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27-dic-2019Rodríguez (Causa Nº 22785)Un hombre descendió de un vehículo en la vía pública, le exhibió un arma de fuego a una mujer y le sustrajo su cartera. Luego volvió al auto e intentó fugarse. Unos minutos más tarde fue detenido por personal policial. En el vehículo se hallaron las pertenencias de la mujer y un arma cargada con cinco cartuchos de bala. El hombre fue imputado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego en concurso real con el de portación ilegítima de arma de guerra. Al efectuarse el peritaje del arma se utilizaron cartuchos pertenecientes a la División Balística de la policía. El informe se concluyó que el arma era apta para producir disparos aunque tenía un funcionamiento anormal porque, entre otras cuestiones, el seguro del martillo no funcionaba. El hombre fue condenado a la pena de siete años de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación planteó, entre otras cuestiones, que el peritaje no se había realizado con los cartuchos secuestrados. Por ese motivo, consideró que el hecho debía calificarse como robo con arma cuya aptitud para el disparo no había podido tenerse por acreditada.
19-dic-2019Berardi (Causa N°13450)Un hombre que se encontraba detenido en un complejo penitenciario cursó sus estudios primarios en un ciclo anual y realizó tres cursos de formación profesional. Dos de los cursos fueron anuales y uno bimestral, con una duración total de 196 horas. Entonces, su defensa solicitó la reducción de nueve meses en los plazos previstos para el avance en el régimen progresivo de la ejecución de la pena. El planteo consideró que por el ciclo de educación primaria debían acumularse los incisos a) y c) del artículo 140 de la Ley N° 24.660 y que correspondían dos meses por cada curso profesional. La fiscalía se opuso al requerimiento. El dictamen  consideró que sólo correspondía la reducción de dos meses por la finalización del nivel primario ya que los cursos profesionales no alcanzaban el mínimo de horas equivalentes a un curso anual. El Tribunal Oral hizo lugar a la aplicación del estímulo educativo y redujo en dos meses los plazos para su avance en la progresividad del régimen penitenciario. En ese sentido, rechazó la acumulación del inciso a) por el tránsito de un ciclo lectivo anual y descartó cualquier tipo de reducción por los cursos. Contra esa decisión el hombre interpuso un recurso de casación in pauperis que fue fundamentado por su defensa. En su presentación la defensa consideró, entre otras cuestiones, que el tribunal había realizado una errónea interpretación de la ley, opuesta a los principios de reinserción social, legalidad y pro homine. En particular, sostuvo que de su interpretación literal surgía que los plazos previstos por las normas eran acumulables. Asimismo, señaló que la ley no prevía un tiempo de duración determinado de los cursos profesionales. Por esos motivos, reiteró el pedido de reducción de nueve meses para el avance en el régimen de progresividad de la pena.
16-dic-2019GASB (causa Nº 19760)Una persona comenzó a participar activamente del movimiento LGBTIQ y comprendió que no se identificaba con el género que le fue asignado al nacer. Por ese motivo, solicitó al Registro Civil y Capacidad de las Personas de Ushuaia que se le modificara el nombre en la partida de nacimiento y su Documento Nacional de Identidad. Además, requirió que en el casillero correspondiente a “sexo” se consignara “identidad no binaria”. El registro emitió una disposición que negó la solicitud de acceder al cambio registral de su nombre y género porque estimó que no existía una normativa que contemplara la posibilidad de proceder de esa forma. En consecuencia, inició una acción de amparo y pidió que se cambiara el registro y se modificara la documentación de su hijo tanto en la partida de nacimiento como en su DNI.
12-dic-2019Bafaro (Causa Nº2442)Un hombre fue condenado a la pena de un año y nueve meses de prisión por el delito de robo agravado en grado de tentativa. En la unidad penitenciaria realizó diversos talleres y finalizó la escuela secundaria. Entonces, su defensa peticionó que los plazos de su detención se redujeran en cuatro meses por  aplicación del estímulo educativo. Además, solicitó su excarcelación en los términos de libertad condicional y agregó que, de concederse la petición, el imputado podía residir junto a su pareja. La fiscalía se expidió de modo favorable al planteo, aunque consideró que la concesión de la excarcelación debía supeditarse a la acreditación de la finalización de los estudios secundarios. Por último, la víctima expresó que si bien no le generaba temor la concesión del instituto deseaba que el imputado cumpliera en prisión la totalidad de su condena. En su presentación la defensa planteó, entre otras cuestiones, que el imputado había aprobado el nivel secundario, por lo que le correspondía la reducción por estímulo educativo. Además, al solicitar que se le concediera la excarcelación, aportó un domicilio donde podía residir con su pareja, destacó que registraba una conducta ejemplar y que no contaba con ninguna sanción disciplinaria.
6-dic-2019Cam Prado (Causa Nº 2591)Un hombre de nacionalidad peruana fue condenado en su país a la pena de cuatro años de prisión por el delito de homicidio culposo. Luego de vivir varios años en Argentina, Inició el trámite para regularizar su situación migratoria. En ese momento, había formado pareja, tenía una hija argentina menor de edad y un empleo. Sin embargo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) denegó la solicitud, declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión. Contra ese decisorio, con la representación de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, presentó un recurso en sede administrativa, que fue rechazado. Por ese motivo, el hombre interpuso un recurso directo. Entre otras cuestiones, alegó que se había afectado su derecho a la reunificación familiar así como el interés superior del niño. En primera instancia, el recurso fue rechazado. Por ese motivo, el hombre interpuso un recurso de apelación.
