Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 11-20 de 297.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
23-ago-2023AAP (Causa Nº 61535)Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus siete hijos. Seis eran personas menores de edad y uno de ellos tenía una discapacidad intelectual. En ese contexto, la familia vivía en una unidad habitacional que estaba en proceso de construcción y tenía deficiencias estructurales. Además, la mujer había sufrido violencia de género por parte de su ex pareja, estaba desempleada y no recibía la ayuda económica de ninguno de los padres de sus hijos. En consecuencia, la mujer percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) en favor de sus hijos, que le permitía sostener la economía del hogar. Asimismo, su hijo mayor colaborada con trabajos informales que realizaba como albañil. Ante esa situación, la mujer solicitó a la ANSES, mediante correo electrónico, que le otorgara la Pensión no Contributiva para Madre de Siete o más Hijos. No obstante, la administración no respondió su pedido. Por ese motivo, la mujer con la representación de la Defensoría Pública de Morón¬, interpuso una acción de amparo. Entre sus argumentos, destacó que las dos prestaciones no eran incompatibles dado que tenían destinatarios distintos. A su vez, solicitó que se dictara una medida cautelar para el cobro inmediato de la pensión debido a la situación de vulnerabilidad en la que vivían. En esa oportunidad, intervino la defensora pública coadyuvante en carácter de representante complementaria de los niños. Por su parte, la ANSES pidió que se rechazara la acción. En su presentación, manifestó que la mujer no había iniciado ningún trámite y que había utilizado canales informales de comunicación que no estaban habilitados por la entidad. Asimismo, sostuvo la regla de la incompatibilidad entre las prestaciones sociales. El juzgado no hizo lugar al reclamo. Para decidir así, consideró que no procedía la vía del amparo dado que no se había configurado el silencio de la administración. Agregó que el trámite debió haber sido realizado de manera presencial. Por esa razón, la mujer interpuso un recurso de apelación.
18-may-2023Vega Martínez (causa N° 197)La mañana del 30 de diciembre del 2017, cuatro hombres buscaron a un individuo con el que habían tenido una discusión en la intersección de dos calles de un barrio de emergencia. Al verlo, uno de ellos le disparó con un arma de fuego y, de manera posterior, los otros tres realizaron la misma acción contra el damnificado y otras personas que se hallaban en el lugar. El hombre que recibió el primer disparó falleció y otras cuatro personas resultaron heridas con lesiones leves y graves. Por estos hechos, el tribunal oral interviniente condenó a los cuatro hombres a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por haber sido cometido con el concurso premeditado de más de dos personas en concurso real con los delitos de lesiones leves y lesiones graves, todas ellas agravadas por ser cometidas para facilitar y asegurar el resultado del homicidio procurando su impunidad y, a su vez, por la comisión mediante un arma de fuego. Contra esa decisión, las defensas de los hombres imputados interpusieron recursos de casación. Entre otras cuestiones, plantearon que no era suficiente la actuación de una pluralidad de sujetos activos en un hecho para calificarlo como homicidio agravado, en los términos del artículo 80 inciso 6 del Código Penal. Asimismo, agregaron que no se pudo determinar que los disparos efectuados al resto de los damnificados hubiesen tenido como fin asegurar la fuga de los imputados, por lo cual impugnaron la aplicación del agravante previsto en el artículo 80 inciso 7 del Código Penal.
18-may-2023Rojas (Causa Nº 2528)En el marco de un control policial rutinario, efectivos advirtieron que un hombre que conducía un automóvil, al verlos, había cambiado el sentido de su circulación. Entonces, lo detuvieron y realizaron una requisa personal por la que encontraron que tenía en su poder dieciocho envoltorios con cincuenta gramos de marihuana. En el marco de la declaración indagatoria, el hombre manifestó que la sustancia era para consumo personal. Por su parte, la defensa planteó la nulidad de la detención y de la requisa. El juzgado interviniente rechazó el pedido y dictó su procesamiento por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Contra estas decisiones, la defensa interpuso un recurso de apelación.
