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FechaTítuloResumen
3-may-2022PalaciosLuego de una discusión con su pareja, una mujer presentó quemaduras en su cuerpo y su novio solicitó auxilio médico para asistirla. Una vez en el hospital, la mujer indicó que el responsable de las lesiones había sido su pareja. Luego, la víctima se retractó y planteó que había sido ella la que se había autolesionado producto de un estado de intoxicación por consumo de sustancias estupefacientes y de alcohol. En la etapa de juicio oral, la fiscalía endilgó al hombre la responsabilidad por las lesiones y solicitó que se lo condenara por el delito de homicidio agravado por mediar violencia de género, en grado de tentativa. Por su parte, la defensa solicitó su absolución y ofreció, dentro de otras pruebas, el testimonio ofrecido por la víctima en el marco del debate oral. En ese sentido, la mujer reiteró su propia responsabilidad en las quemaduras. Además, agregó que el hombre había sido quien apagó el fuego en su cuerpo y solicitó la ayuda médica. Por último, la defensa ofreció como prueba el testimonio de las médicas del área de salud mental que atendieron a la víctima. Sobre ese aspecto, las profesionales indicaron el cuadro de la mujer al momento de los hechos y respaldaron que la víctima no había indicado que el hombre fuera responsable de los hechos.
3-may-2022Verbitsky (causa N° 117445)En 2005, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en el caso “Verbitsky”. Entre otras cuestiones, ordenó a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y al resto de los tribunales de la jurisdicción que hicieran cesar toda situación de agravamiento de las condiciones de detención que implicase tratos crueles, inhumanos y degradantes. En ese sentido, consideró que la sobrepoblación carcelaria afectaba los derechos a la vida y a la integridad física de las personas privadas de la libertad. En 2014, integrantes del Consejo de Defensores de la Provincia de Buenos Aires se presentaron ante la Suprema Corte de Justicia en el legajo de ejecución del fallo y denunciaron el agravamiento de la situación de hacinamiento y el incumplimiento de los estándares impartidos por la CSJN en 2005. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires desestimó el planteo, lo que motivó la interposición de un recurso extraordinario federal que, una vez denegado, suscitó la presentación de un recurso de queja. En 2021, la CSJN, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso y revocó la sentencia impugnada. Entre otras cuestiones, ordenó a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires completar la ejecución de la sentencia.
2-may-2022Rodríguez y otra (causa N° 13321)Una persona adulta mayor viuda que necesitaba asistencia para su vida diaria tenía como única familiar a una hermana que vivía en otro país. En 2018 le solicitó a una mujer de su confianza que fuera su apoderada para el cobro de su jubilación ante ANSES. En 2019, ante su deterioro físico, la mujer decidió internarla en una clínica geriátrica. En ese contexto, la persona mayor le extendió ante una escribana un poder general de administración y disposición de sus bienes. Así, la mujer puso en alquiler su departamento y administraba su jubilación. Con ese dinero, hizo frente a los gastos de manutención hasta su fallecimiento. Por esos hechos, se imputó a la apoderada por los delitos de defraudación mediante circunvención de incapaz y estafa en concurso real. Además, la escribana fue imputada por el delito de defraudación mediante circunvención de incapaz. En el marco del proceso penal, se llevó a cabo un peritaje que demostró que la víctima padecía de ceguera bilateral y un síndrome confusional que le imposibilitaba otorgar actos jurídicos. Entonces, el juzgado interviniente dictó su procesamiento. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dictó la falta de mérito y ordenó al juzgado que solicitara información al geriátrico, al inquilino y a ANSES. Realizadas las diligencias, se constató que la imputada había dirigido las sumas obtenidas del alquiler y jubilación a solventar la internación en la clínica geriátrica. Sin embargo, el juzgado interviniente procesó de nuevo a las imputadas. Contra esa resolución, la defensa presentó un recurso de apelación.
2-may-2022Ramos (causa N° 9154/2017)Una persona había robado un comercio. Al momento de abandonar el local, realizó dos disparos que ocasionaron la muerte de la víctima. El tribunal oral interviniente condenó a la persona por el delito de homicidio ‘criminis causae’, en concurso real con robo agravado por haber sido con arma de fuego.
29-abr-2022AncersUna empresa y su presidente fueron acusados por la falta reiterada de depósito de los montos rete-nidos a sus dependientes en concepto de aportes al Sistema Único de la Seguridad Social, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencidos los plazos para ingresarlos. Por esos cincuenta y cuatro hechos fueron imputados por los delitos previstos en el artículo 9 de la ley N° 24.769 y el ar-tículo 7 del Régimen Penal Tributario según ley N° 27.430. Esos hechos fueron cometidos de manera reiterada en 54 oportunidades y concurrían materialmente entre sí. En ese contexto, el juzgado in-terviniente decretó la inhibición general de bienes hasta cubrir la suma de $15.000.000. La defensa solicitó que se aplicara el inciso 6° del artículo 59 del Código Penal. El juzgado hizo lugar a la petición y suspendió la acción penal hasta tanto se abonara la totalidad de las cuotas de los planes de facilida-des bajo apercibimiento de reanudar el trámite del proceso y llevar a cabo el juicio. Luego, la defensa solicitó el levantamiento de todas las medidas cautelares dictadas.
