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FechaTítuloResumen
5-ago-2014Duarte (Causa n° 94000210)Después de que el tribunal oral hubiera absuelto a la imputada, la Cámara Federal de Casación Penal la condenó a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Contra esa decisión interpuso recurso extraordinario federal la defensa.
1-ago-2014G, JL y otroDos personas se encontraban imputadas de usar un documento público falso o adulterado de los destinados a la habilitación para circular con vehículo automotor. La defensa solicitó su sobreseimiento. En esa presentación, argumentó que el uso de una cédula de identificación automotor adulterada, vencida y a nombre de otra persona, no constituía delito.
30-jul-2014L,EH c. Obra Social de Empleados PúblicosLa sentencia de primera instancia rechazó la acción de amparo interpuesta por los actores contra la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) por la que solicitaban que se condene a la demandada a cubrir el costo completo de la fertilización asistida (FIV) por técnica ICSI (inyección intracitoplasmática de espermatozoides) con DGP (biopsia embrionaria que detecta alteraciones cromosómicas o genéticas) mientras su estado de salud lo requiera y lo prescriba el profesional médico que los asiste, sin límites en la extensión de cobertura y hasta lograr el embarazo. La Cuarta Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia apelada. Contra dicha sentencia, los actores interpusieron recurso de inconstitucionalidad.
16-jul-2014VLA s. medida autosatisfactivaEn este caso, los accionantes solicitaron la autorización judicial para realizar la ablación y el trasplante de un riñón de la Sra. M. O. a favor de del Sr. V. L. A. Alegaron que si bien carecen del vínculo parental que exige la ley N° 24.193, existe un vínculo afectivo entre la donante y el receptor. Agregaron que no hay ningún acto de inducción o coacción de los que establece el artículo 27, inc. g, de la ley mencionada. Finalmente, el magistrado de primera instancia autorizó la ablación y el trasplante solicitados. Asimismo, hizo saber a la dadora que podía revocar su consentimiento para el trasplante hasta el instante mismo de la intervención quirúrgica, mientras conserve capacidad para expresar su voluntad.
15-jul-2014IJM s. Protección especialEn este caso, la Cámara de Apelaciones resolvió confirmar la sentencia del juez de grado que había decretado el estado de abandono material y moral del niño J. M. I. –de dos años de edad–, dejando a salvo la posibilidad de que su madre pueda mantener contactos con su hijo, con un régimen de encuentro asistido con acompañamiento terapéutico. Además, ordenó evaluaciones psicodiagnósticas tanto a la madre como al niño y que la progenitora efectúe un tratamiento psicológico individual. Por otro lado, ordenó a la DNRUA la remisión los legajos de las familias en condiciones de acoger a este niño en las condiciones que resultan de la presente, es decir, grupos familiares con disposición a aceptar el llamado triángulo adoptivo, a fin de evitar obstáculos para la eventual continuación del vínculo de J. M. con su progenitora y los otros miembros de la familia materna. Para así decidir, los jueces consideraron que “…si es que los jueces tienen el deber primordial, en circunstancias como las de autos, de hacer prevalecer el interés superior del niño (conf.: art. 23, aps. 2 y 4, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; art. 9, ap. 1 de la Convención Sobre los Derechos del Niño; y art. 11 de la Ley 26.061), no queda otra alternativa que poner quicio a un estado de cosas que se prolonga en el tiempo, con claro detrimento para la salud y bienestar del niño J. M. I.. […] debe darse a este niño –antes que sea demasiado tarde– la oportunidad de vivir con dignidad; de manera que renegaríamos de nuestros compromisos con la comunidad si no le conferimos la posibilidad de ser integrado en una familia adoptiva que le permita crecer y desarrollarse en un ámbito de contención, cuidado y protección; sin perjuicio de lo que se dirá respecto de la madre biológica”. Asimismo, el tribunal estimó que de ningún modo debe descartarse que la madre y su hijo continúen sosteniendo un vínculo adecuado, y en virtud de ello sostuvo “…que en el caso se nos aparece prima facie en escena el llamado triángulo adoptivo-afectivo; esto es, la configuración de una situación triangular, en la que se produce la confluencia de dos familias –la biológica y la adoptante- y el mismo adoptado, en las que éste quede integrado en una y otra, por supuesto con el pertinente apoyo psicológico para todas las personas involucradas. Por lo dicho, la situación de la causa indica que todo se encamina a sostener que no habrá que propiciar en la especie el denominado principio de exclusividad, opuesto en esencia al ya mencionado triángulo adoptivo, dado que lo que se impone en el caso es la flexibilidad, y ello en un marco que respete la identidad del niño en un sentido integral; vale decir, en sus facetas estáticas y dinámicas”.
