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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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1-may-2024 | Rojas (causa N° 8068) | En el marco de una investigación penal iniciada en agosto de 2022 se extrajeron testimonios sobre la posible comercialización de estupefacientes y se dio intervención a la fiscalía federal de Pehuajó, que formuló un requerimiento de instrucción. En ese momento se dispuso la intervención telefónica de las personas investigadas y se realizaron tareas para identificar a una mujer que proveía el estupefaciente. De esas comunicaciones surgió que ella había reclutado a otras tres mujeres para que transportaran estupefacientes en un micro de larga distancia hacia Chile. Por esa razón, se dispuso la interceptación del transporte. Luego de una requisa personal y sobre las pertenencias de las cuatro mujeres, se hallaron en total cuatro envoltorios de nylon que contenían una sustancia color blanca, que resultó positivo para cocaína en el test orientativo.; La primera mujer fue imputada por los delitos de transporte de estupefacientes, agravado por haber mediado engaño e intimidación y la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlos, en concurso material con el delito de falsificación de documento público en dos oportunidades. A su vez, las tres mujeres reclutadas fueron imputadas por el delito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlos. Por su parte, la defensa de estas últimas ofreció informes elaborados por el equipo interdisciplinario de la Defensoría General de la Nación. Allí, se indicaba que las mujeres estaban a cargo de la manutención, cuidado y contención exclusivo de sus hijos, y que habían afrontado situaciones de violencia de género. Además, se informó que se encontraban insertas en la pobreza y en la precariedad laboral. Por ese motivo, la defensa explicó que habían actuado en un estado de necesidad justificante y solicitó su sobreseimiento. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal insistió en sostener la condición de acusadas por el delito de transporte de estupefacientes. Sin embargo, las consideró víctimas del delito de trata de personas y solicitó que se aplicaran los recaudos legales correspondientes a esa condición. |
18-mar-2021 | Miguelez (causa N° 65235) | Dos personas habían sido imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada por haber sido cometida mediante engaño, violencia y aprovechándose de una situación de vulnerabilidad contra víctimas con discapacidad. Una de las víctimas era una persona con discapacidad y se encontraba representada por un defensor de incapaces. El 3 de febrero de 2021, el defensor solicitó la intervención de la Defensoría Pública de Víctimas. Dos días después, el juzgado interviniente hizo lugar al pedido. En ese momento, la Defensoría Pública de Víctimas inició diversas gestiones para contactar a la víctima. De todas maneras, los intentos no dieron resultado. Ante esta situación, ese mismo día, el juzgado de instrucción dictó el decreto de clausura parcial de la etapa y elevó la causa a juicio. El 19 de febrero la defensora se comunicó con la víctima. En esa oportunidad, la víctima manifestó su voluntad de presentarse en calidad de querellante. La Defensoría Pública de Víctimas planteó la inconstitucionalidad del artículo 90 del Código Procesal Penal Nacional y la nulidad del auto de elevación a juicio. En ese sentido, sostuvo que correspondía interpretar la restricción temporal a la luz del artículo 81 del CPPN, que establecía que las disposiciones procesales del código debían ser ejecutadas del modo que mejor garantizara los derechos reconocidos a la víctima. De esa manera, expuso que la restricción temporal impuesta por el artículo 90 del CPPN violaba el derecho de su asistida a ser oída, así como el derecho de participar de manera activa en el proceso penal que investigaba los hechos sobre los que había resultado damnificada. |
3-abr-2020 | Cepeda (causa n°27531) | Un hombre había sido condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión por el delito de robo agravado y se encontraba alojado en la Unidad 21 del Servicio Penitenciario Federal. El imputado era portador de HIV y sufría, entre otras cuestiones, de insuficiencia renal e infección respiratoria. Su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria por considerar que su permanencia en un establecimiento penitenciario le impedía tratar de manera adecuada su cuadro. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, profundizó su planteo y señaló que su asistido se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. El Servicio Penitenciario Federal elaboró un listado de personas en situación de riesgo de contagio en la cual lo incluyó. A su turno, la fiscalía dictaminó de forma favorable al pedido. |
3-abr-2020 | Recomendación VIII/20 | El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró que el coronavirus era una pandemia. Luego fue declarada la emergencia sanitaria a través del DNU 260/2020 y fueron publicadas diversas reglamentaciones y recomendaciones a nivel nacional e internacional con el fin de evitar la propagación del virus COVID 19. En ese contexto el Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles se reunió con el objeto de efectuar recomendaciones para la protección de la población privada de la libertad y para que se evaluara la viabilidad de las medidas alternativas o morigeradas del encierro. |
