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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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6-sep-2024 | VBD (Causa Nº 14245) | Un hombre sufrió un accidente en el año 2011 que le produjo graves lesiones y una discapacidad psicofísica. Como consecuencia de ello, se inició un proceso de determinación de su capacidad jurídica en la ciudad de San Lorenzo, Santa Fe. En ese marco, se nombró a su progenitora como curadora provisoria. En ese marco, esta en representación de su hijo demandó por daños y perjuicios a los responsables del accidente en la jurisdicción de Necochea. Previo al dictado de la sentencia definitiva en el proceso de daños, la Asesora de Menores e Incapaces solicitó que se oficiara al juzgado de San Lorenzo en el que tramitaba la restricción de la capacidad jurídica para que informara el estado actual de ese expediente. Por su parte, el juez hizo lugar al pedido. Luego, se informó que el actor se había mudado a Necochea, por lo que iba a solicitar la remisión del expediente de restricción de la capacidad jurídica al fuero de familia de esa ciudad. En consecuencia, pidió la suspensión de plazos mientras realizaba el trámite. El juez lo tuvo presente, pero no se expidió con respecto a la suspensión de plazos. Un año después, uno de los demandados solicitó la caducidad de la instancia y el juez la decretó sin dar previa vista a la Asesora. |
5-sep-2024 | LVB (Causa N° 2024) | En el marco de un proceso de alimentos, se fijó una cuota a favor de una niña que debía abonar su progenitor. Sin embargo, el hombre nunca cumplió con el pago. Por ello, la madre de la niña solicitó la fijación de una cuota provisoria a cargo del tío paterno, por una suma equivalente al 20% de sus haberes, hasta tanto el padre cumpliera con su obligación. En su presentación, la actora explicó que vivía con su hija en una propiedad familiar y que trabajaba como empleada en una empresa de limpieza. Indicó que se encontraba en un estado económico desesperante, puesto que debía cubrir todos los gastos vinculados con la vivienda y con la crianza de la niña. Señaló que el progenitor no realizaba ningún aporte ni se ocupaba de las tareas de cuidado. Añadió que no conocía los ingresos del hombre y tampoco su situación laboral, porque no contaba con empleos registrados. A su vez, informó que la abuela paterna percibía una jubilación mínima. Por todos esos motivos, explicó que tuvo que accionar contra el tío paterno de su hija, quien trabajaba en relación de dependencia. A su turno, el demandado argumentó que no se habían agotado los medios para obligar a su hermano a pagar lo adeudado. En ese sentido, expuso que no se había respetado el orden establecido en el artículo 537 del Código Civil y Comercial de la Nación para el reclamo de alimentos entre parientes. Remarcó que su madre –abuela paterna de la niña– además de su jubilación tenía un empleo formal; en cambio, él sólo percibía un salario, con el que sostenía a su pareja y a sus dos hijos. En consecuencia, pidió que se rechazara la demanda. |
3-sep-2024 | Medidas razonables para el cumplimiento de la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental | El presente boletín recopila jurisprudencia nacional sobre medidas razonables para exigir el cumplimiento de la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental, conforme lo dispone el artículo 553 del CCyCN. |
3-sep-2024 | Tacunan Plaza (Causa N° 16733) | Una persona había denunciado el robo de su automóvil Citroën C3 blanco. Tiempo más tarde, personal policial identificó un vehículo similar en la vía pública. En ese contexto, se acercó al auto y advirtió que le faltaba la chapa patente delantera y solo contaba con la trasera. En ese marco, el oficial interviniente consultó el sistema y advirtió que la patente correspondía a una persona distinta a la que denunció el robo del automotor. En consecuencia, las fuerzas de seguridad esperaron a que el joven que manejaba el vehículo se acercara y cuando intentó abrirlo lo detuvieron. A continuación, requisaron al joven y al vehículo y encontraron dinero en efectivo, las llaves del auto y la documentación de la chapa patente. Luego, advirtieron que la patente había sido colocada y que correspondía a otro rodado con número de chasis y motor distinto al secuestrado. Además, identificaron que el detenido tenía antecedentes penales en el ámbito de la justicia penal juvenil. Durante la instrucción, confesó que sabía que el vehículo era robado y estaba muy arrepentido. Por esos hechos lo imputaron por el delito de encubrimiento. |
