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FechaTítuloResumen
26-abr-2016Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia c. Provincia de Santa Cruz y otroLa actora promovió acción de amparo ambiental contra el Estado Nacional y la Provincia de Santa Cruz, a fin de que se ordene investigar y, en su caso, se impida el comienzo de la obra correspondiente a dos represas localizadas en la provincia demandada, cuya construcción fue proyectada en el marco de la ejecución de los Aprovechamientos Hidroeléctricos del Río Santa Cruz, Cóndor Cliffo y La Barrancosao. La actora sostuvo que no se habrían efectuado los estudios ambientales previos, a fin de establecer cuál sería el impacto que dichos emprendimientos podrían causarle al ecosistema, en particular al Lago Argentino, los glaciares Perito Moreno, Spegazzini y Upsala y al Parque Nacional Los Glaciares. Asimismo, destaca que tampoco se efectuaron las consultas ciudadanas que, en función de la envergadura de las obras, correspondía realizar.
26-abr-2016Peralta Valiente, Mario RaúlLa DNM ordenó en 2009 la expulsión de una persona extranjera, padre de tres niños argentinos. Durante el trámite administrativo, el afectado no había contado con la asistencia técnica obligatoria prevista en el artículo 86 de la ley Nº 25.871. En 2011, el actor presentó un recurso de revisión en el que alegó que, al disponer su expulsión, la DNM no tomó en cuenta que su familia residía en Argentina. Asimismo, sostuvo que se había afectado su derecho de defensa. En 2013, el organismo administrativo, en lugar de revocar de oficio la resolución por violación al debido proceso (artículo 90, ley Nº 25.871), declaró extemporánea la impugnación, le dio tratamiento de denuncia de ilegitimidad y la desestimó. Posteriormente, el actor interpuso un recurso directo ante el juez, que consideró que no se encontraba habilitada la instancia judicial (conf. lo resuelto por la CSJN en “Gorordo” –Fallos 322:73–). La decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. El accionante presentó, entonces, un recurso extraordinario federal.
26-abr-2016PGHA (dictamen PGN)Desde el año 2007 tramitó ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 12 un expediente sobre la guarda de GHAP. En virtud de ello y por razones de conexidad, en el año 2013 se radicó ante dicho juzgado un nuevo expediente judicial sobre la determinación de su capacidad jurídica. En marzo de 2013, GHAP fue internado en un hospital ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cuando recibió el alta médica de internación fue derivado a un centro especializado en discapacidad ubicado en la localidad de San Miguel, provincia de Buenos Aires. Por esa razón, el juzgado nacional declinó su competencia en abril del año 2015. Así, se suscitó una contienda negativa de competencia entre el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 12 y el Juzgado de Familia Nº 2 con asiento en San Miguel, del Departamento Judicial de San Martín.
26-abr-2016Murray v. Países BajosEn octubre de 1979 Murray fue declarado culpable del asesinato de una niña de seis años y se lo condenó a la pena de prisión perpetua. En el proceso se contó con el informe de un psiquiatra que describió al peticionario como una persona con "retraso mental, infantil y narcisista" y recomendó que recibiese tratamiento institucional. En 1999 Murray fue trasladado a una prisión en la isla de Aruba a pedido de su familia. En este periodo se presentaron diversos pedidos de clemencia en su favor. Sin embargo, las solicitudes fueron rechazadas por el gobernador de las Antillas Holandesas en razón del “riesgo de reincidencia” que habría tenido lugar. Murray padecía cáncer y fue indultado en marzo de 2014 debido al grave deterioro de su salud. Durante todo el tiempo que se lo mantuvo privado de la libertad, nunca estuvo en un régimen separado del resto de los presos ni tuvo un régimen especial para personas con problemas psiquiátricos. Tampoco recibió la atención adecuada para disminuir el “riesgo de reincidencia” que se alegaba para rechazar su liberación. Murray murió en noviembre de 2014 mientras se encontraba en trámite su petición en el ámbito europeo.
