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Fecha | Título | Resumen |
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29-oct-2014 | B, T | La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la provincia de Buenos Aires, por medio de una resolución administrativa, resolvió dar de baja el beneficio de pensión oportunamente otorgado a la actora a raíz del fallecimiento de su primer esposo, quien fuera integrante de la Policía provincial. Ello, en razón de la denuncia de un nuevo matrimonio, por aplicación del art. 46, inc. a) del dec. ley 9538/1980. Por otro lado, el organismo provincial decidió formular un cargo deudor contra la actora por las sumas percibidas indebidamente. En virtud de ello, la beneficiaria interpuso recurso de revocatoria y planteó la inconstitucionalidad del art. 46 inc. "a" del dec. ley 9538/1980. Tras el rechazo en sede administrativa, la beneficiaria promovió demanda contencioso administrativa solicitando la anulación de la resolución por medio de la cual se dispuso dar de baja la cuota parte del beneficio pensionario. Asimismo, solicitó que se ordene a la demandada a rehabilitarla en el goce de la pensión y se le abonen los haberes devengados desde la suspensión, más intereses e imposición en costas. |
28-oct-2014 | Monteagudo Barro Roberto José Constantino c. BCRA. s. Reincorporación | En este caso, la Corte Suprema, por voto mayoritario de los ministros Fayt, Maqueda y Zaffaroni, confirmó lo decidido el a quo, que hizo lugar a la pretensión del actor y, por aplicación de la regla iuria curia novit, declaró nulo –por discriminatorio– el despido de un empleado. En consecuencia, la sentencia había ordenado la reinstalación del actor en su puesto de trabajo y el pago de los salarios caídos y otros conceptos salariales e indemnizatorios. Para así decidir, la Corte consideró que “…el principio de congruencia impone a los jueces y tribunales decidir de conformidad con los hechos y pretensiones deducidas (arts. 34, inc. 4° y 163, inc. 6° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Tal limitación sin embargo, infranqueable en el terreno fáctico (congruencia objetiva), no rige en el plano jurídico donde la fundamentación en derecho o la calificación jurídica efectuada por los litigantes no resulta vinculante para el juez a quien, en todos los casos, le corresponde ´decir el derecho´ (iuris dictio ó jurisdicción) de conformidad con la atribución iura curia novit”. Asimismo, el voto mayoritario entendió que “…los jueces –en el cumplimiento de su misión constitucional de conocer y decidir las causas contenciosas; art. 116 de la Carta Fundamental– tienen el deber de examinar autónomamente los hechos controvertidos para poder encuadrarlos en las disposiciones jurídicas que apropiadamente los rigen […] El ejercicio prudencial de tal atribución, por lo tanto, no configura una alteración del principio de congruencia […] Tal cometido, por lo demás, debe ser armonizado con la necesidad de acordar primacía a la verdad objetiva, considerada como una exigencia propia del adecuado servicio de la justicia que garantiza el art. 18 de la Constitución Nacional”. Por su parte, en el voto en disidencia de los ministros Lorenzetti y Highton de Nolasco se sostuvo que asistía razón al apelante, ya que el actor en ningún momento reclamó la nulidad del despido en virtud de su supuesto carácter discriminatorio. Por lo tanto, la institución demandada se había visto privada de controvertir esta nueva imputación, como de ofrecer y producir pruebas conducentes a esos fines. |
28-oct-2014 | Rodriguez, Maria Belen | la accionante inició una demanda de años y perjuicios contra Google Inc. –después ampliada contra Yahoo de Argentina SRL– en la que sostenía que se había procedido al uso comercial y no autorizado de su imagen y que, además, se habían avasallado sus derechos personalísimos al haberla vinculado a determinadas páginas de internet de contenido erótico y/o pornográfico. Pidió también el cese de dicho uso y la eliminación de las vinculaciones. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y consideró que las demandadas habían incurrido en negligencia culpable por no bloquear los contenidos. En consecuencia, condenó a Google a pagar $100.000 y a Yahoo $20.000 y dispuso la eliminación definitiva de las vinculaciones del nombre, imagen y fotografías de la actora con sitios y actividades de contenido sexual, erótico y/o pornográfico. El fallo de grado es apelado por todas las partes. |
