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FechaTítuloResumen
3-oct-2013CM, PALa Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había hecho lugar al recurso interpuesto por la defensa y revocó la sentencia del juez de ejecución que había rechazado la aplicación del instituto del estímulo educativo para la concesión de la libertad asistida. Contra esa decisión, el fiscal interpuso recurso extraordinario federal.
23-dic-2013Villalba, Miguel ClementeEn este caso, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se remitió en sus argumentos al dictamen de la Procuración General de la Nación que, a su vez, refería a los fundamentos utilizados en el dictamen emitido en la causa “O M , Pedro s/causa N°15480”. En el caso “O M, Pedro s/causa N°15480”, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había hecho lugar al recurso interpuesto por la defensa y revocó la sentencia del juez de ejecución que había rechazado la aplicación del instituto del estímulo educativo para la concesión de la libertad asistida. Contra esa decisión, el fiscal interpuso recurso extraordinario federal.
may-2014Ejecución Penal (nacional)Jurisprudencia nacional sobre la ejecución de penas privativas de libertad y las morigeraciones del encierro e institutos de liberación anticipada.
5-ago-2014Loureiro, Darío MiguelLa defensa había interpuesto un recurso de casación contra la sentencia condenatoria y declaración de reincidencia de su asistido por el delito de robo calificado por ser realizado con el uso de arma de fuego.
7-oct-2014Villalba, Miguel Clemente (resolución)En el caso “C M , Pedro s/causa N°15480”, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había hecho lugar al recurso interpuesto por la defensa y revocó la sentencia del juez de ejecución que había rechazado la aplicación del instituto del estímulo educativo para la concesión de la libertad asistida. Contra esa decisión, el fiscal interpuso recurso extraordinario federal.
1-may-2015Algunas propuestas para el ejercicio de la defensa durante la ejecución de la penaEsta publicación ha sido proyectada con un enfoque teórico-práctico, para ofrecer posibles respuestas a las problemáticas de quienes han sido alcanzados por el sistema penal. Esta mirada que prioriza el acceso a la justicia de los sectores desaventajados es la que mejor puede convertir en realidad la idea de que la ley no debe estar al margen de la ejecución de las sanciones penales.
12-jun-2015Gentile, Maximiliano JoséEl Juzgado Nacional de Ejecución Penal había resuelto no hacer lugar a la libertad asistida del condenado. Ante esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
31-jul-2015Soto Cuellar, Wilson EduardoEl Juzgado de Ejecución Penal había resuelto no incorporar al imputado al régimen de libertad asistida. A tal fin, tuvo en cuenta la imposibilidad de la Sección de Educación de evaluar al imputado en virtud de su inasistencia a clases. Dicha resolución fue dictada luego de tres meses de encontrarse los autos en situación de ser resueltos. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. Al celebrase la audiencia prevista por el artículo 454 del CPPN, el imputado ya se encontraba en libertad por agotamiento de la pena que se le había impuesto.
4-ago-2015Cabail Abad (reg. 304 y causa N° 53817)Una persona había sido condenada a una pena privativa de la libertad. En ese proceso se le otorgó la libertad asistida. Luego, cometió un nuevo delito y fue condenada a una pena única de prisión. Durante la ejecución de la condena, la defensa solicitó que se le concediera la libertad asistida nuevamente. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable. El juzgado de ejecución rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que el artículo 56 de la ley Nº 24.660 establecía que una vez revocada la libertad asistida, la persona debía cumplir el resto de la condena un establecimiento semiabierto o cerrado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
4-ago-2015Romano, Mariano KevinEl tribunal oral había resuelto rechazar la incorporación al régimen de libertad asistida del condenado. Ello, por considerar que la concesión del instituto en cuestión en ese caso, dado el monto de la pena impuesta (8 meses de prisión de efectivo cumplimiento), derogaría el plazo establecido por el artículo 13 del CP. En ese sentido, concluyó que la libertad asistida sólo resulta operativa una vez que se hubiera cumplido en detención el plazo mínimo previsto para la libertad condicional. Contra aquella decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
20-ago-2015Gómez, Maximiliano DavidEl Juzgado Nacional de Ejecución Penal rechazó la libertad asistida del condenado sobre la base del informe negativo emitido por el Consejo Correccional de la unidad carcelaria en la que se encontraba alojado. Ello, sin perjuicio de que el fiscal había propiciado la incorporación del justiciable al instituto liberatorio en cuestión al quedar satisfechos, a su entender, los requisitos exigidos por el artículo 54 de la ley 24.660. La decisión fue impugnada por la defensa.
25-nov-2015Pedraza, Diego GustavoEn el presente caso, el juez de ejecución penal había resuelto no hacer lugar al pedido de una persona condenada a una pena privativa de la libertad de ser incorporada al régimen de libertad asistida. Ello, por considerar que se verificaba el “riesgo social” al que alude el artículo 54 de la ley 24.660 porque la persona había sido declarada reincidente y de un informe psicológico surgía que no había logrado empatía con las víctimas ni reconocimiento del daño causado. Frente a esa resolución, la defensa interpuso recurso de casación.
