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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 2-ago-2021 | CAE (causa Nº 24540) | Una persona nacida en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires había sido inscripta en el Registro Nacional de las Personas con un nombre de mujer y sexo femenino. Sin embargo, a lo largo de su vida se autopercibió con el sexo masculino de forma libre y sostenida. En 2020, durante su adolescencia, solicitó a sus progenitores una autorización para iniciar la modificación registral de su partida de nacimiento de acuerdo con su identidad de género. Sin embargo, su progenitor expresó que no lo acompañaría ni daría su consentimiento porque la religión que profesaba no se lo permitía. Entonces, la persona se presentó ante el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 83 con el acompañamiento de su progenitora y requirió que se le concediera la autorización por vía judicial en los términos del artículo 5º de la ley Nº 26.743 (Ley de Identidad de Género). Previo a resolver, el juez citó a una audiencia al progenitor. En esa oportunidad, el hombre prestó su consentimiento. El juzgado consideró que el pronunciamiento judicial había devenido innecesario y declaró abstracta la presentación. En ese sentido, sostuvo que los progenitores debían concurrir al registro civil a concretar el cambio de género solicitado. Contra esa decisión, la persona solicitante y la defensora de menores interpusieron un recurso de apelación. |
| 1-ago-2021 | Moix (causa Nº 1784) | Una persona de nacionalidad argentina viajó el 12 de junio de 2021 para ver a su cónyuge a la ciudad de Uruguayana, Brasil. A partir de la situación de emergencia sanitaria, mientras la persona se encontraba en Brasil, el gobierno de Argentina dictó la Decisión Administrativa Nº 683/2021. Allí, autorizó el ingreso de personas al territorio nacional por determinados pasos fronterizos, vía aérea o marítima. A su vez, dispuso que la Dirección Nacional de Migraciones podía autorizar de manera excepcional el ingreso por otros pasos fronterizos cuando concurran especiales y acreditadas razones humanitarias que así lo ameriten. Ante esta situación, la persona intentó regresar a la Argentina. En ese sentido, solicitó el permiso de ingreso al país por vía de excepción y presentó la documentación que acreditaba que se había vacunado con la primera dosis contra el Covid-19. La Dirección Nacional de Migraciones se pronunció de manera negativa. Por ese motivo, la persona presentó una acción de habeas corpus. En su presentación, expuso que debía retornar a su trabajo (único sustento de vida), que la normativa dictada le impedía el retorno al país por cualquier medio de transporte y que no contaba con recursos económicos para afrontar los gastos de traslado vía aérea o marítima. Además, solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la decisión administrativa. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
| ago-2021 | Juicio abreviado y principio acusatorio | El presente documento releva jurisprudencia nacional relativa al exceso en el pronunciamiento en el que incurren los tribunales que, luego de homologar los acuerdos de juicio abreviado, se expiden sobre cuestiones que no fueron pactadas entre las partes. En esta oportunidad, se presenta jurisprudencia favorable a la defensa tanto de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, como de la Cámara Federal de Casación Penal. |
| ago-2021 | Juicios virtuales. Emergencia sanitaria | En esta compilación presentamos, primero, las acordadas emitidas por la CSJN para reglamentar el funcionamiento del Poder Judicial de la Nación durante la pandemia; segundo, describimos diferentes regulaciones elaboradas en otros países sobre esta materia; y, tercero, incluimos una serie de sentencias en las que se trataron problemas referentes a este modo de sustanciar los procesos judiciales. |
| 30-jul-2021 | JA (causa Nº 2630) | Una niña de once años padecía una diabetes mellitus tipo 1. Su médica tratante le prescribió una microinfusora de insulina con monitoreo continuo de glucosa integrado. Los progenitores de la niña, en su representación, solicitaron a su empresa de medicina prepaga la autorización del tratamiento, pero no obtuvieron respuesta. Por este motivo, iniciaron una acción de amparo contra la empresa y solicitaron una medida cautelar. La medida consistía en ordenarle a la demandada que cubriera la totalidad de los gastos originados en la adquisición, colocación y manutención periódica de un infusor de insulina con monitoreo continuo de glucosa (sistema Smart Guard), más los insumos requeridos para el funcionamiento de forma total, integral y permanente. El juzgado de primera instancia rechazó la medida. Para decidir de esa manera, citó un precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y sostuvo que las medidas cautelares no pueden identificarse con el objeto de la acción substancial. Contra esa decisión, la defensa pública de la parte actora interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios, expresó que existían razones suficientes para apartarse de ese criterio y otorgar excepcionalmente la medida cautelar. |
