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28-sep-2018DSA (causa Nº 25824)Una persona inició una demanda contra la empresa que lo empleaba por despido injustifi-cado. En su presentación individualizó diferentes créditos derivados de la ruptura del vínculo laboral e incluyó, entre sus pretensiones, una suma de dinero en concepto de daño moral resarcitorio de los perjuicios que se le ocasionaron. Esto último, debido a la conducta discriminatoria de su superior jerárquica, que lo trataba y acosaba por su orientación sexual. El juzgado de primera instancia hizo parcialmente lugar a la demanda, pero desestimó el reclamo por daño moral. Contra esa resolución, ambas partes interpusieron un recurso de apelación.
26-sep-2018López Soto y otros v. VenezuelaLinda Loaiza López Soto tenía 18 años de edad cuando fue secuestrada al salir de su residencia en Caracas, Venezuela. Bajo amenaza de muerte, fue retenida por un lapso de casi cuatro meses y sometida de manera continua a diversos actos de violencia física, verbal, psicológica y sexual por los que sufrió lesiones físicas y psicológicas. Estos hechos fueron cometidos por un particular. Aunque su hermana hizo saber a las autoridades de la desaparición en distintas ocasiones, la policía se negó a recibir la denuncia con el argumento de que Linda y su agresor eran pareja y que lo mejor era esperar. El 19 de julio del 2001, Linda fue rescatada por integrantes de la policía local. Los golpes recibidos durante su cautiverio fueron de tal intensidad que la tuvieron que operar una gran cantidad de veces. Además, estuvo hospitalizada durante un año para la reconstrucción de su rostro. Luego del rescate, se inició una investigación en sede penal. La persona que secuestró a Linda Loaiza fue acusada por los delitos de privación de la libertad, lesiones gravísimas y violación. Cabe destacar que la legislación al momento de la denuncia no tipificaba el delito de tortura llevado a cabo por particulares. El acusado fue condenado por los delitos de privación de la libertad y lesiones gravísimas, pero absuelto por el delito de violación. Dicha absolución fue recurrida por la víctima. En el año 2008, se declaró cumplida la pena. Sin embargo, se encuentra pendiente la revisión del proceso en lo atinente al delito de violación.
2-oct-2017MMDV (Causa N° 603017)Una mujer cursaba el cuarto mes de embarazo y se encontraba con presión alta y hemorragias. En consecuencia, decidió concurrir al hospital. Así pues, fue atendida por un médico en la guardia. Asimismo, la mujer relató haber sufrido maltrato verbal y prácticas agresivas sin su consentimiento. Ante esta situación, solicitó el traslado a otro centro médico, pero no recibió respuesta. En consecuencia, se dirigió por sus propios medios a un nuevo hospital en el que le indujeron el parto. El bebé nació con vida, pero falleció horas después. Por este motivo, la mujer denunció al Hospital P.F. y al médico ginecólogo tratante por la violencia obstétrica que sufrió. Entonces, intervino el Juzgado de Violencia Familiar y de Género 1° Nominación de Salta.
14-jul-2017Observación General Nº 35Esta recomendación general, emitida por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, actualiza la recomendación general Nº 19 dictada en 1992. En esa oportunidad, la CEDAW había establecido que la discriminación contra la mujer –de acuerdo al art. 1 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer– incluye la violencia basada en el sexo, es decir, la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o que la afecta en forma desproporcionada. La recomendación general Nº 35 establece obligaciones generales para los Estados parte de la Convención. En ese sentido, analiza los deberes del Estado en su rol ejecutivo, legislativo y judicial.
