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13-abr-2022AEA (Causa N° 63078)Un jóven había sido condenado a una pena de cinco años por el delito de homicidio en ocasión de robo. Este hecho lo había cometido en el año 2008 cuando era menor de edad. Transcurrido el plazo correspondiente, su defensa solicitó su incorporación al régimen de salidas transitorias. Sin embargo, el juzgado de ejecución rechazó el pedido. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, expuso que la resolución había vulnerado los principios de igualdad y de reinserción social, y que se había aplicado en forma errónea la ley sustantiva.
9-mar-2018Gomez (reg. Nº 176 y causa Nº 44266)Un individuo había sido condenado a la pena de diez años de prisión. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró dos informes, en donde se expidió unánimemente a favor de la concesión. Sin embargo, el Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta que el condenado registraba tres correctivos disciplinarios, que se encontraba en la fase de socialización desde el año 2014 y que le restaban reforzar aspectos fundamentales del tratamiento psicológico. En ese sentido, concluyó que no se advertía un pronóstico favorable de reinserción social. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
3-nov-2017Juarez (reg. Nº 1110 y causa Nº 6884)Un individuo que cumplía una pena de prisión registraba conducta ejemplar (10) y mejoró su concepto, de 4 a 6, y, luego, a 7. Además, transitaba el período de prueba. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional, por unanimidad, se expidió de manera favorable a la concesión del instituto. Por su parte, el representante del Ministerio Publico Fiscal se opuso al pedido. Consideró un “grave quebrantamiento” que el condenado no se hubiera reintegrado al establecimiento penitenciario en tiempo y forma durante una salida transitoria en el año 2014. El Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, valoró negativamente que “recién en la actualidad” el condenado demostrara un interés real en adecuarse en los objetivos penitenciarios. Además, consideró necesario evaluar al condenado en el marco de nuevos egresos transitorios antes de expedirse respecto a la libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-oct-2017Pereyra (reg. Nº 982 y causa Nº 23697)Una persona fue condenada a la pena única de cuatro años y seis meses de prisión en una causa por violencia de género contra su ex pareja. Una vez que cumplió el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El juzgado de ejecución rechazó su incorporación a ese régimen y ordenó que se actualizara el tratamiento individual que se le asignó al penado para que trabajara sobre la violencia de género involucrada en los hechos por los que fue condenado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
27-sep-2017Leiva Vera (reg. Nº 917 y causa Nº 25989)Una persona que se encontraba condenada y detenida cumplió el requisito temporal exigido para ser incorporada al régimen de libertad condicional. Su defensa solicitó se le concediera la libertad condicional. Entonces, el Consejo Correccional indicó que la persona cumplió con casi la totalidad de los objetivos que se le plantearon en su programa de tratamiento individual. En el informe del área médica, la responsable afirmó que la persona carecía de retrospección, arrepentimiento y aceptación de responsabilidad en torno al delito cometido. Por esto, expresó que no tenía la certeza de que correspondiera que se concediera la incorporación al régimen. Asimismo, indicó que, de hacerlo, se debía evaluar la posibilidad de que iniciara un tratamiento psicoterapéutico extramuros. El Fiscal se expidió en sentido favorable al pedido. El Juzgado de Ejecución rechazó la libertad condicional por considerar que lo asentado en el informe del área médica debía ser tomado en cuenta de forma especial a la hora de evaluar el pedido de la defensa. Ello, porque a la persona se le reprochaba la comisión de un delito “grave e irreversible”. Finalmente, consideró que la falta de evaluación por parte del fiscal de las circunstancias señaladas en el informe del área médica habilitaban la decisión de apartarse de su dictamen. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
8-sep-2017Ranieri (reg. Nº 822 y causa Nº 126310)Una persona que se encontraba detenida cumpliendo una pena de prisión cumplió los plazos de la ley para solicitar ser incorporada al régimen de libertad condicional. Registraba en conducta la calificación de ‘ejemplar 10’ y en concepto ‘muy bueno 7’. Además, estaba incorporada al período de prueba. Los informes de las distintas áreas del Consejo Correccional, por mayoría, se expidieron en forma favorable respecto de la solicitud y efectuaron un pronóstico de reinserción social también favorable. En disidencia, los profesionales en psicología y psiquiatría del Hospital Penitenciario Central se expidieron de forma negativa. Entonces, su defensa solicitó se lo incorpore al régimen de libertad condicional. El Juzgado de Ejecución rechazó el pedido. Para hacerlo, se apartó del dictamen mayoritario basándose en el voto disidente de los profesionales en psicología y psiquiatría del HPC. Además, el juzgado ordenó intensificar el tratamiento de la persona. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-ago-2017Bagnato, Jonathan Ezequiel (reg. Nº 661 causa Nº 39249)Una persona cumplía una pena de prisión. Entonces, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional del establecimiento penitenciario emitió un dictamen favorable de reinserción social. Sin embargo, el área educativa informó que había incumplido el objetivo de asistencia a los cursos y la sección de asistencia médica explicó que poseía antecedentes de adicción sobre los que no se había trabajado. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado rechazó la solicitud. Contra esa resolución, se interpuso un recurso de casación.
24-feb-2017Chalco Chilaca (reg. Nº 104 y causa Nº 927)Una persona había sido condenada por la comisión de un delito constitutivo de violencia de género. Durante su detención, la persona registró una calificación de conducta ejemplar (10) y de concepto bueno (5). Luego de cumplir dos tercios de su condena y dado que no había sido declarado reincidente ni se le había sido revocada una libertad condicional con anterioridad, la defensa solicitó la incorporación de su asistido al régimen de libertad condicional. La División de Asistencia Social del Servicio Penitenciario sugirió la realización de un tratamiento psicológico a fin de abordar su problemática de violencia y la División Servicio Criminológico señaló que la persona no evidenciaba una autocrítica del delito cometido. De ese modo, el Consejo Correccional rechazó la incorporación al período requerido. En ese sentido, el Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 no hizo lugar a lo solicitado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-dic-2016SEMUna persona cumplió dos tercios de la pena de ocho años de prisión que se le impuso por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y homicidio criminis causae. La defensa requirió su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional del Servicio Penitenciario emitió un informe favorable a su concesión. Por su parte, el Juzgado de Ejecución Penal rechazó la petición. Para decidir de ese modo, sostuvo que el delito por el que la persona había sido condenada –homicidio criminis causae– se encontraba dentro de los supuestos excluidos para la concesión del instituto solicitado, de acuerdo al art. 14 CP, segundo supuesto, y 56 bis de la ley Nº 24.660. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las normas aludidas.
30-dic-2016EMS (Causa N° 381)Un jóven se encontraba privado de su libertad por haber sido condenado a la pena de ocho años de prisión por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y homicidio criminis causae en grado de tentativa, todos en concurso real. Estos hechos los había cometido en el año 2009 cuando era menor de edad. Durante su detención, el Servicio Penitenciario Federal indicó la fecha en la que el jóven podría acceder a la libertad condicional. Transcurrido el plazo correspondiente, su defensa solicitó su libertad condicional. Para fundar su pedido acompañó los informes positivos del Consejo Correccional del SPF. Por su parte, la fiscalía se expidió de manera favorable. Sin embargo, el juzgado de ejecución rechazó el planteo. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos expuso que el juez había resuelto en contrario al derecho de defensa, el debido proceso legal y el principio de contradicción, toda vez que el fiscal había dictaminado a favor del pedido. Además, cuestionó la afectación al principio de progresividad en las penas privativas de la libertad.