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FechaTítuloResumen
may-2020Emergencia sanitaria en contextos de encierroJurisprudencia nacional sobre emergencia sanitaria en contextos de encierro.
may-2020Emergencia sanitaria y personas en situación de vulnerabilidad (internacional)Jurisprudencia internacional sobre emergencia sanitaria y personas en situación de vulnerabilidad
11-abr-2022EMM (Causa Nº 9620991)Un hombre convivía con una mujer, que tenía una bebé de pocos meses. Durante siete años, el hombre se ocupó del cuidado de la niña y de su manutención. Tiempo después, la pareja se separó, pero el hombre continuó en contacto con la niña ya que ambos habían desarrollado un fuerte vínculo afectivo. Con posterioridad, ante la existencia de hechos de violencia por parte de la madre hacia la niña, se dictó una medida de prohibición de acercamiento, por lo que la niña quedó al cuidado de su progenitor biológico Ante esa situación, la madre –que tenía un padecimiento mental– fue internada. Una vez que obtuvo el alta médica, la mujer pudo restablecer el contacto con su hija. Por su parte, el hombre acordó con los progenitores biológicos un régimen de comunicación y asumió gastos de carácter alimentario. Años después, la joven decidió residir de manera permanente con su padre socioafectivo. En ese contexto, el hombre inició una acción judicial a fin de ser emplazado como progenitor de la joven. En su presentación, expresó que se trataba de un caso de filiación pluriparental. Por lo tanto, solicitó se declarara la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, la adolescente –con patrocinio letrado– prestó su conformidad con lo solicitado pero indicó que deseaba mantener su filiación materna y paterna.
27-dic-2017EMO (causa Nº 3993)Una persona de 88 años había sido condenada por delitos de lesa humanidad. El imputado padecía severos problemas de salud. De los informes médicos practicados por el Cuerpo Médico Forense y por el hospital del Complejo Penitenciario Federal N° 1 de Ezeiza, surgía que había sufrido un accidente cerebrovascular y poseía, entre otras cuestiones, hipertensión arterial y deterioro cognitivo irreversible. El hospital penitenciario carecía de la infraestructura necesaria para la realización del tratamiento de salud requerido por el imputado. Por ese motivo, su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria.
12-dic-2022“En el auxilio de personas migrantes, las defensorías públicas tienen un rol fundamental que jugar”. Revista del Ministerio Público de la Defensa N°17. Personas en contexto de movilidad humana.Entrevista realizada a Joel Hernández, Relator sobre los Derechos de las Personas Migrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)., por César Augusto Balaguer y Hernán Gustavo De Llano, cotitulares de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación.
21-sep-2015EN, WLUna persona de nacionalidad peruana residía en Argentina desde el año 2001. En 2003 fue condenada a la pena de tres años de prisión en suspenso por el delito de falsificación de documento nacional de identidad, en concurso real con el de adulteración de documento nacional de identidad. Ante esta situación, la Dirección Nacional de Migraciones encuadró su situación en el art. 29. inc c) de la Ley de Migraciones, declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión una vez cumplida la pena que se le impuso y prohibió su reingreso por el término de ocho años. El peticionario trabajaba en una fábrica; sin embargo, fue despedido porque no se le renovó la radicación temporaria. El caso fue judicializado.
22-dic-2022Encina (causa N° 52857)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. La persona, que al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, no había presentado inconductas procesales ni antecedentes condenatorios y, además, había aportado un domicilio constatado donde residía junto con su pareja y con sus dos hijos menores de edad. En la etapa de preparación del juicio oral, su defensa solicitó la excarcelación. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 1 rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, el máximo de la escala penal atribuida a los ilícitos investigados, y que en caso de recaer una condena, ésta no podría ser dejada en suspenso. Además, estimó que existían riesgos procesales por la gravedad de la acusación formulada y la falta de arraigo suficiente porque no se había constatado el domicilio. También señaló que el tiempo de detención no era desproporcionado respecto al monto y a la modalidad eventual de la sanción. Finalmente, el tribunal mencionó que, si bien el imputado no registraba antecedentes condenatorios, sí registraba una suspensión del proceso a prueba en el marco de otra causa. Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación.
23-mar-2016Encina, Leandro IvánEl tribunal oral había rechazado la excarcelación solicitada en favor del imputado. A tal fin, entendió que la sucesiva formación de causas en su contra –ésta era su tercera imputación desde septiembre de 2015– era demostrativa de la existencia del peligro de entorpecimiento de la investigación. En tal sentido, sostuvo que, de concedérsele la excarcelación, era válido pronosticar nuevas aprehensiones flagrantes que tornarían ineludible la demora del proceso a la espera de que los nuevos casos arriben al mismo estado procesal. Asimismo, tuvo en cuenta la existencia de una declaración de rebeldía en otro expediente. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
jul-2021Encubrimiento agravado por el ánimo de lucro (CNCCC)Jurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre encubrimiento agravado por el ánimo de lucro.
