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FechaTítuloResumen
19-mar-2025Brallar (causa N° 10137)ARCA (ex AFIP) recibió una denuncia anónima por posibles irregularidades laborales en una granja avícola ubicada en una zona rural en la que trabajaban seis personas. A raíz de ello, intervinieron organismos especializados en trata de personas y se inició una investigación. Durante una inspección en el lugar, se comprobó que los trabajadores no estaban registrados y que había deficiencias en las condiciones de contratación. Con esos elementos, el Ministerio Público Fiscal promovió una causa por trata de personas con fines de explotación laboral. Durante la investigación y en la audiencia de control de la acusación, la defensa sostuvo que el procedimiento había sido irregular, señaló inconsistencias entre los testimonios de algunos agentes intervinientes y cuestionó la calificación legal atribuida. Sus planteos fueron rechazados y el caso llegó a la etapa de juicio oral. En el debate la fiscalía afirmó, entre otras cuestiones, que el empleador se había aprovechado de la vulnerabilidad de los trabajadores para imponerles una relación laboral abusiva. La defensa negó que hubiera existido explotación o abuso de vulnerabilidad. Sostuvo, tanto en los alegatos de apertura como en los finales, que se trataba de un conflicto propio del derecho laboral. En este sentido, alegó que la falta de registración constituía, en todo caso, una infracción administrativa. Además, criticó la decisión de llevar el caso a juicio y consideró que tanto la fiscalía como los jueces de las etapas previas se habían equivocado, generando un uso innecesario de recursos judiciales.
18-mar-2025Thaler v. PerlmutterUn científico informático creó un sistema de inteligencia artificial al que llamó “Máquina de la creatividad” que, de manera autónoma, generó una imagen. Con posterioridad, el hombre solicitó a la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos ser inscripto como titular de los derechos de autor sobre esa obra. Sin embargo, el pedido fue denegado. En ese sentido, el organismo señaló que la legislación preveía a la autoría humana como requisito para registrar los derechos sobre obras originales. En consecuencia, el hombre pidió la revisión de lo resuelto. Luego, un tribunal federal confirmó el rechazo. Por esa razón, el hombre interpuso otro recurso.
17-mar-2025GGN (Causa N° 11363094)Una mujer y un hombre conformaron una unión convivencial y tuvieron un hijo. Durante la relación, la mujer adquirió un inmueble, donde luego convivió el grupo familiar. Al tiempo, la mujer sufrió situaciones de violencia de género por parte de su pareja, que se fueron intensificando. Por esa razón, hizo la denuncia. En 2019 el hombre fue excluido del hogar por la fuerza pública. En marzo de 2021, la mujer viajó a San Luis para atender un asunto familiar y permaneció en esa provincia varios meses. En ese momento, el hombre aprovechó su ausencia para reingresar e instalarse en la vivienda. En ese contexto, la mujer intimó al hombre en varias oportunidades para que entregara el inmueble, sin éxito. Por ese motivo, inició una demanda de desalojo. En esa oportunidad, aclaró que no dirigía el reclamo al hijo mayor de edad que vivía allí. En su contestación, el demandado argumentó que la acción de desalojo no era la adecuada para discutir los efectos del cese de la unión convivencial. Además, sostuvo que había obtenido el lote y la construcción con fondos propios. En ese sentido, afirmó que había colocado la propiedad a nombre de la actora y como bien de familia por el hijo en común.
15-mar-2025FALGBT (Causa N° 20581)En febrero de 2025, el Poder Ejecutivo de la Nación dictó el DNU 62/2025, que sustituyó el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género N° 26.743. En particular, la norma prohibió a las personas menores de edad que accedieran o continuaran con intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales prescriptos por sus profesionales tratantes para adecuar sus corporalidades a la identidad de género autopercibida. En ese marco, la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En su presentación, solicitó que se garantizara a los niños, niñas y adolescentes pertenecientes al colectivo LGBTIQ el acceso y la continuidad de los referidos tratamientos con control médico. Enfatizó que la reforma afectaba sus derechos a la autonomía progresiva, al proyecto de vida, a la identidad, a la salud integral y a la dignidad. En el mismo sentido, como medida cautelar, pidió que en forma urgente se diera cobertura a los procedimientos en el ámbito sanitario tanto público como privado. Luego, se presentaron algunas personas menores de edad y adhirieron al reclamo. Así, el juzgado interviniente confirió al proceso el trámite de amparo colectivo. Asimismo, delimitó el alcance de su competencia al sector sanitario público de la CABA. Con posterioridad, la demandada acompañó un informe del Ministerio de Salud local en el que indicó que cumpliría con lo dispuesto en el DNU. En consecuencia, la jueza solicitó al Ministerio que especificara las instrucciones que había impartido a los hospitales públicos sobre los tratamientos en curso, así como los que se demandaran a futuro. Sin embargo, el organismo no dio una respuesta concreta.
