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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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10-may-2022 | Manzaba Cagua (Causa N° 49605) | Una mujer de nacionalidad ecuatoriana había sido condenada a una pena de dos años y seis meses de prisión por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. El juzgado interviniente hizo lugar a lo declarado por la Dirección Nacional de Migraciones. Contra esa decisión, la mujer -con la asistencia de la Comisión del Migrante- interpuso un recurso judicial. Entre sus argumentos, sostuvo que la condena impuesta no se encontraba contemplada dentro de las causales de expulsión del artículo 29, inciso c, de la ley N° 25.871. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar al recurso, revocó la sentencia y declaró la nulidad de las disposiciones impugnadas. Para decidir de esa manera, consideró que la condena no alcanzaba el mínimo de tres años que estabelecía el artículo 29, inciso c, de la ley N° 25.871. La Dirección Nacional de Migraciones interpuso un recurso extraordinario federal. En su presentación, destacó que el delito cometido pertenecía a una categoría especial y no requería un monto mínimo de pena. Sobre ese aspecto, señaló que la sentencia se apartaba de las normas aplicables al caso y resultaba arbitraria. A su vez, agregó que la decisión impedía el ejercicio de sus facultades discrecionales. |
5-may-2022 | González (Causa N° 104636) | Un hombre padecía cáncer nasofaríngeo de grado IV con metástasis pulmonar. Para su tratamiento un médico le prescribió el uso de cannabis medicinal. Por esa razón, tenía cuatro plantas de cannabis en su domicilio. Sin embargo, no se había inscripto en el registro del REPROCANN. En una oportunidad, una persona se apoderó de sus plantas y se inició una investigación motivada por el hurto. En el marco del proceso penal, el Ministerio Público Fiscal las retuvo. Ante esa situación, la representación de la víctima solicitó la restitución de las plantas. Sin embargo, el juzgado interviniente rechazó el pedido. Esa decisión fue apelada. Entonces, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín revocó la resolución y le ordenó al Ministerio Público Fiscal que restituyera las plantas de cannabis. Por su parte, la fiscalía interpuso un recurso de casación que, al ser denegado, originó la presentación de un recurso de queja. Entre otras cuestiones, sostuvo que la víctima de hurto no había cumplido con las disposiciones del decreto N° 738/17, que reglamentaba la ley N° 27.350 sobre Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados. En ese sentido, explicó que el damnificado no estaba autorizado para el autocultivo. Por otro lado, postuló que los tribunales penales no estaban habilitados para resolver problemas vinculados con el derecho a la salud. |
5-may-2022 | Villagra (causa N° 1988) | El 17 de enero de 2022 un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple. El imputado tenía antecedentes condenatorios, causas en trámite por delitos contra la propiedad, y figuraba con distintos nombres en el Registro Nacional de Reincidencia. Además, acreditó que se encontraba en situación de calle y ofreció el domicilio de una persona de su confianza que lo recibiría y el número de teléfono de su pareja. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Para decidir de esa manera, sostuvo que el arraigo que tenía era insuficiente para disipar el peligro de fuga, pues el acusado tenía antecedentes condenatorios y causas en trámite y estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia. Además, consideró que el tiempo de detención no era irrazonable y que las gravedad del hecho, la imputación y las circunstancias particulares del caso eran pautas objetivas que permitían presumir la existencia de peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación. Ante esta situación, su defensa interpuso un recurso de casación. |
5-may-2022 | Sánchez Villanueva (reg. N° 602 y causa N° 68377) | En abril de 2018, un joven había sido condenado por un tribunal oral de menores a la pena de cinco años y diez meses de prisión por el delito de homicidio. El hecho imputado había sido cometido cuando era menor de edad y su pena vencía en septiembre de 2022. En septiembre de 2020, cumplidos los requisitos temporales del artículo 13 del Código Penal, la defensa solicitó la incorporación de su asistido al régimen de la libertad condicional. La jueza interviniente rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la sentencia y reenvió las actuaciones para que se dictara un nuevo pronunciamiento. Luego, en abril de 2021, la defensa