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FechaTítuloResumen
11-abr-2024Paz (Causa N°16850)Una mujer fue acusada por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, la defensa se opuso a la incorporación de las constancias documentales correspondientes a otro legajo de investigación que se encontraba en trámite contra la acusada por un hecho distinto. Además, la fiscalía se opuso a la admisión del informe sobre la caligrafìa de la acusada elaborado por un Licenciado en crimanalística convocado por la defensa.
31-oct-2023Gutiérrez (causa N° 7354)Dos mujeres fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, entre otras cosas, la defensa oficial de una de las mujeres cuestionó la admisión como prueba documental de las actas de procedimiento e informes policiales y solicitó que se admitieran solo para los fines indicados en el último párrafo del art. 289 del CPPF. Además, se opuso a la incorporación de la planilla en la que se determinaba el valor correspondiente al estupefaciente secuestrado y la declaración testimonial de quien la elaboró porque consideró que era impertinente. Finalmente, objetó la admisión del informe de reincidencia para la etapa de determinación de la responsabilidad porque entendió que se vinculaba con las condiciones personales de la imputada y no con su responsabilidad en el hecho que se le atribuía.
18-oct-2023Barrera Carranza (Causa N° 3595)Un hombre de nacionalidad peruana había sido condenado en dos oportunidades, por los delitos de hurto simple y robo en grado de tentativa. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el plazo de ocho años. Para resolver de esa manera, aplicó la causal de expulsión del artículo 29, inciso c de la ley N° 25.871. Contra esa decisión, la persona –asistida por la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación– interpuso un recurso judicial. El juzgado de primera instancia lo desestimó. Entre sus argumentos, expresó que la reiteración de los delitos cometidos encuadraba en los impedimentos previstos por la normativa para permanecer en el país. La Cámara confirmó la sentencia de la anterior instancia. Contra esa decisión, el actor interpuso recurso extraordinario federal, que fue declarado inadmisible. Por lo tanto, presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese incidente, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de segunda instancia. Asimismo, ordenó que volvieran los autos al tribunal de origen para que se dictara un nuevo fallo.
12-may-2023Salinas Niño (Causa Nº 12705)En 2000, un hombre de nacionalidad peruana fue condenado en su país de origen a la pena de diez años de prisión por el delito de robo agravado. En 2012, se produjo el vencimiento de la pena. Al año siguiente, el hombre ingresó a la Argentina donde se radicó junto con su pareja. En 2016, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, decretó su expulsión del territorio nacional y estableció una prohibición de reingreso de carácter permanente de conformidad con lo establecido en el art. 29 inc. c) de la ley 25.871. El acto administrativo fue motivado en los antecedentes condenatorios que el hombre tenía en su país de origen. Contra esa decisión, la Comisión del Migrante impetró recurso jerárquico. Allí, remarcó que la pena impuesta al hombre en Perú había vencido en 2012. Por otra parte, puso de resalto su intención de permanecer en el país junto con su pareja, que se encontraba cursando un embarazo, y la familia de ella, a la que consideraba como propia. El recurso fue rechazado. En ese marco, se interpuso la pertinente demanda judicial. En la vía recursiva se planteó la aplicación de la dispensa por razones humanitarias en razón de que la pareja había sido diagnosticada con cáncer de mama –lo cual derivó en la interrupción de su embarazo- y que dependía de él para su manutención.
5-sep-2022Saucedo (causa Nº 27813)En marzo de 2022, en el marco de una causa penal, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 49 condenó a un hombre a la pena de ocho meses de prisión en suspenso (causa Nº 12459). En mayo del mismo año, por un nuevo hecho, el hombre fue imputado como coautor del delito de robo simple (causa Nº 27813). De manera posterior, en agosto de 2022, por un tercer hecho, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 27 condenó al hombre a la pena de diez meses de prisión en suspenso por ser autor penalmente responsable del delito de hurto agravado (causa Nº 47824) y coautor del delito de robo simple (causa Nº 51692). Luego, la causa iniciada por el delito cometido en mayo de 2022 (causa Nº 27813) fue elevada a juicio. Entonces, las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado.