12-mar-2025RESEn el marco de un proceso judicial por violencia familiar, la mujer involucrada solicitó la designación de una abogada del niño para garantizar la asistencia técnica de su hijo, de seis meses de edad. En octubre de 2024, el juzgado tuvo por designada a la abogada del niño. Sin embargo, la Asesora de menores e incapaces impugnó ese nombramiento. En virtud de ello, el juzgado lo dejó sin efecto. En ese sentido, consideró que la figura del abogado del niño requería que este tuviera la edad y madurez suficientes para expresar su voluntad y transmitir sus deseos, lo que no ocurría en el caso, ya que se trataba de un bebé. A su vez, rechazó el nombramiento de un tutor especial.; Frente a esa decisión, la abogada del niño interpuso un recurso de apelación. En esa oportunidad, sostuvo que lo resuelto vulneraba el derecho del niño a contar con patrocinio letrado conforme a la legislación nacional e internacional vigente. Señaló que la interpretación del juzgado era restrictiva y que la asistencia letrada no dependía de la madurez del niño, sino que constituía un derecho humano básico. Por su parte, la madre del niño adhirió a la presentación de la abogada. A su turno, la asesora de menores e incapaces solicitó su rechazo, dado que entendió que la intervención del abogado del niño debía adecuarse a la capacidad progresiva del niño y que, en función de la edad que tenía, correspondía en su caso la designación de un tutor especial.
12-dic-2025Olivares (FMZ 1055-2025-3)La defensa solicitó una audiencia en la que pidió que se aclarara cómo se efectivizaría la limitación por objeto de una pericia solicitada por la fiscalía. En la audiencia se propuso la intervención de una perito especializada en auditoría Forense y análisis de datos con UFED Reader.
7-mar-2025Berrios (Causa Nº 26066)Un hombre recurrió su sentencia condenatoria ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. En paralelo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el fallo “Ferrari, María Alicia c/Levinas, Gabriel Isaías s/incidente de incompetencia”, donde estableció que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ) es el órgano encargado de conocer en los recursos extraordinarios que se presenten ante la justicia nacional ordinaria de la ciudad. Ante el rechazo del recurso de casación interpuesto ante la Cámara, su defensa e interpuso un recurso de inconstitucionalidad (art. 27, ley 402 de la CABA, con invocación del fallo “Ferrari”.
6-mar-2025Cassina (causa N° 2581)A raíz de la condena penal de una mujer de nacionalidad uruguaya, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de cinco años. Contra esta decisión, la mujer presentó un recurso judicial directo que fue denegado. Luego, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo. Fue así que se interpuso un recurso extraordinario federal. Ante una nueva denegatoria, la recurrente presentó una queja. Mientras este recurso se encontraba en trámite, la Dirección Nacional de Migraciones revocó la orden de expulsión prevista en virtud de que había operado la caducidad registral de la condena que pesaba sobre la mujer en los términos del artículo 51 del Código Penal. Esta situación fue informada por el Defensor Público Oficial y Cotitular de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación. Asimismo, la Defensora General de la Nación planteó que se había tornado abstracta la cuestión debatida. Con posterioridad, el juzgado de primera instancia dejó sin efecto la orden de retención.
6-mar-2025García (Causa N° 42079)Un hombre conducía un camión volquete por una avenida. Por su lado derecho circulaba una bicicleta. Durante el trayecto, el camionero sobrepasó al ciclista y dobló a la derecha sin frenar ni detenerse. En ese marco, el ciclista perdió el control y se cayó hacia su izquierda y luego fue arrollado por el vehículo. A raíz de las lesiones sufridas, el conductor de la bicicleta falleció. Por ese hecho, el camionero fue condenado a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para conducir por el plazo de seis años por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, agravado por el nivel de alcoholemia, y por haber actuado con culpa temeraria. Contra esa resolución, su defensa técnica interpuso un recurso de casación.
6-mar-2025RAM (Causa N° 64307)Una mujer, en representación de su hijo menor de edad, firmó un convenio de honorarios con una abogada para promover una acción de filiación y fijación de cuota alimentaria a favor del niño, así como para iniciar o continuar el juicio sucesorio de su progenitor. El acuerdo estipulaba el pago de un monto fijo en dólares y un porcentaje sobre los bienes que el niño pudiera percibir. Con posterioridad, en el marco de un proceso de ejecución del convenio iniciado por la letrada, la mujer planteó la nulidad del pacto. Alegó que se trataba de un acto de disposición del patrimonio del niño y, por ende, requería autorización judicial y la intervención del Ministerio Público, cuya ausencia tornaba ineficaz el instrumento. En ese contexto, al momento de intervenir, la defensoría pública de menores e incapaces se opuso al convenio firmado. El juzgado de primera instancia declaró la nulidad del acuerdo e impuso las costas en el orden causado. Para fundar su decisión, consideró que la falta de intervención del Ministerio Público acarreaba su nulidad. Contra ese pronunciamiento, la abogada interpuso un recurso de apelación. En su presentación, argumentó que el Ministerio Público había intervenido en el proceso en reiteradas oportunidades, por lo que tuvo posibilidad de formular observaciones o peticiones respecto del convenio. Agregó que el órgano se limitó a convalidar los dichos de la madre del niño, sin fundamentar de manera precisa los eventuales perjuicios que la firma del acuerdo podía ocasionar al niño. Por último, afirmó que la nulidad derivada de la falta de intervención del Ministerio Público era de carácter relativo y, por lo tanto, susceptible de ser subsanada por el juzgado, quien debía resolver atendiendo al perjuicio o beneficio que el acto pudiera generar al niño.