21-abr-2023WNC (Causa N° 11919)Una mujer trabajaba como modelo profesional y era reconocida de forma pública. En esa época, comprobó que dos buscadores web la vinculaban con sitios que publicaban material pornográfico. Advirtió que, al escribir su nombre, arrojaban resultados que la enlazaban a portales de contenido sexual en los que se utilizaba su imagen. Por esa razón, la mujer solicitó una medida cautelar para que las empresas a cargo de los buscadores se abstuvieran de exhibir esos resultados y de incluir su imagen. El juzgado hizo lugar a la medida y ordenó notificar a ambas codemandadas. En la contestación, una de las empresas expuso que era imposible cumplir con la restricción impuesta porque era muy genérica y necesitaba saber con precisión qué contenido limitar en la búsqueda. Sin embargo, la compañía cumplió con la orden tres años después de haber sido notificada. Por su parte, la otra codemandada –luego de varias instancias de apelación– lo hizo seis años después. En ese marco, la mujer inició una demanda contra los buscadores y reclamó una indemnización. En su presentación, sostuvo que se habían afectado sus derechos al honor, al nombre, a la imagen, a la dignidad y a la intimidad. Luego, una de las empresas señaló que no existía responsabilidad ya que no tenía control sobre los contenidos. En ese sentido, planteó que su única función era brindar información de su existencia. Afirmó, además, que no había una regulación que obligara a implementar filtros ni un sistema operativo que pudiera identificar el contenido ofensivo. La otra accionada señaló que no se le podía exigir verificar si el contenido proporcionado por terceros era legal o verdadero. Sin embargo, el juzgado interviniente admitió el reclamo y ordenó el pago de una indemnización a la mujer. Para decidir de esa forma, tuvo en cuenta el cumplimiento tardío de la medida. Con posterioridad, las partes apelaron la decisión. En el caso de la mujer, indicó que el monto fijado en concepto de resarcimiento por daño moral era bajo y pidió que se elevara. En cuanto a las codemandadas, ambas reprocharon que se las considerara responsables del daño. Asimismo, una de ellas se quejó del monto indemnizatorio. Sobre ese aspecto, consideró que era más elevado que el peticionado y que resultaba desproporcionado porque su buscador tenía menos uso en comparación al de la otra demandada.
14-abr-2023Maurellio (causa N° 1026)Un hombre había sido condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de evasión tributaria doblemente agravado. Tiempo después, el tribunal interviniente dispuso su detención bajo la modalidad de arresto domiciliario. La defensa presentó informes de diversas dependencias en relación a las condiciones personales de su asistido y de su familia, compuesta por su esposa y dos hijos. De los documentos se desprendía la necesidad del hombre de generar ingresos para el sustento familiar. En ese contexto, la defensa solicitó una autorización para salir a realizar tareas laborales. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. En ese sentido, expuso que el condenado no se encontraba en condiciones de acceder al régimen de semi libertad por no cumplir con el requisito temporal establecido en la Ley de Ejecución Penal. Además, consideró que no se trataba de un “interno” en el sentido estricto por no encontrarse alojado en una unidad penitenciaria.
6-feb-2023FCA (Causa N° 71236)Un hombre y una mujer tuvieron una relación durante unos meses. En ese período, la mujer quedó embarazada y le informó a su pareja que podía ser el padre. Antes del nacimiento ambos se separaron. En 2017 la mujer dio a luz a una niña. Al año siguiente, el hombre se realizó un estudio genético que confirmó su paternidad. Sin embargo, la madre ya había inscripto a la niña como hija de otra pareja, con quien tenía hijos en común. En consecuencia, en 2021 el progenitor biológico inició una acción judicial a fin de impugnar el reconocimiento paterno que se había efectuado y reclamar su vínculo filial con la niña. Por su parte, el progenitor reconociente planteó que la acción había caducado con respecto al actor. Sobre ese aspecto, señaló que había transcurrido más de tres años desde el momento en que el accionante había tomado conocimiento de la paternidad, por lo que había transcurrido en exceso el plazo de un año que preveía el artículo 590 del Código Civil y Comercial de la Nación. No obstante, señaló que ello no afectaba el derecho a la identidad de la niña, ya que ella no tenía un plazo límite para reclamar. Asimismo, el demandado expresó que siempre se había ocupado de los cuidados y necesidades de la niña como un padre. También planteó que de manera subsidiaria se admitiera la triple filiación debido a que no quería perder el vínculo con su hija. En ese sentido, solicitó se declarara la inconstitucionalidad de la última parte del artículo 558 del Código que prohibía a las personas tener más de dos vínculos filiales. A su vez, la progenitora solicitó que se celebrara una audiencia para que ambos progenitores pudieran llegar a un acuerdo sobre sus pretensiones. Por último, la jueza interviniente entrevistó a la niña, quien refirió que sentía afecto por sus dos padres y que conocía su realidad familiar.
