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FechaTítuloResumen
24-nov-2016A, G C c OSSIMRAUna persona, en representación de su hijo, inició una acción de amparo contra la obra social demandada con el objeto de que cubra sesiones de psicopedagogía, fonoaudiología y terapia ocupacional y maestra integradora. El 22 de octubre de 2014 el juzgado de origen hizo lugar a la medida. el 14 de octubre de 2015 la Asesora de Menores Coadyuvante informa que el menor se encuentra recibiendo las prestaciones solicitadas. El 25 de noviembre de ese mismo año, el juez de primera instancia declara abstracta la acción. El actor, con adhesión de la Asesora de Menores, interponen recurso de apelaciön
23-nov-2016Duarte, Felicia (CFCP)En abril de 2008 dos personas habían sido sujetas a un control aduanero. Una de ellas se dio a la fuga, la otra permaneció en el lugar y fue arrestada al descubrirse que en el vehículo transportaban estupefacientes. Por ese hecho, fue imputada por el delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización en grado de tentativa. En septiembre de 2008 el Tribunal Oral la absolvió. La fiscalía impugnó la decisión. En 2012, la Sala IV de la CFCP hizo lugar al recurso y condenó a la imputada como autora del delito. Para decidir de ese modo, el tribunal analizó las declaraciones de los preventores, peritos y testigos del procedimiento en base a constancias escritas. La defensa impugnó la resolución y la Corte Suprema en el 2014 señaló que se había afectado la garantía del doble conforme. En ese sentido, dispuso designar a otra Sala de la CFCP para actuar como tribunal revisor. Desde el inicio de las actuaciones hasta la absolución habían transcurrido 5 meses, mientras que las etapas recursivas posteriores duraron aproximadamente 7 años. La defensa se agravió por la afectación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable y la vulneración de los principios de oralidad e inmediatez del juicio criminal. La fiscalía consideró que la demora respondía a las maniobras recursivas de la defensa y, por tal razón, rechazó el planteo.
22-nov-2016Santa Clara, Diego Fabian (reg. Nº 933 causa Nº 13687)Un hombre fue condenado a la pena única de nueve años y seis meses de prisión. Durante su detención, se le impuso una sanción disciplinaria. El imputado impugnó la decisión y su defensa planteó su nulidad. Luego, solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional tuvo en consideración la sanción registrada y se expidió de manera desfavorable. Por su parte, la fiscalía omitió el planteo de nulidad y sostuvo que no debía concederse el instituto requerido. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado de ejecución rechazó la solicitud. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación.
22-nov-2016Yarce y otras v. ColombiaEn el año 2002, durante un conflicto entre grupos armados en la Comuna 13 de Medellín (Colombia), el Poder Ejecutivo declaró por decreto un “estado de conmoción interior”. Posteriormente, con otro decreto, ordenó medidas de control del orden público con el fin de retomar el control territorial. Sin embargo, no logró que los grupos armados ilegales cesen su actividad y, como consecuencia de las amenazas y los enfrentamientos producidos, una gran cantidad de personas se desplazaron hacia otras zonas de la ciudad. El presente caso refiere a la situación de cinco mujeres, defensoras y activistas de los derechos humanos y lideresas comunitarias. Dos de ellas –Rúa y Ospina–, estaban incluidas en listas de los grupos paramilitares, lo que implicaba un peligro para su vida. Ante esto, las peticionarias, sus parejas e hijos, abandonaron sus lugares de residencia. Sus casas fueron ocupadas y destruidas por paramilitares. La investigación de esos sucesos fue suspendida y retomada años después. Asimismo, se les negó la inscripción en el Registro Único de Desplazados (RUD). Las otras tres mujeres –Naranjo, Mosquera y Yarce– fueron señaladas como “milicianas” con intenciones de evadir la justicia. Por tal razón, fueron detenidas sin orden judicial. Nueve días después fueron dejadas en libertad y, luego de seis meses, se ordenó el archivo de los expedientes por falta de elementos para afirmar la existencia de un delito. Las actuaciones disciplinarias para investigar la responsabilidad en la detención ilegal fueron archivadas. Luego de estos hechos, recibieron amenazas de los grupos paramilitares, por lo que abandonaron sus lugares de residencia. Una persona fue detenida por las intimidaciones; no obstante, se la liberó al día siguiente. Ese mismo sujeto, en octubre de 2004, asesinó a Yarce. Se inició, entonces, una investigación por el homicidio y por las amenazas que resultó en la condena de tres personas.
18-nov-2016Rodriguez c TelefonicaUn grupo de vecinos solicitaron a la empresa Telefónica de Argentina S.A. servicios de telefonía e internet. La empresa rechazó el pedido por considerar que el barrio se encontraba en una “zona peligrosa” y que no contaba con las facilidades técnicas para llevar a cabo esos requerimientos. Por tal motivo, interpusieron una acción de amparo y solicitaron la disposición de una medida cautelar a los fines de que se les brinde el servicio reclamado o se les otorgue, por lo menos, los servicios facturados y no prestados. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la medida. Contra dicha resolución, la demandada interpuso recurso de apelación.
