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19-sep-2018HC (causa N° 56280)Una mujer vivía con sus dos hijos y su pareja y sufría violencia de género. Ambos habían decidido separarse. La mujer preparó las pertenencias del varón para que se las llevara y, cuando él arribó a la casa discutieron. En un momento, la empujó sobre la cama y la amenazó con golpearla. Entonces, la mujer lo hirió con un cuchillo. El hombre falleció en el momento. En la etapa de juicio oral, los hijos de la imputada hicieron mención a una atmósfera de convivencia violenta y contaron que el varón le había pegado e insultado a la mujer en varias oportunidades. Otras dos testigos refirieron que la imputada les había contado recibía golpes e insultos por parte de su pareja. Por otro lado, una psiquiatra, una psicóloga y una trabajadora social elaboraron informes que concluyeron que el vínculo de la pareja era asimétrico, de control patriarcal, con roles estereotipados y que se advertía una situación de sumisión de la mujer respecto del hombre. Por ese hecho, la mujer fue condenada a la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio. Para resolver de esa manera, el Tribunal Oral sostuvo que la mujer había reaccionado frente a una “simple sospecha” de que iba a ser agredida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que su asistida había actuado en legítima defensa. La Cámara en lo Penal de la Circunscripción Judicial Trelew, por mayoría, modificó la calificación legal impuesta por la de homicidio bajo un estado de emoción violenta y envió las actuaciones al tribunal de origen para que dictara una nueva pena. Contra esa decisión, la representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso extraordinario local solo en cuanto a la modificación de la calificación legal. La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Chubut hizo lugar a la impugnación, revocó la sentencia recurrida y ordenó el reenvío de las actuaciones a la Cámara. En la audiencia de impugnación la defensa observó que el pronunciamiento denotaba una sesgada apreciación de la prueba sin perspectiva de género y una inversión de la carga probatoria, en particular porque no había evaluado las declaraciones de los hijos de la imputada
17-sep-2018Bastidas Bravo (reg. Nº 940 y causa Nº 1857)Una mujer ecuatoriana se encontraba detenida y condenada a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. La mujer tenía dos hijas menores de edad que se encontraban en Ecuador al cuidado de su padre, quien trabajaba entre doce y trece horas diarias. Su defensa solicitó que se le concediera la expulsión anticipada antes del cumplimiento de la mitad de su condena, fundada en el interés superior de las niñas. En ese sentido, acompañó un informe elaborado por el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer de Guayaquil. El documento indicaba que las niñas atravesaban complicaciones a nivel psíquico y dificultades a nivel escolar, atribuibles a la ausencia física de la madre. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que la mujer no cumplía con el requisito temporal exigido por la norma para la concesión de la expulsión anticipada. Asimismo, consideró que las niñas se encontraban al resguardo de su padre, por lo que no requerían la presencia materna. Por último, agregó que la mujer había incumplido con el deber de protección de sus hijas, “a quienes dejó en un país para ir a delinquir a otro”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-jun-2018BCN (causa Nº 15483)Una niña de tres años le comentó a su madre que su padre –expareja de la mujer– la había obligado a practicarle sexo oral. La mujer denunció a su expareja por el delito de corrupción de menores, agravada por su condición de ascendiente respecto de la víctima y se constituyó como querellante. Durante la entrevista realizada en Cámara Gesell, la niña se refirió a “cosas feas” que le tenía que hacer a su padre, como “pegar figuritas” en su miembro. De los peritajes realizados surgió una posible influencia no voluntaria de la madre sobre la niña. A su vez, una psiquiatra del Cuerpo Médico Forense destacó expresiones de la niña en alusión al miembro de su padre y acciones que éste la obligaba a hacer. De ese modo, afirmó, como posibilidad, la ocurrencia del hecho. El Tribunal Oral absolvió al imputado. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta las conclusiones periciales respecto de la posible influencia de la madre sobre el relato de la niña. Contra esa decisión, la querella, con el patrocinio del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos (Defensoría General de la Nación), interpuso un recurso de casación. La Comisión sobre Temáticas de Género (Defensoría General de la Nación) también suscribió la impugnación. Entre sus argumentos, sostuvo que el tribunal había efectuado una valoración arbitraria de la prueba.