28-oct-2014 | Rodriguez, María Belén c. Google Inc. s. daños y perjuicios | En este caso, la accionante inició una demanda de años y perjuicios contra Google Inc. –después ampliada contra Yahoo de Argentina SRL– en la que sostenía que se había procedido al uso comercial y no autorizado de su imagen y que, además, se habían avasallado sus derechos personalísimos al haberla vinculado a determinadas páginas de internet de contenido erótico y/o pornográfico. Pidió también el cese de dicho uso y la eliminación de las vinculaciones. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y consideró que las demandadas habían incurrido en negligencia culpable por no bloquear los contenidos. En consecuencia, condenó a Google a pagar $100.000 y a Yahoo $20.000 y dispuso la eliminación definitiva de las vinculaciones del nombre, imagen y fotografías de la actora con sitios y actividades de contenido sexual, erótico y/o pornográfico. Apelado el fallo de grado por todas las partes, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil lo revocó parcialmente. La sentencia de segunda instancia encuadró el reclamo en el ámbito de la responsabilidad subjetiva; rechazó la demanda contra Yahoo y la admitió contra Google; redujo –en el último caso– la indemnización a la suma de $50.000; y dejó sin efecto la orden de eliminación de las vinculaciones. Ambas partes interpusieron recursos extraordinarios. Finalmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda en todas sus partes. |
28-oct-2014 | Acosta Jorge Eduardo c. Estado Nacional ANSES - Dictamen PGN | La Sala 1 de la Cámara Federal de la Seguridad Social había revocado la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, hizo lugar a la acción de amparo entablada por el actor a fin de que se deje sin efecto la suspensión preventiva del pago de la pensión honorífica de veterano de guerra del Atlántico Sur (otorgada en los términos de la ley 23.848 y sus modificatorias) y se le abonen las sumas retroactivas adeudadas. La Administración Nacional de la Seguridad Social dedujo el recurso extraordinario. |
27-oct-2014 | VAL, Alejandro | La defensa interpuso recurso de casación contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de la CABA que resolvió no hacer lugar al levantamiento de las medidas cautelares respecto de su asistido. La medida cautelar, consistente en el embargo de un departamento y cuatro obras de arte por un millón de pesos, fue mantenida por casi diez años a pesar de que el imputado fue absuelto. La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y anuló la resolución recurrida. |
24-oct-2014 | S, AA c. S, R | En este caso, una mujer inició una demanda para que se revoque o se declare nula la adopción plena otorgada en el año 1985 en relación a su persona. A su vez, solicitó que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 323 y 335 del C.Civ. en tanto el primero dispone la irrevocabilidad de la adopción plena y el segundo establece –únicamente– causales de revocación respecto de la adopción simple. La accionante señaló que, en la etapa de la preadolescencia, fue víctima de abuso sexual por parte de su progenitor adoptivo. Cuando tenía 18 años, con el fallecimiento de aquél, decidió irse de la casa adoptiva. A partir de ese momento, reconstruyó los vínculos con su familia biológica, que la ayudó a recuperarse de las situaciones que vivió. |
24-oct-2014 | B, NJ | Una persona había sido imputada por las lesiones culposas ocurridas en un accidente de tránsito. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, la fiscal se opuso a la concesión del instituto. Para llegar a esa conclusión, consideró que, para otorgar la probation, el acusado debía ofrecer el pago del mínimo de la multa y su autoinhabilitación. Por otra parte, la querella estimó que la suma ofrecida por el imputado resultaba irrisoria. En consecuencia, el juzgado rechazó la solicitud. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
23-oct-2014 | Ortega, Jorge Carlos | La defensa de un médico condenado por el delito de homicidio culposo interpuso un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Oral que lo condenó a la pena de dos años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina. Dicha condena tuvo lugar en razón del fallecimiento de una paciente, supuestamente, a partir de la demora en adoptar la decisión intervenirla quirúrgicamente. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y absolvió al imputado. |
23-oct-2014 | D, JH | La defensoría interpuso recurso de apelación contra la resolución del Juzgado en lo Correccional Nº 14 de la CABA por la que se procesó e inhabilitó al imputado cautelarmente para conducir todo tipo de vehículo automotor durante tres meses o hasta que aprobara los exámenes del curso de la escuela especializada en vialidad de la Secretaría de Transportes de la Nación. La Sala 6 de la Cámara de Apelaciones revocó la inhabilitación. |