18-nov-2016TOJLa Cámara Federal de Apelaciones de Rosario había confirmado la resolución que denegó el arresto domiciliario solicitado a favor de una persona de sesenta y dos años internada en el Hospital Penitenciario Central del CPF I. Para llegar a esa decisión, se fundó en informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense que indicaban que el imputado debía mantener controles cardiológicos y vasculares, entre otros, como así también una estricta dieta para hipertensión arterial. Por esa razón, consideró que el HPC contaba con suficientes prestaciones para cubrir las necesidades del imputado. Sin embargo, existía en el incidente un informe posterior efectuado por el Hospital Penitenciario Central, del que surgía que el imputado, en su actual estado de detención y a la luz de su complejo cuadro cardiovascular, corría riesgo de muerte súbita. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
18-nov-2016M, NA c. Empresa San JoseUna persona con discapacidad obtuvo dos pasajes para viajar desde Paraná a Liniers junto a su cónyuge. Ambos pasajes fueron emitidos en forma gratuita en razón de la discapacidad que presentaba el actor, conforme lo establece el artículo 22, inc. a, de la ley Nº 22.431 (Sistema de Protección Integral de Personas con Discapacidad). Sin embargo, al momento de partir, la empresa de transporte no le permitió abordar el ómnibus por no contar, en esa oportunidad, con su certificado de discapacidad. En consecuencia, el actor interpuso una demanda por cobro de sumas de dinero. El juzgado de primera instancia rechazó la demanda. Ambas partes impugnaron la decisión.
17-nov-2016MMS (Causa Nº 90032)SNV, quien tenía la guarda de hecho de la niña MMS, solicitó judicialmente que se convalidara con fines de adopción y que se tuviera por cumplido el límite de seis meses previsto en el artículo 614 del Código Civil y Comercial de la Nación. La jueza de primera instancia convalidó la guarda de hecho. Sin embargo, desestimó el pedido de tener por cumplido el plazo de guarda y, en consecuencia, consideró necesario que se controlara y se le dé seguimiento a la guarda preadoptiva. Contra esa decisión, SNV interpuso un recurso de apelación.
17-nov-2016GPN (causa N° 990000245)Una mujer envió dos encomiendas con destino internacional. Al realizar el control sobre los envíos, personal aduanero detectó sustancia estupefaciente en su interior. En total se secuestraron treinta y un bolsas de nylon que contenían cocaína. Por tal razón, la mujer fue imputada por el delito de contrabando de estupefacientes, en grado de tentativa. Durante la instrucción, prestó declaración indagatoria en diversas oportunidades y explicó quién le había solicitado el envío de los paquetes. En particular, aportó datos y fotografías de la persona que había sido su pareja, quien le había presentado dos individuos de nacionalidad nigeriana. En tal sentido, sostuvo que dichas personas carecían de documentación, por lo que le habían requerido la remisión de las encomiendas. Finalmente, sostuvo que no recibió pago alguno por el favor realizado y que desconocía que los paquetes en su interior contuvieran droga. A partir de la información aportada, se dictaron una serie de medidas de investigación. De las tareas e intervenciones practicadas se concluyó que la persona indicada por la imputada tenía pleno conocimiento del contenido de la encomienda y que se relacionaba con otros sujetos que ejercían actividades ilícitas vinculadas al comercio de drogas. Por tal razón, la fiscalía solicitó que se lo citara a prestar declaración indagatoria. En etapa de juicio, la defensa solicitó la absolución de su asistida por considerar que había actuado sin dolo. Además, solicitó que, en caso de imponérsele una pena, se evaluara su colaboración en los términos del artículo 29 ter de la ley 23.737. La fiscalía rechazó el planteo por considerar que, al momento, no existían resultados concretos que avalaran la credibilidad de los dichos de la imputada.
15-nov-2016MKI (Causa Nº C 120.610)Por un accidente doméstico, un niño ingresó a la guardia pediátrica de un hospital con quemaduras en su cabeza. El Servicio Local de Protección y Promoción de los Derechos del Niño de Moreno tomó conocimiento de la situación. En ese marco, su familia denunció que la progenitora era muy violenta y que maltrataba físicamente a sus hijos y a su pareja. Por ese motivo, el organismo dispuso una medida de abrigo en institución. El juzgado de Familia Nº 1 de Mercedes legalizó la medida. Transcurrido el plazo de ciento ochenta días, la asesora de incapaces solicitó que se declarara el estado de adoptabilidad de los niños. El juzgado hizo lugar al pedido. Contra esa decisión, interpusieron un recurso de apelación los progenitores y la abuela paterna de los niños. La Sala I de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Mercedes confirmó la decisión. En consecuencia, interpusieron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.