24-abr-2018Molina (reg. Nº 402 y causa Nº 15366)Molina fue condenado a una pena única de tres años y seis meses de prisión. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe que, por mayoría, se expidió de manera favorable al pedido y recomendaba continuar con un tratamiento extramuros para la problemática de adicciones. Sin embargo, la división de servicio criminológico indicó un pronóstico de reinserción “desfavorable” que se fundó en cuestiones vinculadas a la personalidad y en los antecedentes judiciales y adictivos del condenado. Además, tuvo en cuenta un informe psicológico efectuado un año antes en otra unidad penitenciaria. Luego, la defensa solicitó un informe aclaratorio. En esa oportunidad, el servicio criminológico modificó el diagnóstico de reinserción social por uno “dudoso”. El Ministerio Público Fiscal no fue notificado del último informe, por lo que se opuso al pedido de libertad condicional. Por esa razón, el juzgado de ejecución penal rechazó la solicitud e indicó que Molina debía realizar un tratamiento intramuros por sus adicciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
27-mar-2018Scipioni (Reg Nº 298 Causa Nº 155788)Un hombre había sido condenado a la pena única de cuatro años y seis meses de prisión. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional se expidió, en dos oportunidades, de manera unánime, a favor de la concesión de la libertad. Si bien había sido sancionado en varias oportunidades, tenía una conducta ejemplar (10) y concepto bueno (5). El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Expuso que el condenado no había observado los reglamentos carcelarios y que no contaba con un adecuado pronóstico de reinserción social. El Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, hizo suyos los argumentos del fiscal. Además, sostuvo que el padre del condenado no constituía un referente sólido que pudiera ayudar y contener a su hijo en caso de que le sea concedida la libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
27-mar-2018SHA (Causa Nº 161163)Un individuo fue condenado a la pena de diez años de prisión por ser considerado autor de un delito contra la integridad sexual. Su defensa solicitó ante el Juzgado de Ejecución que se le concediera el arresto domiciliario en virtud de su edad –en ese momento tenía 71 años– y por los problemas de salud que padecía. Asimismo, se agregó un informe del Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que concluía que se encontraban reunidas las condiciones psicosociales para que el sujeto ingresase al programa. El juez de ejecución rechazó el pedido por considerar que no existía un “riesgo inminente” en la unidad penitenciaria, donde se le proporcionaba un tratamiento médico adecuado. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
22-mar-2018AFL (causa Nº 9477)En el marco de una discusión doméstica, un hombre golpeó a su hermana en el ojo derecho y empujó a la hija de ésta, quien se golpeó contra una pared. Luego, tomó un cuchillo y la amenazó para que no efectuara la denuncia. La madre de ambos le efectuó la misma amenaza. Por esos hechos, la mujer denunció a su hermano y a su madre ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). El informe elaborado por esa oficina indicó que la modalidad del grupo familiar respondía a través de la violencia, y que las declaraciones de la víctima parecían verosímiles. Además, en el informe médico practicado a la misma, se concluyó que las lesiones eran producto de un choque o golpe producido contra un elemento duro. Durante la audiencia de debate, la víctima amplió su declaración. De su testimonio surgieron contradicciones en relación a su primera denuncia, respecto a la manera en que había acontecido el hecho. Por su parte, el imputado sostuvo había discutido con su hermana en una habitación pequeña, oportunidad en la que una cama había caído sobre ella y le había producido las lesiones. Además, prestaron declaración testimonial varias personas. Uno de los hermanos declaró haber presenciado el hecho, y manifestó que la lesión de su hermana había sido producida por la caída de una cama. Además, indicó que no había visto que el imputado la golpeara ni que hubiera tenido un cuchillo en su poder. La pareja del imputado se expidió en el mismo sentido. El resto de testigos, no presentes en el hecho, indicaron que la víctima era una persona conflictiva y agresiva, que solía tener problemas con su familia. El Tribunal Oral condenó al hombre a la pena de tres años de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves en concurso ideal con amenazas coactivas agravadas por la utilización de arma en perjuicio de su hermana, en concurso real con lesiones leves cometidas contra la niña. Además, la condenó a su madre a la pena de dos años de prisión en suspenso por el delito de amenazas coactivas. Para decidir de esta manera, entre otras cuestiones, valoró las declaraciones de la denunciante, y sostuvo que resultaba inverosímil que una cama pudiera generar el tipo de lesiones presentadas por la misma. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-mar-2018Gomez (reg. Nº 176 y causa Nº 44266)Un individuo había sido condenado a la pena de diez años de prisión. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró dos informes, en donde se expidió unánimemente a favor de la concesión. Sin embargo, el Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta que el condenado registraba tres correctivos disciplinarios, que se encontraba en la fase de socialización desde el año 2014 y que le restaban reforzar aspectos fundamentales del tratamiento psicológico. En ese sentido, concluyó que no se advertía un pronóstico favorable de reinserción social. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-mar-2018Mega (reg. Nº 152 y causa Nº 161077)Una persona había sido condenada a una pena de prisión. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional se expidió unánimemente a favor de la concesión. El Juzgado de Ejecución Penal no tomó en consideración el dictamen favorable de reinserción social elaborado por el Consejo y rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
21-feb-2018RSN (causa Nº 259)Una niña era cuidada por su abuela. El hermanastro de su madre vivía en el mismo domicilio. En una oportunidad, la niña le manifestó a su madre que había sido abusada por él en su habitación. Por tal razón, la mujer lo denunció. Durante la etapa de instrucción se llevó a cabo una entrevista en Cámara Gesell. La perito informó lo indicado por la niña respecto de las condiciones en que se habría desarrollado el abuso. A su vez, la psicóloga interviniente sostuvo que la niña presentaba indicadores de Síndrome de Adaptación al Abuso Sexual Infantil. Al momento del debate en juicio oral, la perito había fallecido. Sin embargo, prestaron declaración testimonial otros profesionales. Un médico ginecólogo indicó que la niña no presentaba lesiones ocasionadas por penetración. Además, una psicóloga del Cuerpo Médico Forense concluyó que la niña había sufrido situaciones traumáticas de probable origen sexual. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena de seis años de prisión por el delito de abuso sexual, agravado por haber configurado un sometimiento gravemente ultrajante para la víctima. Para decidir de ese modo, tuvo por ciertos los dichos de la madre respecto de las circunstancias del hecho. A su vez, valoró el informe pericial realizado en base a la entrevista practicada a la niña en Cámara Gesell y el testimonio de la psicóloga del Cuerpo Médico Forense. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.