3-dic-2019Carbone (reg. Nº 3 y causa Nº 500000371)Una persona fue imputada por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y con la participación de una persona menor de edad. En la etapa de juicio la defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. En ese sentido, sostuvo que la pena mínima prevista para esa figura legal superaba los tres años de prisión. El Tribunal Oral concedió la probation. Para decidir de ese modo, consideró que no correspondía imponer la agravante prevista en el artículo 41 quater del Código Penal y que, en consecuencia, la escala penal aplicable al caso partiría de un mínimo de tres años de prisión y la concesión del instituto sería viable. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. La Sala III de la CNCCC confirmó la resolución. Entonces, la fiscalía interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley. La CNCCC fue convocada en acuerdo plenario a fin de determinar si para la evaluación de la procedencia de la probation los tribunales debían tomar como referencia la calificación legal sostenida por el Ministerio Público Fiscal en el requerimiento de elevación a juicio o si tenían autonomía para modificarla.
3-dic-2019Gago (Causa Nº3273)A través de una denuncia anónima se informó que en una vivienda se cultivaban plantas de marihuana. Entonces, personal policial realizó tareas de inteligencia e identificó al dueño del domicilio y al hombre encargado del cuidado de las plantas. El juzgado ordenó el allanamiento del lugar. En el procedimiento se secuestraron cincuenta y ocho plantas, ciento cincuenta y dos plantines, cuatrocientas cuarenta y dos semillas y un frasco con un cogollo. Además, el dueño del domicilio fue detenido. En sus pertenencias se halló un recipiente con restos de marihuana. Los hombres fueron imputados por el delito de siembra o cultivo de plantas y guarda de semillas utilizables para la producción de estupefacientes. En sus declaraciones indagatorias refirieron que la plantación estaba destinada a la producción de aceite medicinal para ellos y sus familias. En particular, uno de ellos señaló que padecía fuertes dolores de cabeza, que su hermano tenía problemas en la columna y su madre en una de las rodillas. El otro indicó que su madre tenía cáncer y que a él le dolía el cuerpo por un accidente automovilístico que había tenido. En tal sentido, aportó su historia clínica. En el análisis de sus teléfonos celulares se observaron conversaciones sobre cultivo de cannabis para la producción de aceite medicinal. En la audiencia de debate prestaron declaración testimonial sus familiares, quienes se expidieron en los mismos términos. La fiscalía sostuvo que aunque los imputados habían tenido una actitud altruista en la producción de aceite de cannabis con fines medicinales, no se encontraban autorizados para hacerlo. Por ese motivo, solicitó que los se condenase a la pena de cinco años de prisión. Por su parte, la defensa indicó que sus asistidos solo producían estupefacientes para su círculo íntimo. En tal sentido, ponderó que no había existido daño a persona alguna y que lo realizado se situaba dentro de su ámbito de privacidad. Por ese motivo, postuló su absolución.
3-dic-2019Bareiro (causa Nº 82946)Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo. Al momento de su detención se identificó de manera correcta y aportó un domicilio que fue constatado. El hombre registraba una sentencia condenatoria cuya pena había vencido. Su defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. La fiscalía se expidió de manera favorable al planteo. El juzgado lo rechazó. Para decidir de esa manera, consideró que el antecedente vedaba la posibilidad de que, en caso de recaer sentencia condenatoria, la pena fuera de ejecución condicional. En consecuencia, sostuvo que dicho elemento permitía suponer la intención del imputado de sustraerse del proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación la defensa sostuvo que la resolución impugnada violaba el principio acusatorio, puesto que el juzgado había rechazado la petición de excarcelación que contaba con dictamen favorable de la fiscalía. Además, sostuvo que la sola mención de los antecedentes condenatorios no autorizaba a presumir la existencia de riesgos procesales. En esa línea, señaló que la pena en expectativa no era un criterio suficiente para la justificación de la medida de coerción impuesta.
3-dic-2019Buenos Aires c/ Provincia De Santa Fe (Causa N° 528)La provincia de Buenos Aires inició una causa contra la provincia de Santa Fe en los términos del artículo 127 de la Constitución Nacional. En esa oportunidad, solicitó que se le prohibiera la ejecución de obras que alteraran las aguas de la laguna Picasa por la emergencia hídrica que había en la zona. El tribunal que intervino declaró que la queja debía ser resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tiempo después, las partes firmaron un convenio que suspendía los plazos procesales de la causa. Después de 10 años del pedido de suspensión, el Defensor del Pueblo denunció que los habitantes del noroeste bonaerense estaban sufriendo inundaciones desde principios de 2017 por el exceso de agua y solicitó que se llamara a una audiencia a las partes. En consecuencia, se celebró una audiencia pública. En 2018 intervino la CSJN y solicitó que las partes entregaran informes sobre los proyectos de obras, el control de los canales clandestinos y los programas de contingencias ambientales por las inundaciones que existían en la zona. De ese informe, no surgió controversias entre las partes.
29-nov-2019Esteche y otros (causa N° 46069)Luego de una persecución policial ante una denuncia de robo, un grupo de hombres fue detenido. El tribunal interviniente los condenó por resultar coautores del delito de robo agravado por la utilización de armas de fuego reiterado en cuatro oportunidades, en concurso real con otras figuras. Entre ellas, se encontraba la del delito de encubrimiento agravado por receptación dolosa y con ánimo de lucro en relación con dos de las armas incautadas. Frente a esto, las defensas presentaron respectivos recursos de casación. Dentro de los agravios, se cuestionó la calificación legal del encubrimiento y su agravante.