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13-sep-2021Roldán y otro (causa Nº 32848)Dos empleados de una obra en construcción le ofrecieron a un vendedor ambulante treinta varillas metálicas que pertenecían a la obra. En el ofrecimiento, hicieron pasar las varillas como material en desuso. El personal de la comisaría tomó conocimiento de esta situación y detuvo a los empleados. Luego de la declaración indagatoria, la defensa solicitó concluir la causa mediante una conciliación. La persona a quien le pretendieron vender los objetos aceptó el acuerdo. Por su parte, el apoderado de la sociedad de la construcción no lo aceptó. El representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó que el juez podía homologar de manera parcial el acuerdo conciliatorio. En ese sentido, señaló que la disponibilidad de la acción penal podía ser parcial y que debía continuarse el proceso respecto de la sustracción de las varillas de hierro. El magistrado interviniente procesó a los dos empleados de la obra como autores del delito de hurto en grado de tentativa, homologó parcialmente el acuerdo conciliatorio y los sobreseyó de manera parcial respecto del delito de defraudación. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que el hecho debía considerarse único y que debía homologarse en su totalidad.
29-dic-2020Fernández (Causa N° 12000138)Una persona realizó una denuncia telefónica anónima e informó del funcionamiento de un cabaret en el que varias mujeres ejercían la prostitución. En consecuencia, el encargado del bar del lugar fue acusado en el fuero provincial por el delito de administración de casas de tolerancia, conforme al artículo 17 de la N° 12.331. Una vez finalizada la instrucción en esa sede, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que los hechos investigados podrían encuadrar en el delito de trata de personas. Por ende, informó al fuero federal de esta situación y se inició una nueva causa ante un tribunal oral federal. El juez provincial condenó a la persona imputada por el delito establecido en el artículo 17 de la Ley N° 12.331. Ante esta situación, el defensor interviniente ante el fuero federal presentó una excepción de previo y especial pronunciamiento por falta de acción. En ese sentido, explicó que su asistido ya había sido perseguido y condenado en el fuero provincial por los mismos hechos. Así, concluyó que no podía ser perseguido ante el fuero federal por la garantía del non bis in ídem. El representante del Ministerio Público Fiscal Federal coincidió con las conclusiones de la defensa.
19-jun-2020Mastrostefano (causa N° 32109)Tres personas libraron cheques sin fondo. Por ese hecho fueron imputadas por el delito de defraudación. La defensa solicitó la celebración de una audiencia de conciliación en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código Penal y ofreció una reparación. La empresa damnificada prestó su consentimiento. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al planteo. En ese sentido, sostuvo que en la maniobra había existido un concurso de delitos y que una de las imputadas tenía una causa en trámite por el delito de asociación ilícita. Por esa razón, el juzgado rechazó el acuerdo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
8-nov-2019Irisarri (Causa Nº 25419)En el marco de una discusión por una deuda, un hombre le disparó a otro con un arma de fuego. El disparo le provocó una lesión en una pierna. Luego, lo insultó, le manifestó que lo iba a matar, que no le iba a pagar y se retiró del lugar. Por ese hecho, fue condenado por el delito de abuso de armas en concurso real con amenazas coactivas agravadas por haber sido cometida mediante el empleo de arma a la pena de cuatro años de prisión. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo, entre otras cuestiones, que el encuadre legal era defectuoso puesto que no se había logrado acreditar el elemento coactivo en la expresión atribuida a su asistido. Por ese motivo, consideró que el hecho debía calificarse como amenaza simple agravada por el uso de arma. Por otra parte, impugnó la relación concursal entre las figuras penales y señaló que se trataba de una unidad de acción, por lo cual había mediado entre ellas un concurso ideal.
5-sep-2019LLE (Causa n°18556)Un hombre fue imputado por el delito de lesiones agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en concurso ideal con amenazas con armas. En mayo del 2016 fue citado a prestar declaración indagatoria. Luego, en diciembre de 2018 cometió otro hecho, por el que fue procesado. La defensa solicitó que se declarara la extinción de la acción penal y se dispusiera el sobreseimiento de su asistido. El juzgado hizo lugar al planteo. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. En tal sentido, consideró que, de acuerdo al plenario “Prinzo” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, el segundo hecho había interrumpido el plazo de prescripción del primero.
29-ago-2019Cattani (causa N° 56758)En noviembre de 2014 una persona fue condenada a la pena de tres meses de prisión en suspenso (causa Nº 3885). En enero de 2018 cometió otro hecho y en agosto del 2019 fue condenada a la pena de cinco meses de prisión y a la pena única de seis meses de prisión (causa Nº 5571). En agosto de 2019 cometió un nuevo hecho por el que suscribió un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se le impusiera la pena de seis meses de prisión y que se unificara con la pena de tres me-ses dictada en 2014.