28-ago-2023Las Enfermedades No Transmisibles y los Derechos Humanos en las AméricasLa Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) elaboró un informe sobre la situación las enfermedades no transmisibles (ENT) en la región desde un enfoque de derechos humanos. Allí, llamó la atención sobre la grave prevalencia de las ENT y elaboró recomendaciones para su abordaje y prevención.
30-jun-2017ENK (causa Nº 31534)Una persona trans que se encontraba en situación de calle fue incorporada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al “Programa de Atención a familias en Situación de Calle” y se le otorgó el subsidio habitacional establecido en el decreto Nº 690-GCBA-06. Una vez cumplido el plazo previsto por el programa y dado que no pudo superar su estado de vulnerabilidad, dirigió una nota a su coordinador para solicitar su reincorporación. Ante el silencio de la administración, interpuso una acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad de la ley Nº 4036 y del decreto Nº 690/06 que limitaban el tiempo y el monto del subsidio habitacional. En lo principal, solicitó que el GCBA le proveyera una vivienda estable y permanente.
6-feb-2020Enrique (causa N°14208)Una persona denunció que en un domicilio se vendían estupefacientes. Por ese motivo, se dispusieron tareas de inteligencia en las que el personal policial observó que el Sr. Enrique y su hijo realizaban intercambios desde esa vivienda con diferentes personas. Entonces, se realizó un allanamiento. En el lugar se secuestraron seis gramos de cannabis sativa y bolsas de nylon similares a las utilizadas para el fraccionamiento de estupefacientes. Además, se detuvo al Sr. Enrique, a su hijo y a una joven menor de edad. El Sr. Enrique fue procesado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas y por servirse de menores de edad para cometerlo —incisos a) y c) del artículo 11 de la ley N° 23.737. Asimismo, se dispuso su prisión preventiva. Luego, el juzgado interviniente dictó la falta de mérito respecto de la joven menor de edad. Ante esta situación, la defensa del Sr. Enrique interpuso un recurso de apelación contra el procesamiento.
19-dic-2023El entorpecimiento de la investigación como justificación de la decisión sobre la prisión preventivaEl propósito de este trabajo es profundizar el análisis teórico de uno de los grupos de riesgos procesales que permiten justificar la prisión preventiva en su elemento procesal y que suele ser identificado como “posibilidad de entorpecimiento de la investigación” u “obstrucción de la realización del juicio”. Luego de un desarrollo doctrinal, el autor analiza las falencias en la motivación de la decisión privativa de la libertad en siete pronunciamientos jurisprudenciales de la Cámara Nacional de Casacíon en lo Criminal y Correccional.
dic-2021Entrevista: “Tenemos que cambiar totalmente el paradigma”. Revista Nº 16, Discusiones actuales en torno a la prohibición y regulación de los estupefacientesEfectos de las políticas de prohibicionistas en materia de drogas en América Latina y, particularmente, los efectos muy negativos en las poblaciones menos empoderadas dentro de las cuales están las mujeres y las mujeres en situaciones de pobreza en particular.
11-ago-2020Equistica Defensa del Medio Ambiente Asoc. Civil (causa N° 468)Desde comienzos de julio de 2020 se produjeron incendios en el cordón de islas ubicadas frente a la costa de la ciudad de Rosario. Un estudio universitario informó que la quema indiscriminada producía afectaciones a la salud de la población en general y en especial de los habitantes de la ciudad de Rosario. Por ese motivo, una asociación civil interpuso una acción de amparo colectivo ambiental contra las provincias de Santa Fe y Entre Ríos, las municipalidades de Rosario y Victoria y el Estado Nacional. La presentación solicitó que se dictara con carácter urgente una medida cautelar que ordenase a cesar demudo efectivo e inmediato todos los focos de incendio que tenían lugar en las islas que estaban frente a las costas de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de astreintes.
7-jun-2023Escalada (Causa N° 1966)Una persona había ido a visitar a un detenido que estaba alojado en la Alcaidía Central de Ushuaia. Antes de ingresar, el personal penitenciario le informó sobre los elementos que no se podían ingresar y requisó sus pertenencias. En ese momento, la persona mostró que llevaba un envoltorio que contenía 6,25 gramos de marihuana y unos papeles para el armado artesanal de cigarrillos. Por ese hecho, fue imputada e indagada por el delito de suministro de estupefaciente a título gratuito en grado de tentativa. Sin embargo, el juzgado interviniente la sobreseyó. El sobreseimiento fue apelado por la fiscalía. No obstante, la resolución fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de casación y solicitó que se declarase la nulidad del sobreseimiento.