28-abr-2022Valakkevicus (Causa N° 63044/2014)Un hombre (IAV) fue acusado de robarle el teléfono celular a GEP, junto a otras dos personas, luego de exhibirle un arma de fuego. GEP declaró en sede policial y en instrucción y reconoció a IAV como su agresor con unas fotografías que le mostraron. Además, el preventor que intervino en la detención (RRZ) declaró que secuestró el teléfono celular en poder de IAV. En el juicio oral, GEP negó poder reconocer al acusado como uno de sus atacantes y no pudo aportar datos o características para individualizarlo. Por su parte, en el juicio oral, el preventor RRZ señaló que había secuestrado un arma y un teléfono celular a las tres personas pero no pudo precisar en poder de quién de los tres estaba cada elemento. El hombre fue condenado por el delito de robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego a la pena de seis años y ocho meses de prisión. Para decidir de esa manera el tribunal valoró las declaraciones que GEP y el preventor RRZ brindaron en sede policial, pero éstas últimas no se incorporaron por lectura en el debate. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
28-abr-2022Gutierrez Choque (causa N° 5051)Una mujer, madre de dos niños menores de edad se encontraba detenida por el delito de transporte de estupefacientes. Por ese motivo, los niños estaban a cargo de una tía en Bolivia. Sin embargo, debido a la difícil situación económica que atravesaba la tía, una abuela con un estado de salud delicado y una situación socio económica compleja había tomado responsabilidad sobre uno de los niños. Su defensa solicitó la expulsión anticipada de la persona. En ese sentido, señaló que su grupo familiar se encontraba en estado de vulnerabilidad. Asimismo, destacó que pese a no contar con el requisito temporal para que procediera su extrañamiento, resultaba necesaria la expulsión anticipada en resguardo del interés superior del niño y por razones humanitarias, a favor de sus padres adultos mayores. Por último, sostuvo que existía disposición migratoria firme y consentida. Por su parte, tanto el Asesor de Menores como el representante del Ministerio Público Fiscal se pronunciaron en favor de lo solicitado.
28-abr-2022Garrido y otra (causa Nº 3977)En el marco de una investigación, se llevó a cabo un allanamiento en un domicilio en el que vivía una pareja. En consecuencia, se secuestraron 42 gramos de marihuana en una caja de cartón que estaba sobre una heladera y 280 gramos de la misma sustancia en un paquete de nylon. Además, se halló una balanza de precisión. Por ese hecho, la pareja fue convocada a prestar declaración indagatoria. En esa oportunidad, el hombre manifestó que usaba los estupefacientes hallados el día del procedimiento para consumo personal y que su pareja no tenía conocimiento de lo que tenía. A su turno, la mujer declaró que ignoraba que su pareja poseía sustancias ilícitas arriba de la heladera.
27-abr-2022Ocantos (causa N° 32333)Un hombre fue detenido y procesado con prisión preventiva por el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, en concurso real con el delito de defraudación por estelionato en calidad de coautor (reiterado en quince oportunidades y tres oportunidades en calidad de partícipe necesario). Al momento de su detención, la persona se identificó correctamente, su domicilio fue constatado y no registraba rebeldías. La defensa solicitó la excarcelación. Frente a su rechazo, presentó un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Consideró, entre otras cuestiones, que si bien tenía arraigo, el procesado tenía los medios económicos suficientes para evadir el accionar de la justicia. Además, entendió que debido a la naturaleza y gravedad de los hechos atribuidos la eventual pena a imponer no podría ser dejada en suspenso, lo que operaba como un claro indicador de riesgo de fuga. Por otra parte, consideró que existía un peligro de entorpecimiento de la investigación pues se continuaban presentando nuevos presuntos damnificados, y existía la posibilidad de que la asociación permaneciera en actividad, escondiera documentos relevantes para la investigación y se asegurara el provecho de las defraudaciones. Contra esta resolución, la defensa presentó un recurso de casación.
27-abr-2022Monasterio San Bernardo de Carmelitas Descalzas (Causa Nº 770696)Las monjas y la madre superiora del convento San Bernardo de Carmelitas Descalzas de la ciudad de Salta habrían sufrido distintos hechos de violencia de género de tipo psicológica, física y económica por parte del Arzobispo de esa ciudad y de dos sacerdotes. Por ese motivo, en noviembre de 2020 la madre superiora realizó la denuncia ante las autoridades eclesiásticas. Sin embargo, debido a que los hechos de violencia habrían continuado, las religiosas presentaron una denuncia en sede judicial y solicitaron medidas de protección. Entre sus argumentos, sostuvieron que existía peligro cierto de padecer nuevos actos de violencia en virtud de su condición de mujeres y de la relación desigual de poder respecto del denunciado. El juzgado interviniente hizo lugar a las medidas requeridas. Luego, se presentó el arzobispo, negó haber ejercido violencia e indicó que se había limitado a cumplir sus funciones en el monasterio. En ese sentido, planteó la incompetencia del tribunal y, en consecuencia, la nulidad de todo lo actuado. Asimismo, señaló que debía aplicarse el Concordato con la Santa Sede –incorporado mediante la ley Nº 17.032– de jerarquía superior a las normas nacionales. Por último, agregó que la causa debía resolverse en el fuero eclesiástico, tanto por los sujetos involucrados como por la denuncia presentada en un primer momento.