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Fecha | Título | Resumen |
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22-mar-2019 | Carli (Causa Nº 22000231) | Un grupo de personas fue denunciado por haber cometido irregularidades en el PAMI durante el año 1999. En marzo del 2002, fue citado a prestar declaración indagatoria por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública. Luego, entre diciembre de 2007 y abril de 2008, los individuos fueron citados a prestar declaración por el delito de asociación ilícita. En el año 2015 se requirió la elevación a juicio del expediente y tres años más tarde fue dictada la citación a juicio. Entonces, la defensa de los imputados solicitó que se declarase la prescripción de la acción penal. De manera subsidiaria, planteó la insubsistencia de la acción por la prolongada duración del proceso. |
5-nov-2018 | Loyola (causa Nº 32003281) | Una empleada del Banco Nación fue imputada por el delito de defraudación a la administración pública en concurso ideal con utilización fraudulenta de sellos oficiales y falsificación de instrumento privado equiparable a público. Los hechos habían sido cometidos en el año 2008. Cuatro años más tarde, fue citada a prestar declaración indagatoria. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo conciliatorio con la querella del banco, en los términos del artículo 59, inciso 6º, del Código Penal. En esa oportunidad, se acordó el pago de un monto de dinero en carácter de reparación patrimonial. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal consideró que debía rechazarse la presentación. En ese sentido, sostuvo que el instituto de la conciliación no se encontraba reglamentado, por lo que no resultaba operativo. Además, indicó que la imputada era funcionaria pública y que, en consecuencia, el acuerdo era improcedente. |
26-oct-2018 | Gastaldi (causa Nº 94070014) | En el año 2004 una escribana certificó una firma falsa en un formulario 08. Cuatro años después, se dictó su procesamiento por el delito de falsedad ideológica. En el año 2011, la causa fue elevada a juicio y en 2018 fue fijada la audiencia de debate de juicio oral. En esa oportunidad, la defensa alegó que se había violado la garantía de su asistida a ser juzgada en un plazo razonable. Entre otras cuestiones, destacó que la imputada había sido condenada por hechos posteriores al investigado en ese juicio, por lo que no había motivos para que esa causa se hubiese demorado de manera excesiva. |
24-oct-2018 | Guizzardi (reg. Nº 1770 y causa Nº 42000186) | En agosto del 2012, Guizzardi fue citado a prestar declaración indagatoria por el delito de tenencia de estupefacientes. En septiembre de ese año, se dictó su procesamiento. La resolución fue recurrida por su defensa y confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia once meses después. Luego, la defensa solicitó que se le concediera la suspensión de juicio a prueba. El planteo fue denegado, por lo que interpuso un recurso de apelación. En febrero del 2017 la Cámara confirmó la decisión. Cuatro meses después, el Tribunal Oral citó a las partes a juicio. En dicha oportunidad, la defensa solicitó el sobreseimiento por entender que había transcurrido el plazo razonable de duración del proceso penal. El tribunal rechazó el pedido. Para resolver de esa manera, sostuvo que no se encontraba excedido el plazo legal que habilitaba la declaración de la extinción de la acción penal. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso de casación in pauperis, que fue fundamentado por su defensa. |
21-ago-2018 | Mansilla (Causa N° 830893) | En noviembre del año 2008, Mansilla fue detenido e imputado –junto a otras dos personas– por el delito de almacenamiento de estupefacientes. En el año 2010, fue absuelto por un Tribunal Oral. Dicha resolución fue recurrida por la fiscalía. La Cámara Federal de Casación Penal anuló la sentencia y ordenó que se dictara un nuevo pronunciamiento. En abril del 2015, el Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. La CFCP volvió a anular la resolución y ordenó el apartamiento de los magistrados intervinientes y la celebración de un tercer debate. Devueltas las actuaciones, en junio del 2018 se dispuso la nueva integración del tribunal. La defensa solicitó el sobreseimiento de su asistido por entender que se había violado la garantía a ser juzgado en un plazo razonable. |
5-abr-2017 | Matarasso, Néstor Pablo | La defensa había planteado la excepción de falta de acción por prescripción de la acción penal. El juzgado rechazó la solicitud. Contra esa resolución, interpuso un recurso de casación. Allí, invocó el precedente “Julián, Carlos Alberto”, en el que la Sala III de la CNCCC había hecho lugar a una solicitud similar. Sin embargo, la Sala I no hizo lugar a la impugnación. Frente a esta situación, la defensa consideró contradictoria la doctrina establecida en los dos fallos e interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley, en los términos del art. 11 de la ley 24.050. |
9-mar-2017 | PMD | En junio de 2002 fueron denunciados diversos hechos que involucraban un secuestro extorsivo y robos cometidos en poblado y en banda. El expediente, una vez radicado en el juzgado de instrucción, permaneció extraviado durante ocho años. Una vez elevadas las actuaciones a la etapa de juicio, se fijó la audiencia de debate para el mes de mayo de 2014. Su celebración fue postergada en dos oportunidades por motivos internos del tribunal. Posteriormente, la persona imputada fue declarada rebelde por el término de tres años. De las constancias obrantes en la causa no surgía comunicación alguna cursada a su teléfono ni que se hubieran practicado diligencias efectivas para notificarla. Finalmente, se presentó de manera espontánea. A fin del año 2015, la defensa planteó la extinción de la acción penal por prescripción y, en consecuencia, solicitó el sobreseimiento de su asistido. En particular, consideró que en el trámite del expediente se había violado la garantía a ser juzgado en un plazo razonable. El Tribunal Oral rechazó la petición. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
23-nov-2016 | Duarte, Felicia (CFCP) | En abril de 2008 dos personas habían sido sujetas a un control aduanero. Una de ellas se dio a la fuga, la otra permaneció en el lugar y fue arrestada al descubrirse que en el vehículo transportaban estupefacientes. Por ese hecho, fue imputada por el delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización en grado de tentativa. En septiembre de 2008 el Tribunal Oral la absolvió. La fiscalía impugnó la decisión. En 2012, la Sala IV de la CFCP hizo lugar al recurso y condenó a la imputada como autora del delito. Para decidir de ese modo, el tribunal analizó las declaraciones de los preventores, peritos y testigos del procedimiento en base a constancias escritas. La defensa impugnó la resolución y la Corte Suprema en el 2014 señaló que se había afectado la garantía del doble conforme. En ese sentido, dispuso designar a otra Sala de la CFCP para actuar como tribunal revisor. Desde el inicio de las actuaciones hasta la absolución habían transcurrido 5 meses, mientras que las etapas recursivas posteriores duraron aproximadamente 7 años. La defensa se agravió por la afectación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable y la vulneración de los principios de oralidad e inmediatez del juicio criminal. La fiscalía consideró que la demora respondía a las maniobras recursivas de la defensa y, por tal razón, rechazó el planteo. |
29-may-2015 | Julian, Carlos Alberto | Un hombre había sido imputado, junto a otras tres personas, por el delito de defraudación por administración fraudulenta en concurso real con malversación de caudales equiparados públicos. Los hechos imputados eran diez. La investigación se inició en el año 2004. En diciembre de 2008, la causa fue elevada a un tribunal oral y en abril del 2009 las partes fueron citadas a juicio. En dos oportunidades se fijaron fechas de debate que, luego, fueron postergadas. Después de diez años y seis meses de tramitación del expediente, la defensa planteó la prescripción de la acción penal por violación de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable. El Tribunal Oral rechazó el planteo y consideró que no había transcurrido el plazo de prescripción previsto en el art. 67 del CP y que la extensión del proceso no resultaba desproporcionada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
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