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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 21-nov-2019 | CJYSLG (Causa Nº 11162) | Un hombre adeudaba la cuota alimentaria que le correspondía a sus hijos. Frente a esa situación, el juzgado interviniente le prohibió ingresar a las instalaciones de un club al que solía concurrir hasta que demostrara haber cumplido con su obligación. También le otorgó un plazo de cinco días para que abonara lo adeudado, bajo apercibimiento de aplicarle una multa diaria acumulativa. A su vez, dispuso el descuento directo del monto adeudado sobre los ingresos del demandado como empleado en una universidad privada. Contra lo resuelto, el hombre interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. Entre sus argumentos, solicitó que se dejara sin efecto la multa impuesta, ya que se le dificultaba solventarlo. Además, manifestó que tres días a la semana estaba a cargo del cuidado de sus hijos y que los trasladaba a la escuela. Agregó que, a diferencia de la progenitora, aportaba a la educación universitaria de uno de sus hijos. Por su parte, la actora también apeló. En su presentación, expuso que el hombre contaba con medios suficientes, por lo que el incumplimiento de los alimentos era una manera de ejercer violencia de género. |
| 20-nov-2019 | Ilio (Causa N° 16090) | Una persona conducía un automóvil por el carril izquierdo de una avenida. Por el carril derecho, circulaba otro conductor en la misma dirección con dos pasajeros. En ese contexto, el segundo vehículo perdió el control, se cruzó de carril e impactó contra el guardarraíl izquierdo. El auto se partió en tres partes y uno de los acompañantes salió despedido. La víctima no llevaba el cinturón de seguridad. En ese marco, sufrió graves lesiones y murió. Con posterioridad, se comprobó que los dos choferes habían consumido alcohol. Sin embargo, sólo el segundo excedió el límite legal de alcohol en sangre permitido por la normativa vigente. Por ese hecho, ambos automovilistas fueron condenados a la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación para conducir por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente. Entre sus argumentos, el tribunal sostuvo que el primer conductor habría realizado un volanteo que provocó el descarrilamiento del segundo vehículo. Contra esa sentencia, las defensas interpusieron recursos de casación. |
| 19-nov-2019 | Lewosik (causa Nº 1010) | La señora Lewosik fue diagnosticada con epilepsia refractaria; los antiepilépticos que tomaba para tratar su enfermedad no eran efectivos y le generaban efectos secundarios. En ese marco, en diciembre de 2018, su médico tratante le prescribió 10 frascos del Aceite de Cannabis de Laboratorio Tilray P Oral Solution CDB 100 mg/ml frasco gotero de 25 ml. Entonces, Lewosik solicitó la cobertura del aceite a su obra social (ObSBA). Sin embargo, el pedido fue rechazado, por lo que debió iniciar una acción de amparo con el objeto de obtener la cobertura total, íntegra y oportuna del aceite. |
| 14-nov-2019 | Almeida Colman (causa Nº71062) | Cuatro personas ingresaron a la casa de un vecino para reprocharle que le había robado dinero a una de ellas. Además lo golpearon e insultaron y le impidieron huir. Una de las personas se abalanzó sobre su cuerpo y el hombre tomó un cuchillo y le asestó dos puñaladas en el tórax. Por ese hecho fue imputado por el delito de homicidio en grado de tentativa. En la etapa de juicio la defensa planteó, entre otras cuestiones, que la sustracción del dinero no había sido acreditada y que la conducta de su asistido estaba justificada porque había obrado para defenderse ante la agresión. Por ese motivo, consideró que había actuado en legítima defensa y solicitó su absolución. De forma subsidiaria, requirió que el caso fuera encuadrado como un exceso en la legítima defensa y se impusiera a su asistido una pena cuyo cumplimiento fuera dejado en suspenso. |
| 14-nov-2019 | VCV (Causa Nº 57714) | Una mujer demandó por alimentos al padre de su hija menor de edad. Sin embargo, el hombre no se presentó en el expediente, por lo que fue declarado rebelde. Luego, el juez dictó sentencia en la que estableció alimentos provisorios a favor de la niña. Tiempo después, la mujer denunció que el hombre no cumplía con el pago de la cuota. Por ese motivo, se le enviaron dos intimaciones. La primera bajo apercibimiento de ejecución y de comunicación al Registro de Deudores Morosos, y la segunda de arresto. Pese a ello, el demandado no regularizó su situación. En ese marco, se realizó un informe socioambiental. En esa oportunidad, se dejó constancia que el hombre trabajaba en el taller mecánico de un familiar y que vivía en el domicilio al que se habían dirigido todas las notificaciones. Asimismo, la AFIP hizo saber que el hombre no se desempeñaba en relación de dependencia registrada. En consecuencia, la actora pidió que se efectivizaran los apercibimientos. |
