Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 841-850 de 4979.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
4-oct-2022Domínguez (causa N° 4777 y reg. N° 1356)Un hombre había librado cheques de pago diferido y luego ordenó que no se procediera a su pago. Por ese hecho, se le imputó el delito previsto en el inciso 3° del artículo 302 del Código Penal. En mayo de 2016, había sido citado en los términos del artículo 354 del Código Procesal Penal de la Nación. Luego, en 2018, su defensa solicitó la suspensión de juicio a prueba. El imputado reparó el daño a las personas damnificadas y ofreció realizar tareas comunitarias. En consecuencia, se convocó a una audiencia en la que la defensa instó la falta de acción en virtud del inciso 6° del artículo 59 del Código Penal. En ese sentido, sostuvo que se encontraba acreditada la reparación del daño. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el delito imputado también tutelaba la fe pública. Por esa razón, alegó que no alcanzaba con la reparación a las víctimas particulares y postuló la suspensión de la acción penal hasta que se cumplieran las tareas comunitarias. En marzo de ese año, el tribunal interviniente suspendió la acción penal por el término de un año y dispuso que el imputado realizara doscientas cuarenta y cuatro horas de tareas comunitarias. Además, indicó que una vez cumplidas correspondía evaluar la aplicación del artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. Por otra parte, declaró abstracto el tratamiento de la solicitud de suspensión del juicio a prueba. Sin embargo, ante la carencia de un instituto procesal que instrumentara la suspensión de la acción penal, recurrió por analogía al mecanismo previsto por el artículo 76 bis del Código Penal.; Durante 2019 y 2021, se intimó al imputado en cuatro oportunidades para que acreditara el cumplimiento de las tareas comunitarias sin que se obtuviera una respuesta. En febrero de 2022, el juez de ejecución penal entendió que debía analizar si se encontraba vigente la acción penal. En ese contexto, sostuvo que la prescripción de la acción penal había operado en el tiempo transcurrido desde la citación a juicio. Sobre ese aspecto, explicó que se había cumplido el plazo de cuatro años que surgía de la correlación entre el artículo 62, inciso 2° y el artículo 302, inciso 3°, del Código Penal, sin que se hubiera registrado alguna de las causales de suspensión o interrupción previstas por el artículo 67 del mismo cuerpo normativo. En consecuencia, sobreseyó a la persona imputada por extinción de la acción. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que la prescripción de la acción en casos de suspensión del trámite por conciliación o reparación integral estaba supeditada a que el imputado cumpliera ciertos requisitos. Así, entendió que en el caso la suspensión continuaba vigente porque el acusado no había realizado las tareas comunitarias.
4-oct-2022Corrado Soto (Causa N° 349)Un grupo de vecinos vivía en diferentes localidades de Mar Chiquita, provincia de Buenos Aires. Luego de advertir que los propietarios de inmuebles agrícolas realizaban el traslado y manipulación de residuos peligrosos cerca de sus localidades, decidieron iniciar una acción preventiva de daño ambiental. En esa oportunidad, solicitaron el resguardo del ambiente y la salud de las poblaciones que integraban esos territorios. Asimismo, solicitaron una medida cautelar. El juez local de Mar del Plata consideró que no era competente por el carácter interjurisdiccional de la acción. Para decidir así, tuvo en cuenta la eventual afectación que podría sufrir el Mar Argentino por los residuos peligrosos. Por su parte, el juez federal consideró que la causa no tenía carácter interjurisdiccional y rechazó la atribución de competencia. En consecuencia, se generó un conflicto de competencia entre los dos juzgados.
4-oct-2022Suárez (Causa n° 7459073)Una mujer embarazada se encontraba privada de su libertad. Entonces, solicitó que al momento del parto se le respetaran los derechos previstos en la Ley de Parto Respetado (ley N° 25.929). En particular, requirió ser acompañada por el padre de su bebé que también estaba privado de la libertad. La administración rechazó el pedido y la mujer parió sin que se le garantizaran los derechos previstos en la norma. Luego, presentó una acción de habeas corpus. Entre otras consideraciones, planteó que a algunas mujeres embarazadas alojadas en la unidad penitenciaria provincial se les habían colocado medidas de sujeción durante el preparto, parto y posparto. También señaló que no se les había respetado el derecho a ser acompañadas por personas de su elección y su confianza, que se les había impedido permanecer con su bebé recién nacido luego del alumbramiento y que personal penitenciario había presenciado todo el proceso asistencial. Por esas razones, la mujer requirió que se elaborara un protocolo para que las mujeres embarazadas en prisión pudieran acceder a los derechos previstos en la norma mencionada, así como los establecidos en la Ley de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia (ley N° 27.611). El juzgado de ejecución rechazó la acción de habeas corpus. Respecto del pedido de la mujer de ser acompañada durante el parto por el padre de su hija, el tribunal fundamentó su negativa en cuestiones de seguridad. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia hizo lugar al planteo y reenvió las actuaciones al tribunal de origen a fin de que dictase una nueva resolución.
