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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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28-dic-2018 | Ramírez Cabrera (Causa Nº 43469) | Un domicilio fue allanado por personal policial. En su interior se hallaron preservativos, un cuaderno con anotaciones sobre servicios prestados a cambio de dinero y otros elementos que fueron asociados con el ejercicio de la prostitución. Además, se obtuvo el contrato de locación de la vivienda y se advirtió que su única locataria era una mujer. Esta persona fue citada a prestar declaración indagatoria. En esa oportunidad, expresó que ejercía la prostitución en el domicilio y que tenía dos amigas que también se prostituían allí entre dos o tres veces por semana y colaboraban con el pago de algunos servicios. El Tribunal Oral la condenó por el delito de facilitación de la prostitución a la pena de cuatro años de prisión en los términos del artículo 125 bis del Código Penal. Contra ese pronunciamiento, su defensa interpuso un recurso de casación. |
27-dic-2018 | Polini y otros (causa Nº 53350) | Un grupo de personas había sido imputado en una causa penal. A partir del requerimiento de la querella, el proceso alcanzó la etapa de juicio oral. En esa oportunidad, sólo las defensas ofrecieron prueba. Por su parte, la querella solicitó al tribunal que incorporara prueba de oficio según lo establecido en el artículo 356 del CPPN. Ante la falta de prueba producida por la parte querellante, las defensas desistieron de las medidas ofrecidas y solicitaron el sobreseimiento de sus asistidos. El Tribunal Oral hizo lugar al pedido. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación. |
27-dic-2018 | Gonzalez (reg. Nº 1678 y causa Nº 587) | Un varón fue imputado por el delito de lesiones leves, agravado por haber sido cometido contra su pareja. En la etapa de juicio, la defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral se comunicó vía telefónica con la víctima, quien informó que no asistiría a la audiencia y que no le interesaba ningún tipo de resarcimiento económico. Además, manifestó que la relación de pareja había finalizado el mismo día en que ocurrieron los hechos. Al celebrarse la audiencia, el imputado expresó que el hecho había constituido un episodio aislado y que no había vuelto a ver a la mujer. Por otro lado, el representante del Ministerio Público Fiscal expuso que no había podido entrevistarse con la víctima para analizar su situación. Por esa razón, se opuso a la solicitud. El Tribunal Oral concedió la probation por entender que el conflicto entre las partes se encontraba superado. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que el desinterés de la víctima no significaba la aceptación de la concesión del instituto. Además, señaló que el tribunal no había corroborado que la pareja no se hubiera vuelto a encontrar ni que el hecho hubiera sido aislado. |
21-dic-2018 | Silva (reg. Nº 1663 y causa Nº 17065) | Un varón fue imputado por el delito de lesiones leves agravadas por haber sido cometido contra su pareja. En la etapa de juicio, su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. La representante del Ministerio Público Fiscal entrevistó a la víctima, quien manifestó que los hechos de violencia no habían vuelto a suceder y expresó su consentimiento para la concesión del instituto. Sobre la base de dichas consideraciones, la fiscalía prestó su conformidad. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, consideró que –en los términos del precedente “Góngora” de la CSJN– el dictamen fiscal y la manifestación efectuada por la damnificada “no podían tener ningún efecto que habilitara la probation”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
20-dic-2018 | Quiroga (reg. Nº 1657 y causa Nº 48837) | Un agente policial observó que un varón, a bordo de una moto, discutía con una mujer. Entonces, se acercó con el fin de calmarlos. El hombre intentó irse y el policía le solicitó que exhibiera la documentación del vehículo. Al no poseerla, el agente consultó por radio y fue informado que el vehículo poseía pedido de secuestro por una denuncia de robo. Por ese hecho, el hombre fue detenido e imputado por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado y fue condenado a la pena de un año de prisión en suspenso. Para resolver de esa manera, el tribunal entendió que la figura agravada se encontraba acreditada en función del valor patrimonial del vehículo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
