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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 14-jun-2016 | A., I. y otros | En el presente caso, varias personas habían utilizado pasaportes falsos para ingresar al país. El juzgado de instrucción elevó la causa a juicio por el delito de uso de documento falso destinado a acreditar la identidad de las personas. Ello, pese a que se encontraba pendiente de resolución el pedido de reconocimiento de la condición de refugiados de los individuos implicados en el proceso. Con posterioridad, la Comisión Nacional para los Refugiados hizo lugar al pedido en cuestión. En virtud de ello, la defensa solicitó el sobreseimiento de sus representados por aplicación del art. 40 de la ley 26.165. Dicha norma establece que “…no se impondrán sanciones penales ni administrativas al solicitante de la condición de refugiado por motivo de ingreso ilegal al país, a condición de que se presente sin demora a las autoridades y alegue causa justificada de su ingreso o permanencia ilegal”. |
| 14-jun-2016 | SAC (Causa Nº 35.41) | SAC inició una información sumaria para conseguir una declaración de idoneidad genérica para iniciar los trámites de adopción internacional y un compromiso documentado de seguimiento de integración postadopción, para el caso de que le fuera otorgada. El juzgado de primera instancia admitió parcialmente la información sumaria y desestimó el compromiso de seguimiento. Contra esa resolución, la pretensa adoptante interpuso un recurso de apelación. |
| 14-jun-2016 | Aldeguer Tomás v. España | Un ciudadano español requirió una pensión de viudedad después de la muerte de su compañero. Ambos habían tenido una relación marital de hecho. La solicitud fue rechazada debido a que no estaban casados y, en consecuencia, no se podía considerar la existencia de un “cónyuge superviviente” en los términos del artículo 174.1 de la Ley General de la Seguridad Social. La legislación española les había impedido casarse mientras vivieron juntos. Sin embargo, tres años después de la muerte del compañero de Aldeguer, la legislación española posibilitó el matrimonio entre personas del mismo sexo (ley Nº 13/2005). Dicha normativa suprimió la distinción que existía hasta ese momento en torno al derecho a casarse de las parejas homosexuales y las heterosexuales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no reconoció el carácter retroactivo de la ley Nº 13/2005 con relación al derecho a obtener una pensión de viudedad. Eso, a diferencia de lo que había acontecido con la aplicación de ley Nº 30/1981 –que aludía a la situación de las parejas de hecho heterosexuales– que contenía una cláusula de retroactividad. |
| 13-jun-2016 | López, César Ángel | El Tribunal Oral condenó al imputado a una pena de prisión en el marco de un acuerdo de juicio abreviado. A su vez, lo declaró reincidente. Ello, pese a que esta última proposición no había sido incluida en el acuerdo. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |
| 11-jun-2016 | Bautista, Sebastián | El Tribunal Oral, por mayoría, había condenado a una persona en el marco de un acuerdo de juicio abreviado a la pena de cinco años y seis meses de prisión por el delito de tentativa de robo con arma de fuego, en concurso con portación de arma de guerra. Adicionalmente, la había declarado reincidente. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación. Se impugnó por esa vía la declaración de reincidencia y la graduación de la pena impuesta. |
| 10-jun-2016 | Arancibia (Causa N° 45565) | Una persona había sido condenada a una pena de once años y seis meses de prisión. Durante su detención, la defensa planteó la inconstitucionalidad del artículo 56 bis de la ley 24.660 y solicitó su incorporación al régimen de salidas transitorias. El juzgado de ejecución penal interviniente no hizo lugar a la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 7-jun-2016 | Constantino, Eduardo Francisco c. ANSeS | Se generó una contienda negativa de competencia entre la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán y la Cámara Federal de la Seguridad Social, en el marco de un proceso de ejecución de sentencia de reajuste previsional. |
| 7-jun-2016 | Agüeros, Carlos Adolfo y otro c. Espósito, Mario Alberto | En el marco de un expediente sobre ejecución hipotecaria, el juzgado de primera instancia declaró que las previsiones de los artículos 34 y 35 de la ley 22.232 –referidas a la protección de la vivienda– eran inoponibles al embargo y a la subasta del inmueble. La Sala C de la Cámara Nacional en lo Comercial confirmó lo resuelto por considerar que el destino del inmueble había cambiado puesto que el demandado ya no residía en él sino que lo alquilaba. El accionado interpuso recurso extraordinario federal contra esa decisión. El recurrente alegó que la sentencia vulneraba la defensa del bien de familia y el acceso a una vivienda digna al desconocer la protección establecida en los artículos 34 y 35 de la ley 22.232. |
| 6-jun-2016 | AMR | El tribunal había concedido la suspensión del juicio a prueba en favor de la imputada en marzo de 2012. En este marco, M. se comprometió a realizar tareas comunitarias. Sin embargo, en 2014, el juez de ejecución penal constató que la nombrada no había cumplido con esa imposición y, en 2016, el tribunal revocó la probation. La defensa solicitó que se deje sin efecto la revocación y se declaren inexigibles las tareas comunitarias. Ello, en razón de que su representada había tenido que mudar de domicilio en diversas ocasiones por haber sido víctima de violencia de género de parte de su ex pareja. |
| 6-jun-2016 | Olmedo (Causa Nº 91001200) | Una persona que se encontraba detenida solicitó que se lo incorporara al régimen de semilibertad conforme al artículo 23 de la ley Nº 24.660 a fin de desempeñar, de lunes a sábado, tareas de albañilería en relación de dependencia. Entonces, aportó los datos del empleador y el contrato laboral. Al momento de realizar este pedido, la persona estaba incorporada al período de prueba, tenía conducta “ejemplar-10” y concepto “muy bueno-7”. El servicio criminológico de la Unidad Penitenciaria se expidió de forma positiva respecto de la posibilidad de desarrollar una tarea laboral extramuros. El Consejo Correccional del Complejo también se expidió de manera favorable. Al momento de correr la vista al Fiscal, no se objetó el otorgamiento. |