12-ago-2022Escalante (causa N° 1487)Un joven menor de edad había sido condenado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio triplemente agravado por haberse cometido con ensañamiento, alevosía y con el concurso de dos o más personas, en concurso ideal con el delito de privación ilegal de la libertad. La defensa impugnó esa decisión a lo largo de las distintas instancias recursivas. En ese contexto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó la sentencia para el caso “Mendoza y otros v. Argentina”. Sin embargo, luego de su dictado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de queja interpuesto ante la denegación del recurso extraordinario federal mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Con posterioridad, la defensa interpuso un recurso de revisión. En su presentación, reclamó la aplicación de los estándares establecidos en el caso “Mendoza y otros v. Argentina”. En ese sentido, explicó que no podía imponerse una pena de prisión perpetua a personas menores de edad. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes declaró inadmisible la impugnación. Para decidir de esa manera, sostuvo que el motivo esgrimido por la defensa no se encontraba previsto entre las causales que habilitaban la vía respecto de sentencias que habían adquirido firmeza. Además, entendió que el pronunciamiento del tribunal interamericano no conllevaba un cambio jurisprudencial que modificara la calificación o tornara atípica la conducta. Por último, consideró relevante que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hubiera desestimado el recurso de queja interpuesto con posterioridad al dictado del fallo “Mendoza”. Por esa razón, descartó que ese pronunciamiento pudiera ser considerado un hecho nuevo sobreviniente a la sentencia impugnada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que fue declarado inadmisible. En consecuencia, presentó un recurso de queja.
12-abr-2016Escaris, Sergio Roberto c. Estado NacionalEn este caso, se suscitó un conflicto de competencia negativo entre la Justicia Nacional en lo Civil y la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil manifestó que la disputa giraba en tomo a un aspecto de la responsabilidad del Estado, que para su solución se deberían aplicar, en lo sustancial, principios de derecho público y ratione personae, por lo que corresponde al fuero federal entender en la controversia, al haber argüido el Estado su condición de aforado. Por su parte, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 se opuso a la radicación invocando que las causas iniciadas en Capital Federal que deriven de accidentes de tránsito, incluso ferroviarios, aun cuando la Nación o sus entidades sean partes, corresponden a la competencia civil. En consecuencia, determinó la devolución de las actuaciones al fuero que previno. En ese contexto, la alzada civil elevó las actuaciones a la Corte para que resuelva.
4-dic-2015Escaris, Sergio Roberto c. Estado Nacional (dictamen PGN)En este caso, se suscitó un conflicto de competencia negativo entre la Justicia Nacional en lo Civil y la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil manifestó que la disputa giraba en tomo a un aspecto de la responsabilidad del Estado, que para su solución se deberían aplicar, en lo sustancial, principios de derecho público y ratione personae, por lo que corresponde al fuero federal entender en la controversia, al haber argüido el Estado su condición de aforado. Por su parte, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3 se opuso a la radicación invocando que las causas iniciadas en Capital Federal que deriven de accidentes de tránsito, incluso ferroviarios, aun cuando la Nación o sus entidades sean partes, corresponden a la competencia civil. En consecuencia, determinó la devolución de las actuaciones al fuero que previno. En ese contexto, la alzada civil elevó las actuaciones a la Corte para que resuelva.
6-jul-2019Escher v. BrasilEn Brasil, un grupo de personas formaban parte de dos organizaciones sociales, ADECON y COANA. La primera tenía como objetivo el desarrollo comunitario y la integración de sus asociados a través de actividades culturales, deportivas y económicas, mientras que la segun-da integraba a los agricultores en actividades económicas. Las dos mantenían relación con el Movimiento de los Trabajadores Rurales Sin Tierra (MST), con el cual compartían el objetivo de promover la reforma agraria. En ese contexto, la policía militar solicitó la intervención de las líneas telefónicas instaladas en la COANA y el juzgado hizo lugar al pedido sin fundar su determinación. Los diálogos interceptados en el marco de la investigación fueron parcialmente reproducidos en un noti-ciero televisivo de alcance nacional. Luego, en una conferencia de prensa, autoridades guber-namentales entregaron a periodistas documentación con partes de las conversaciones trans-criptas. Las personas involucradas solicitaron que se destruyesen las grabaciones. Además, la fiscalía sostuvo, entre otras cuestiones, que la policía militar no tenía legitimidad para solicitar la intervención telefónica y que el pedido había sido elaborado de modo aislado, sin que existie-ra una investigación en curso. En consecuencia, requirió que se declarara la nulidad de las intercepciones y la inutilidad de las grabaciones. El juzgado rechazó el planteo por considerar que no se encontraba probada la ilegalidad de las interceptaciones; sin embargo, ordenó la incineración de las grabaciones.