20-dic-2018 | Quiroga (causa N° 48837) | Un agente de policía observó a una pareja que discutía a bordo de un vehículo y se acercó. Frente a esto, el hombre de la pareja intentó fugarse. Por ese motivo, el oficial le solicitó que exhibiera la documentación correspondiente al rodado. En esa circunstancia, el agente tomó conocimiento que el vehículo tenía pedido de secuestro vigente por una denuncia de robo. La persona fue imputada y, luego, las partes acordaron un juicio abreviado. El tribunal condenó al hombre por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación por la errónea interpretación del agravante aplicado al caso. |
3-dic-2018 | Buscaroli y otro (causa N° 48140) | Dos personas habían ingresado al domicilio de un adulto mayor. Luego de golpearlo de manera reiterada, le sustrajeron dinero y una serie de bienes. En ese contexto, le realizaron una herida mortal en el tórax y ocasionaron un incendio en el hogar. Ambas personas resultaron condenadas a una pena de prisión perpetua por el delito de robo con efracción en concurso ideal con el delito de homicidio ‘criminis cause’. Entre sus argumentos, el tribunal interviniente consideró que la muerte ocasionada se conectaba con la finalidad de lograr la impunidad. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
29-nov-2018 | Guerra (Causa N° 45877, Registro N° 1563/2018) | Cuatro jóvenes habían sido condenados por varios hechos de robo con armas, homicidios y encubrimiento. Dos de ellos eran menores de 18 años al momento de su comisión y las penas impuestas por el tribunal fueron de 3 y 18 años de prisión. Los otros dos acusados fueron condenados a prisión perpetua. Contra la sentencia, las defensas de todos los jóvenes presentaron sus recursos de casación. Entre los agravios, plantearon la nulidad de las tareas investigativas, de las intervenciones telefónicas y de los allanamientos practicados durante la etapa de investigación. Asimismo, alegaron arbitrariedad en la valoración de los hechos y las pruebas durante el debate. Por otro lado, dos de las defensas argumentaron que había existido una errónea calificación legal de los hechos y del grado de participación que se les había atribuido a sus defendidos por los asesinatos cometidos durante los robos. Específicamente en relación a la calificación de los homicidios como criminis causae, sostuvieron que sus representados no compartían el plan criminal de dar muerte en los términos del inciso 7 del artículo 80 del Código Penal. Por esa razón, entendían que no correspondía condenar por ese agravante, sino por la figura de homicidio en ocasión de robo contemplada en el artículo 165 del Código Penal. En subsidio, plantearon la inconstitucionalidad del inciso 7 del artículo 80 del Código Penal. Por su parte, las defensas de los jóvenes menores de 18 años de edad al momento de los hechos argumentaron una errónea interpretación del artículo 4 de la ley N° 22.278 de Régimen Penal Juvenil. Controvirtieron la necesidad de aplicación de pena a quien fue condenado a 3 años de prisión y el monto de pena a quien fue condenado a 18 años de prisión. En relación a este último, su defensa sostuvo que por aplicación del artículo 4 de la ley N° 22.278 correspondía aplicar una escala penal que oscilara entre los 10 y 15 años de prisión. Ambas defensas citaron los precedentes “Mendoza” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y “Maldonado” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para reforzar sus argumentos. Por otro lado, las defensas de los condenados a prisión perpetua plantearon la inconstitucionalidad de esa pena. Asimismo, plantearon para el caso en concreto la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y del artículo 56 bis de la ley N° 24.660 de Ejecución de la Pena. A tal fin, sostuvieron que los obstáculos que establecían estos artículos para el acceso a la libertad condicional afectaban el derecho de los condenados a conocer con certeza el quantum de su pena, sus características cualitativas y el modo en que iba a desarrollarse, lo que contrariaba el fin resocializador consagrado en la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. |
2-nov-2018 | Garzón Ruíz (Causa N° 68622) | Una persona había sido condenada a una pena de tres años de prisión. Dado que la persona contaba con una condena previa, el tribunal interviniente impuso una pena única de cinco años y tres meses de prisión. Asimismo, declaró su reincidencia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la reincidencia. |
30-oct-2018 | Pérez (causa N° 5004) | Una persona fue condenada a la pena única de nueve años y seis meses de prisión. Al cumplirse seis años y seis meses de detención, la persona solicitó –por derecho propio– que se le concediera la libertad condicional. Su defensa fundamentó la presentación y solicitó su excarcelación, en los términos del artículo 317, inciso 5° del Código Procesal Penal de la Nación. El Tribunal Oral tramitó los dos planteos por separado y rechazó la presentación de la defensa in limine, por considerar que existía otro pedido similar en trámite. Contra esa resolución, se presentó un recurso de casación. |