15-feb-2016Gómez, Ezequiel DamiánEn este caso, el tribunal oral había rechazado la excarcelación en términos de libertad asistida solicitada en favor del imputado. A tal fin, entendió que las partes habían suscripto un acuerdo de juicio abreviado que contemplaba la revocación de la libertad asistida otorgada con anterioridad y consideró “paradojal y autocontradictorio” conceder un beneficio que se había acordado revocar. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
2-jun-2016R, D EUna persona había sido condenada a una pena de prisión por el delito de robo agravado por el empleo de arma de fuego. En prisión se negó a ducharse, por lo que un agente del Servicio Penitenciario lo sacó de la celda por la fuerza y comenzó a darle golpes de puño en la cabeza. En ese momento, los oficiales de guardia ingresaron al pabellón disparando balas de goma, lesionando al interno en sus tobillos. Luego, esposado, lo llevaron a la sala de abogados arrastrándolo mientras lo golpeaban. En ese lugar, continuó la agresión. Posteriormente, el condenado fue enviado a una celda de aislamiento. Allí permaneció cinco días sin recibir ninguna atención. Frente a ello, la defensa interpuso un habeas corpus. Así, se consiguió que el detenido fuera examinado por un médico, que le diagnosticó hipoacusia de oído izquierdo, perforación timpánica, edema de miembro inferior izquierdo y pie izquierdo y heridas en el tobillo. En consecuencia, la defensa requirió la libertad asistida anticipada a la libertad condicional. El pedido fue denegado por el Juzgado de Ejecución y por la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación.
nov-2016CNCCC - Informes anualesJurisprudencia del año 2016 y finales de 2015 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (informes anuales).
6-abr-2017RJM (causa Nº 19)Una persona que cumplía una pena privativa de la libertad solicitó que se le concediera la libertad condicional. De los informes practicados por el Servicio Penitenciario Federal se desprendía que poseía conducta ejemplar y concepto bueno, y que había cumplido los objetivos fijados por las divisiones de trabajo y educación. Por su parte, el informe psiquiátrico consideró que tenía un trastorno antisocial de la personalidad que implicaba un desprecio por los derechos de las víctimas de sus delitos. Por tal razón, concluyó que, en caso de concedérsele la libertad, existían indicadores de riesgo para la sociedad. Con base en ese informe, el Tribunal Oral rechazó la incorporación del imputado al régimen requerido. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
14-nov-2017VAG (causa Nº 48812)Una persona se encontraba bajo el régimen de libertad asistida. Durante su transcurso, cometió un nuevo delito y fue detenida. Al dictarse sentencia por ese hecho, el Tribunal Oral no computó el lapso transcurrido bajo dicha modalidad. La defensa impugnó esa decisión. El Tribunal Oral rechazó el planteo, lo que motivó la interposición de un recurso de casación. Entre sus argumentos, la defensa señaló que el plazo que su asistido fue sometido al régimen de libertad asistida debía ser tenido en cuenta como tiempo de detención en los términos de la actual redacción del artículo 56 de la ley Nº 24.660. Además, consideró la decisión del tribunal había implicado una interpretación analógica del artículo 15, regulado sólo en relación al instituto de libertad condicional.
29-nov-2017LFEJ (causa Nº 1016)Un hombre condenado cumplía una pena privativa de la libertad. Una vez cumplido el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad asistida (artículo 54 de la ley 24.660). De los informes criminológicos y sociales elaborados por el Servicio Penitenciario Federal, surgía, por un lado, que tenía una conducta y concepto ejemplar y que, en caso de obtener la libertad, contaba con un espacio habitacional y contención familiar. Por otra parte, se desprendía que no poseía una reflexión crítica respecto de su actuar delictivo. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de esta manera, tuvo en consideración las conclusiones negativas de los informes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
dic-2017Reforma de la ley 24.660. El fin del derecho de ejecución penal en Argentina.Este artículo comenta la reforma de la Ley de Ejecución Penal llevada a cabo en julio de 2017 mediante la sanción de la ley Nº 27.375. En este sentido, el trabajo desarrolla un estudio constitucional sobre el modo en que impacta esta normativa en el régimen de ejecución de las penas.
20-abr-2018IRE (reg. 372, causa 5998)Una persona que cumplía una pena privativa de la libertad realizó un total de 7 cursos de formación profesional (2 anuales y 5 de 90, 60 y 32 horas). Uno de los cursos anuales no contaba con instancia de evaluación; el otro no pudo ser acreditado. La defensa solicitó la aplicación de la reducción por estímulo educativo prevista en el inciso “b” del artículo 140 de la ley Nº 24.660 por un total de 14 meses, a razón de 2 meses de reducción por cada uno de los 7 cursos. Esto, a fin de que se incorporara a su representado al régimen de libertad asistida. El fiscal sostuvo que se encontraba acreditado que la persona había cursado y culminado satisfactoriamente 6 de los 7 cursos reseñados y que resultaba de aplicación el inciso “b” del artículo 140 de la ley Nº 24.660. De esa forma, entendió que debían reducirse un total de 7 meses: 2 meses por el curso anual cuya finalización estaba acreditada y 1 mes por cada uno de los 5 cursos de 32, 60 y 90 horas. El juez de ejecución penal rechazó el pedido de la defensa por considerar sólo podían computarse los cursos completados y aprobados por el imputado. Asimismo, afirmó que los cursos que reunían estas características no sumaban la carga horaria suficiente para considerarlos como un curso anual de formación profesional. Contra dicho pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación.