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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 3-dic-2024 | DER (Causa N°33409) | Un joven de diecinueve años había sido detenido en el marco de una causa por transporte de estupefacientes agravado. Un mes después de su detención, ingresó al Programa Integral de Salud Mental Argentino (PRISMA) en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza. La defensa, conforme al artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación, solicitó la suspensión del proceso penal debido a una incapacidad sobreviniente que le impedía ser sometido a juicio. El tribunal hizo lugar al pedido y mantuvo al asistido en el programa PRISMA para que continuara con el tratamiento que allí llevaba. Además, encomendó al Cuerpo Médico Forense la realización de exámenes trimestrales para evaluar su evolución. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación que fue concedido. Entre sus argumentos, indicó que la sentencia contrariaba la Ley Nacional de Salud Mental, que establecía reaseguros específicos para casos de riesgo cierto e inminente, como la internación involuntaria. En ese sentido, indicó que la normativa no habilitaba que ese recurso terapéutico se materializara en el espacio carcelario. En su último informe, PRISMA sugirió que el asistido continuase su tratamiento en el ámbito civil. |
| 3-dic-2024 | Condena en Casación: ¿Juicio previo? Reflexiones a partir del precedente "Magallanes" de la CSJN | El trabajo analiza el fallo "Magallanes" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) respecto a la facultad de la Cámara Federal de Casación Penal para dictar condenas al revocar una absolución. La autora examina los límites de esta competencia y critica la doctrina establecida en el precedente "Duarte". En su análisis, sostiene que el procedimiento de revisión de condenas vulnera garantías como el juicio previo, y los principios de oralidad, contradicción e inmediación. Además, señala que la CSJN aclaró que la aplicación de "Duarte" no valida la competencia del tribunal de casación, sino que establece un mecanismo para garantizar la doble instancia. Finalmente, concluye que las facultades de condena directa por parte del tribunal revisor tienen límites, debido a la naturaleza de la instancia de revisión y su estructura normativa, lo que puede obstaculizar el derecho al recurso previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. |
| 3-dic-2024 | M.S.D v. Rumania | A mediados de 2016, una mujer conoció a un hombre a través de la red social Facebook. Luego entablaron un vínculo amoroso durante el que intercambiaron fotos íntimas. Una vez finalizada la relación, el hombre difundió las fotos de su expareja. Ante el pedido de que dejara de hacerlo, el hombre publicó sus fotos junto a su nombre y teléfono en distintos sitios que ofrecían servicios sexuales. En octubre de 2016 la mujer presentó una denuncia en una comisaría de Bucarest. Sin embargo, la investigación por amenazas y afectación a la vida privada fue abierta en mayo de 2017 sin la determinación de un sospechoso en particular. En agosto del año siguiente ambos concurrieron, el mismo día, a la comisaría. El hombre negó haberla amenazado, pero reconoció la difusión de las imágenes en un contexto de celos y enojo. Luego, la mujer denunció ante la fiscalía haber sido interceptada por un policía mientras caminaba por la calle a fin de que se presentara a declarar bajo amenaza de cerrar la investigación. Asimismo, señaló que la había desalentado respecto de contar con abogado y que la coincidencia con su expareja en la comisaría había sido adrede. En 2018 se publicó una nota que denunciaba la resistencia de la policía local para investigar el caso. En consecuencia, la fiscalía desafectó a la comisaría interviniente y transfirió el caso al Servicio de Investigación Criminal de la Dirección General de la Policía de Bucarest. En esa oportunidad, la mujer fue convocada a declarar acompañada de un abogado defensor y se decidió investigar a su expareja por la violación al derecho a la vida privada. En ese sentido, el hombre volvió a declarar y reconoció una vez más la difusión de las imágenes. Sin embargo, el Servicio de Investigación Criminal propuso el cierre de la investigación en tanto los hechos no encuadraban en ningún delito. La fiscalía consideró que las imágenes habían sido obtenidas de manera legítima y se pronunció a favor del cierre de la investigación. En 2020, el tribunal local decidió en línea con la propuesta de la fiscalía. La mujer interpuso distintas impugnaciones, sin resultado positivo. |
