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11-may-2018LML (causa Nº 157-2017)En agosto de 2015, en la ciudad de Córdoba, la Sra. LML fue intervenida quirúrgicamente por presentar cáncer en su mama derecha. Al finalizar el tratamiento de quimioterapia y rayos fue derivada al Dr. Scozzari, especialista en cirugía mamaria y mastectomía, quien le indicó la realización de la reconstrucción mamaria derecha y, tras analizar sus antecedentes familiares recomendó la mastectomía profiláctica de la mama izquierda. Con esta indicación, la Sra. LML se presentó en su obra social y solicitó la cobertura de tales prestaciones en cabeza de su médico tratante (Dr. Scozzari) y en la clínica del Sol donde había sido atendida por el mencionado profesional. Ante este requerimiento, la prestadora informó que la cirugía reconstructiva de mama derecha podía cubrirla pero con otros prestadores contratados (en otra clínica y con otros médicos), y que la práctica en relación con la mama izquierda no tendría cobertura ya que constituía una cirugía estética por estar sana. Finalmente, la actora con el patrocinio letrado de la Sra. Defensora Oficial, interpuso una demanda de amparo contra OMINT SA, ASE Nacional y Estado Nacional, con el objeto de obtener la cobertura en un 100% del procedimiento de mastectomía profiláctica de la mama izquierda y la reconstrucción de la mama derecha, a realizarse con el Dr. Eduardo Scozzari en la Clínica del Sol de la ciudad de Córdoba, con más los estudios pre y post quirúrgicos necesarios.
2-may-2018Puccini (causa 10037)Una mujer trans solicitó a su obra social la cobertura de una operación en su rostro para adecuarlo a su expresión de género. En particular, requirió que se hiciera cargo de los honorarios médicos, gastos hospitalarios, medicamentos y, si correspondía, de un tratamiento psicológico. La entidad negó la prestación porque consideró que se trataba de una cirugía de carácter estético que no era concluyente para determinar un cambio de género. En consecuencia, la actora inició una acción de amparo contra la obra social y requirió, como medida cautelar, la cobertura de las prestaciones aludidas.
9-abr-2018TFL (causa Nº 39179 2017)La señora BL padecía una discapacidad –tenía demencia vascular con episodios de excitación psicosomática y una severa dificultad respiratoria– por la que requería hidratación parental permanente, alimentación por sonda y oxigenoterapia permanente. A raíz de esta situación, requería un servicio de enfermería domiciliaria todos los días de las semana durante las 24 horas. Sin embargo, su obra social (IPSS) únicamente cubría el servicio por 12 horas diarias y por un plazo de 6 meses renovables. En consecuencia, el marido de BL –en su representación– inició una acción de amparo. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a la entidad brindar la cobertura integral solicitada mientras el estado de salud de BL lo requiriera. Contra esa decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación.
4-abr-2018ZRG (causa Nº 8618 18)Una mujer, en representación de su hija con discapacidad, solicitó a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur que se le asigne una pensión por discapacidad (cfr. ley provincial Nº 389). La administración negó la prestación debido a que la madre poseía un ingreso mensual y cobertura social, por lo que no cumplía con los requisitos que establecía la resolución Nº 65/16 para el otorgaciones de pensiones.
28-mar-2018MPJL (causa Nº 18183)Una persona, en representación de su hijo con discapacidad, solicitó a su obra social, por indicación médica, la cobertura de la prestación de apoyo a la integración escolar y escolaridad inicial (jornada simple) en el jardín de Infantes “Abuela Aurea”. La entidad negó la solicitud. En consecuencia, el requirente inició una acción de amparo con el objeto de que se ordene la cobertura integral y efectiva requerida. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Contra dicha resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
26-mar-2018Pistochini (causa Nº 7130)Pistochini, en representación de su hijo menor de edad con discapacidad (paraplejía espástica), solicitó a su obra social una silla de ruedas adaptada para actividad deportiva (básquet). Ante la negativa de la entidad, el afiliado interpuso una acción de amparo y solicitó como medida cautelar la cobertura integral en un 100% de la prestación requerida. El Juzgado Federal Nº 4 de Mar del Plata hizo lugar a la medida. Contra esa resolución, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
26-mar-2018Red de Personas (causa Nº 30597)Una asociación de personas con VIH/SIDA promovió un amparo colectivo para que se los autorizara a cultivar Cannabis para consumo medicinal. El juzgado de primera instancia rechazó la petición por considerarla una solicitud judicial para “incurrir en la conducta tipificada actualmente por el artículo 5 de la ley N° 23.737” y estimar que la asociación no se encontraba legitimada para ejercer la acción de forma colectiva. Contra esa resolución la actora interpuso un recurso de apelación.
22-mar-2018TVF (73023789 2011)Una mujer inició una acción de amparo contra la ANSeS a fin de que se rehabilite el beneficio correspondiente a la asignación universal por hijo (decreto Nº 1602/09) y se le paguen, retroactivamente, las prestaciones que había dejado de percibir en noviembre de 2009. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a la demandada que le brinde la asignación y le abone las prestaciones devengadas desde mayo de 2010. En consecuencia, la administración interpuso un recurso de apelación. La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario hizo lugar al recurso. A tal efecto, sostuvo que la demanda de amparo se dedujo pasado el plazo de caducidad de quince días previsto por la ley Nº 16.986 desde el momento en que tuvo lugar el acto que se consideraba lesivo. Por ese motivo, consideró extemporánea la demanda y revocó la sentencia. Contra este pronunciamiento, la actora interpuso un recurso extraordinario federal.
5-mar-2018FGD (causa Nº 769846)Una persona con discapacidad motriz permanente ejercía su actividad laboral en un local ubicado en la galería Obelisco Sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el año 2015 requirió a las autoridades estatales que pusieran rampas de acceso en las bocas de los subterráneos. Ante la omisión del Estado, interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) y Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) con el objeto de que se ordenara a los demandados garantizar las condiciones de accesibilidad a la red de transporte público de subterráneos a fin de preservar los derechos de las personas con discapacidad motriz. Asimismo, solicitó una medida cautelar para evitar un daño irreparable a su vida y su salud. El juzgado declaró el carácter colectivo de la acción y otorgó la posibilidad de integrar el proceso a todas aquellas personas que pudieran tener un interés jurídico. Se presentaron el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y distintas organizaciones no gubernamentales que se expidieron en el mismo sentido, requirieron que se cite como tercero a Metrovias SA y solicitaron como medida cautelar que se adopte medidas necesarias palear la inaccesibilidad actual. Las demandadas solicitaron la incompetencia del tribunal, la citación del Estado Nacional y la tramitación del proceso por juicio ordinario.
2-mar-2018Madre e hijo (causa Nº 21814)Un niño de 6 años fue diagnosticado con neurofibromatosis. Los síntomas de esta enfermedad cedían con el uso de Cannabis medicinal. Por ese motivo, su madre interpuso una acción de amparo contra el Estado Nacional para que se la habilitara a cultivar Cannabis en su domicilio para consumo medicinal y se declarara la inconstitucionalidad de los artículos 14 y 5 inciso a) y e) en relación con los párrafos penúltimo y último de la ley Nº 23.737. En forma subsidiaria, solicitó que se ordenara al Estado Nacional a que le suministrara aceite, cremas y material vaporizable de cepas identificables con balances variados de CBD y THC y en cantidad suficiente de cepas para su rotación permanente. Asimismo, requirió que se dictara una medida cautelar para que se autorizara el autocultivo de Cannabis hasta que se resolviera el planteo de fondo.