Buscar


Filtros actuales:

Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 41-50 de 229.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
13-mar-2019R y otros (reg. Nº 9755 y causa Nº 31260)Un hombre se encontraba detenido en el Complejo Penitenciario Federal Nº I de Ezeiza. En la sala de visitas discutió con un agente penitenciario. Por esa razón fue trasladado a la “leonera”, donde fue golpeado y sufrió un ataque sexual por parte de personal del Servicio Penitenciario. El médico de la unidad elaboró un informe en el que concluyó que el interno no presentaba lesiones visibles. El hombre se comunicó con su defensoría a fin de hacer saber lo ocurrido. Por ese motivo, se celebró una audiencia en la que brindó los detalles del hecho y efectuó la denuncia. Entonces, fue revisado por personal del Cuerpo Médico Forense y de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Sus informes coincidieron en la existencia de lesiones compatibles con la versión brindada por el detenido. La víctima se constituyó como parte querellante y, en los mismos términos que los representantes del Ministerio Público Fiscal, instó el procesamiento del personal penitenciario por el delito de torturas. El juzgado sobreseyó a los agentes. Para decidir de esa manera, sostuvo que el hombre había incurrido en contradicciones en el relato del hecho. Además, valoró el informe elaborado por el médico penitenciario e indicó que no surgían “conectores directos” entre los exámenes médicos del CMF y la PPN. Contra esa decisión, la querella y la fiscalía interpusieron recursos de casación.
12-feb-2019DD v. EspañaEn 2013, el peticionario abandonó Mali a causa de un conflicto armado. En febrero de 2014, llegó a Marruecos, donde vivió cerca de un año en los campamentos informales para migrantes en los alrededores del enclave español de Melilla. En diciembre de ese mismo año, tras varios intentos previos de cruzar el puesto fronterizo, se encaramó a la valla y, por temor a ser deportado y sujeto a un eventual maltrato y violencia de las fuer-zas marroquíes, permaneció varias horas allí. Durante ese período, no se le ofreció ningún tipo de asistencia. Tampoco pudo comunicarse con la Guardia Civil, pues no hablaba español y no había intérpretes presentes. Apenas puso sus pies en el suelo, fue detenido y esposado por la Guardia Civil, entregado a las fuerzas marroquíes y deportado a Marruecos de forma sumaria. DD no fue sometido a un procedimiento de identificación; no se le dio la oportunidad de explicar sus circunstancias personales, objetar su deportación inminente o reclamar protección como niño no acompañado. Tampoco fue asistido por abogados, intérpretes o médicos. Finalmente, la deportación fue ejecutada sin notificárselo de una decisión formal de expulsión. En diciembre de 2014, DD ingresó a España y se alojó en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI). A finales de julio de 2015, gracias a la asistencia de una ONG y a la tarjeta de registro consular expedida por el consulado de Mali en Madrid, donde constaba su fecha de nacimiento, obtuvo protección como niño no acompañado y fue alojado en una residencia de niños y niñas bajo la guarda de las autoridades españolas.
7-feb-2019Godoy (Causa Nº 12661)Un buque pesquero se hundió y sus tripulantes naufragaron. Por tal razón, se inició una investigación en sede penal. Las familias de dos víctimas se presentaron como querellantes con representaciones legales separadas. Una de ellas contrató a un letrado particular. La otra tenía dificultades económicas y su representación fue asumida por el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación. El juzgado intimó a las querellas a unificar su representación, bajo apercibimiento de disponerlo de oficio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Entre otras cuestiones, indicó que, dada la vulnerabilidad de su representado, no era posible unificar la querella con un abogado particular y afrontar su costo. Al mismo tiempo, indicó que en los términos de la resolución DGN N° 1459/18, el programa sólo podía representar a personas de bajos recursos económicos.
feb-2019DESC en cárcelesEste documento releva el modo en que evolucionó la jurisprudencia sobre derechos económicos sociales y culturales en el ámbito carcelario entre los años 2016 y 2018.
