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25-abr-2019Polanco Familia (Causa Nº 86936)La señora Polanco Familia, de nacionalidad dominicana, vivía en Argentina con su familia. Con posterioridad, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular en su permanencia en el país y ordenó su expulsión y prohibición de reingreso. En esa disposición, la administración sólo se limitó a señalar que Polanco Familia ingresó de manera irregular al país y, por ende, incurrió en una causal objetiva que impedía su permanencia y no tomó en cuenta su situación familiar. Agotada la vía administrativa, interpuso un recurso judicial, sin embargo, el juzgado de primera instancia rechazó el recurso. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación y entre sus agravios expresó que no se consideró su situación familiar.
23-abr-2019Paiva Jara (Causa Nº3545)Paiva Jara, extranjero (la sentencia no indica la nacionalidad), vivía en Argentina con sus dos hijos, su pareja y la hija de ella. Con posterioridad, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su situación en el país y determinó su expulsión y prohibición de reingreso. Agotada la vía administrativa, la defensa oficial solicitó en sede judicial la intervención de Defensor Público de Menores e Incapaces para la representación de sus hijos y la Dirección Nacional de Migraciones se opuso a la petición. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la oposición y rechazo la intervención del defensor de menores. Entre sus argumentos, expresó que los niños no tenían carácter de parte en el proceso y que su interés se veía amparado en el derecho de “reunificación familiar”. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
28-feb-2019Peredo (Causa Nº 40347)Una mujer migrante vivía en Argentina y tenía 4 hijos menores de edad a su cargo. En 2015, la condenaron a 4 años y 6 meses de prisión por el delito de tráfico de estupefacientes. La Dirección Nacional de Migraciones consideró que la situación encuadraba dentro del supuesto del artículo 62 inciso b) de la ley 25.871, que admite la cancelación de residencia frente a condenas por delitos dolosos que merezcan una pena mayor a cinco años. Por ese motivo, declaró irregular su permanencia en el territorio nacional, dispuso su expulsión y le prohibió reingresar de manera permanente. La mujer interpuso un recurso que no prosperó. Luego, presentó un recurso ante la justicia. El juzgado de primera instancia consideró que la DNM se había limitado a aplicar una de las causales objetivas dispuestas en la ley 25.871 y rechazó el recurso. Contra esa decisión, la mujer apeló.
9-nov-2018Huanachin (Causa Nº 17340)Un hombre extranjero [no registra su nacionalidad la sentencia] alojado en un complejo penitenciario fue condenado a la pena de tres años de prisión. La Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de ocho años. La persona dejó asentado su disconformidad con la decisión cuando se lo notificó en la unidad penitenciaria. Esa manifestación fue comprendida como un recurso jerárquico que, luego, fue rechazado. Entonces, con la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación interpuso un recurso judicial y manifestó que tenía una hija menor de edad que por motivos ajenos a su voluntad no había podido reconocer. El juzgado de primera instancia rechazó la impugnación. Finalmente, interpuso un recurso de apelación.
12-jun-2018Rotela Candia (causa Nº 51109)Una persona de nacionalidad dominicana fue condenada a la pena única de cuatro años de prisión por el delito de comercio de estupefacientes. Con posterioridad, la Dirección Nacional de Migraciones canceló su residencia en el país y ordenó su expulsión y prohibición de reingreso de modo permanente. Agotada la vía administrativa, la defensa oficial interpuso un recurso judicial que fue rechazado. Entonces, interpuso un recurso de apelación.
8-jun-2018Gutierrez Vallejos (Causa Nº 52746)La señora Gutierrez Vallejos, extranjera [sin registro de su nacionalidad en la sentencia], convivía con sus dos hijos, su pareja, con la familia de su concubino y además tenía un empleo. Con posterioridad, fue condenada a la pena de cinco años y dos meses de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Por este motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. Contra este acto administrativo, Gutierrez Vallejos interpuso un recurso jerárquico que fue rechazado. Entonces, recurrió judicialmente pero su petición también fue denegada por el juzgado de primera instancia. Contra esa decisión, la actora interpuso un recurso de apelación. La fiscalía ante la Cámara dictaminó que la autoridad administrativa no motivó adecuadamente la decisión. Por ese motivo, opinó que correspondía declarar la nulidad de los actos administrativos y disponer el reenvío de las actuaciones a sede administrativa a fin de que se dicte un nuevo acto.
29-may-2018Mergoza Calixto (Causa Nº 22139)El señor Mergoza Calixto, extranjero [no indica su nacionalidad la sentencia], registraba dos condenas. Una de tres años y otra de tres años y 6 seis meses de prisión en orden a los delitos de robo en concurso real con resistencia a la autoridad y tenencia simple de estupefacientes respectivamente. Por este motivo la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular la permanencia en el territorio nacional, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. Este acto le fue notificado en el complejo penitenciario federal N° 1 de Ezeiza. En esta ocasión, la parte actora manifestó su intención de apelar. Por ese motivo, representado por la defensa pública, interpuso un recurso jerárquico que fue rechazado. Cuando se le notificó esta segunda decisión, la defensa informó que, pese haber realizado varias gestiones y diligencias tendientes a localizar a su asistido, no pudo contactarlo. Luego de casi dos meses, interpuso un recurso judicial suscripto por Mergoza Calixto. Sin embargo, el juzgado de primera instancia rechazo la presentación in limine. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación.
17-abr-2018Diaz Escobar (Causa Nº 26909)Un hombre extranjero [no registra la sentencia su nacionalidad] fue condenado a la pena de once años y ocho meses de prisión por los delitos de tenencia de arma de guerra, encubrimiento, robo en poblado y en banda y con armas. Esta persona residía en Argentina desde hacía treinta y cuatro años y vivía con su pareja y su hija. Además, trabajaba desde hacía doce años en relación de dependencia. La Dirección Nacional de Migraciones canceló la residencia permanente que le había otorgado, declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso en forma permanente. Agotada la vía administrativa, el hombre interpuso un recurso judicial que fue rechazado por el juzgado de primera instancia. Entonces, interpuso un recurso de apelación. La fiscalía de cámara dictaminó que los actos administrativos impugnados eran ilegítimos.
17-abr-2018Laurent Saravia (Causa Nº 38315)Un hombre extranjero [no se registra su nacionalidad en la sentencia] residía en el país y estaba al cuidado de sus tres hijos, de quince, trece y ocho años. Entre 1993 y 2014 fue condenado en seis oportunidades por delitos contra la propiedad. En 2001 fue declarado reincidente y en 2014 recibió una condena de un año y diez meses de prisión por el delito de robo en grado de tentativa. Entonces, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y la prohibió su reingreso por el término de ocho años. Asimismo, autorizó su retención para materializar su expulsión. Contra esa decisión, la persona recurrió los actos administrativos, que fueron confirmados. Luego, impugnó judicialmente el pronunciamiento. El juzgado interviniente rechazó su presentación. Por este motivo, la persona interpuso un recurso de apelación.
22-mar-2018CELS (causa Nº 3061)El Centro de Estudios Legales y Sociales, la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y el Colectivo por la Diversidad presentaron una acción de amparo colectivo e impugnaron el decreto de necesidad y urgencia Nº 70/17, modificatorio de la ley 25.871, por considerar que resultaba violatorio del principio de legalidad y del debido proceso. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. Contra tal decisión los actores interpusieron un recurso de apelación.