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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/3292
Título : | JA (causa Nº 2630) |
Fecha: | 30-jul-2021 |
Resumen : | Una niña de once años padecía una diabetes mellitus tipo 1. Su médica tratante le prescribió una microinfusora de insulina con monitoreo continuo de glucosa integrado. Los progenitores de la niña, en su representación, solicitaron a su empresa de medicina prepaga la autorización del tratamiento, pero no obtuvieron respuesta. Por este motivo, iniciaron una acción de amparo contra la empresa y solicitaron una medida cautelar. La medida consistía en ordenarle a la demandada que cubriera la totalidad de los gastos originados en la adquisición, colocación y manutención periódica de un infusor de insulina con monitoreo continuo de glucosa (sistema Smart Guard), más los insumos requeridos para el funcionamiento de forma total, integral y permanente. El juzgado de primera instancia rechazó la medida. Para decidir de esa manera, citó un precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y sostuvo que las medidas cautelares no pueden identificarse con el objeto de la acción substancial. Contra esa decisión, la defensa pública de la parte actora interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios, expresó que existían razones suficientes para apartarse de ese criterio y otorgar excepcionalmente la medida cautelar. |
Argumentos: | La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba hizo lugar al recurso, revocó la resolución y dispuso que OSDE brindase la cobertura de la totalidad de los gastos originados en la adquisición, colocación y manutención de un infusor de insulina con monitoreo continuo de glucosa, sistema Smart Guard, y de los demás insumos que requerían para su correcto funcionamiento (juez Sánchez Torres y jueza Navarro). 1. Derecho a la salud. Medidas cautelares. Interpretación de la ley. Peligro en la demora. Verosimilitud del derecho. Tratamiento médico. Informes. “[S]i bien es sabido que para el dictado de una medida cautelar debe presidir a su valoración un criterio particularmente cuidadoso y restrictivo, limitando la posibilidad que la cautela coincida con el fondo de lo pretendido, merece especial atención, como ocurre en la causa traída a estudio, los casos en que esté en peligro la vida, la salud o la integridad física de las personas y más aún, cuando se encuentre debidamente acreditada en las actuaciones la existencia de circunstancias de necesidad que justifica la tutela cautelar…”. “[C]abe señalar que en los presentes obrados se dan los presupuestos previstos en el art. 230 del CPCCN para el dictado de medidas cautelares, esto es la `verosimilitud del derecho´ y el `peligro en la demora´. Así y en relación a la verosimilitud del derecho, no puede perderse de vista que la menor A.J padece de `Diabetes Mellitus Tipo I´ y necesita de un tratamiento específico para afrontar su enfermedad”. 2. Derecho a la salud. Medidas cautelares. Peligro en la demora. Tratamiento médico. Informes. “Igualmente el peligro en la demora se encuentra por demás configurado en los presentes obrados de manera objetiva, en virtud del contenido del informe médico elaborado por la doctora […] que pone en evidencia que el mantenimiento de la situación en su estado actual coloca en serio riesgo la salud y la vida de la menor A.J, tornándose imposible cualquier reparación posterior. Por último, no puede dejar de soslayarse que en el presente amparo está comprometido el derecho fundamental a la salud, reconocido por los Pactos Internacionales (art. 25, inc. 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y art. 12, inc. 2, ap. d., del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) con jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional)”. |
Tribunal : | Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala B |
Voces: | DERECHO A LA SALUD MEDIDAS CAUTELARES INTERPRETACIÓN DE LA LEY PELIGRO EN LA DEMORA VEROSIMILITUD DEL DERECHO TRATAMIENTO MÉDICO INFORMES |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Dos Santos Da Costa (causa Nº 655) |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/JA (causa Nº 2630).pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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