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FechaTítuloResumen
19-ene-2021Los derechos humanos y la crisis mundial del agua: contaminación del agua, escasez de agua y desastres relacionados con el aguaEl Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible realizó un informe sobre el agua potable. En el documento explicó las causas y consecuencias de la crisis mundial del agua. En particular, describió los efectos negativos de la contaminación y escasez de agua en el disfrute de los derechos humanos. A su vez, desarrolló las obligaciones procesales y sustantivas de los Estados en relación con el derecho al agua. Por último, emitió una serie de recomendaciones sobre las medidas que se pueden adoptar para garantizar el suministro de agua potable.
19-ene-2021González Etayo v. EspañaUn hombre había sido detenido por su presunta participación en una agrupación terrorista. El juez de instrucción ordenó que se lo colocara bajo custodia policial incomunicada hasta su puesta a disposición ante la justicia. Durante su detención, el hombre fue maltratado, golpeado y amenazado por agentes de la Guardia Civil. Al ser conducido ante el juzgado, denunció estos episodios de maltrato y alegó que habían obtenido declaraciones suyas bajo coacción. Por este motivo, presentó una denuncia por malos tratos ante el Juzgado de Instrucción. El juez interviniente consideró que no existían indicios suficientes del maltrato denunciado y decretó el sobreseimiento de los agentes imputados. El hombre recurrió la sentencia en dos oportunidades y solicitó la producción de nuevas medidas de prueba. En el marco del proceso, el juzgado tomó nuevas declaraciones y requirió copias de los informes médicos producidos durante la custodia. No obstante, consideró que no se había demostrado la versión del denunciante y dictó un tercer auto de sobreseimiento. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. En su presentación, se agravió por la desestimación de las medidas de prueba solicitadas y por el incumplimiento del Protocolo de Estambul. El tribunal compartió los argumentos de la instancia anterior y confirmó el sobreseimiento. Frente a esta denegatoria, presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional. El Tribunal declaró inadmisible el recurso.
14-ene-2021Kargakis v. GreciaUn hombre había sido detenido en prisión preventiva en la penitenciaría de Diavata, Grecia. El hombre utilizaba una silla de ruedas para trasladarse y contaba un índice de discapacidad del 80%. Al momento de su detención, indicó que se encontraba bajo tratamiento por problemas cardíacos graves y diabetes. Durante su detención fue hospitalizado de urgencia en varias oportunidades. Los médicos le recomendaron una dieta estricta y mantenerse en un ambiente libre de humo de tabaco y de agentes patógenos. Sin embargo, en el establecimiento penitenciario compartía celda con fumadores y la comida no era adecuada a sus restricciones alimentarias. Además, el lugar no estaba adaptado para personas con discapacidad ni disponía de un sistema de apoyos. Por ese motivo, interpuso un recurso ante la justicia y solicitó el levantamiento de la prisión preventiva. En su presentación, acreditó sus problemas médicos y sostuvo que las malas condiciones de detención empeoraban su estado de salud. El juez de instrucción hizo lugar al recurso y dispuso la libertad condicional del hombre. En su decisión, consideró que no existía riesgo de reincidencia, pero no se refirió al estado de salud del hombre ni las condiciones de detención invocadas. Finalmente, el hombre fue condenado a una pena de cinco años de prisión.
5-ene-2021Meneces Montaño (causa N° 20630)Durante la pandemia del virus COVID-19 una mujer, madre de tres niños menores de edad se encontraba detenida por el delito de transporte de estupefacientes. Por ese motivo, los niños estaban a cargo de una abuela que tenía diabetes y atravesaba una situación económica difícil en Bolivia. Su defensa solicitó la expulsión anticipada. En ese sentido, señaló que su grupo familiar se encontraba en estado de vulnerabilidad socio económica. Asimismo, destacó que pese a no contar con el requisito temporal para que procediera su extrañamiento, resultaba necesaria la expulsión anticipada en resguardo del interés superior del niño. Por último, sostuvo que existía disposición migratoria firme y consentida. Por su parte, tanto la Asesora de Menores como la representante del Ministerio Público Fiscal interviniente se pronunciaron en favor de lo solicitado.
ene-2021Arrestos domiciliarios y libertades anticipadas en el contexto de la pandemia de Covid-19En el año 2020, durante la pandemia de COVID-19, uno de los tantos desafíos del Estado fue dar una respuesta a la situación de las personas privadas de libertad. La libertad condicional, la libertad asistida y el arresto domiciliario fueron parte del catálogo de herramientas que estuvieron a disposición ante el contexto de emergencia sanitaria y emergencia penitenciaria. En este trabajo, se analizará la actuación de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre tales institutos legales entre los meses de marzo y julio de 2020. Habrá también una mención, menos exhaustiva y con un propósito comparativo, de la jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal.