| 3-dic-2024 | VJM (Causa N° 21259) | En un grupo de Whatsapp del que participaban personas que vivían en un barrio cerrado, tres de sus integrantes vertieron expresiones injuriantes sobre uno de sus miembros. Frente a ello, el hombre afectado por esos dichos inició una demanda de daños y perjuicios contra los autores de los mensajes. Luego, el juzgado interviniente admitió el reclamo respecto a dos de los demandados. Para decidir así, valoró un informe pericial en el que se constató que los mensajes de texto y audio habían sido remitidos por ambas demandadas. No obstante, rechazó la acción con relación al tercer codemandado, ya que consideró que no había proferido un insulto sino una opinión crítica sobre el actor. Contra lo decidido, todas las partes apelaron. Por un lado, el actor cuestionó la admisión parcial de la demanda. Por el otro, las demandadas señalaron que no se había demostrado que fueran titulares de las líneas telefónicas de las cuales se habían emitido los mensajes. |
| 28-nov-2024 | LS (Causa N° 6843) | Una mujer trans estaba afiliada a una empresa de medicina prepaga. Mediante su cobertura médica inició un tratamiento hormonal para adecuar su aspecto físico a la identidad de género autopercibida. En ese marco, se le informó que el tratamiento podía tener efectos secundarios sobre su fertilidad. Por ese motivo, decidió suspenderlo. A su vez, su médica tratante le prescribió la criopreservación de espermatozoides con el fin de resguardar la fertilidad. Como consecuencia de ello, la mujer solicitó a la entidad de salud la criopreservación espermática. Sin embargo, esta última rechazó su petición. En ese sentido, sostuvo que la Ley N° 26.862 de Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción asistida no abarcaba cuestiones vinculadas con la identidad de género como lo pretendía la actora. Además, consideró que el garante del derecho a la salud era el Estado Nacional y no las empresas de medicina prepaga. En virtud de esa respuesta, la mujer inició una acción de amparo para que se le ordenara a la entidad la cobertura de la prestación. Asimismo, solicitó una medida cautelar con el mismo objeto. El juzgado de primera instancia rechazó las peticiones. Para arribar a esa decisión, afirmó que, si bien ello no implicaba desconocer los derechos humanos reproductivos de las personas trans, la pretensión de la actora no tenía sustento en la Ley N° 26.743 de Identidad de género. Entonces, consideró que no podía imponer a la demandada las consecuencias de su propia elección. Frente a esa decisión, la mujer interpuso un recurso de apelación. En su presentación, alegó que la normativa incluía tanto las prácticas de adecuación de género como sus consecuencias lógicas, entre las que se encontraba la criopreservación espermática. Por lo tanto, señaló que no podía acudirse al concepto de elección personal para negar su cobertura. |
| 28-nov-2024 | Molina (Causa N° 53045) | En septiembre de 2024, dos personas fueron visualizadas mientras intentaban sustraer una motocicleta que tenía un pedido de secuestro activo desde 2008. Debido a que no tenían en su poder la llave de ignición y documentación, fueron detenidas. A raíz de estos hechos, ambas personas fueron imputadas por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro en calidad de coautores. Entre sus argumentos, la defensa planteó que en la imputación no existía una fecha cierta de comisión de los hechos por lo que correspondía estar a la primera fecha señalada en los hechos imputados, es decir, cuando se realizó la denuncia por sustracción de la moto en 2008. En esa línea, solicitó la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento de las personas imputadas. Por su parte, la fiscalía realizó el mismo pedido que la defensa. |
| 28-nov-2024 | VNV (Causa N° 81155) | En el marco de un proceso judicial, la actora pidió que se le concediera el beneficio de litigar sin gastos. En ese trámite, el juzgado declaró de oficio la caducidad de la instancia, al considerar que habían pasado tres meses sin que ella realizara ninguna actividad procesal. La actora apeló esa decisión. En su escrito explicó que no abandonó el proceso y que había hecho una presentación que, por error, se incorporó al expediente principal en lugar de al incidente. Señaló que ese error material no podía justificar una resolución como la dictada, ya que el beneficio de litigar sin gastos tenía como objetivo garantizar el acceso a la justicia. En ese contexto, la