2-sep-2024 | AEE (Causa N° 61040) | Una mujer y sus dos hijos estaban afiliados a la obra social de su marido. Tras la muerte del hombre, su familia permaneció en la cobertura de salud de forma gratuita por tres meses. Luego, la mujer solicitó continuar con la afiliación mediante los aportes y contribuciones que le hubieran correspondido a su marido, como estaba regulado en la Ley N° 23.660. En consecuencia, la obra social le otorgó la afiliación en esos términos. Tiempo después, la mujer recibió la pensión por fallecimiento de su esposo y la obra social le informó que se daría de baja su afiliación por contar con otra prestación. Por ese motivo, la mujer pidió a la obra social que mantuviera las afiliaciones de sus hijos que no contaban con otra cobertura. En especial, requirió que se continuara con el tratamiento de uno de sus hijos que había sido diagnosticado con retardo de crecimiento intrauterino sin catch up. Hasta ese momento, la obra social había solventado la totalidad del tratamiento farmacológico para el niño. No obstante, la entidad de salud rechazó su pedido. En consecuencia, la mujer solicitó la asistencia de la defensa pública. En esa oportunidad, la defensoría reiteró el pedido a la obra social y obtuvieron una respuesta favorable. Con posterioridad, la obra social solicitó que se le enviara un oficio a la Superintendencia de Servicios de Salud para que informara si los niños debían inscribirse en la obra social de su madre. En ese marco, ante la negativa de la obra social de continuar con la afiliación, la mujer inició una acción de amparo. |
28-ago-2024 | Caso Hidalgo y otros v. Ecuador | Una persona intentó ingresar a una fiesta pública, pero los organizadores no lo permitieron. Luego, llegaron al lugar cuatro agentes policiales y, ante el intento de detenerlo, se inició un altercado. La persona se resistió y los agentes lo golpearon y arrastraron por la vía pública hasta la comisaría. El hermano de la persona arribó al lugar y encontró a su hermano ensangrentado, boca abajo, en el calabozo. Ante esa situación, mandó a llamar a un médico que le confirmó que su hermano había fallecido. El hecho fue investigado por la justicia local. En ese sentido, se tomaron declaraciones testimoniales y se designaron peritos. Sin embargo, el proceso duró diez años y, al momento de dictarse sentencia, la acción penal fue declarada prescripta. Esta decisión fue confirmada por la Corte Superior de Justicia de la jurisdicción. En simultáneo, la madre de la persona interpuso un recurso de amparo con el objetivo de que se declarara la responsabilidad del Estado ecuatoriano. De todos modos, el tribunal interviniente denegó la acción y, luego, el Tribunal Constitucional confirmó la decisión. |
27-ago-2024 | Delitos económicos y perspectiva de género | El uso de mujeres para llevar a cabo maniobras de delincuencia económica –en las que, en rigor de verdad, ellas no intervienen– es una práctica cada vez más extendida que requiere la debida atención. En ese contexto, este trabajo abordará las circunstancias en las que ello sucede. Asimismo, brindará un panorama sobre el concepto, reconocimiento y alcance de la perspectiva de género en nuestro país. |
27-ago-2024 | La maestra que no podía dar clases y los plazos de caducidad registral de las condenas | El presente artículo propone un análisis en torno a la razonabilidad de los plazos de caducidad registral de las sentencias condenatorias que dispone el Código Penal de la Nación (CP) en su artículo 51. |
26-ago-2024 | Ercoli (causa N° 2969) | Dos hombres intentaron apoderarse de dos plafones de luminaria de un cantero que eran propiedad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Por ese hecho, fueron imputados por el delito de robo simple en grado de tentativa. En la etapa de juicio oral, el tribunal le concedió a uno de ellos la suspensión de juicio a prueba por el plazo de un año. Sin embargo, frente a su incumplimiento, fue revocada y se lo declaró rebelde. Luego, ante su comparecencia espontánea su rebeldía fue dejada sin efecto. Respecto al otro sujeto, el tribunal oral admitió la propuesta de reparación integral que efectuó su defensoría y, con el consentimiento de la fiscalía, declaró extinguida la acción penal y dispuso su sobreseimiento. En ese momento, la defensa del primero hombre solicitó la aplicación extensiva de los efectos de la reparación integral producida. |
23-ago-2024 | ¿El engaño sexual es penalmente relevante? Reflexiones a propósito del fallo de la sala penal del tribunal supremo español en un caso de stealthing | El trabajo analiza la sentencia N° 603/20242 de la Sala Penal del Tribunal Supremo de España sobre un caso de stealthing. Con esta denominación se hace referencia a supuestos en los que se quita, rompe o no utiliza de una barrera de protección sexual externa (generalmente, preservativo o condón) sin el consentimiento del partenaire sexual. En este caso, la mayoría del tribunal entendió que se trató de un abuso sexual sin penetración, en base al contacto corporal distinto para el cual se prestó consentimiento. A lo largo del artículo, se expone de forma resumida el argumento del voto mayoritario del tribunal, junto con los fundamentos discrepantes de la minoría, referidos a la significancia criminal de determinados engaños. Por último, se presentan algunas consideraciones sobre los engaños en materia sexual y su criminalización. |