30-dic-2020AGLI (causa N° 123332)Un hombre y una mujer de nacionalidad argentina se conocieron en Buenos Aires en el año 1992. En el año 2006 decidieron continuar con su relación en España de manera temporal, donde nació su primera hija. En el año 2009 regresaron a Argentina y, al año siguiente, nació su segunda hija. Permanecieron en el país hasta el año 2014 y, más tarde, decidieron volver a España y asentarse en Barcelona. Como el hombre tenía ciudadanía española su cónyuge obtuvo la tarjeta de residencia por cinco años. Posteriormente, el matrimonio decidió programar un viaje a Francia. Sin embargo, solo viajaron las dos niñas con su padre y, al términar su estadía, en lugar de regresar a España, se trasladaron a Argentina. En ese marco, la madre de las niñas inició una demanda de restitución internacional a su residencia habitual en Palafolls, Barcelona. En relación con este proceso, se celebró una audiencia en presencia de la asesora de incapaces para que las niñas tuvieran la oportunidad de expresarse. Posterior a ello, el Juzgado de Familia de Quilmes admitió la acción y el padre apeló la resolución. La cámara confirmó la sentencia. Contra esa decisión, el demandado interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Entre sus argumentos, expuso que la sentencia era contraria a la Convención de los derechos del Niño y que el traslado a Argentina no fue ilícito por encontrarse el centro de vida de las niñas en Bernal, Quilmes, provincia de Buenos Aires, donde pasaron la mayor parte de sus vidas y se encontraba su familia. Al momento de expedirse la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, las niñas tenían 13 y 9 años.
29-dic-2020Fernández (Causa N° 12000138)Una persona realizó una denuncia telefónica anónima e informó del funcionamiento de un cabaret en el que varias mujeres ejercían la prostitución. En consecuencia, el encargado del bar del lugar fue acusado en el fuero provincial por el delito de administración de casas de tolerancia, conforme al artículo 17 de la N° 12.331. Una vez finalizada la instrucción en esa sede, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que los hechos investigados podrían encuadrar en el delito de trata de personas. Por ende, informó al fuero federal de esta situación y se inició una nueva causa ante un tribunal oral federal. El juez provincial condenó a la persona imputada por el delito establecido en el artículo 17 de la Ley N° 12.331. Ante esta situación, el defensor interviniente ante el fuero federal presentó una excepción de previo y especial pronunciamiento por falta de acción. En ese sentido, explicó que su asistido ya había sido perseguido y condenado en el fuero provincial por los mismos hechos. Así, concluyó que no podía ser perseguido ante el fuero federal por la garantía del non bis in ídem. El representante del Ministerio Público Fiscal Federal coincidió con las conclusiones de la defensa.
28-dic-2020De Lillo (causa n° 7919)En el 2015, un hombre fue imputado y detenido con prisión preventiva en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad de Buenos Aires por el delito de tráfico de estupefacientes en concurso real con el delito de tenencia ilegítima de documento nacional de identidad ajeno. En 2016, el hombre fue condenado en el marco de otro proceso a la pena de cuatro años y siete meses de prisión. Luego, en 2018, fue condenado a la pena única de doce años de prisión, comprensiva de la pena impuesta en el marco del otro proceso y la correspondiente al delito de tráfico de estupefacientes en concurso real con el delito de tenencia ilegítima de documento nacional de identidad ajeno. Esa decisión fue recurrida por su defensa. Por ese motivo, la sentencia no adquirió firmeza. Durante el tiempo de su detención, el hombre estudió y realizó cursos en la unidad penitenciaria. En ese sentido, en 2020 solicitó una reducción de los plazos del régimen de progresividad por estímulo educativo. Esta solicitud fue resuelta de manera favorable y se le redujeron un total de diez meses de la pena. A su vez, desde mayo de 2020, el hombre transitaba el período de prueba. En cuanto a su conducta y su concepto, el hombre calificaba con conducta ejemplar y concepto muy bueno, y no contaba con sanciones disciplinarias. Entonces, solicitó de forma in pauperis su incorporación al régimen de salidas transitorias. Su defensa fundó el pedido, dentro de otras cuestiones, en la importancia de su concesión para afianzar y mejorar sus vínculos familiares. El Consejo Correccional del complejo penitenciario, por unanimidad, se expidió en forma positiva. Por su parte, la representante del Ministerio Público dictaminó de manera favorable al pedido y solicitó que se le colocara al hombre un dispositivo electrónico de control.
23-dic-2020Coria García Martínez (causa Nº A75163)Un abogado matriculado en la provincia de Buenos Aires obtuvo a principios de 2014, junto a su cónyuge, la guarda con fines de adopción de su segunda hija. El 24 de abril de ese año, la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires estableció por reglamento un subsidio por maternidad o adopción. El subsidio equivalía a 220 días de la cuota anual obligatoria que le correspondía abonar a sus afiliados. Por este motivo, el profesional solicitó el beneficio. Sin embargo, la entidad consideró que el subsidio se encontraba instituido sólo para las afiliadas mujeres y negó la solicitud. En esa línea, explicó que su finalidad era que “las abogadas mamás, puedan cumplir con su rol, sobre todo los primeros meses de nacimiento, alcanzar su recuperación y en el caso de las mamás adoptivas, crear y fomentar el vínculo, afianzar el lazo, favorecido durante el plazo que otorga el subsidio, al quedarse en el hogar”. El afiliado inició una demanda contencioso administrativa contra la caja con el objeto de que se decretase la ilegitimidad de la reglamentación y se le otorgara el subsidio. El juzgado de primera instancia hizo parcialmente lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la limitación impuesta. Además, ordenó a la demandada el dictado de un acto administrativo que, en el plazo de 60 días modificase el reglamento cuestionado. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelaciones de San Martín, por mayoría, revocó la decisión y rechazó la demanda. Finalmente, el actor interpuso un recurso extraordinario de inconstitucionalidad.