22-abr-2016Martínez, Santiago UlpianoEl representante del Ministerio Público Fiscal –en calidad de Fiscal General subrogante de la Fiscalía Federal de Primera Instancia– había interpuesto un recurso de apelación contra la resolución que desestimó una denuncia contra un juez por irregularidades en causas seguidas por crímenes de lesa humanidad. El fiscal mantuvo el recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca mediante la presentación del informe previsto por la acordada CFABB 72/08 en reemplazo de la audiencia prevista en el art. 454 CPPN. La Cámara tuvo por desistido el recurso por entender que el escrito era inoficioso por haber sido firmado y sellado por el funcionario que lo interpuso y no por el Fiscal de Cámara. Contra esa decisión, el fiscal interpuso recurso de casación.
21-abr-2016G., R. S.En ambos casos, el juzgado de instrucción había rechazado la posibilidad de aplicar el instituto de la conciliación como forma de extinción de la acción penal. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de apelación.
21-abr-2016SSJ (causa N° 80644)Desde diciembre de 2008 la señora G. fue víctima de violencia de género por parte de su cónyuge, el señor S. En noviembre de 2011 la pareja se separó de hecho y en junio de 2013, S. amenazó de muerte a G. Por este motivo, se inició una causa penal por amenazas y la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que G. se en-contraba en una situación de alto riesgo. Con posterioridad, S. inició una demanda de divorcio contra G. La parte demandada reconvino y accionó también por daños y perjuicios para la re-paración de daño psicológico y daño moral. El juzgado de primera instancia decretó el divorcio pero rechazó la acción de daños porque entendió que la pretensión no tenía respaldo normativo de conformidad con el Código Civil y Comercial de la Nación. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
20-abr-2016De Candido, Luis ArmandoEl Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán había rechazado la solicitud de arresto domiciliario por cuestiones de salud de una persona de 76 años condenada por delitos de lesa humanidad. Ello, pese al informe médico del Cuerpo Médico Forense de la CSJN que sostenía la imposibilidad de que el imputado fuera alojado en un penal y del informe posteriormente presentado por la Unidad Penitenciaria, en el que se concluía que el penal no disponía de las instalaciones adecuadas para su tratamiento. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
20-abr-2016STS 1709/2016La policía recibió una denuncia anónima acerca de un negocio de venta y distribución de estupefacientes. En el marco de la investigación, agentes policiales siguieron a uno de los sospechosos hasta que ingresó a su domicilio. Al perderlo de vista, la policía acudió a un inmueble próximo para visualizar el interior de la vivienda mediante el uso de binoculares. De esa manera, observaron a través de dos ventanales que el hombre manipulaba bolsas que contenían diversas sustancias. Cuando el hombre se retiró de su domicilio, la policía lo requisó y halló en sus bolsillos varias bolsas que contenían cannabis, cocaína y heroína. Por ese motivo, el hombre fue procesado por el delito de tráfico de estupefacientes. La defensa alegó que la prueba obtenida por la policía era nula y solicitó la absolución del hombre. En ese sentido, sostuvo que la observación con binoculares vulneró la garantía de inviolabilidad del domicilio, ya que la policía había examinado el interior de la vivienda sin su consentimiento ni orden judicial. El tribunal interviniente no hizo lugar al planteo y condenó al hombre. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo de España.
16-abr-2016A.P., Garçon and Nicot v. FranciaTres personas transexuales solicitaron al Estado francés cambios en su certificado de nacimiento con el fin de que se correspondiera con su identidad sexual. En ese entonces, se requería para alterar la indicación del sexo que el interesado tuviera un “desorden de identidad”, que se hubiese sometido a una cirugía o tratamiento médico, que no tuviese todas las características físicas del sexo asignado al nacer, que hubiese adoptado la apariencia física del sexo auto percibido, y la demostración de un comportamiento social correspondiente a ese sexo. Estas exigencias, por lo general, implicaban que los interesados se sometieran a tratamientos o cirugías para obtener cambios irreversibles en su cuerpo, los que normalmente resultaban en su esterilización. El Estado rechazó las tres peticiones por motivos vinculados con el incumplimiento de esos requisitos.