| 14-nov-2019 | Artica Vega (Causa Nº 2563) | Una mujer trans de nacionalidad peruana vivía en el país junto a su pareja y había obtenido la residencia permanente. Con posterioridad, fue condenada a la pena de 4 años y 10 meses de prisión por haber sido coautora del delito de comercialización de sustancias estupefacientes. Por esa razón, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia, dispuso su expulsión del territorio nacional y prohibió su reingreso al territorio nacional. Contra esa decisión, la mujer interpuso recursos administrativos que fueron rechazados. Luego, presentó un recurso judicial que también fue rechazado. Para decidir de esa manera, la jueza interpretó que en el caso correspondía aplicar una pena mayor a la prevista por el artículo 62 inciso b de la Ley Nacional de Migraciones Nº 25.871. Entonces, la actora apeló. Entre sus argumentos, sostuvo que la referida norma establecía un piso mínimo pero no hacía distinciones con respecto al tipo de delito cometido. Sobre esa cuestión, señaló que la interpretación había sido contraria al principio de legalidad. Asimismo, manifestó que no se había evaluado su arraigo familiar ni la discriminación que había sufrido en su país de origen por motivos de género. |
| 13-nov-2019 | Mamani (Causa Nº 8674) | Un hombre fue imputado por el delito de estafa en perjuicio de una mujer. Entonces, su defensa solicitó la realización de una audiencia de conciliación. En esa oportunidad, el imputado le pidió disculpas a la damnificada y le ofreció un resarcimiento de mil pesos. La damnificada aceptó las disculpas y prestó conformidad al resarcimiento económico. Entonces, el imputado entregó el dinero pactado a la víctima. Luego, la fiscalía planteó que de acuerdo con el precedente ‘Acosta’ correspondía declarar extinguida la acción penal en los términos del artículo 59 inciso 6 del CP. |
| 13-nov-2019 | NNV (Causa Nº 336) | Un hombre no cumplía con su obligación alimentaria con respecto a su hija adolescente. En ese contexto, la madre de la joven lo demandó por alimentos. En su presentación, manifestó que no le alcanzaba para cubrir las necesidades de su hija, que requería asistencia médica. Asimismo, sostuvo que desconocía los ingresos del demandado, ya que trabajaba en un negocio familiar pero no estaba registrado. En consecuencia, el juzgado intimó al hombre a proveerle cobertura de salud a la joven. Sin embargo, no fijó una cuota alimentaria provisoria. En ese sentido, consideró que la actora no había probado la situación económica del accionado ni había aportado datos sobre su empleo o recursos. Contra lo dispuesto, la mujer presentó un recurso de revocatoria, que fue admitido. En ese marco, se determinó una cuota provisoria. Luego, la mujer solicitó que se le descontara el 15% del monto fijado de la jubilación que cobraba el abuelo paterno de la joven. Con posterioridad, se presentó el abuelo. En esa ocasión, señaló que no podía hacerse cargo de lo dispuesto debido a su edad y estado de salud. Por su parte, el progenitor de la joven planteó que tampoco podía abonar una cuota alimentaria dado que no tenía bienes ni trabajo. Ante esa situación, el juzgado intimó al abuelo para que asumiera los costos de la cobertura de salud de su nieta. Frente al incumplimiento, se le impuso una multa. |
| 12-nov-2019 | Olivera (causa Nº 3997) | Una persona se encontraba detenida y cumplía una pena de prisión en la Comisaría Seccional Segunda de la Policía de Misiones. Esto, debido a que no podía ser trasladado a un centro carcelario federal por falta de cupos. ? PRESENTACIÓN DE LA DEFENSA Entonces, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. Entre sus argumen-tos, sostuvo que la detención en la comisaría impedía la incorporación de su asistido al pro-grama de tratamiento establecido en el régimen de ejecución penal. En ese sentido, señaló que las condiciones de detención le impedían acceder a un trabajo y cursar estudios. |
| 12-nov-2019 | Campodonico (reg. Nº 1651 y causa Nº 16965) | Una persona denunció la sustracción de su bicicleta. Luego observó a un hombre que circulaba a bordo de la misma y dio aviso a la policía. Por tal razón, el hombre fue detenido e imputado de acuerdo al procedimiento de flagrancia. Al ser indagado, sostuvo que la había comprado por un precio muy bajo a un desconocido en una plaza. En el requerimiento de elevación a juicio la fiscalía le imputó haberse apoderado de manera ilegítima de la bicicleta y, alternativamente, haberla adquirido o recibido con conocimiento de su procedencia ilícita y con ánimo de lucro. Durante el juicio, la fiscalía lo acusó solo por el delito de encubrimiento agravado. A su turno, la defensa postuló la nulidad del requerimiento por contener una acusación alternativa. En tal sentido, consideró que era contrario a los requisitos previstos por el artículo 347 del CPPN ya que no contenía un relato claro y circunstanciado del hecho. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de esa manera sostuvo que la regulación de la acusación en el marco del procedimiento de flagrancia, a diferencia del trámite ordinario, sólo requería la descripción del hecho imputado. En tal sentido, concluyó que no era necesario que fuera formulada de manera “precisa, clara y circunstanciada”. Por último, lo condenó por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro a la pena de un año de prisión. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. En su recurso la defensa consideró que el requerimiento de elevación a juicio con acusación alternativa resultaba violatorio del derecho a contar con una comunicación previa y detallada sobre el hecho imputado y era lesivo de la garantía que prohíbe la autoincriminación forzada. Por tal razón, postuló su nulidad y la absolución de su asistido. |
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