31-ene-2019Rooman v. BélgicaRené Rooman, ciudadano belga de habla alemana, fue condenado en 1997 por diversos delitos. En 2004, después de haber cometido un nuevo delito durante su detención, fue internado en un establecimiento de protección social (EDS) ubicado en la región de Valona. Entre 2005 y 2015, presentó tres solicitudes de excarcelación que fueron rechazadas debido a que no cumplía con las condiciones de liberación (mejora del estado mental y garantías de rehabilitación social). En esas decisiones, la Comisión de Bienestar Social (SPC) identificó, además, que no se le podía brindar atención psiquiátrica en el único idioma que hablaba y entendía. De la misma forma, agregó que la circunstancia de que no hablara francés le impedía tener contacto con otros pacientes y personal del centro. En consecuencia, planteó la necesidad de buscar una institución que pudiera proporcionarle terapia en alemán. En 2014, Rooman inició procedimientos sumarios contra el Estado belga con el fin de obtener su liberación o, alternativamente, medidas adecuadas a su estado de salud. Después de constatar una violación del derecho de acceso a la atención médica y una situación inhumana y degradante, el juez ordenó que se designara a un psiquiatra y un asistente médico de habla alemana, y que se le proporcionara la atención brindada para los internados de habla francesa. Además, determinó que el Estado era responsable por mala conducta y le ordenó pagar la suma de 75.000 € en concepto de negligencia. Posteriormente, en 2017, como parte de una nueva solicitud de excarcelación, las autoridades dictaminaron en contra de su liberación. Alegaron, entonces, que seguía siendo peligroso y que estaba en riesgo de reincidencia. Además, el SPC observó que podría beneficiarse de la orientación psicológica, psiquiátrica y social en alemán y la asignación de un intérprete cuando fuera necesario. Sin embargo, en ese momento el peticionario no cooperó lo suficiente y no fue receptivo al tratamiento que se le propuso. El 18 de julio de 2017, la sección segunda del Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que Bélgica había infringido el artículo 3 (prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Rooman v. Bélgica, aplicación 18052/11). El caso fue remitido a la Gran Sala a solicitud del peticionario.
10-ene-2019Informe sobre la situación de las defensoras de los derechos humanosEl Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos emitió un informe sobre la situación de las niñas y mujeres defensoras de los derechos humanos. En su estudio, analizó los riesgos y obstáculos adicionales relacionados con el género a los que se enfrentan y reconoció su importante papel en la promoción y la protección de esos derechos.
8-ene-2019Aire limpio y el derecho a un medio ambiente sano y sostenibleEl Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible realizó un informe sobre el derecho a respirar aire puro. En el documento, analizó los efectos de la contaminación atmosférica en el disfrute de los derechos humanos. Luego, desarrolló las obligaciones procesales y sustantivas de los Estados en relación con el derecho a respirar aire puro. Por último, emitió una serie de recomendaciones para garantizar este derecho.
26-dic-2018BPB (Causa Nº 1299)Una mujer y un hombre acordaron una cuota de alimentos a favor de su hija equivalente a un porcentaje del salario mínimo, vital y móvil. Luego, presentaron el acuerdo ante un juzgado, que lo homologó. Al año siguiente, la madre denunció que el progenitor no cumplía con la obligación alimentaria pactada. Pese a las reiteradas intimaciones, el hombre solo hacía pagos parciales. Asimismo, la mujer reclamó que el hombre había vendido bienes y que había adquirido otros, pero los había colocado a nombre de su pareja de ese momento. Puntualizó que el progenitor asistía con frecuencia al estadio de fútbol de su club y a espectáculos bailables. En ese sentido, indicó que lo publicaba en sus redes sociales y que, de esa manera, se burlaba de la situación de su hija. Por lo tanto, la actora solicitó al juez que tomara una serie de medidas a fin de obligarlo a cumplir con el pago de los alimentos.
17-dic-2018YML (causa N° 51350)Una mujer francesa viajó con sus hijos menores de edad a Argentina y el padre reclamó su restitución. En junio del año 2018, fue condenada por las autoridades francesas por el delito de retención de menores fuera de Francia. Los hechos comprendían un período entre los años 2016 y 2017. Luego, en Argentina, suscribió un acuerdo en sede civil, mediante el cual se comprometió a viajar en septiembre del 2018 con sus hijos a Francia y restituirlos a su padre. La mujer no cumplió con lo acordado. Entonces, el juzgado civil extrajo testimonios del expediente y los remitió a la justicia penal, para que se investigara la posible comisión de delitos de acción pública. El juzgado de instrucción consideró que la mujer debía ser imputada por el delito de desobediencia y dispuso la remisión de las actuaciones a la justicia penal, contravencional y de faltas de la CABA. En tal sentido, entendió que la sustracción de los menores era objeto de investigación de la justicia francesa y que, de continuar el trámite por esa figura, se violaría la garantía de non bis in ídem. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de apelación.
dic-2018AdopciónSentencias más relevantes en materia de adopción a partir de la entrada en vigencia, el 1 de agosto de 2015, del Código Civil y Comercial de la Nación.