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FechaTítuloResumen
26-dic-2019Vázquez (causa Nº 367)En el año 2001, en la provincia de Misiones, una persona se presentó de noche a la casa de una mujer, le sustrajo sus pertenencias y la mató con un martillo. Durante el trámite del expediente prestaron declaración testimonial varias personas. Por un lado, S. manifestó que el día de los hechos había observado a V. junto a C. G. cerca de la casa de la víctima. Otra persona, Z., indicó que una noche V. había ido a dormir a su casa y le había contado que había herido con un martillo a la víctima. Por esa razón, V. y R. fueron detenidas e imputadas por el delito de homicidio criminis causa. Al prestar declaración indagatoria, sostuvieron su ajenidad a los hechos. V. indicó que se encontraba en compañía de su amiga C. G. y que había pasado la noche en la casa de su padre, a ocho kilómetros del lugar. Durante la audiencia de debate, el testigo Z. declaró que si bien reconocía como propia la firma de la declaración prestada durante la instrucción, había firmado sin leer, lo habían engañado y no recordaba que V. le hubiese efectuado esa confesión. El Tribunal Oral condenó a V. y R. condenó a la pena de prisión perpetua. Para decidir de ese modo, ponderó las declaraciones testimoniales. Además, consideró que la víctima era una persona muy cautelosa, por lo que era entendible que le hubiera abierto la puerta de su casa a V., a quien conocía. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de casación. El Tribunal Superior de Justicia de Misiones confirmó la sentencia. Entonces, interpusieron un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la decisión y dispuso la devolución del expediente al tribunal de origen a fin de que dictara un nuevo pronunciamiento. En tal sentido, concluyó que no se habían satisfecho los estándares de revisión de la sentencia. Devueltas las actuaciones, el tribunal confirmó la resolución. En particular, tuvo en consideración las declaraciones testimoniales y señaló que V. junto a otra mujer habían caminado por la calle en la que se vivía la víctima y “marcado” su casa. Asimismo, concluyó que V. había utilizado un martillo para matarla. Contra esa resolución, las defensas interpusieron recursos de casación. La decisión fue confirmada, por lo que interpusieron recursos extraordinarios federales. Las defensas sostuvieron que el tribunal no había efectuado un control integral de la condena, lo que había afectado el derecho a recurrir la sentencia condenatoria.
ene-2020Código Procesal Penal Federal (cuadro comparativo)Cuadro comparativo y jurisprudencia relacionada sobre el Código Procesal Penal Federal y el Código Procesal Penal de la Nación.
jul-2020Plazo razonableJurisprudencia nacional e internacional sobre plazo razonable
22-dic-2020Tommasi, J A (causa N° 23)Durante la última dictadura militar, un grupo de integrantes del Ejército Argentino había secuestrado a un abogado. Según testimonios de los vecinos, la persona había sido trasladada a una finca donde se la mantuvo secuestrada y fue torturada. La finca era propiedad de dos hermanos que no integraban el Ejército. Ambos fueron imputados, junto a un grupo de integrantes de las Fuerzas Armadas, por los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravado por tratarse el agente de un funcionario público y haberse cometido con violencia, e imposición de tormentos agravado por tratarse la víctima de un perseguido político. Al declarar, los hermanos señalaron que en el período en que los hechos habían transcurrido la chacra se encontraba abandonada. A su vez, negaron haber prestado, cedido o alquilado el lugar. Por otra parte, uno de ellos manifestó que, por motivos laborales, durante esa época había mantenido relaciones protocolares con distintos militares. El Tribunal Oral condenó a los hermanos en calidad de partícipes necesarios de los delitos imputados. Para decidir de ese modo, destacó que la finca no tenía signos de violencia o de usurpación y tuvo en cuenta los vínculos que tenían con grupos militares. Destacó también que la relevancia del aporte del préstamo de la finca radicaba en que sus características permitían el actuar clandestino. A su vez, afirmó que la presencia de las Fuerzas Armadas en el lugar resultaba de tal notoriedad que no podía ser ignorada por sus dueños. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que las conclusiones del tribunal habían sido realizadas a partir de meras inferencias. En ese sentido, sostuvo que la prueba se había valorado de manera arbitraria y en sentido contrario al principio in dubio pro reo. Por último, cuestionó la contradicción en la que incurrió el tribunal al indicar las características de la finca que permitían la clandestinidad y, por otra parte, considerar que la presencia de las Fuerzas Armadas en el lugar no podía ser ignorada por sus dueños en razón de la notoriedad del lugar. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia. La decisión indicó que el tribunal interviniente había indicado los motivos en los que había sustentado la condena. Asimismo, convalidó la conclusión respecto del presunto préstamo de la finca en base a que el lugar no presentaba signos de violencia o usurpación. Entonces, las defensas interpusieron sendos recursos extraordinarios federales, cuyo rechazo motivó la presentación de los correspondientes recursos de queja.