11-jul-2014PKG (causa Nº 91001244)Dos mujeres se presentaron en una comisaría con el fin de entregarle algunos elementos al hermano de una de ellas, detenido en esa dependencia. En el interior de uno de los objetos, se hallaron cuatro envoltorios con marihuana. Al momento del hecho, una de las imputadas tenía diecisiete años y fue procesada por el delito de facilitación de estupefacientes a título gratuito, en grado de tentativa. El juzgado delegó el cuidado de la joven en su hermana mayor. Del informe socio- económico incorporado al expediente, surgía que la imputada era madre de un niño de tres años, y convivía con sus hermanos, madre, y la pareja de ésta. Además, se indicó que había retomado los estudios y el trabajo, y que se encontraba contenida. Durante la audiencia de juicio, la fiscalía solicitó que se declarara la responsabilidad penal de la joven y se le impusiera una pena de tres años de prisión en suspenso. Por su parte, la defensa solicitó que se la eximiera de pena.
10-jul-2014FFMC c. Poder Ejecutivo CABA s. amparoEn este caso, la accionante solicitó que se ordene al RUAGA (Registro único de aspirantes a guarda con fines adoptivos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) su admisión como aspirante, con fundamento en su derecho a la familia, a su pleno desarrollo como mujer y al interés superior del niño. El RUAGA había denegado la admisión con base en que la actora debía asistir a un espacio terapéutico para superar los obstáculos que dificultaron su inclusión en el Registro. Con posterioridad, la accionante acreditó haber cumplido con la medida sugerida y solicitó una nueva evaluación. El registro contestó que no correspondía la reevaluación peticionada conforme el art. 14 de la ley 25.854 (por no haber transcurrido el plazo de dos años). Finalmente, el magistrado de primera instancia declaró la nulidad del rechazo de la solicitud de nueva evaluación y ordenó a la demandada que tramite dicho pedido.
10-jul-2014OH, LALa DNM había ordenado la expulsión de una persona de nacionalidad uruguaya del territorio nacional. Posteriormente, el afectado solicitó su radicación definitiva en la Argentina. El organismo administrativo rechazó la petición, lo que motivó la interposición de un recurso de alzada en aquella sede, de acuerdo con el artículo 79 de la Ley Nacional de Migraciones. El Ministerio del Interior desestimó el recurso. Contra esa decisión, el peticionario presentó un recurso directo ante la Justicia Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal. Ese remedio procesal también fue rechazado. Luego, interpuso un recurso de apelación, que fue denegado por la jueza de grado. Esa desestimación motivó la interposición –de acuerdo al art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación– de un recurso de queja. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó la impugnación. Para decidir de ese modo, señaló que el recurso judicial previsto en la ley 25.871 permitía la revisión de lo actuado en sede administrativa en una única instancia jurisdiccional, que se agota con la intervención de los Juzgados de Primera Instancia, con exclusión de la competencia revisora atribuida a la Cámara Federal de Apelaciones. Contra esa resolución, el afectado interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja. Allí, argumentó que la ley 25.871 no establece expresamente un recurso judicial contra las sentencias de primera instancia. En esta línea, señaló que correspondía habilitar el recurso de apelación por aplicación del art. 242 CPCCN
8-jul-2014Tribunal Superior Estadual (OLG) de Dresden - traducidaUna persona se encontraba en prisión preventiva por el delito de tráfico de reptiles y moluscos sin los certificados correspondientes. La Sala había ordenado la extradición sobre la base de un pedido de Interpol.
7-jul-2014R, EUna persona se encontraba imputada por el delito de abuso sexual. La defensa solicitó la suspensión de juicio a prueba. El representante del Ministerio Público Fiscal prestó su consentimiento. El tribunal oral rechazó la petición por aplicación de la doctrina elaborada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso "Góngora". La defensa interpuso un recurso de casación.