reiteró el pedido. Ante un nuevo rechazo de su solicitud, interpuso otro recurso de casación. Entonces, la Sala III de la CNCCC declaró nula la decisión y reenvió las actuaciones para que se dictara una nueva decisión. Entre otras cuestiones, advirtió un apartamiento infundado del dictamen favorable del Consejo Correccional y un análisis parcial del informe interdisciplinario de Ejecución Penal.; Luego, el joven fue trasladado a la Unidad N° 11 del Servicio Penitenciario Federal. En ese contexto, la jueza de ejecución interviniente solicitó un nuevo informe al Consejo Correccional. En esa oportunidad, la mayoría de sus integrantes se pronunció de manera desfavorable. En ese sentido, el presidente del órgano colegiado señaló que no se observaba un compromiso global del joven para adquirir herramientas que le permitieran una óptima reinserción social. En enero de 2022, la jueza rechazó otra vez el pedido de libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
4-may-2022 | Freire Posse (causa N° 32333) | Una mujer fue procesada con prisión preventiva por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con defraudación por desbaratamiento de derechos acordados en carácter de partícipe necesaria y estelionato cometido en veintiocho oportunidades en calidad de partícipe necesaria. La mujer aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y no registraba rebeldías. Por motivos de salud, fue detenida en modalidad domiciliaria. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido de excarcelación, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido. Entre otras cuestiones, sostuvo que la imputada, si bien contaba con un arraigo, poseía medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia. Asimismo, indicó que existía un claro indicador de riesgo de fuga ante una eventual condena que, por la gravedad de los hechos atribuidos, no podría ser dejada en suspenso. También señaló que existía peligro de entorpecimiento porque había imputados prófugos relevantes para la investigación y porque se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
4-may-2022 | Fernández (causa N° 12370) | Un hombre intentó sustraer de manera ilegítima un medidor de luz. Por este hecho, fue imputado y procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple en grado de tentativa. Al momento de su detención, si bien no se pudo constatar su domicilio, se identificó correctamente. El hombre registraba antecedentes penales agotados y no registraba rebeldías anteriores ni incumplimientos procesales. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido, por considerar que había un riesgo de fuga que justificaba la medida. En esa línea, explicó, por un lado, que la ausencia de un domicilio constatado en forma fehaciente demostraba lo incierto de su arraigo y, por el otro, que sus antecedentes condenatorios impedían que una eventual pena pueda ser dejada en suspenso y que incluso podría corresponderle una nueva declaración de reincidencia. Por ello, concluyó que eso permitía suponer que el acusado no cumpliría con las condiciones a las que podría sujetarse su libertad. Además, consideró que el tiempo de detención no era desproporcionado con relación al monto y la modalidad de la eventual sanción. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
4-may-2022 | Ceballos (causa N° 50698) | Un hombre había sido procesado por el delito de encubrimiento por receptación con ánimo de lucro. En la etapa de juicio oral, el imputado junto a su defensa celebró un acuerdo conciliatorio con la madre del presunto damnificado. Se corrió vista del acuerdo al representante del Ministerio Público Fiscal, que se opuso a su homologación. En su dictamen sostuvo que el sujeto pasivo del delito de encubrimiento era la administración pública, lo que hacía imposible que el proceso culminara con una conciliación entre particulares. Asimismo, afirmó que los artículos 25 y 30 del Código Procesal Penal Federal impedían a la fiscalía prescindir de la acción penal en delitos como el investigado. El tribunal oral, de manera unipersonal, rechazó la homologación del acuerdo. Para así decidir, se basó en los argumentos del fiscal. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, indicó que en los casos de conciliación la opinión del Ministerio Público Fiscal no resultaba vinculante. Así, explicó que en el caso, al tratarse de la receptación de un objeto robado con ánimo de lucro, debía preponderar el contenido económico del delito. Por último, remarcó que no se había convocado a una audiencia para escuchar a la persona imputada ni a la presunta víctima. |