1-abr-2020 | Cordoba (causa N° 95295) | Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo en grado de tentativa. El hecho fue cometido en un comercio donde había varias personas. La defensa requirió su excarcelación. El juzgado rechazó el planteo y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para decidir de esa manera tuvo en consideración la posibilidad de que el imputado amedrentara a los testigos y entorpeciera la investigación. El hombre poseía antecedentes condenatorios y se encontraba alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza. Además, no sabía si era portador de HIV. De confirmarse el diagnóstico, iba a pertenecer al grupo de riesgo frente al COVID-19. Por otra parte, su madre tenía 82 años, vivía sola y no podía salir de su casa. Frente a la situación de emergencia sanitaria, la mujer requería la presencia de su hijo para asegurarse la provisión de alimentos y medicamentos. Por esa razón, la defensa reiteró el pedido de excarcelación. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido por considerar que, en caso de recaer sentencia condenatoria, la pena sería de efectivo cumplimiento en función de los antecedentes condenatorios. |
27-mar-2020 | Colman (causa n°10014) | Una mujer que tenía asma, diabetes e hipertensión arterial se encontraba detenida en un Complejo Penitenciario Federal. Ante la declaración del Coronavirus como pandemia, el SPF elaboró un listado de personas en situación de riesgo de contagio e incluyó a la mujer. Su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliara en atención a sus problemas de salud y ante el riesgo de contagio del virus. El Tribunal Oral rechazó el pedido por considerar que el establecimiento poseía las herramientas para contrarrestar las eventuales complicaciones de salud de la mujer. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación consideró, entre otras cuestiones, que la decisión vulneraba el derecho a la salud de su asistida y los principios pro homine y de humanidad de las penas. |
19-mar-2020 | Ale (causa N° 29049) | Un hombre de 64 años se encontraba imputado por delitos de lesa humanidad y detenido en la Unidad Nº 34 de Campo de Mayo. El hombre tenía, entre otras afecciones, hipertensión crónica y miocardiopatía dilatada severa que le configuraba una invalidez del 70%. Su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El juzgado lo rechazó y la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la decisión. Para decidir de ese modo tuvieron en consideración la gravedad de los hechos y el riesgo de entorpecimiento de la investigación. El 17 de marzo de 2020 el imputado requirió su excarcelación y, de modo subsidiario, que se le otorgara la prisión domiciliaria. En su presentación argumentó que había sido declarada la alerta epidemiológica del Coronavirus, que su cuadro lo colocaba dentro de las personas en situación de riesgo y que a fin de mes cumpliría los 65 años. |
13-mar-2020 | Acordada 3.20 CFCP | El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró que el coronavirus era una pandemia. Por tal razón, la Cámara Federal de Casación Penal advirtió sobre los riesgos que corren las personas privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios. |
7-nov-2018 | Osuna (causa N° 2469) | En abril del 2013 una persona fue condenada por un tribu-nal a la pena de nueve años y seis meses de prisión (causa N° 2469). En junio del mismo año otro tribunal la condenó a la pena de seis años de prisión (causa N° 327). Además, fijó una pena única de ocho años de prisión, comprensiva de una condena anterior de cuatro años y once meses de pri-sión impuesta por otro tribunal (causa N° 1107). En diciembre del 2014 el tribunal de la causa N° 2469 dictó la pena única de dieciséis años de prisión, comprensiva de todas las anteriores. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala II de la CFCP anuló la resolución y dispuso que se sorteara un nuevo tribunal para que, previa audiencia con las partes, determinara la pena a imponer. En ese proceso la fiscalía solicitó que se le impusiera una pena única de quince años de prisión. Por su parte, la defensa pidió que se determinara según el mínimo legal previsto. |
12-abr-2018 | MPE y otras (causa Nº 52019312) (CFCP) | Tres personas habían sido imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual. M. era el dueño del local y controlaba la actividad. Su esposa, G., ejercía la vigilancia de las mujeres y coordinaba algunas cuestiones del prostíbulo. C. era empleada del local, atendía la barra y se quedaba con un porcentaje de las “copas” y los “pases” que luego rendía a M. Las víctimas refirieron que funcionarios municipales acudían de manera frecuente al local y solicitaban la exhibición de sus libretas sanitarias. Además señalaron que, durante las inspecciones, los agentes las trataban de manera humillante. Una de las víctimas constituida en querellante reclamó daños y perjuicios por la afectación física, psíquica y moral producida por el accionar de los imputados. Asimismo, demandó a la Municipalidad de Ushuaia como responsable solidaria por la autorización de funcionamiento del local y omisión de control. El TOF de Tierra del Fuego condenó a M. como autor del delito de trata de personas agravado por la pluralidad de víctimas, a la pena de 7 años de prisión. Asimismo, condenó a las imputadas como partícipes secundarias de ese delito, a la pena de 3 años de prisión en suspenso. En esa línea, declaró a M., su esposa y la Municipalidad de Ushuaia responsables solidarios por los daños civiles causados. Por último, dispuso la entrega de dinero al Programa de Asistencia a Víctimas del delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Los bienes decomisados fueron puestos a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los términos de la acordada N° 32/2009. Contra esa sentencia, las defensas, el Ministerio Público Fiscal y la querella –representada por el Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación– interpusieron recursos de casación. En su presentación, la querella impugnó el grado de participación asignado a las imputadas. Además, cuestionó el destino de los bienes decomisados y, en tal sentido, consideró que se había realizado una errónea interpretación del artículo 23 del Código Penal. |