25-feb-2021Cerron Ruiz (Causa N° 38120)Tres personas fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por resultar tres o más sus víctimas, por haberse perpetrado con la intervención de tres o más personas y por resultar una de las víctimas una persona con discapacidad. En la etapa de juicio oral, el Tribunal declaró la nulidad de la acusación fiscal y del alegato del representante del Ministerio Público Fiscal. Por esa razón, absolvió a las tres personas imputadas. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación, revocó la absolución y condenó a una de las imputadas a la pena de cinco años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por ser más de tres las víctimas, en concurso ideal con el delito de facilitación de la permanencia ilegal de inmigrantes con el fin de obtener un beneficio. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
30-sep-2021Madero y otros (causa N° 5986)Un hombre fue imputado como coautor del delito de defraudación por circunvención de un incapaz. Casi dos décadas después, el tribunal interviniente lo condenó a la pena de tres años y seis meses de prisión. Al momento de determinar la pena, el tribunal consideró como una circunstancia agravante el hecho de que hubiese negado la comisión del delito durante el juicio, lo que valoró como una "falta de arrepentimiento". Su defensa interpuso un recurso de casación contra la sentencia, el cual fue rechazado. Contra esa decisión, dedujo un recurso extraordinario federal. Ante su rechazo, presentó un recurso de queja. En esta instancia, el representante de la Procuración General de Nación dictaminó que debía hacerse lugar parcialmente al recurso extraordinario en lo referido al monto de la pena impuesto. Además, sostuvo que el tribunal interviniente omitió valorar la ausencia de antecedentes y que la ponderación con carácter agravante de la negación del delito por parte del imputado resultó violatoria de la protección contra la autoincriminación.
14-oct-2021Aráoz (Causa n°649)Un hombre le arrojó alcohol y prendió fuego a su esposa, que luego falleció producto de esa agresión. Entonces, fue procesado por el delito de homicidio agravado por el vínculo, por ensañamiento y mediando violencia de género. En el marco del proceso, el cuerpo de peritos psiquiátricos de la policía de Corrientes realizó un peritaje por el que se consideró que el hombre podía ser inimputable. De forma posterior, los hijos de la víctima, constituidos como querella, impugnaron el peritaje. Luego, el tribunal interviniente, con base en el informe del peritaje psiquiátrico, sobreseyó el imputado. La querella apeló la decisión y la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Corrientes declaró erróneamente concedida la apelación. Contra esa decisión, la querella presentó un recurso de casación que fue denegado. Entonces, presentó un recurso de queja que fue rechazada por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso extraordinario federal en el que invocó, entre otras cosas, que la resolución era arbitraria y que se había violado su derecho constitucional al doble conforme. El recurso fue declarado inoficioso por el incumplimiento de los recaudos procesales establecidos en la Acordada n° 4/2007. Por último, la querella presentó un recurso de queja.
28-dic-2021Flores Duran (causa N° 1972)En un paso fronterizo, un hombre llevaba dentro de una mochila ocho paquetes de cocaína. Al notar que no se detenía tras la indicación de alto, el personal de Gendarmería Nacional realizó un control sobre su equipaje. En consecuencia, fue condenado como coautor del delito de transporte de estupefacientes. En el juicio de cesura, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la aplicación del mínimo legal establecido para el delito consumado de transporte de estupefaciente. El tribunal interviniente consideró adecuado lo peticionado y lo condenó a la pena de prisión de cuatro años. Para decidir así, tuvo en cuenta que el imputado no lideró el hecho atribuido y ponderó su presencia puntual en cada audiencia. La defensa presentó un recurso de casación. De esa manera, se llevó a cabo la audiencia prevista en el artículo 362 del Código Procesal Penal Federal. Durante la audiencia, la defensa amplió sus fundamentos. En ese sentido, señaló que correspondía aplicar la pena correspondiente a la tentativa del delito imputado. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se pronunció en sentido contrario a lo solicitado.
