Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 3161-3170 de 4396.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
20-sep-2016Hábeas corpus – detenidos UR III Pabellón 4 CPF II (Marcos Paz)Una persona detenida en la Unidad Residencial III, Pabellón 4, del Complejo Penitenciario Federal II, presentó un habeas corpus en representación de los integrantes del pabellón en el que se encontraba. En su presentación explicó las deficiencias edilicias del lugar de detención, que no eran afectados a actividades laborales y que tenían problemas relativos al acceso a la educación. El Juzgado Federal entendió que el acto lesivo no subsistía debido a que el accionante había recuperado la libertad. A su vez, consideró que la situación que motivó la acción había variado a lo largo del proceso ya que, según informó el Servicio Penitenciario Federal, se emprendieron los pasos administrativos para la readecuación de las instalaciones. De ese modo, rechazó la acción de habeas corpus. La Procuración Penitenciaria y la Defensoría Pública apelaron el rechazo de la acción. La Sala II de la Cámara Federal de San Martín confirmó la resolución. No obstante, dispuso que el juez de primera instancia controlara efectivamente el cumplimiento de las medidas dispuestas en el centro penitenciario. Ante esa decisión, y dada la persistencia de la situación originariamente descripta, se dedujo un recurso de casación que, declarado inadmisible, dio lugar a la interposición de un recurso de queja.
20-sep-2016HMB (causa N° 51004999)Varias personas habían sido investigadas por el delito de secuestro extorsivo agravado por haberse obtenido el rescate y por haberse cometido entre tres o más personas, en concurso ideal con el delito de robo con armas de fuego y en poblado y en banda. Uno de los imputados era menor de edad. Por tal razón, fue internado en los institutos de menores “Roca” y “Belgrano”. En los informes sociales y de evolución incorporados al expediente, se hizo saber que el joven no había conocido a su padre y que durante su infancia había sido agredido y discriminado. Además, se indicó que, durante los dos primeros años de internación, había realizado diversos y progresivos estudios de formación y que el trato con sus pares había sido solidario y respetuoso. En oportunidad de celebrarse la audiencia de debate, ya era mayor de edad. La defensa, sobre la base de los informes mencionados, consideró que, en caso de determinarse la responsabilidad penal de su asistido, no correspondía aplicarle una pena (cfr. artículo 4 de la ley N° 22.278).
16-sep-2016Seballos (reg. N° 717 y causa N° 64476)En febrero de 1999 una persona fue condenada a la pena de cinco años y once meses de prisión (causa N° 615). Luego, en octubre de 2005, fue condenada por un tribunal de San Isidro a la pena de seis años de prisión (causa N° 6), cuyo vencimiento operó en julio de 2007. En febrero de 2008 fue condenado por otro hecho a la pena de dieciocho años de prisión y a la pena única de veinticuatro años de prisión (causa N° 64476). Para decidir de esa manera, el tribunal consideró que se habían dictado dos sentencias firmes contra un mismo imputado sin haberse observado las reglas previstas en los artículos 55 a 57 del Código Penal. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que las reglas de unificación debían aplicarse siempre y cuando las condenas no estuviesen vencidas; circunstancia que no había sucedido con la pena impuesta por el tribunal de San Isidro (causa N° 6).
16-sep-2016GFA (causa N° 7039)Tres personas fueron imputadas por la tenencia de 1,4 gramos de cocaína y 0,7 gramos de marihuana. Una de ellas tenía dieciséis años. Durante la instrucción, no se dispuso un tratamiento tutelar a su respecto. En la etapa de juicio, la defensa planteó la nulidad de las actuaciones por considerar que se había infringido el artículo 4 de la ley N° 22.278. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable.
15-sep-2016IJLa defensa solicitó la prisión domiciliaria de una persona condenada a una pena de prisión por transportar de estupefacientes. Para ello, utilizó como principal argumento el entorno familiar perjudicial en el que se encontraba su hija de 11 años. De acuerdo al informe socioambiental, la niña convivía con el abuelo y el tío, ambos con discapacidad. El fiscal se opuso a la concesión en virtud del límite etario establecido en el inc. f del art. 10 CP y el art. 32 inc. f de la ley 24.660.
15-sep-2016R, GTres personas habían sido sorprendidas por la policía con un arma de fuego calibre 9mm en su poder. El arma fue hallada en el piso de un automóvil estacionado en la vía pública. Dos de los imputados se encontraban dentro del vehículo y el tercero afuera, apoyado del lado del acompañante. Éste último fue procesado por portación de arma de guerra. Ante el recurso de la defensa, la Sala V de la CNACC dispuso la falta de mérito y la sustanciación de medidas de prueba; entre otras, una nueva declaración del agente preventor. Una vez realizadas estas medidas, el juzgado de instrucción dispuso nuevamente el procesamiento, en esta oportunidad, por tenencia de arma de guerra. Ante esta resolución, la defensa interpuso recurso de apelación. Allí, argumentó la inexistencia de datos nuevos y objetivos que permitieran tener por acreditada la participación del imputado en el hecho.
15-sep-2016CJLUna persona se encontraba imputada por el delito de robo con armas en grado de tentativa. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, la fiscalía dictaminó de manera favorable. Sin embargo, el Tribunal Oral rechazó la concesión del instituto. Argumentó que el dictamen fiscal carecía de razonabilidad, pues no había valorado la gravedad del hecho. En esta línea, sostuvo que la probation sólo debía a aplicarse a casos de “escasa trascendencia penal”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
15-sep-2016SVAUna persona había sido imputada por los delitos de estafa y falsificación de documentos. A su vez, se había decretado su quiebra y su único ingreso consistía en una pensión. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, ofreció una suma de dinero perteneciente a un tercero en concepto de reparación. El fiscal se opuso a la concesión del instituto. A tal fin invocó la ley Nº 24.522, de concursos y quiebras. El Tribunal Oral concedió la probation. Sin embargo, sostuvo que solamente resultaba posible reparar el daño mediante el ofrecimiento de sumas de dinero propias. Contra aquella decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
13-sep-2016D, MD c. OA, RAEn el marco de un juicio sobre aumento de cuota alimentaria, la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ordenó la implementación de medidas de carácter cautelar tendientes a la inmediata evaluación de los vínculos y la realización de una terapia de reorganización familiar. La Defensora Pública de Menores e Incapaces de Cámara dedujo recurso extraordinario por considerar que lo decidido excedía la competencia apelada del tribunal, cuyo objeto sólo se refería a la obligación alimentaria del progenitor. Así, la Defensora argumentó que lo resuelto lesionaba las garantías constitucionales de debido proceso y defensa en juicio de su representado, en particular la garantía de la doble instancia. El recurso fue denegado y la Defensora hizo su presentación directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
13-sep-2016Krieger, Ana Inés c Sánchez Orlando RubénDos personas celebraron un contrato de compraventa de un inmueble con destino de vivienda única y familiar cuyo pago se pactó en moneda extranjera. Atento a la imposibilidad de adquirir moneda extranjera, la compradora del inmueble reclamó judicialmente un reajuste de las cuotas pactadas. El vendedor se opuso y planteó la prescripción de la acción con sustento en la aplicación analógica del plazo de tres meses previsto en el artículo 4041 del código civil derogado. El tribunal de primera instancia rechazó el planteo y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Misiones confirmó la decisión. Por tal motivo, se interpuso recurso extraordinario federal.