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FechaTítuloResumen
18-ene-2017B, FAUna planta de tratamientos de líquidos cloacales de la ciudad de Centenario vertía esos desechos, sin tratamiento alguno, en el río Neuquén. Los actores, domiciliados aguas abajo de la planta, iniciaron una acción de amparo colectivo contra la Municipalidad de Centenario y la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas con el objetivo que se realice una audiencia pública y que las demandadas desarrollen y ejecuten una serie de medidas tendientes a la preservación del medio ambiente. Asimismo, solicitaron una medida cautelar innovativa para que se ordene a las demandadas la concreción de medidas adecuadas y urgentes con el fin de impedir nuevos vuelcos de efluentes cloacales y de residuos industriales sin tratar.
18-ene-2017A, DAUna persona condenada por delitos de lesa humanidad sufría varias afectaciones graves en su salud. Entre otras cuestiones, se le dificultaba movilizarse (no podía caminar solo más de veinte metros). Por ese motivo, su defensa solicitó su prisión domiciliaria. El pedido, sin embargo, fue denegado. Frente a esta resolución, interpuso un recurso de casación. Acompañó a su pedido un informe médico del que surgía la inexistencia en el penal de instalaciones adecuadas para asistir a las personas con movilidad reducida. A su vez, adjuntó un dictamen favorable a la implementación de un sistema de vigilancia electrónica de la Dirección Nacional de Readaptación Social del Ministerio de Justicia de la Nación. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y reenvió las actuaciones para el dictado de una nueva resolución. La defensa puso al Tribunal Oral en conocimiento de dicha sentencia.
5-ene-2017SEO y CJDEn un procedimiento de flagrancia (ley 27.272, modificatoria del CPPN) las partes presentaron un acuerdo de juicio abreviado. Se planteó, entonces, un conflicto de competencia entre el Juzgado de Instrucción y el Tribunal Oral respecto de quién debía dictar sentencia.
4-ene-2017Yusiv v. LituaniaLa noche del 22 de octubre de 2011, la policía de Kaunas registraba una zona en busca de varios jóvenes que habían participado de un robo. Yusiv, de dieciséis años, se encontraba caminando con su novia cuando fue abordado por un patrullero. Entonces, comenzó a correr y fue detenido por ocho agentes. A partir de esto, se le inició un proceso administrativo por desacatar las órdenes de la autoridad e insultar a los preventores. Al día siguiente, la policía lo dejó al cuidado de su madre en las inmediaciones de una estación de tren. Al notar heridas y hematomas en el cuerpo de Yusiv, la mujer acudió al Departamento de la Policía y denunció que había sido golpeado al momento de la detención. En consecuencia, un investigador de la División de Delitos contra el Servicio Civil e Interés Público de la Unidad de Investigación Criminal del Departamento de Policía de Kaunas impulsó una pesquisa. Las heridas de Yusiv fueron constatadas por un médico forense. Los agentes involucrados explicaron que el joven se había resistido al arresto, por lo que debieron recurrir al uso de la fuerza para someterlo. La fiscalía de la ciudad discontinuó la investigación al entender que, en el caso concreto, el uso de la fuerza se encontraba justificado.
3-ene-2017I Elpida y Stylianos Kalamiotis v. GreciaEn 1995 y 1996, el Departamento de Planificación Urbana de la entonces Prefectura de Atenas decidió que el asentamiento de viviendas romaníes ubicadas en el municipio de Halandri, situado en el área metropolitana de Atenas, eran ilegales y debían ser demolidas. La decisión se intentó ejecutar en 1999. Sin embargo, se suspendió después de que intervinieran las autoridades municipales y se declarara que el Estado debía, primero, encontrarles una ubicación alternativa a las personas que residían en esa zona. Posteriormente, el Ministerio del Interior respondió que el Estado no podía financiar proyectos de vivienda para los romaníes debido a la crisis financiera. Los peticionarios no desocuparon sus viviendas debido a que carecían de recursos económicos y esperaron que el Estado los reubicara. Las autoridades declararon repetidamente que sus hogares no cumplían las normas de vivienda adecuada porque no tenían electricidad ni agua corriente.
ene-2017Una propuesta dogmática acerca de la necesidad de pena en el régimen penal juvenilMientras el Estado Argentino mantiene la vigencia de la ley N° 22.278 con todas las tensiones y contradicciones que dicha norma presenta con la Convención sobre los Derechos del Niño, son varios los intentos de los operadores judiciales por armonizar sus previsiones mediante una especial hermenéutica. En este trabajo, se analiza un interesante fallo que contiene una propuesta dogmática del art. 4, ley N° 22.278, en el que se intenta racionalizar los presupuestos que habiliten legítimamente el castigo del delito adolescente.
1-ene-2017BiodiversidadEl Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible realizó un informe sobre las obligaciones de derechos humanos relacionadas con la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica. En primer lugar, describió la importancia de los ecosistemas y la diversidad biológica para garantizar el disfrute de los derechos humanos. Luego, desarrolló las obligaciones de los Estados vinculadas con la protección de la biodiversidad. Por último, emitió recomendaciones para que los Estados cumplan con las obligaciones desarrolladas en el informe.
30-dic-2016SEMUna persona cumplió dos tercios de la pena de ocho años de prisión que se le impuso por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y homicidio criminis causae. La defensa requirió su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional del Servicio Penitenciario emitió un informe favorable a su concesión. Por su parte, el Juzgado de Ejecución Penal rechazó la petición. Para decidir de ese modo, sostuvo que el delito por el que la persona había sido condenada –homicidio criminis causae– se encontraba dentro de los supuestos excluidos para la concesión del instituto solicitado, de acuerdo al art. 14 CP, segundo supuesto, y 56 bis de la ley Nº 24.660. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las normas aludidas.
30-dic-2016TCA (causa Nº 45873)TCA y cuatro o cinco personas no identificadas se acercaron a DMJ con un cuchillo y pinches de cocina con punta filosa y le profirieron golpes de puño en distintas partes del cuerpo con el fin de sustraerle sus pertenencias (hecho I). El mismo día, TCA y otro sujeto le dieron golpes de puño en su rostro, forcejearon con él y, finalmente, le sustrajeron un monedero con dinero en efectivo del interior de su campera (hecho II). Esta situación fue observada por un agente de prefectura que procedió a la detención de TCA –la otra persona huyó– y recuperó el monedero. El Tribunal Oral tuvo por acreditado ambos hechos y condenó a TCA a la pena de seis años de prisión por los delitos de robo agravado por el uso de armas en concurso real con robo tentado. La defensa impugnó la responsabilidad de TCA en el primer hecho por haberse fundado, únicamente, en el testimonio del damnificado.
30-dic-2016EMS (Causa N° 381)Un jóven se encontraba privado de su libertad por haber sido condenado a la pena de ocho años de prisión por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y homicidio criminis causae en grado de tentativa, todos en concurso real. Estos hechos los había cometido en el año 2009 cuando era menor de edad. Durante su detención, el Servicio Penitenciario Federal indicó la fecha en la que el jóven podría acceder a la libertad condicional. Transcurrido el plazo correspondiente, su defensa solicitó su libertad condicional. Para fundar su pedido acompañó los informes positivos del Consejo Correccional del SPF. Por su parte, la fiscalía se expidió de manera favorable. Sin embargo, el juzgado de ejecución rechazó el planteo. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos expuso que el juez había resuelto en contrario al derecho de defensa, el debido proceso legal y el principio de contradicción, toda vez que el fiscal había dictaminado a favor del pedido. Además, cuestionó la afectación al principio de progresividad en las penas privativas de la libertad.