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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4743
Título : | Cam Prado (Causa Nº 2591) |
Fecha: | 6-dic-2019 |
Resumen : | Un hombre de nacionalidad peruana fue condenado en su país a la pena de cuatro años de prisión por el delito de homicidio culposo. Luego de vivir varios años en Argentina, Inició el trámite para regularizar su situación migratoria. En ese momento, había formado pareja, tenía una hija argentina menor de edad y un empleo. Sin embargo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) denegó la solicitud, declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión. Contra ese decisorio, con la representación de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, presentó un recurso en sede administrativa, que fue rechazado. Por ese motivo, el hombre interpuso un recurso directo. Entre otras cuestiones, alegó que se había afectado su derecho a la reunificación familiar así como el interés superior del niño. En primera instancia, el recurso fue rechazado. Por ese motivo, el hombre interpuso un recurso de apelación. |
Decisión: | La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar al recurso. Por lo tanto, revocó la sentencia de la anterior instancia (jueza Caputi y jueces Castineira y Marquez). |
Argumentos: | 1. Migrantes. Expulsión de extranjeros. Ley aplicable. Interpretación de la ley. “[S]e advierte que la expulsión fue decidida bajo el amparo de la Ley Nº 25.871 sin la modificación del decreto 70/17, norma de fondo que se encontraba vigente al momento del dictado de dicha sentencia penal, que reflejaba la valoración del legislador imperante en aquel momento (cfr. Esta Sala, ‘Jara González, Adriano c/ EN - DNM s/ Recurso Directo DNM’, causa nº 45641/18, del 29/5/19)...”. “En consecuencia de lo expuesto, se advierte que en el caso de marras no se configura el supuesto del artículo 29, inciso c) de la ley 25.871, en tanto –de conformidad con los criterios sentados por el Máximo Tribunal– el delito por el cual fue condenado el actor no posee una pena mínima en la legislación argentina prevista en tres o más años de prisión...”. |
Presentación de la Defensa: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4925 |
Tribunal : | Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II |
Voces: | EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS INTERPRETACIÓN DE LA LEY LEY APLICABLE MIGRANTES |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4741 https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/98 |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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