4-may-2022 | Ramos (causa Nº 46568) | Una mujer fue detenida y luego procesada con prisión preventiva. Ella era madre de una niña de un año de edad. La defensa solicitó su detención en la modalidad domiciliaria. En el marco del proceso, el Equipo Psicosocial de la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica elaboró un informe que concluía que la imputada estaba en condiciones de ingresar al programa. A su vez, el Equipo interdisciplinario de la Defensoría General de la Nación y el titular de la Unidad Función para la Asistencia de menores indicaron que no había objeciones para que se haga lugar a la medida de detención domiciliaria. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 3 rechazó el pedido de la defensa. Para resolver tuvo en cuenta la gravedad de los hechos y la pena en expectativa que le podría corresponder. Asimismo, entendió que el manejo de la red social Facebook y el uso de dispositivos electrónicos para lograr desapoderar de dinero a la víctima mostraba que la imputada tenía un conocimiento que permitiría intimidar al damnificado y a testigos con el objeto de obstaculizar la realización del juicio oral. Además ponderó la opinión de la víctima, quien había señalado que la imputada o algún socio habían continuado comunicándose con ella y con sus familiares. También señaló que continuaba la investigación para determinar la existencia de otros damnificados y que la libertad de la imputada podía entorpecer el correcto avance del proceso. Finalmente, destacó que la hija menor de edad de la imputada se encontraba bajo la guarda de su abuela materna y que tiene hermanos mayores de edad que viven en ese lugar. Frente a esto, su defensa interpuso un recurso de casación. |
3-may-2022 | Herrera (Causa Nº 5153) | Luego del fallecimiento de su hermana, una mujer de la comunidad Wichi se había hecho cargo del cuidado de su sobrina adolescente y de la hija que su sobrina tenía. A partir de ese momento, la mujer comenzó el trámite de tutela de su sobrina ante el fuero de familia de Tartagal. Su grupo familiar era numeroso y su único recurso económico provenía de una pensión no contributiva. En ese marco, solicitó a la ANSES la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) a favor de su sobrina. Sin embargo, un agente de ANSES rechazó en forma verbal el pedido y le denegó el inicio del expediente administrativo para su obtención. Entre sus argumentos, señaló que no contaba con la sentencia de guarda. La mujer, con la asistencia de la Defensoría Federal, envió a la ANSES las constancias del expediente de tutela, pero no obtuvo respuesta. Por ese motivo, inició una acción de amparo contra el organismo. En su presentación, sostuvo que su hermana cobraba la referida asignación, por lo que la suspensión luego de su muerte era una conducta arbitraria que afectaba los derechos a la seguridad social de su sobrina. La ANSES se presentó y planteó que había cumplido en informar a la actora que debía acreditar la correspondiente sentencia de tutela para obtener la AUH. A su vez, agregó que no resultaba posible percibir ese beneficio y una pensión no contributiva de manera conjunta, según lo establecido por el artículo 9 del decreto 1602/2009 que incorporaba el subsistema no contributivo de asignación universal por hijo. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. En consecuencia, la amparista interpuso un recurso de apelación. |
3-may-2022 | Palacios | Luego de una discusión con su pareja, una mujer presentó quemaduras en su cuerpo y su novio solicitó auxilio médico para asistirla. Una vez en el hospital, la mujer indicó que el responsable de las lesiones había sido su pareja. Luego, la víctima se retractó y planteó que había sido ella la que se había autolesionado producto de un estado de intoxicación por consumo de sustancias estupefacientes y de alcohol. En la etapa de juicio oral, la fiscalía endilgó al hombre la responsabilidad por las lesiones y solicitó que se lo condenara por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género, en grado de tentativa. Por su parte, la defensa solicitó su absolución y ofreció, dentro de otras pruebas, el testimonio ofrecido por la víctima en el marco del debate oral. En ese sentido, la mujer reiteró su propia responsabilidad en las quemaduras. Además, agregó que el hombre había sido quien apagó el fuego en su cuerpo y solicitó la ayuda médica. Por último, la defensa ofreció como prueba el testimonio de las médicas del área de salud mental que atendieron a la víctima. Sobre ese aspecto, las profesionales indicaron el cuadro de la mujer al momento de los hechos y respaldaron que la víctima no había indicado que el hombre fuera responsable de los hechos. |