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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4229
Título : | Saucedo (causa Nº 27813) |
Fecha: | 5-sep-2022 |
Resumen : | En marzo de 2022, en el marco de una causa penal, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 49 condenó a un hombre a la pena de ocho meses de prisión en suspenso (causa Nº 12459). En mayo del mismo año, por un nuevo hecho, el hombre fue imputado como coautor del delito de robo simple (causa Nº 27813). De manera posterior, en agosto de 2022, por un tercer hecho, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 27 condenó al hombre a la pena de diez meses de prisión en suspenso por ser autor penalmente responsable del delito de hurto agravado (causa Nº 47824) y coautor del delito de robo simple (causa Nº 51692). Luego, la causa iniciada por el delito cometido en mayo de 2022 (causa Nº 27813) fue elevada a juicio. Entonces, las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. |
Decisión: | El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 13, por mayoría, condenó al hombre a la pena de cuatro meses de prisión en suspenso como autor penalmente responsable del delito de robo simple y a la pena única de un año y ocho meses de prisión en suspenso (jueces Guardia y Touris). |
Argumentos: | 1. Determinación de la pena. Unificación. Antecedentes. Método composicional. “[T]eniendo en cuenta los antecedentes penales que registra [el imputado], [en]el caso se da un supuesto de unificación de condenas –y no de penas–, en tanto la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 27, fue dictada en violación a las reglas del concurso material de delitos por razones jurisdiccionales”. “[E]n razón de que el hecho que aquí se le atribuye haber cometido [al imputado] (29/5/2022) es de fecha anterior a la sentencia condenatoria dictada por los colegas del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 27 (3/8/2022), en miras al principio de unidad de respuesta penal contenido en los artículos 55 y 58 del Código Penal, [es] ajustado a derecho imponerle al nombrado la condena única de un año y ocho meses de prisión en suspenso y costas, comprensiva de la de cuatro meses de prisión en suspenso y costas impuesta como respuesta punitiva para el injusto cometido en la presente, y de la pena de ocho meses de prisión en suspenso dictada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 49 por sentencia firme del 18 de marzo de 2022 en el marco de la C/N° 12459/2022 de ese registro, así como también de la pena de diez meses de prisión en suspenso dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 27 por sentencia firme del 3 de agosto de 2022 […], conforme lo normado por los artículos arts. 41 quater, 45, 55, 164 y 58 del Código Penal”. |
Tribunal : | Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 13 de la Capital Federal |
Voces: | ANTECEDENTES PENALES DETERMINACIÓN DE LA PENA MÉTODO COMPOSICIONAL UNIFICACIÓN |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/3907 |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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