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FechaTítuloResumen
27-dic-2016P, JEUn adulto mayor con discapacidad se encontraba internado en una clínica a cuyo plan médico se encontraba afiliado. Sin perjuicio de eso, un médico particular al que consultaron sus hijos indicó que su padre podría ser tratado en su domicilio particular. Por tal motivo, requirieron su externación con los cuidados acordes a la patología que sufría. Ante la negativa de la institución, interpusieron una acción de amparo y solicitaron, como medida cautelar, el traslado del paciente. El juzgado de primera instancia rechazó la medida precautoria por considerar que se encontraba en un estado delicado y que las prestaciones que requería no se podían instrumentar en su domicilio sin poner en riesgo su vida. En consecuencia, los amparistas interpusieron un recurso de apelación.
27-dic-2016HJE (causa Nº 8111)Una persona que padecía osteoporosis y artrosis solicitó a PAMI, por prescripción médica, la cobertura integral de la prestación de enfermería domiciliaria durante todo el día. Además, requirió mediante una carta documento que se le provea una cama ortopédica con colchón anti escaras. Ante la falta de respuesta de PAMI, inició una acción de amparo. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. En consecuencia, la demandada interpuso un recurso de apelación.
6-dic-2016B, MA c OSPJUna mujer que padecía una deficiencia en la reserva ovárica (contaba con menos óvulos y de inferior calidad en comparación con otras mujeres) solicitó a su obra social la cobertura integral del tratamiento de congelamiento de sus óvulos según lo que le había prescripto su médico. La obra social negó el pedido y alegó que la técnica de criopreservación aún no había sido reglamentada. La afiliada interpuso una acción de amparo. El Juzgado Federal N° 2 de Paraná hizo lugar a la acción y ordenó cubrir integralmente el tratamiento indicado. La obra social interpuso un recurso de apelación contra esa determinación.
6-dic-2016C,LCUna mujer recibió un tratamiento de quimioterapia con la cobertura de su empresa de medicina prepaga. Por esta razón, sufrió efectos colaterales cardíacos y pulmo respitatorios. Su médico le indicó la aplicación de radioterapia por IRMT, técnica que se focaliza en la parte afectada exclusivamente (mama), excluyendo riesgos colaterales o afectación de otros órganos. La empresa, sin embargo, rechazó el pedido médico por no encontrarse comprendido en el Plan Médico Obligatorio. En consecuencia, se inició una acción de amparo y se solicitó la cobertura total de la práctica indicada. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó la inmediata cobertura mediante la técnica prescripta. La demandada interpuso un recurso de apelación.
dic-2016Adultos mayoresJurisprudencia internacional y nacional sobre personas adultas mayores
24-nov-2016A, G C c OSSIMRAUna persona, en representación de su hijo, inició una acción de amparo contra la obra social demandada con el objeto de que cubra sesiones de psicopedagogía, fonoaudiología y terapia ocupacional y maestra integradora. El 22 de octubre de 2014 el juzgado de origen hizo lugar a la medida. el 14 de octubre de 2015 la Asesora de Menores Coadyuvante informa que el menor se encuentra recibiendo las prestaciones solicitadas. El 25 de noviembre de ese mismo año, el juez de primera instancia declara abstracta la acción. El actor, con adhesión de la Asesora de Menores, interponen recurso de apelaciön
8-nov-2016LSL (causa Nº 39357)Los progenitores de un niño con discapacidad, en su representación, iniciaron una acción de amparo a fin de que su obra social le suministrara la cobertura total de un medicamento cuyo principio activo es el Cannabidol. Señalaron que la medicación indicada por el médico tratante no se comercializaba en el país y que su componente sustancial es un derivado de una sustancia cuya utilización, aun con fines medicinales, no estaba legalmente autorizada. Asimismo, los actores solicitaron el dictado de una medida cautelar a fin de que la demandada suministrara la medicación hasta que se resolviera el fondo del asunto. Para fundar su pedido, refirieron que el niño padecía síndrome de West y sufría aproximadamente 620 espasmos diarios.
26-oct-2016FMS (causa Nº 26284)Una mujer tenía protusión acetabular y coxoartrosis de cadera. A través de PAMI fue operada en varias oportunidades. En la quinta cirugía se le colocó un “espaciador” hasta que la obra social le proveyera las prótesis destinadas al reemplazo total de la cadera. Frente a la demora de PAMI en autorizar la prestación, la afiliada interpuso una acción de amparo. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó cubrir las prótesis prescritas y la cirugía necesaria para su colocación. Contra dicha resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación.
25-oct-2016LRH c. OSTELUna persona con problemas respiratorios requirió a la obra social a la cual se encontraba afiliada (OSTEL) la provisión de oxígeno y tubo de transporte, ambos prescriptos por su médico tratante. La obra social realizó una auditoría médica y autorizó su provisión. Ante el incumplimiento del prestador médico, el afiliado se presentó ante la Defensoría Pública Oficial y, luego de diversas gestiones extrajudiciales, OSTEL entregó la prestación requerida. Sin embargo, al poco tiempo el afiliado notó una falla en la mochila –o una de sus partes– y, luego, en el tanque de oxígeno. En virtud de esto, reclamó a la prestadora su cambio o reparación. Ante a la falta de respuesta de la obra social, el afiliado inició una acción de amparo contra OSTEL a fin de que le provea un nuevo tanque de oxígeno y mochila transportadora equipo o repare los entregados. El juez de primera instancia rechazó in limine el planteo. La Defensa interpuso recurso de apelación.
10-oct-2016Custet Llambi María RitaEn el presente caso, la Defensora General de la provincia de Río Negro inició una acción de amparo colectivo contra la provincia de Río Negro y el Municipio de San Antonio Oeste a los efectos de resguardar el derecho a la salud y al goce de un medio ambiente sano de los niños, niñas y adolescentes que habitan en ese municipio, para lo cual requirió, entre otras medidas, que se ordene la efectiva remediación de las zonas contaminadas con plomo y otros metales pesados. El juez del amparo admitió la acción y ordenó a la autoridad de aplicación la remisión de informes al tribunal sobre la efectiva ejecución del Subprograma II "Gestión Ambiental Minera" (GEAMIN) y del seguimiento del proceso. Sin embargo, el magistrado sostuvo que, atento el carácter excepcional del amparo, no correspondía tomar decisiones que pudiesen interferir en las tareas llevadas a cabo en el marco del Subprograma GEAMIN, ya que el monitoreo de la aplicación efectiva del programa se encontraba a cargo de una comisión de seguimiento creada por ley e integrada por representantes del Poder Ejecutivo provincial y municipal, legisladores y el grupo promotor para el tratamiento de la problemática ambiental. Por ello, estimó que su intervención era subsidiaria y que la adopción de otra postura implicaría interferir en políticas públicas propias de los demás poderes del Estado provincial. La actora apeló lo decidido, principalmente, porque la sentencia de primera instancia omitió hacer lugar al reclamo de medidas de remediación. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro declaró mal concedido el recurso de revocatoria. La actora interpuso recurso extraordinario federal que, rechazado, motivó la interposición de un recurso de queja.