7-jul-2022Ríos (causa N° 21633)El 30 de abril de 2022, un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple reiterado en dos oportunidades. El hombre registraba cuatro procesos penales en curso y carecía de antecedentes condenatorios o declaraciones de rebeldía. Al momento de su detención, el hombre acreditó que vivía con su pareja y aportó sus datos identificatorios. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión, por considerar, entre otras cuestiones, que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, existían riesgos procesales. En esa línea, concluyó que por las causas que el hombre imputado tenía en trámite no se sometería voluntariamente a la jurisdicción. Además, sostuvo que pese a que su domicilio fue constatado, las medidas alternativas resultaban insuficientes para garantizar su sujeción al proceso. También destacó que el tiempo en detención no resultaba desproporcionado. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
15-jun-2022Tournier (causa N° 19678)Un hombre fue detenido el 22 de abril de 2022 y procesado con prisión preventiva por el delito de hurto agravado por haber sido cometido mediante escalamiento en grado de tentativa en concurso real con el delito de tenencia ilegítima compartida de arma de fuego de uso civil y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. El hombre carecía de antecedentes condenatorios y se encontraba imputado en una causa del Tribunal Oral de Menores en la cual no se había fijado fecha de debate. Al momento de su detención, se identificó correctamente y se constató el domicilio. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió confirmar la resolución. Para decidir de esa manera, entendió que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, se verificaba un peligro de fuga. En esa línea, en los términos del inciso b, del art. 221 del CPPF, ponderó desfavorablemente la naturaleza y características del hecho, y sostuvo que el desprecio hacia los bienes jurídicos ajenos daba la pauta de que no se sometería a las obligaciones que se le pudieran imponer en caso de acceder a su libertad. Además, valoró que el imputado contaba con un proceso penal en trámite por un delito contra la propiedad ante un Tribunal de Oral de Menores. También consideró que existía peligro cierto de entorpecimiento de la investigación porque todavía estaban pendientes medidas de prueba dirigidas a individualizar a una de las cuatro personas que participaron en el hecho. Finalmente, estimó que el tiempo de detención no era desproporcionado en relación con el estado de las actuaciones. Contra esta decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
15-jun-2022Romero, F. (causa N° 19678)Un hombre fue detenido el 22 de abril de 2022 y procesado por el delito de hurto agravado por haber sido perpetrado mediante escalamiento en grado de tentativa en concurso real con el delito de tenencia ilegítima compartida de arma de fuego de uso civil y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. Al momento de su detención, el hombre se identificó correctamente, su domicilio fue constatado y no registraba antecedentes. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para decidir de esta manera, entendió que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, se verificaba un peligro de fuga. En esa línea, en los términos del inciso b, del art. 221 del CPPF, ponderó desfavorablemente la naturaleza y características del hecho, y sostuvo que el desprecio hacia los bienes jurídicos ajenos daba la pauta de que no se sometería a las obligaciones que se le pudieran imponer en caso de acceder a su libertad. Además, consideró que existía un riesgo de entorpecimiento de la investigación, ya que uno de los cuatro imputados por el hecho se encontraba prófugo, y las medidas de prueba dirigidas a lograr su individualización podrían frustrarse en caso de que los demás recuperaran su libertad. Finalmente, estimó que el tiempo de detención no era desproporcionado en relación con el estado de las actuaciones. Contra esta decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
23-feb-2022Catan (causa Nº 19927)Un hombre fue detenido el 9 de abril de 2020 y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo en poblado y en banda en concurso real con el delito de violación a las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia. El hombre contaba con siete condenas penales, estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia, su domicilio había sido constatado y había una persona que había manifestado su voluntad de alojarlo. En la etapa de preparación del juicio oral, su defensa solicitó la prisión domiciliaria en los términos del art. 210 inc. j del CPPF. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 rechazó el pedido. Para resolver de esta forma, consideró que había elementos para afirmar la existencia de peligro de fuga pues el acusado tenía antecedentes penales ya que contaba con diferentes condenas -lo que impedía que una eventual sanción pudiera ser dejada en suspenso- y estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia. Además, luego de analizar dos informes, uno realizado por el personal de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP), del cual surgía que el imputado se encontraba realizando un tratamiento para las adicciones y demostraba dificultades para mantener un proyecto de vida alejado del accionar transgresor y otro del Servicio Penitenciario Federal, que informaba que el imputado se encontraba en un buen estado psicológico­-psiquiátrico en su unidad de alojamiento, estimó que las medidas alternativas resultaban insuficientes para neutralizar el peligro de fuga. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
16-dic-2021González González (Causa Nº 8059)Un hombre de nacionalidad paraguaya había vivido en Argentina por más de veinte años. En el 2013 fue condenado a la pena de dos años de prisión por el delito de tenencia de arma de guerra. En este contexto la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular la permanencia del hombre en el país, dispuso su expulsión y le prohibió el reingreso por el plazo de ocho años. En consecuencia, el hombre –con la asistencia de la Comisión del Migrante– interpuso un recurso directo, que fue rechazado tanto en primera como en segunda instancia. Para decidir de ese modo, la cámara consideró que el hombre había sido condenado en el 2005 a tres años y cuatro meses de prisión por el delito de transporte de estupefacientes. En ese sentido, interpretó que la situación del hombre encuadraba en uno de los impedimentos para la radicación en el país. Contra lo resuelto por la cámara, la Comisión del Migrante presentó un recurso extraordinario, que fue rechazado. Por esa razón, interpuso una queja. Entre sus argumentos, sostuvo que la condena penal mencionada por la DNM en oportunidad de contestar agravios no había sido considerada al momento de emitir la orden de expulsión.