14-may-2019Duarte (causa Nº 8717)Una joven y un varón ingresaron a un comercio con un arma de fuego para sustraer la recaudación. En esa oportunidad, ambos apuntaron con un arma de fuego a las personas que trabajaban en el local y las maniataron. El suceso fue advertido por un integrante de la policía que ingresó al lugar, detuvo a ambas personas y recuperó la totalidad de los bienes sustraídos. Luego, el Tribunal Oral de Menores N° 1 de la Capital Federal condenó a la joven a la pena de cuatro años y seis meses de prisión por resultar coautora del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa en concurso real con el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal. Contra esa decisión, su defensa presentó un recurso de casación.
13-mar-2019R y otros (reg. Nº 9755 y causa Nº 31260)Un hombre se encontraba detenido en el Complejo Penitenciario Federal Nº I de Ezeiza. En la sala de visitas discutió con un agente penitenciario. Por esa razón fue trasladado a la “leonera”, donde fue golpeado y sufrió un ataque sexual por parte de personal del Servicio Penitenciario. El médico de la unidad elaboró un informe en el que concluyó que el interno no presentaba lesiones visibles. El hombre se comunicó con su defensoría a fin de hacer saber lo ocurrido. Por ese motivo, se celebró una audiencia en la que brindó los detalles del hecho y efectuó la denuncia. Entonces, fue revisado por personal del Cuerpo Médico Forense y de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Sus informes coincidieron en la existencia de lesiones compatibles con la versión brindada por el detenido. La víctima se constituyó como parte querellante y, en los mismos términos que los representantes del Ministerio Público Fiscal, instó el procesamiento del personal penitenciario por el delito de torturas. El juzgado sobreseyó a los agentes. Para decidir de esa manera, sostuvo que el hombre había incurrido en contradicciones en el relato del hecho. Además, valoró el informe elaborado por el médico penitenciario e indicó que no surgían “conectores directos” entre los exámenes médicos del CMF y la PPN. Contra esa decisión, la querella y la fiscalía interpusieron recursos de casación.
22-oct-2018Antunez (causa N° 57976)Seis integrantes de la Prefectura Naval Argentina ingresaron en sus móviles a la villa 21-24 y detuvieron a dos jóvenes, uno de dieciocho años y otro de quince años. Luego, sin registro de su detención, los trasladaron esposados a dependencias oficiales. Más tarde, los llevaron a una zona aislada en donde los golpearon con sus manos y sus tonfas. Además, los amenazaron con matarlos, tanto arrojándolos al Riachuelo como con el uso de armas de fuego y un cuchillo. También los obligaron a quitarse la ropa y a rezar. En particular, a uno de los jóvenes lo obligaron a quedarse en ropa interior y lo amenazaron con sodomizarlo; al otro lo sometieron a besar un arma reglamentaria y simularon su fusilamiento. Por último, le robaron la ropa, dos cadenitas de oro y les ordenaron que corrieran bajo la amenaza de matar al que quedara retrasado. Por esos hechos, los agentes de la prefectura fueron imputados. En la etapa de juicio oral, las víctimas indicaron que no se había realizado una imputación concreta ni se había formalizado su detención. Asimismo, expresaron que desde el inicio les habían dado a entender que estaban a exclusiva merced de sus captores. El representante del Ministerio Público Fiscal imputó a los agentes policiales por los delitos de tortura y robo agravado por su comisión con armas de fuego y por la condición de miembros integrantes de una fuerza de seguridad, en concurso real entre sí. Por su parte, las defensas cuestionaron esa calificación y propusieron que se encuadrara bajo las previsiones del artículo 144 bis, inciso 2°, del Código Penal. En ese sentido, explicaron que la duración de los hechos y las conductas llevadas a cabo contra los jóvenes carecían de entidad suficiente para ser calificadas de tortura.
12-abr-2018RJA (causa Nº 8399)Un hombre fue juzgado por un hecho cometido en noviembre del 2014. En junio de 2017, el Tribunal Oral lo condenó a la pena de un año de prisión y lo declaró reincidente. Dicha declaración era la segunda dictada respecto del imputado. En septiembre de 2017, fue juzgado por un otro delito, cometido en marzo del 2014. Durante el juicio oral, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se le impusiera la pena única de dos años y dos meses de prisión, comprensiva de la anterior. El Tribunal Oral lo condenó a la pena única de dos años y seis meses y la declaró reincidente por tercera vez. Para decidir de esa manera, tuvo en consideración los procesos que registraba en su contra y las sucesivas declaraciones de reincidencia. Sobre la base de esos argumentos, consideró que la persona presentaba desapego a la ley. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.