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Fecha | Título | Resumen |
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14-jun-2016 | Aldeguer Tomás v. España | Un ciudadano español requirió una pensión de viudedad después de la muerte de su compañero. Ambos habían tenido una relación marital de hecho. La solicitud fue rechazada debido a que no estaban casados y, en consecuencia, no se podía considerar la existencia de un “cónyuge superviviente” en los términos del artículo 174.1 de la Ley General de la Seguridad Social. La legislación española les había impedido casarse mientras vivieron juntos. Sin embargo, tres años después de la muerte del compañero de Aldeguer, la legislación española posibilitó el matrimonio entre personas del mismo sexo (ley Nº 13/2005). Dicha normativa suprimió la distinción que existía hasta ese momento en torno al derecho a casarse de las parejas homosexuales y las heterosexuales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no reconoció el carácter retroactivo de la ley Nº 13/2005 con relación al derecho a obtener una pensión de viudedad. Eso, a diferencia de lo que había acontecido con la aplicación de ley Nº 30/1981 –que aludía a la situación de las parejas de hecho heterosexuales– que contenía una cláusula de retroactividad. |
13-jun-2016 | López, César Ángel | El Tribunal Oral condenó al imputado a una pena de prisión en el marco de un acuerdo de juicio abreviado. A su vez, lo declaró reincidente. Ello, pese a que esta última proposición no había sido incluida en el acuerdo. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |
11-jun-2016 | Bautista, Sebastián | El Tribunal Oral, por mayoría, había condenado a una persona en el marco de un acuerdo de juicio abreviado a la pena de cinco años y seis meses de prisión por el delito de tentativa de robo con arma de fuego, en concurso con portación de arma de guerra. Adicionalmente, la había declarado reincidente. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación. Se impugnó por esa vía la declaración de reincidencia y la graduación de la pena impuesta. |
10-jun-2016 | Arancibia (Causa N° 45565) | Una persona había sido condenada a una pena de once años y seis meses de prisión. Durante su detención, la defensa planteó la inconstitucionalidad del artículo 56 bis de la ley 24.660 y solicitó su incorporación al régimen de salidas transitorias. El juzgado de ejecución penal interviniente no hizo lugar a la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
7-jun-2016 | Constantino, Eduardo Francisco c. ANSeS | Se generó una contienda negativa de competencia entre la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán y la Cámara Federal de la Seguridad Social, en el marco de un proceso de ejecución de sentencia de reajuste previsional. |
7-jun-2016 | Agüeros, Carlos Adolfo y otro c. Espósito, Mario Alberto | En el marco de un expediente sobre ejecución hipotecaria, el juzgado de primera instancia declaró que las previsiones de los artículos 34 y 35 de la ley 22.232 –referidas a la protección de la vivienda– eran inoponibles al embargo y a la subasta del inmueble. La Sala C de la Cámara Nacional en lo Comercial confirmó lo resuelto por considerar que el destino del inmueble había cambiado puesto que el demandado ya no residía en él sino que lo alquilaba. El accionado interpuso recurso extraordinario federal contra esa decisión. El recurrente alegó que la sentencia vulneraba la defensa del bien de familia y el acceso a una vivienda digna al desconocer la protección establecida en los artículos 34 y 35 de la ley 22.232. |
6-jun-2016 | AMR | El tribunal había concedido la suspensión del juicio a prueba en favor de la imputada en marzo de 2012. En este marco, M. se comprometió a realizar tareas comunitarias. Sin embargo, en 2014, el juez de ejecución penal constató que la nombrada no había cumplido con esa imposición y, en 2016, el tribunal revocó la probation. La defensa solicitó que se deje sin efecto la revocación y se declaren inexigibles las tareas comunitarias. Ello, en razón de que su representada había tenido que mudar de domicilio en diversas ocasiones por haber sido víctima de violencia de género de parte de su ex pareja. |
6-jun-2016 | Olmedo (Causa Nº 91001200) | Una persona que se encontraba detenida solicitó que se lo incorporara al régimen de semilibertad conforme al artículo 23 de la ley Nº 24.660 a fin de desempeñar, de lunes a sábado, tareas de albañilería en relación de dependencia. Entonces, aportó los datos del empleador y el contrato laboral. Al momento de realizar este pedido, la persona estaba incorporada al período de prueba, tenía conducta “ejemplar-10” y concepto “muy bueno-7”. El servicio criminológico de la Unidad Penitenciaria se expidió de forma positiva respecto de la posibilidad de desarrollar una tarea laboral extramuros. El Consejo Correccional del Complejo también se expidió de manera favorable. Al momento de correr la vista al Fiscal, no se objetó el otorgamiento. |
6-jun-2016 | Gülcü v. Turquía | En el año 2008, Gülcü, de quince años de edad, fue detenido por participar en una manifestación. Permaneció en prisión preventiva durante cuatro meses y, eventualmente, fue condenado a la pena de siete años y seis meses por pertenecer a una organización ilegal, difundir propaganda terrorista y arrojar piedras a los agentes de policía durante una movilización. Tras cumplir parcialmente la condena, fue liberado. Su caso fue reevaluado en 2012 por un tribunal de menores a raíz de una enmienda legislativa que dispuso que los menores de edad involucrados en manifestaciones no podían ser considerados terroristas. |
6-jun-2016 | Frumkin v. Rusia | El presente caso fue iniciado por el señor Yevgeniy Frumkin, ciudadano ruso que había organizado y participado de una manifestación política en la plaza Bolotnaya, sita en Moscú, el 6 de mayo de 2012. Dicha manifestación se realizó con el fin de protestar contra el gobierno en razón de los procesos electorales que se llevaron a cabo en 2011. El evento comenzó pacíficamente y terminó con enfrentamientos entre la policía y los manifestantes. El peticionario fue trasladado a una comisaría donde se lo acusó de obstrucción del tráfico y por desobedecer las órdenes de la policía. Quedó en custodia policial hasta que, el 8 de mayo de 2012, fue condenado a 15 días detención administrativa. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo en marzo de 2015. |