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FechaTítuloResumen
2-jul-2024Festa (causa n°35698)Un hombre fue condenado a la pena única de once años de prisión. Además, dado que registraba antecedentes condenatorios de cumplimiento efectivo, se mantuvo la declaración de reincidencia. Contra esa decisión, su defensa recurrió la condena. Al momento de cumplirse el plazo establecido por ley, la defensa solicitó su excarcelación en términos de libertad condicional. En esa oportunidad, la defensa aportó un domicilio e indicó que el hombre poseía vínculos que le iban a permitir estar en un ámbito contenedor. Asimismo, se acompañó un informe del organismo técnico criminológico por el cual se acreditó su buen desempeño en el ámbito penitenciario. El tribunal oral interviniente rechazó el pedido. Entre otras cuestiones, valoró la condición de reincidencia del imputado. Entonces, la defensa recurrió la decisión.
29-jun-2024Reynoso (Causa N° 80860)Entre el 16 y el 24 de junio de 2024, la Policía de la Ciudad de Buenos Aires realizó ciento veintiséis procedimientos policiales y detuvo a varias personas que se encontraban en situación de calle. Luego, las requisó y encontró cuchillos o tijeras entre sus pertenencias. En ese marco, secuestró los elementos cortopunzantes porque consideró que se trataban de armas no convencionales. El representante del Ministerio Público Fiscal de la CABA convalidó la actuación de los agentes y los informó al juzgado de turno a través de WhatsApp o por correo electrónico. Los informes describían de forma muy escueta las circunstancias en las que se habían realizado las intervenciones de las fuerzas de seguridad. Entre sus argumentos, el personal policial indicó que había detenido a personas que merodeaban por la calle o se encontraban con una actitud sospechosa. En consecuencia, el 19 de junio del mismo año la jueza de turno requirió a la fiscalía que remitiera las actas contravencionales y de secuestro labradas por la policía en un plazo de cuarenta y ocho horas, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Procedimiento Contravencional. Sin embargo, el 21 de junio la fiscalía presentó un recurso de aclaratoria. Allí, solicitó al juzgado que indicara en qué normativa se fundaba el pedido ya que comprendía que se había cumplido con lo indicado en el artículo 22 de la mencionada Ley cuando se informó sobre los operativos de los agentes de seguridad. El 24 de junio la jueza declaró inadmisible el planteo y reiteró el pedido de remisión de las actuaciones a fin de realizar un efectivo control judicial. Además, ordenó que se enviaran todas las actas de los procedimientos realizados con posterioridad al proveído del 19 de junio. A pesar de la orden impartida, la fiscalía no presentó las actas solicitadas.
26-jun-2024Bustamante Espinoza (causa N° 15846)Una persona se encontraba detenida en el marco de una causa penal. Su defensa solicitó la expulsión anticipada. En ese sentido, señaló que su grupo familiar se encontraba en estado de vulnerabilidad socio económica. A su vez, sostuvo que sus dos hijas se encontraban al cuidado de su progenitora, ex concubina, que sale a trabajar desde las cinco de la mañana hasta las diez de la noche. En ese sentido, indicó que el producto de las ventas no le alcanzaba para mantener a sus hijas y que, si bien estaban escolarizadas, acompañaban a la madre durante el tiempo de trabajo. De esa manera, solicitó que el penado que antes ayudaba a la manutención económica de las hijas pudiera hacerse cargo de ellas. Finalmente, sostuvo que existía disposición migratoria firme y consentida y no tenía sanciones disciplinarias. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal acompañó lo solicitado por la defensa.
26-jun-2024Romper el ciclo: terminar con la criminalización de las personas sin hogar y en situación de pobrezaEl Relator Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos presentó un informe vinculado a la criminalización de las personas sin hogar y en situación de pobreza. En el documento examina a nivel global la vulneración de diversos derechos humanos de las personas en situación de calle, sin hogar y en situación de pobreza.
24-jun-2024ARE c. Swiss Medical (Causa N° 1096)Una mujer, con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Grande, inició una acción de amparo. Como medida cautelar pidió que su cobertura privada de salud suspendiera los aumentos de la cuota dispuestos en virtud del DNU 70/2023. En ese marco, la demandada solicitó la citación del Estado Nacional como tercero, pero el juzgado lo rechazó. Para decidir así, consideró que la empresa de medicina prepaga no acreditó la manera en la que la sentencia podía beneficiar o afectar al Estado Nacional. Asimismo, sostuvo que si admitía en forma indiscriminada la citación de un tercero, se obligaba a la actora a aceptar la participación de un sujeto no incluido en el reclamo. Además, afirmó que la intervención de terceros no debía obstaculizar el procedimiento del amparo, que era simple, rápido y urgente. Contra esa decisión, la entidad de salud presentó un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que el Estado Nacional debía participar del proceso, dado que la acción promovida tenía como fin la declaración de inconstitucionalidad de dos artículos del DNU–dictado por el propio Estado Nacional– que modificaron el marco regulatorio de la medicina prepaga. Agregó que, si no se lo citaba, se afectaba el derecho de defensa del Estado Nacional. Por su parte, la actora solicitó el rechazo del recurso. En ese sentido, consideró que el Estado no tenía injerencia en la cuestión que motivó la acción de amparo, ya que la cobertura de salud la brindaba la empresa de medicina prepaga y no el Estado Nacional.