| 30-jul-2021 | Venegas (Causa N° 3037) | Una persona había obtenido una autorización para cultivar cannabis a través del Registro Nacional de Personas Autorizadas al Cultivo Controlado con Fines Medicinales y/o Terapéuticos (REPROCANN). El permiso había sido concedido para el tratamiento de las dolencias de un familiar y lo habilitaba a cultivar hasta nueve plantas. Un día, un integrante de la policía advirtió que en su domicilio había plantas de marihuana. Ante esta situación, se iniciaron tareas de investigación. Luego de constatar la presencia de un invernadero con plantas de cannabis, un juez federal ordenó el allanamiento del lugar. En el procedimiento se secuestraron once plantas de cannabis y distintas herramientas para su cultivo. Por ese motivo, y a pesar de haber mostrado la correspondiente autorización, el hombre fue imputado por el delito de tráfico de estupefacientes. La defensa alegó que la persona cultivaba cannabis con fines medicinales. Además, solicitó la restitución de los bienes secuestrados. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal rechazó la restitución pretendida. En ese sentido, consideró que no correspondía porque el REPROCANN no contaba con un mecanismo de control estatal sobre los cultivos autorizados y eso generaba un riesgo para el bien jurídico protegido de la ley Nº 23.737. A su vez, señaló que la persona imputada había superado el metro cuadrado cultivado y el número de plantas en proceso de crecimiento permitido. |
| 20-jul-2021 | Zoltán Varga v. Eslovaquia | El Servicio de Inteligencia Eslovaco (SIS) sospechaba que un expolicía, quien colaboraba con un grupo financiero, estaba implicado en actividades delictivas. En consecuencia, el SIS solicitó al Tribunal Regional de Bratislava tres órdenes de vigilancia. La primera orden autorizó la vigilancia en su departamento. La segunda orden amplió esta vigilancia a una tercera persona no identificada. La tercera permitió al SIS controlar al expolicía mediante grabaciones de audio y vídeo. En 2011, el expolicía, a través de un documento anónimo, descubrió que había sido investigado. Al investigar más a fondo, encontró que el Tribunal Regional había intervenido y de que una Comisión Parlamentario estaba investigando el uso de técnicas de inteligencia utilizado por el SIS. En junio de 2011, la persona presentó una queja ante el Tribunal Constitucional de Eslovenia, argumentando que las órdenes del Tribunal Regional y la vigilancia ejercida por el SIS le habían generado un perjuicio. En tal sentido, solicitó la destrucción de la información recopilada y una compensación económica. En marzo de 2012, el Tribunal Constitucional aceptó la queja contra las órdenes del Tribunal Regional, pero no otorgó la reparación en concepto de daños. Al respecto, el Tribunal Constitucional determinó que el Tribunal Regional violó los derechos del expolicía al no especificar el plazo para informar sobre la vigilancia. Además, afirmó que no tenía jurisdicción sobre el SIS y no podía ordenar la destrucción de la información obtenida durante la vigilancia. |
| 19-jul-2021 | Alimentación sana y sostenible: reducir el impacto ambiental de los sistemas alimentarios en los derechos humanos | El Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible realizó un informe sobre los alimentos sanos y sostenibles. En el documento describió el impacto de los sistemas alimentarios industriales en el ambiente y en la salud. A su vez, desarrolló las obligaciones procesales y sustantivas de los Estados relacionadas con el respeto y la garantía del derecho a la alimentación. Por último, emitió una serie de recomendaciones para hacer frente al impacto ambiental de los sistemas alimentarios. |
| 16-jul-2021 | Castro (Causa N° 37029) | Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y con la intervención de un menor de dieciocho años, en concurso real con robo agravado por su comisión con arma de fuego de utilería y en poblado. El imputado era padre de tres niños menores de edad. En este contexto, su defensa solicitó el arresto domiciliario. El tribunal, sin haber dado intervención al asesor de menores, rechazó el pedido. Entre sus argumentos sostuvo que la situación alegada no se encontraba entre los supuestos previstos en la ley de ejecución de la pena y que la medida no resultaba procedente conforme al CPPF. Además, valoró la gravedad del hecho y destacó que el imputado ya había incumplido una prisión domiciliaria anterior. También consideró que, si bien la madre de los tres hijos menores debía trabajar y atenderlos, ello no acreditaba una afectación concreta en su desarrollo, máxime cuando contaban con cuidadora. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 15-jul-2021 | Giménez (Causa N° 264) | Una mujer sufría enfermedades que alteraban la movilidad y la marcha. En consecuencia, se le generó una discapacidad que le impedía trabajar. Su padre era el sostén económico del hogar. Cuando falleció, inició el trámite para solicitar una pensión ante la Comisión Médica de la provincia de Salta. En esa oportunidad, fundó su pedido en el artículo 53, inciso e, de la ley N° 24.241 debido a que se encontraba incapacitada para el trabajo al momento del fallecimiento de su padre. La Comisión Médica de Salta dictaminó que la solicitante no reunía las condiciones para acceder a la pensión por fallecimiento. La mujer apeló la decisión ante la Comisión Médica Central. No obstante, la Comisión Central confirmó el rechazo del beneficio. Además, resaltó que la actora no alcanzaba el 66% de incapacidad que se requería para la pensión por fallecimiento. Por ese motivo, la actora interpuso un recurso directo ante la Cámara Federal de Salta. Entre sus argumentos, cuestionó la constitucionalidad del artículo 49, inciso 4, de la misma ley. Sobre este aspecto, resaltó que la norma obligaba a presentar el recurso ante la Cámara Nacional de Seguridad Social que quedaba a kilómetros de distancia de su domicilio. A su vez, sostuvo en el caso “Pedraza” la Corte Suprema de Justicia de la Nación había resuelto que las cámaras federales de las provincias eran competentes respecto de las apelaciones en materia previsional. La Cámara Federal de Salta se declaró incompetente para entender la causa. Contra esa decisión, la actora interpuso un recurso extraordinario. En ese sentido, insistió en la inconstitucionalidad de la norma. Asimismo, resaltó su situación de vulnerabilidad ante la discapacidad que padecía y el fallecimiento de su padre, su sostén económico. Por último, sostuvo que la norma violaba las garantías de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva. |
