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13-dic-2016R, MAEl Tribunal Oral condenó a un hombre a la pena de siete años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal en tres oportunidades y privación ilegítima de la libertad. Para llegar a esa decisión, valoró el testimonio de la víctima, concubina del condenado, lo declarado por otros testigos, vecinos del barrio, y la historia clínica de la damnificada. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación. Argumentó, entre otras razones, una errónea valoración de la prueba.
13-dic-2016RMA (causa Nº 39411)Una mujer denunció a su pareja por una serie de episodios de violencia de género. Los hechos incluían abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral en, al menos, tres oportunidades, todos en el interior de su casa. La víctima declaró que, luego del primer hecho, quedó embarazada; no obstante, el embarazo no llegó a término. El segundo evento tuvo lugar algunos días después de esta pérdida; entonces, volvió a quedar embarazada. El tercer hecho, sucedió una noche que su pareja regresó alcoholizado a su domicilio, le arrancó las prendas de vestir y la forzó a tener relaciones sexuales por vía oral y vaginal. En ese contexto, además, el hombre ejerció violencia física (golpes, zamarreos, tiradas de pelo) en su contra. La mujer había denunciado a su pareja con anterioridad por haberla dejado encerrada en su domicilio, oportunidad en la que se comunicó con sus vecinos a través de la puerta. Durante el debate oral, declaró la madre de la víctima. Manifestó que su hija le había dejado entrever la existencia de violencia económica, pero no física. Además, explicó que había convivido con la pareja durante el embarazo y que no había presenciado hechos de violencia física, aunque sí verbal. Asimismo, una vecina declaró que estaba sorprendida porque nunca había visto a la denunciante lastimada y agregó que escuchó discusiones en las que el hombre gritaba que la iba a matar. Por su parte, el psiquiatra que atendió a la mujer a lo largo de esos años explicó que vivía una situación de temor, pero que no había ningún dato que indicara un cuadro de mayor gravedad. De la historia clínica surgía que la mujer efectuó diversas consultas médicas; sin embargo, no registraron lesiones o indicios de haber sido abusada sexualmente. De la misma forma, la paciente no había realizado ninguna manifestación sobre este punto. Además, de los controles ginecológicos surgía que buscaba un embarazo. Por otro lado, los informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense y la Oficina de Violencia Doméstica determinaron la existencia de diversas manifestaciones de violencia generadas por un vínculo disfuncional con violencia doméstica que derivó en una situación de riesgo para la víctima. El Tribunal Oral condenó a RMA a la pena de siete años y seis meses de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal reiterado al menos en tres oportunidades, y privación ilegítima de la libertad. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-dic-2016T, CAUn grupo de personas se había apoderado de un teléfono celular, zapatillas y otros elementos que eran propiedad de otro individuo. Para eso se valieron de un cuchillo y pinches de cocina con punta filosa. El Tribunal Oral condenó a T. a la pena de seis años de prisión por ese episodio y lo calificó como robo con armas en concurso real con robo en grado de tentativa. A ese fin, valoró la declaración de la víctima, que refirió durante la audiencia de debate oral que el imputado se le presentó acelerado y le preguntó si podía prestarle plata para consumir algo. Luego, cuatro personas “se le vinieron encima” y “le empezaron a pegar y a bolsijear”. Cuando se levantó, el imputado, que se había quedado al lado suyo, le dijo que él no había hecho nada y se fue. Posteriormente, la víctima explicó el hecho de modo diferente: sostuvo que uno de los muchachos (“flaco alto con los pelos sucios”) lo atacó con un cuchillo y, luego, lo “tiraron para atrás” y le pegaron. El imputado –agregó– estaba “ahí al lado suyo” y lo pudo ver en ese grupo que “se le tiró encima” y le arrebató sus pertenencias. A su vez, admitió que, al momento de los hechos, se encontraba en estado de ebriedad. La sentencia fue recurrida por la defensa. Entre otros argumentos, planteó que el tribunal había valorado de modo incorrecto el testimonio del damnificado y cuestionó su credibilidad. Además, de modo subsidiario, objetó la calificación legal asignada al primer hecho.
14-nov-2016M, ASUna persona había sido imputada por el delito de homicidio simple. El Tribunal Oral la condenó a la pena de dieciocho años de prisión. La sentencia se fundó, esencialmente, en tres pruebas: las filmaciones de una cámara de seguridad en la que se observaba un hombre vestido de negro que ingresaba al domicilio de la víctima, la comparación de esa persona con la fisonomía del imputado, y un peritaje lingüístico de una serie de mensajes de texto del celular de la víctima. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Por esa vía se impugnó, principalmente, el modo en que se valoró la prueba.