Defensoría Pública de Menores e Incapaces ante los Tribunales Nacionales de Segunda Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo solicitó la nulidad de la resolución judicial por la falta de intervención del Ministerio Público. Señaló que esa omisión vulneró el derecho de defensa en juicio de la niña involucrada en el expediente, ya que el Ministerio Público no pudo cumplir su función ni adoptar medidas en su beneficio. Manifestó que, cuando se encuentran en juego los intereses de niñas, niños o personas respecto de quienes haya recaído sentencia de restricción a la capacidad jurídica, debe priorizarse lo que resulte más beneficioso para ellas, ya que no actúan por sí mismas y dependen de la diligencia de quienes las representan. Por ello, destacó que la caducidad de la instancia debía interpretarse con criterio restrictivo y solicitó que se deje sin efecto el fallo recurrido. |
| 27-nov-2024 | Discapacidad e imputaciones penales. Un caso de hipoacusia. | En este trabajo, a raíz de un caso de una persona con discapacidad auditiva, se analizará el abordaje de la justicia penal frente a personas imputadas con discapacidad. El análisis se centrará en la manera en que ciertas discapacidades son relevadas (o no) en la construcción y avance de las imputaciones penales. |
| 26-nov-2024 | VCRH (Causa N° 26761) | Un hombre se desempeñaba como vendedor ambulante y estaba a cargo de su hijo, que tenía una discapacidad psicosocial. Asimismo, el hombre se había incorporado al programa “Volver al Trabajo” y se había registrado como monotributista social, por lo que contaba con cobertura total de salud. De esa manera, su hijo podía acceder a distintas terapias. Con posterioridad, el Ministerio de Capital Humano de la Nación en su resolución 603/2024 dispuso que las personas que quisieran permanecer bajo la categoría de monotributistas sociales en adelante deberían abonar el 50% del componente dirigido a la obra social. De lo contrario, se procedería a la quita tanto de la cobertura como de la condición de monotributistas. En ese contexto, el hombre –en representación de su hijo– interpuso una acción de amparo contra el referido organismo. En concreto, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de la resolución y, como medida cautelar, que se suspendieran sus efectos hasta que hubiera sentencia firme. En ese sentido, manifestó su imposibilidad de afrontar el pago de la cobertura de salud y de los aportes jubilatorios. Luego, tomó intervención la Defensoría Pública Oficial de Menores ante los Tribunales Federales de San Martín, en representación complementaria del niño. En su presentación, pidió que se admitiera la medida cautelar requerida por el actor. |
| 26-nov-2024 | Fernández de Báez (causa N° 51928) | Una mujer había sido procesada por el delito de estafa. En ese contexto, celebró un acuerdo conciliatorio con la víctima en el que se comprometía a entregar una suma de dinero como reparación integral de perjuicio. Ese mismo día, la imputada transfirió el dinero a la cuenta de la víctima. Cuatro días después, la defensa solicitó al juzgado la homologación del acuerdo. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a lo peticionado. Entre sus argumentos, sostuvo que la mujer poseía varias condenas, por lo que la eventual sanción penal sería de efectivo cumplimiento. Además, cabía la posibilidad de que fuera declarada reincidente. En ese sentido, afirmó que debía garantizarse que los acuerdos no infringieran normas ni objetivos de política criminal. El juez de primera instancia no homologó el acuerdo. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la resolución impugnada y dispuso que se celebrara la audiencia prevista por el artículo 34 del Código Procesal Penal Federal. En esa oportunidad, la víctima ratificó los términos del acuerdo conciliatorio y expresó su deseo de aceptarlo con la intención de poner fin al conflicto. Por su parte, la imputada pidió disculpas. Finalmente, el Fiscal reiteró su postura con los mismos fundamentos y solicitó que no se homologue el acuerdo. Por segunda vez, el juez de primera instancia no hizo lugar a la homologación. Contra esa decisión, la defensa presentó un nuevo recurso de apelación. Allí sostuvo que la oposición fiscal era infundada ya que en el caso se verificaban los presupuestos requeridos por la norma. En relación a los antecedentes de su defendida, remarcó que no podían ser un obstáculo para el acuerdo en tanto el artículo 34 del Código Procesal Penal Federal no los preveía como causa de exclusión. |