1-feb-2023Bulacio (causa N° 13215)Una persona había sido detenida e imputada por una infracción a la Ley de Estupefacientes. En ese momento, agentes policiales secuestraron plantas de cannabis y elementos relacionados a su siembra y consumo. Durante la instrucción, la defensa solicitó el sobreseimiento y la restitución de los bienes decomisados. El juzgado interviniente dictó el sobreseimiento. Sin embargo, ordenó la donación de los objetos. Una vez firme la sentencia, la defensa interpuso un recurso de reposición donde reiteró el pedido de devolución. En su presentación, sostuvo que la donación había implicado una arbitraria violación al derecho de la propiedad. El recurso fue rechazado. Contra esa decisión, la defensa presentó una queja.
28-dic-2022Varacalli (causa N° 801 y reg. N° 1820)Una mujer, su hijo de once años y su pareja fueron captados y acogidos con fines de explotación laboral por dos personas. Por ese hecho, fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, agravado por mediar engaño, por la cantidad de víctimas, por el abuso de su situación de vulnerabilidad, por haberse consumado la explotación y por haber sido cometido en perjuicio de un menor de edad. Las víctimas no se constituyeron como parte querellante en el proceso penal.; En la etapa de juicio oral, la defensa particular de las personas imputadas solicitó su sobreseimiento. Al contestar la vista, el representante del Ministerio Público Fiscal retiró la acusación. Entre sus argumentos, sostuvo que el hecho investigado no encuadraba en ninguna figura legal. Entonces, el tribunal oral las sobreseyó. Para decidir de esa manera, se basó en los lineamientos fijados en el precedente “Tarifeño” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese sentido, señaló que la víctima no constituida en parte querellante en el proceso carecía de la facultad de ejercer la acción penal conjunta o de manera alternativa con el Ministerio Público Fiscal. Por último, expresó que el fiscal había valorado de manera minuciosa los elementos probatorios reunidos durante la instrucción y había concluido que no se había configurado ninguna conducta delictiva.; La Defensoría Pública de Víctimas, en representación de la mujer, interpuso un recurso de casación contra la resolución que declaró el sobreseimiento. Entre otras cuestiones, argumentó que se había vulnerado el derecho de la víctima a ser oída con las debidas garantías. Además, expuso que se había violado el principio de preclusión cuando se dispuso el sobreseimiento de las personas imputadas por supuestos no habilitados por la ley procesal. Asimismo, refirió que se había omitido realizar el debido control jurisdiccional sobre el dictamen fiscal. Por último, indicó que la resolución impugnada había desconocido el derecho de la víctima a contar con la asistencia de la Defensoría Pública de Víctimas, por lo que afectó el debido proceso y el derecho de defensa en juicio de su asistida.
