada, la droga iba a ser trasladada en una camioneta y un auto iba a viajar unos kilómetros delante como “punta” para alertar posibles controles policiales. El juez de instrucción ordenó la interceptación de los vehículos identificados y la detención de sus tripulantes. Fue así que el control policial de la ruta Nacional N° 9 detuvo la marcha de la camioneta. A bordo circulaban tres hombres que fueron retenidos. Cinco minutos después, se detuvo al otro vehículo. Allí viajaban un hombre y una mujer. Luego, se requisaron los automotores y se secuestraron 416,310 kg. de cocaína. Al momento de declarar, la mujer afirmó que debía viajar a la provincia de Córdoba para solicitar unos certificados médicos para su hija con discapacidad. Con ese fin, aprovechó un viaje que tenía planeado su esposo, de quien ya estaba separada. Afirmó que no sabía el motivo del viaje del hombre y que desconocía al resto de los imputados. Durante la investigación surgió que la imputada había extendido, a pedido de su ex pareja, una autorización para conducir su vehículo a uno de sus consortes de causa. Sin embargo, ese coche no era el involucrado en el hecho. En la etapa de juicio oral, se condenó a los cuatro hombres como coautores el delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención en el hecho de tres o más personas organizadas para cometerlo. Por otro lado, se condenó a la mujer como partícipe secundaria del mismo delito. Para así decidir, el tribunal afirmó que la mujer conocía plan delictivo de su marido y al menos a uno de los coimputados. Contra la sentencia, la defensa de la mujer presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que no se había probado la intervención dolosa de su defendida en la maniobra de transporte de estupefacientes. Asimismo, invocó un análisis sesgado de la prueba que no había tenido en cuenta la situación de vulnerabilidad de la mujer. Por último, sostuvo que la sentencia había carecido de una adecuada perspectiva de género.
10-jul-2023VES (Causa N° 50993)Una mujer de edad avanzada se encontraba en buen estado de salud psicofísica y realizaba sus actividades de la vida diaria con autonomía. Sin embargo, su movilidad era reducida debido a algunas dolencias propias de su edad. Por ese motivo, su referente afectivo, a quien ella consideraba como un nieto, la asistía y la acompañaba en la realización de trámites como el cobro de la jubilación o la obtención de turnos médicos. Además, contaba con una cuidadora domiciliaria que le había otorgado su cobertura médica. Con posterioridad, su nieto denunció al padre por violencia familiar. En consecuencia, la mujer se distanció del denunciado, con quien también tenía una relación de amistad de muchos años. En el marco del expediente judicial de violencia familiar intervino una Defensoría Pública de Menores e Incapaces. A raíz de algunos informes allí producidos, la Defensora inició un proceso judicial de determinación de la capacidad jurídica de la mujer. En ese proceso, se ordenó la producción de un informe socioambiental y de una evaluación interdisciplinaria de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación. En el primero, se describió la cotidianidad de la mujer y se determinó que tenía autonomía. Asimismo, el segundo estuvo a cargo de una clínica perteneciente a la cobertura de salud de la mujer. En esa presentación, los profesionales advirtieron que la mujer no podía realizar una serie de actividades, pero no especificaron las razones. En virtud de la contradicción entre ambos informes, el Defensor Público Curador acompañó un nuevo informe interdisciplinario efectuado por su equipo. En esa oportunidad, la mujer expresó su preocupación por la apertura de un proceso judicial y señaló que no deseaba que la causa continuara. A su vez, el informe dio cuenta de que era una persona lúcida y autosuficiente. Con posterioridad, en la audiencia prevista por la normativa, la jueza tomó contacto directo con la mujer. En la entrevista, pudo comprobar que la mujer conocía el valor del dinero, podía gestionar las cuestiones vinculadas a su salud, así como valerse por sí en cuestiones de la vida diaria. No obstante, en virtud de sus limitaciones físicas propias de la edad, requería en algunas ocasiones la asistencia de su nieto. Por esos motivos, el Curador solicitó el rechazo de la demanda. Con posterioridad, la Defensora de Menores e Incapaces adhirió a su dictamen.