20-jun-2024Z v. República ChecaUna estudiante universitaria fue abusada sexualmente en reiteradas oportunidades por un sacerdote que era su profesor y director de tesis. La joven denunció los hechos ante las autoridades. En su denuncia, manifestó que el hombre se había aprovechado de su débil estado de salud, agravado por la reciente muerte de su padre. Además, ella estaba atravesando una situación de estrés postraumático por un abuso sexual anterior, sobre el cual él sabía. La mujer reconoció que durante los actos ella no se había opuesto de manera explícita por miedo, pero afirmó que sí le había dicho al hombre de forma posterior que no los consentía. La policía consideró que los hechos no constituían una violación porque el hombre no había recurrido a la violencia ni a amenazas, y la víctima no se encontraba imposibilitada para defenderse. Sobre este punto, remarcó que la mujer no se opuso a los actos sexuales en el momento sino de manera posterior. Además, concluyó que tampoco encuadraba como abuso sexual porque la mujer no se encontraba ‘bajo control’ del hombre, como lo requería el tipo penal vigente en República Checa. Así, decidió archivar la investigación por no configurar un delito. Contra esta decisión la mujer presentó los recursos judiciales correspondientes, sin éxito.
18-jun-2024Huilcamán Paillama y otros v. ChileLos pueblos indígenas en Chile, incluido el Pueblo Mapuche, enfrentan un problema histórico de discriminación sistemática y de falta de reconocimiento de tierras. Así surgió en 1990 Consejo de Todas las Tierras, una organización de la nación Mapuche cuyos objetivos incluían exteriorizar la presencia de un pueblo-nación Mapuche distinto al pueblo chileno y “reivindicar las tierras que le han sido usurpadas”. A principios de esa década, integrantes de la organización ocuparon diferentes inmuebles de manera pacífica como acto de protesta. En respuesta a ello, las fuerzas de seguridad desalojaron a las comunidades y las autoridades locales presentaron denuncias penales ante la justicia. Las autoridades judiciales calificaron desde un primer momento a la organización como una asociación ‘de carácter ilegal’. En sus declaraciones, los miembros de la comunidad explicaron que habían ingresado a los inmuebles para llamar la atención de las autoridades respecto de su reclamo territorial. El juez interviniente tomó estas declaraciones como confesiones sin tener en cuenta el reclamo social que motivó los actos. Un total de 133 personas fueron condenadas por estos hechos, principalmente bajo las figuras penales de usurpación y asociación ilícita.
15-jun-2024Chauqui (Causa N° 9126)Un grupo de personas fueron acusadas por el delito de secuestro extorsivo. En la audiencia de control de acusación, entre otras cosas, la defensa de unas de las personas cuestionó la admisión como prueba documental de las actas de procedimiento e informes policiales y solicitó que se admitieran solo para los fines indicados en el último párrafo del art. 289 del CPPF. También explicó que el video ofrecido por la Fiscalía que contenía el testimonio de una persona que declaró como “imputado colaborador” solo debía ser llevado a juicio como soporte para el examen y el contraexamen de esa persona, pero que no podía sustituir su declaración. Además, en esa oportunidad el fiscal ofreció nuevas pruebas que habían sido obtenidas poco antes de la audiencia. Precisó que en la vivienda colindante a la casa en la que habría estado cautiva la víctima del secuestro se había encontrado un arma, similar a la que se habría utilizado en el hecho, que no había sido descubierta antes porque la casa estaba en construcción y la obra estaba paralizada. Por su parte, las defensas se opusieron a que se admitiera la prueba nueva porque consideraron que era extemporánea. También en esa oportunidad, la fiscalía y el defensor público de víctimas solicitaron la declaración de una persona que había estado imputada por el hecho y que finalmente resultó sobreseída.
14-jun-2024Sentencia N° 603/2024Un varón y una mujer coordinaron un encuentro sexual. En ese marco, él le planteó que se estaba tratando por una infección en sus órganos genitales y ella accedió a tener relaciones con el uso de preservativo. Entonces, el varón simuló colocarse el profiláctico y, sin protección, tuvieron relaciones por vía vaginal. La mujer sospechó que él no tenía puesto el preservativo por lo que le demandó que parara, sin conseguirlo. Como consecuencia, la mujer fue contagiada de una bacteria por la cual requirió atención médica y la prescripción de medicación. Asimismo, atravesó una situación de ansiedad que requirió tratamiento de salud mental. Por estos hechos, la mujer lo denunció y el varón fue condenado como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal a la pena de cuatro años de prisión. Contra esa decisión, su defensa presentó un recurso de casación.
14-jun-2024Medanito S.A. (Causa N° 1470 y 1219)Una persona física y una jurídica fueron imputadas de haber omitido informar a través de la autopis-ta de información (AIF) la existencia de una causa penal en el país contra la firma y del allanamiento realizado en el marco en su sede social. Por esa razón, incumplió el deber de informar al público in-versor hechos relevantes. Asimismo, se les imputó no haber informado en forma debida la existencia de una causa penal contra la empresa en la ciudad de Nueva York. Por otra parte, tampoco había comunicado en forma debida la adquisición de otra empresa. Finalmente, se les imputó el presunto desvío de los fondos obtenidos a través de la colocación obligaciones negociables para cubrir el pago de la empresa adquirida, cuando en realidad estaban destinados a otros conceptos. Las conductas descriptas fueron calificadas dentro de lo previsto por el artículo 309 del Código Penal. En la etapa de juicio oral, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Por esa razón, se fijó fecha de audien-cia en los términos del artículo 293 del CPPN. La Comisión Nacional de Valores informó que no iba a participar. Durante la celebración de la audiencia, la representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la procedencia de la probation porque no resultaba razonable el monto ofrecido en concep-to de reparación del daño. Ante esa negativa, las partes analizaron otras alternativas y se pusieron de acuerdo para celebrar una nueva audiencia en los términos del artículo 59, inciso 6, del Código Penal. Luego, manifestaron que habían llegado a un acuerdo.