7-dic-2022PVA (Causa N° 158896)Un hombre se había desempeñado como chofer para una empresa de transporte de pasajeros durante diez años. En esa época, se encontraba en relación de dependencia. Luego, la empresa le propuso modificar las condiciones contractuales y desempeñarse como fletero para otra firma del mismo grupo societario. Para ello, el hombre debió renunciar a su anterior empleo e inscribirse como trabajador autónomo. De esa manera, la compañía encuadró la relación contractual bajo las reglas del derecho comercial y eludió así la normativa laboral. Sin embargo, el trabajador debía cumplir pautas estrictas de horarios e itinerarios fijados por la compañía y podía ser sancionado en caso de incumplimiento. Con posterioridad, el hombre falleció en un accidente de tránsito mientras realizaba tareas laborales. En consecuencia, sus familiares iniciaron el proceso sucesorio. En ese marco, fueron declarados herederos sus tres hijos –dos de ellos menores de edad– y su cónyuge, quien fue además designada administradora de la sucesión. En esa instancia, los herederos y la empresa realizaron dos acuerdos en los que recibieron sumas de dinero en virtud del fallecimiento del trabajador. Pese a ello, la cónyuge presentó una demanda en el fuero del trabajo contra la empresa y contra la aseguradora de riesgos de trabajo. En su presentación, solicitó que se reconociera la relación laboral de dependencia entre el hombre y la empresa y que se abonaran rubros contractuales pendientes de pago. A su vez, reclamó la indemnización por la muerte del trabajador dispuesta en la Ley de Contrato de Trabajo. Por último, la actora peticionó las indemnizaciones por el accidente de trabajo previstas en la Ley Nº 24.557 de Riesgos de Trabajo. En ese contexto, la empresa solicitó el rechazo de la demanda. Entre sus argumentos, sostuvo que el hombre se había desempeñado como contratista, por lo que no era una relación laboral de carácter dependiente. Asimismo, planteó la excepción de pago en base a los acuerdos que se habían celebrado con anterioridad. Por su parte, el tribunal rechazó la acción. Para decidir de esa manera, sostuvo que toda vez que el trabajador no había interpuesto en vida la acción para que se reconozca la relación de dependencia con la empresa, no era transmisible a sus herederos y éstos no tenían la capacidad procesal para iniciar ese reclamo. Contra esa decisión, la accionante interpuso un recurso extraordinario provincial. En esa oportunidad, expresó que la decisión desconocía que las normas laborales prohibían inferir la renuncia a partir del silencio del trabajador. Además, señaló que lo resuelto dejaba en situación de desprotección a la familia del trabajador. Por último, indicó que el juzgador había pasado por alto el artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo que preveía la presunción de la existencia de un contrato de trabajo y ponía en carga de la empresa demostrar que la relación no era de carácter dependiente.
6-dic-2022Toranzo Gil y otros (causa N° 15621)Entre 2016 y 2017, un grupo de personas produjo, distribuyó y comercializó productos con cannabis sativa para fines medicinales sin la inscripción en la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME). Por esos hechos, diez personas fueron imputadas por los delitos de comercialización de estupefacientes y confabulación, previstos en la ley N° 23.737. Dentro de las diez personas imputadas, se identificó que había tres que estaban a cargo de la administración y gestión del emprendimiento. En el marco del proceso se realizaron peritajes químicos sobre los productos secuestrados que demostraron que contenían CBD, CBN y pequeñas cantidades de THC. En junio de 2017, las diez personas fueron citadas a declaración indagatoria y en septiembre de 2022 el representante del Ministerio Público Fiscal requirió su elevación a juicio. En esa oportunidad, el juzgado interviniente recalificó los hechos imputados de las tres personas que estaban a cargo del emprendimiento como producción o fabricación ilegal de sustancias medicinales y los sobreseyó por extinción de la acción penal por prescripción. A su vez, sobreseyó a las otras siete personas por inexistencia de delito. Para resolver de esa manera, resaltó que no se había controvertido la naturaleza medicinal de los productos secuestrados. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de apelación en el que manifestó que los productos contenían THC y que del fin lucrativo que tenían las personas se podía inferir el dolo requerido por el tipo penal imputado. La alzada revocó la resolución y remitió las actuaciones al juzgado para que continuara con la investigación. Contra esa resolución, las defensas de dos de las personas imputadas interpusieron un recurso de casación que fue denegado, lo que motivó la presentación de recursos de queja.