28-dic-2021Diez (Causa N° 1610)Una persona había sido imputada por el delito de malversación de caudales públicos (artículo 261, segundo párrafo, del Código Penal). El juzgado de primera instancia dictó su sobreseimiento. Ante la apelación del representante del Ministerio Público Fiscal, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal revocó el sobreseimiento y dispuso su procesamiento sin prisión preventiva. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, alegó la necesidad de obtener el doble conforme del auto de procesamiento de acuerdo con las normas del derecho internacional de los derechos humanos. La Cámara Federal de Casación Penal declaró el recurso inadmisible. Para decidir de esa manera, consideró que la decisión impugnada no era una sentencia definitiva ni equiparable a tal, y explicó que el procesamiento es sólo un juicio de probabilidad. La defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, ante su denegación, motivó la interposición de un recurso de queja.
5-jul-2022BarreraEn una causa penal se investigaba la muerte de un bebé producto de diversas lesiones. En ese contexto, su madre y su pareja fueron imputados por el delito de homicidio calificado por el vínculo en calidad de coautores. La defensa de la mujer planteó que no había pruebas sobre el conocimiento de los golpes que había sufrido su hijo y que se debía tomar en consideración su situación de vulnerabilidad. El tribunal condenó a la mujer a la pena de prisión perpetua. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación que fue rechazado. En consecuencia, interpuso un recurso extraordinario federal. Entre otras cuestiones, sostuvo que se había violado el derecho de la mujer a contar con una revisión amplia de la sentencia condenatoria. Ante su denegación, la defensa interpuso un recurso de queja.
2-ago-2022Arancibia (causa Nº 500000964)Un joven había sido condenado a la pena de siete años de prisión como partícipe secundario de los delitos de homicidio agravado en concurso real con lesiones leves agravadas. Contra esa decisión, tanto la defensa como el representante del Ministerio Público Fiscal presentaron recursos de casación. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar de manera parcial a la impugnación fiscal. En ese contexto, modificó el grado de participación a participe primario y sumó un agravante. Luego, ordenó el reenvío de la causa para que el tribual de origen determinara la pena. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Justicia de la Nación que fue rechazado. En la instancia de reenvío, el tribunal oral condenó al joven a la pena única de prisión perpetua. Entonces, la defensa interpuso un recurso de casación. Ante una nueva denegatoria, presentó un recurso de casación e inconstitucionalidad de la prisión perpetua. En esa oportunidad, invocó la Regla Práctica 18.10 de la Cámara Nacional de Casación que preveía la revisión por otra sala. De esa manera, solicitó que se rencauzara la impugnación extraordinaria como un recurso de casación. Frente a su rechazo, la defensa presentó un recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, alegó la violación a la garantía del doble conforme. El recurso fue concedido con relación a la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua impuesta. Sin embargo, fue declarado inadmisible respecto del derecho de revisión de la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal que había modificado la calificación y agravado la condena. Frente a su rechazo, la defensa presentó una queja.
15-dic-2022Basilotta (causa N° 4901)Una persona que se encontraba en libertad había sido condenada a la pena de siete años y seis meses de prisión por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego. La notificación de la sentencia se efectuó a su domicilio constituido. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Luego de que se declarara la inadmisibilidad del recurso por extemporáneo, la defensa presentó una impugnación extraordinaria local. Entre otras cuestiones, señaló que se había afectado el derecho al doble conforme y lesionado las garantías del debido proceso y defensa en juicio. En ese sentido, explicó que se había desconocido la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establecía que el plazo para la interposición del recurso contra una condena debía computarse a partir de la notificación personal al condenado. Esa impugnación también fue denegada. Para decidir de esa manera, el tribunal de casación afirmó que el plazo se contaba a partir de la notificación en el domicilio constituido. Así, indicó que no podía asimilarse la situación de las personas que estaban en libertad con las que se encontraban detenidas. Luego, la persona imputada interpuso –por derecho propio y con patrocinio letrado– un recurso de queja que también fue rechazado. Contra esa decisión, presentó un recurso extraordinario federal y, ante su desestimación, un recurso de queja de forma in pauperis.