4-oct-2022Medidas provisionales en el asunto 45 personas privadas de la libertad en 8 centros de detención respecto de NicaraguaDesde 2018, Nicaragua atraviesa una crisis política que ha derivado en actos de persecución, amenazas y hostigamientos contra opositores al gobierno. En ese contexto, cuarenta y cinco personas fueron detenidas en distintos centros penitenciarios. Varias de ellas denunciaron actos de maltrato, represalias y violencia por parte del personal penitenciario. Las personas permanecieron detenidas en condiciones insalubres y de hacinamiento, sin luz ni ventilación natural y bajo temperaturas extremas. Algunas alegaron que fueron sometidas a regímenes de aislamiento e incomunicación y que se restringió de forma arbitraria su régimen de visitas. Asimismo, muchas sostuvieron que no recibían atención médica ni alimentación adecuadas, por lo que su estado de salud había empeorado de forma notable. Ante esta situación, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó medidas cautelares en favor de las personas detenidas y solicitó al Estado que adoptara medidas efectivas para atender a su situación de riesgo. Sin embargo, Nicaragua no informó sobre el cumplimiento de las medidas. Por ese motivo, la Comisión presentó una solicitud de medidas provisionales ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
4-oct-2022Aristimuño (Causa N° 13654)En el marco de una investigación llevada adelante por la justicia de la provincia de Buenos Aires, un juez ordenó un allanamiento en un domicilio que resultó estar deshabitado. Por ese motivo, la fiscalía obtuvo una nueva dirección y la medida fue redireccionada allí. En ese lugar se encontraron sustancias estupefacientes y se inició una causa contra una persona por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado. La defensa requirió la nulidad del allanamiento durante los alegatos finales del juicio. El Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca declaró la nulidad del allanamiento y absolvió a la persona imputada. Contra esa resolución, la fiscalía presentó un recurso de casación.
4-oct-2022Méndez Vaca (causa N° 8631)Un grupo de mujeres fueron acusadas por el delito de transporte de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, las defensas de las mujeres imputadas se opusieron a la admisión como prueba documental de actas e informes policiales ofrecidos por la Fiscalía. Argumentaron que no eran prueba documental en sentido estricto sino que se trataba de testimonios documentados.
3-oct-2022Cusumano y otras (causa N° 39)Una mujer había denunciado a un integrante de la policía. En el marco de la investigación, el jefe de la dependencia policial citó a la novia de la denunciante a fin de tomarle declaración testimonial. La mujer fue atendida por una sargenta que comenzó a leer los términos de la denuncia formulada. En ese momento, interrumpió la lectura para afirmar que todo lo denunciado era verdad. Entonces, una cabo primera de la dependencia se incorporó de su asiento, le hizo comentarios humillantes y denigrantes, y la tomó del cabello. Luego de una discusión entre las tres personas, las policías colocaron a la mujer contra la pared dándole patadas y rodillazos en distintas partes del cuerpo. La damnificada intentó defenderse, quitó la mano de la cabo primera con la que sujetaba sus cabellos y le dobló uno de sus dedos. La agente la agredió de manera verbal en razón de su elección sexual. En ese contexto, el jefe de la dependencia les indicó a las policías que continuaran con la golpiza y le colocó a la denunciante esposas con los brazos para atrás. Luego la trasladaron a la guardia del hospital local para que fuera revisada por una médica y la llevaron de regreso a la comisaría. Allí, le dijeron que se quitara el buzo que vestía, le tironearon la remera hasta descoserla y la colocaron en su cuello hasta que le faltara el aire. En ese momento, fue trasladada al calabozo. Cinco horas y media después recuperó su libertad por directivas del representante del Ministerio Público Fiscal. Por esos hechos, los agentes policiales fueron imputados por el delito de privación abusiva de la libertad personal agravada por vejaciones.; En la etapa de juicio oral, la fiscal de cámara mantuvo la acusación. Se elaboraron dos informes psicológicos de la víctima que indicaron que su relato era veraz y que había padecido el hecho que se juzgaba. Por otra parte, las personas imputadas declararon durante el debate y brindaron versiones coincidentes. Relataron que la mujer había llegado enojada y había comenzado a agredirlas de manera verbal. Luego, expresaron que la declarante golpeó un escritorio y se abalanzó sobre la sargenta con intención de pegarle. Ambas funcionarias dijeron que se habían limitado a repeler las agresiones y tratar de calmarla, pero que lesionó el dedo de la cabo primera. Luego aclararon que la trasladaron hasta la zona del pasillo del calabozo y que hasta ese momento no había sido esposada. Precisaron que en ese momento había arribado el jefe de la dependencia, la tomó de la espalda y le dobló uno de sus brazos para atrás con el fin de ser esposada por las agentes.
3-oct-2022Escalera escalera (Causa N° 7420)Una mujer fue acusada por el delito de tentativa de contrabando de estupefacientes. En la audiencia de control de acusación, la defensa de la mujer imputada se opuso a la admisión como prueba documental de las actas de secuestro e informes policiales ofrecidos por la Fiscalía como prueba documental. Argumentó que regía el principio de oralidad conforme el art. 288 del CPPF y que no eran aplicables las previsiones del art. 289 del CPPF, porque eran pruebas que debían ser recreadas en el debate y porque incorporarlas como documental violaba los principios de contradicción e inmediatez.
oct-2022Medidas recíprocas: una práctica judicial inconstitucional. La violación de los principios de igualdad, de razonabilidad y de autonomía personal.El presente trabajo propone dar cuenta –de manera crítica– que, en el último tiempo, existió un aumento generalizado de medidas recíprocas en los procesos judiciales de violencia de género, aspecto que marca un retroceso respecto de diversos avances logrados –tanto en la justicia como en otros ámbitos–.
oct-2022El régimen de progresividad para las personas condenadas a prisión perpetua. Debates en la jurisprudenciaEn el presente trabajo se analizan diferentes aspectos de las reformas vinculadas a las penas a perpetuidad y los debates jurisprudenciales más relevantes. En primer lugar, se estudian diversos aspectos de las reformas legales que impusieron penas a perpetuidad. Luego, se abordan los estándares recientes elaborados por la jurisprudencia internacional. Finalmente, se abordarán algunos aspectos trabajados en el reciente fallo “Ibañez Benavidez” de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.