16-abr-2016A.P., Garçon and Nicot v. FranciaTres personas transexuales solicitaron al Estado francés cambios en su certificado de nacimiento con el fin de que se correspondiera con su identidad sexual. En ese entonces, se requería para alterar la indicación del sexo que el interesado tuviera un “desorden de identidad”, que se hubiese sometido a una cirugía o tratamiento médico, que no tuviese todas las características físicas del sexo asignado al nacer, que hubiese adoptado la apariencia física del sexo auto percibido, y la demostración de un comportamiento social correspondiente a ese sexo. Estas exigencias, por lo general, implicaban que los interesados se sometieran a tratamientos o cirugías para obtener cambios irreversibles en su cuerpo, los que normalmente resultaban en su esterilización. El Estado rechazó las tres peticiones por motivos vinculados con el incumplimiento de esos requisitos.
2-feb-2016HLA (causa Nº C-6111-MP1)Un hombre solicitó al Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires (IPS) una pensión derivada del fallecimiento de su conviviente del mismo sexo. El Instituto consideró que el artículo 34, inc. 1º, del decreto- ley Nº 9650/1980, otorgaba el derecho de pensión a quien había convivido en “aparente matrimonio” y que, en la redacción del Código Civil vigente al momento de resolver, la noción de matrimonio correspondería a la unión de un hombre y una mujer. En consecuencia, desestimó la solicitud. Entonces, el actor interpuso una demanda y solicitó que se le concediera el beneficio reclamado. El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata hizo lugar parcialmente a la demanda. A tal efecto, tuvo en consideración la entrada en vigencia de la ley Nº 26.618. Contra dicha decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación.
9-sep-2015RV (Causa Nº 164082)Una persona fue despedida de su trabajo un mes después de haberse reintegrado de una licencia que había sido prescrita por su médico tratante cuando le diagnosticaron HIV. Por tal motivo, interpuso una demanda por la que solicitó una indemnización por daño moral por despido discriminatorio. El Tribunal del Trabajo rechazó la petición por considerar que no se había acreditado que la empleadora tuviera conocimiento de su situación al disponer el despido. La decisión fue apelada por el actor.
23-jul-2015Recomendación CEDAWEl Comité sostuvo que el derecho de acceso a la justicia para las mujeres es esencial para la realización de todos los derechos protegidos por la CEDAW. Explicó además que el derecho de acceso a la justicia es multidimensional, por lo que incluye la justiciabilidad, la disponibilidad, la accesibilidad, la buena calidad y la responsabilidad de los sistemas de justicia, y la provisión de recursos para las víctimas.
30-nov-2014D. L. P., V. G. y Otro c. Registro del Estado Civil y Capacidad de las PersonasAnte la negativa del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a inscribir a un niño con el apellido de la madre seguido del correspondiente al padre, ambos progenitores iniciaron un amparo y solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 4 y 5 de la ley 18.248, por resultar contrarios al principio de igualdad ante la ley entre los integrantes del matrimonio. La pretensión fue desestimada por el juez de primera instancia con sustento en lo normado por la ley 18.248, que otorga al padre o jefe de la familia la posibilidad de que su hijo sea reconocido en sociedad como el suyo, previendo la norma jurídica que pueda adicionársele el apellido materno. En consecuencia, los actores interpusieron recurso de apelación.
31-jul-2012Furlan y familiares v. ArgentinaEn el año 1988, Sebastián Furlan, quien por entonces tenía 14 años de edad, recibió el impacto de un travesaño que cayó sobre su cabeza y le ocasionó una fractura de cráneo y daños cerebrales graves. En ese momento, se encontraba jugando con otros niños en un campo de entrenamiento militar abandonado por el Ejército, en la localidad de Ciudadela, provincia de Buenos Aires. El padre de Sebastián, Danilo Furlan, inició una acción de daños y perjuicios contra el Estado Nacional a fin de obtener el resarcimiento por los daños sufridos por su hijo y obtener los medios necesarios para una adecuada rehabilitación. El referido proceso civil demoró aproximadamente 12 años y tres meses y fijó una indemnización en pesos. Sin embargo, por aplicación de la ley 23.982 sobre consolidación de deudas, dicho crédito fue cancelado mediante la suscripción de bonos cuyo monto total recién se podía cobrar en el año 2016.