4-nov-2016GME (Causa Nº98542)Una persona que se encontraba detenida tuvo un ACV en la unidad penitenciaria. Entonces, sufrió la parálisis del miembro superior izquierdo y distintas afecciones neurofisiológicas. En atención a su estado de salud, su defensa solicitó que se le otorgara el arresto domiciliario en los términos de los incisos a) y/o c) del artículo 32 de la ley N° 24.660. El Cuerpo Médico Forense del Superior Tribunal de Justicia de la Pampa realizó un informe médico favorable a esa petición. Por el contrario, los médicos del servicio penitenciario realizaron informes en los que se rechazaba que fuera necesario proceder en ese sentido. El Juzgado de Ejecución rechazó el arresto domiciliario. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
31-oct-2016GPN (causa N° 2164)Una mujer despachó dos encomiendas con destinos internacionales. En el marco de un control rutinario realizado en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, los envíos fueron inspeccionados por personal policial. En el interior de los paquetes se hallaron treinta y un bolsas de nylon con cocaína. Por esa razón, la mujer fue detenida. Al prestar declaración indagatoria, la imputada explicó que desconocía el contenido de las encomiendas y que las había despachado a pedido de su pareja. Entre otras cuestiones, aportó datos y fotografías del hombre y manifestó que no había recibido pago alguno por los envíos. El juzgado la procesó por el delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización. En etapa de debate, la fiscalía consideró que la imputaba había actuado, “al menos”, con dolo eventual. Por ese motivo, solicitó que se la condenara a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. La defensa entendió que la mujer había actuado sin dolo y, en consecuencia, solicitó su absolución.
25-oct-2016Carrera, Fernando ArielUn hombre cometió un robo y huyó en su automóvil. En ese momento, personal policial que no se había identificado ocasionó una maniobra de evasión por parte del hombre, que huyó en su vehículo. En ese contexto, el hombre recibió un disparo y perdió la conciencia. De esa manera, con una disminución de sus facultades, continuó la marcha y ocasionó lesiones y la muerte a algunas personas. Finalmente, colisionó contra otro vehículo. Luego del choque, los policías le habrían disparado dieciocho veces, alcanzándolo con ocho impactos y provocándole lesiones gravísimas. Desde el comienzo del proceso penal, la defensa había denunciado distintas irregularidades en la actuación de la policía que habrían determinado la imputación del hombre. En la etapa de juicio oral, el hombre fue condenado a la pena de treinta años de prisión por los delitos de robo agravado por el empleo de armas de fuego, homicidio calificado reiterado en tres oportunidades, lesiones graves reiteradas en dos oportunidades, abuso de armas de fuego y portación ilegal de arma de guerra. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala III de la CFCP confirmó la sentencia. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto esa resolución y dispuso el reenvío para el dictado de un nuevo fallo. En tal oportunidad, la misma Sala de la CFCP –con distinta conformación– absolvió al imputado por el delito de abuso de armas y lo condenó a la pena de quince años de prisión como coautor del delito de robo agravado por su comisión con armas de fuego, en concurso real con homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y por la cantidad de víctimas y con lesiones culposas graves y agravadas por esas mismas circunstancias y lesiones culposas leves, también en concurso real con portación de arma de guerra, sin la debida autorización legal. Frente a esa resolución, la defensa interpuso recurso extraordinario. Luego de ser rechazado, presentó un recurso de queja.
21-oct-2016MJETres personas abordaron a una pareja en la vía pública y, mediante la exhibición de un arma de fuego, los obligaron a subir a un vehículo. Durante el trayecto, los damnificados fueron despojados de sus pertenencias. Luego, los hombres tuvieron que detener el vehículo para cargar nafta. Sin embargo, el automóvil no volvió a arrancar. Por ese motivo, abandonaron a la pareja y se escaparon a pie. Uno de ellos fue identificado e imputado por dos hechos. El primero se calificó como secuestro extorsivo en concurso ideal con robo en poblado y en banda. El segundo, como robo en poblado y en banda. El Tribunal Oral lo absolvió respecto del primer hecho y lo condenó a la pena de tres años de prisión por el segundo. Esa decisión se fundó en la sospecha informada por la Oficina de Fiscales, donde se registraron hechos llevados a cabo con un modus operandi similar en la misma zona. Según el informe, el imputado había sido denunciado en cuatro oportunidades. Sólo en una de ellas se lo encontró responsable y la cuarta denuncia correspondía a los hechos denunciados en este caso. Por otra parte, al momento de realizarse la rueda de reconocimiento, una de las víctimas manifestó reconocer al acusado en un cuarenta por ciento. Sin embargo, en esa misma rueda reconoció a otra persona que no había tenido ninguna relación con los hechos de la causa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
15-sep-2016R, GTres personas habían sido sorprendidas por la policía con un arma de fuego calibre 9mm en su poder. El arma fue hallada en el piso de un automóvil estacionado en la vía pública. Dos de los imputados se encontraban dentro del vehículo y el tercero afuera, apoyado del lado del acompañante. Éste último fue procesado por portación de arma de guerra. Ante el recurso de la defensa, la Sala V de la CNACC dispuso la falta de mérito y la sustanciación de medidas de prueba; entre otras, una nueva declaración del agente preventor. Una vez realizadas estas medidas, el juzgado de instrucción dispuso nuevamente el procesamiento, en esta oportunidad, por tenencia de arma de guerra. Ante esta resolución, la defensa interpuso recurso de apelación. Allí, argumentó la inexistencia de datos nuevos y objetivos que permitieran tener por acreditada la participación del imputado en el hecho.
9-sep-2016Villarroel, Darío FabiánSe le atribuyó a una persona ingresar a un local comercial y sustraer, mediante el empleo de un arma de fuego, dinero y un teléfono celular. Sin embargo, el arma que se le secuestró no coincidía con la que se utilizó en el hecho. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de tres años en suspenso por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otros argumentos, cuestionó la calificación legal aplicada.