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26-dic-2019PSM (causa Nº 5207)Un joven fue imputado por el delito de homicidio. El Tribunal Oral lo absolvió. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la sentencia y lo condenó a la pena de seis años de prisión. La defensa interpuso un recurso de casación con el fin de que, en los términos del precedente “Duarte” de la CSJN, la condena fuera revisada por otra sala de la cámara. La Sala IV declaró inadmisible el recurso. Para decidir de esa manera sostuvo que no existía una norma legal que de manera expresa habilitara la vía recursiva intentada. Entonces, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. En particular, consideró que se había violado la garantía constitucional al doble conforme.
26-dic-2019Vázquez (causa Nº 367)En el año 2001, en la provincia de Misiones, una persona se presentó de noche a la casa de una mujer, le sustrajo sus pertenencias y la mató con un martillo. Durante el trámite del expediente prestaron declaración testimonial varias personas. Por un lado, S. manifestó que el día de los hechos había observado a V. junto a C. G. cerca de la casa de la víctima. Otra persona, Z., indicó que una noche V. había ido a dormir a su casa y le había contado que había herido con un martillo a la víctima. Por esa razón, V. y R. fueron detenidas e imputadas por el delito de homicidio criminis causa. Al prestar declaración indagatoria, sostuvieron su ajenidad a los hechos. V. indicó que se encontraba en compañía de su amiga C. G. y que había pasado la noche en la casa de su padre, a ocho kilómetros del lugar. Durante la audiencia de debate, el testigo Z. declaró que si bien reconocía como propia la firma de la declaración prestada durante la instrucción, había firmado sin leer, lo habían engañado y no recordaba que V. le hubiese efectuado esa confesión. El Tribunal Oral condenó a V. y R. condenó a la pena de prisión perpetua. Para decidir de ese modo, ponderó las declaraciones testimoniales. Además, consideró que la víctima era una persona muy cautelosa, por lo que era entendible que le hubiera abierto la puerta de su casa a V., a quien conocía. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de casación. El Tribunal Superior de Justicia de Misiones confirmó la sentencia. Entonces, interpusieron un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la decisión y dispuso la devolución del expediente al tribunal de origen a fin de que dictara un nuevo pronunciamiento. En tal sentido, concluyó que no se habían satisfecho los estándares de revisión de la sentencia. Devueltas las actuaciones, el tribunal confirmó la resolución. En particular, tuvo en consideración las declaraciones testimoniales y señaló que V. junto a otra mujer habían caminado por la calle en la que se vivía la víctima y “marcado” su casa. Asimismo, concluyó que V. había utilizado un martillo para matarla. Contra esa resolución, las defensas interpusieron recursos de casación. La decisión fue confirmada, por lo que interpusieron recursos extraordinarios federales. Las defensas sostuvieron que el tribunal no había efectuado un control integral de la condena, lo que había afectado el derecho a recurrir la sentencia condenatoria.
3-dic-2019Buenos Aires c/ Provincia De Santa Fe (Causa N° 528)La provincia de Buenos Aires inició una causa contra la provincia de Santa Fe en los términos del artículo 127 de la Constitución Nacional. En esa oportunidad, solicitó que se le prohibiera la ejecución de obras que alteraran las aguas de la laguna Picasa por la emergencia hídrica que había en la zona. El tribunal que intervino declaró que la queja debía ser resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tiempo después, las partes firmaron un convenio que suspendía los plazos procesales de la causa. Después de 10 años del pedido de suspensión, el Defensor del Pueblo denunció que los habitantes del noroeste bonaerense estaban sufriendo inundaciones desde principios de 2017 por el exceso de agua y solicitó que se llamara a una audiencia a las partes. En consecuencia, se celebró una audiencia pública. En 2018 intervino la CSJN y solicitó que las partes entregaran informes sobre los proyectos de obras, el control de los canales clandestinos y los programas de contingencias ambientales por las inundaciones que existían en la zona. De ese informe, no surgió controversias entre las partes.
29-oct-2019RCE (Causa Nº 733)Una mujer vivía con su expareja y sus tres hijos y sufría violencia de género del hombre de forma regular. En una oportunidad, la empujó y golpeó y la llevó hasta la cocina, donde ella tomó un cuchillo y lo hirió en el abdomen. Luego, huyó del domicilio. Por ese hecho, fue imputada por el delito de lesiones graves. En el informe médico se dejó constancia de que la mujer poseía hematomas y dolores en el abdomen y en las piernas y que tenía dolor en el rostro. En su declaración indagatoria, explicó que había pensado que el hombre la iba a matar porque “le pegaba y le pegaba” y que solo había dado “un manotazo” para defenderse. Por su parte, el hombre prestó declaración testimonial y negó haber agredido a la mujer. El Tribunal Oral condenó a la imputada a la pena de dos años de prisión en suspenso. Para decidir de ese modo, consideró que su declaración no resultaba verosímil ya que, si bien había indicado haber sufrido golpes en la cabeza, no se habían constatado hematomas en su cara. En tal sentido, concluyó que el hecho se había tratado de una "agresión recíproca" y negó que hubiese constituido un caso de violencia de género. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, señaló que su asistida había actuado en legítima defensa y que las lesiones previas acreditaban la ventaja física del hombre sobre su asistida y fundamentaban el temor por su integridad. En esa línea, refirió que la mujer había utilizado el único medio que tenía a su alcance para defenderse. La fiscalía dictaminó en favor del planteo. El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó la impugnación. Entonces, la defensa interpuso recursos de inaplicabilidad de la ley y de nulidad por entender que la resolución resultaba arbitraria y carecía de fundamentación. La Suprema Corte de Justicia de la provincia desestimó las presentaciones. En relación con el recurso de inaplicabilidad, consideró que no cumplía con los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal provincial y que la arbitrariedad alegada no había sido planteada de forma adecuada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
8-oct-2019Dapero (causa Nº 7458)Una persona fue imputada como partícipe secundaria del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de una administración pública. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que la fiscalía solicitó que se la condenara a la pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional. El Tribunal Oral la condenó en esos términos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación en el que sostuvo que la conducta imputada era atípica. El tribunal rechazó la impugnación por considerar infundado el planteo. Entonces, la defensa interpuso un recurso de queja que fue declarado inadmisible por la CFCP por falta de fundamentación y ausencia de cuestión federal. Finalmente, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. En su presentación sostuvo que la resolución resultaba arbitraria por cuanto no había tratado los agravios relativos a la falta de relevancia penal de la conducta. En ese sentido, entendió que se encontraba violada la garantía al doble conforme.
22-ago-2019Luna (Expte. N° 74.056)La joven YSL hizo parte de una colisión entre automóviles que dejó graves lesiones en toda su familia y ocasionó la muerte de su madre. El señor Luna, su padre, en representación de sus hijos, interpuso demanda de daños y perjuicios contra el conductor del otro vehículo que fue rechazada por el juzgado de primera instancia. La actora no apeló la decisión; sin embargo, la Defensoría Pública de Menores e Incapaces –en representación de YSL– interpuso recurso de apelación. La Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró desierta la apelación por entender que la expresión de agravios fue introducida de manera extemporánea. En este sentido, sostuvo que el plazo debía computarse desde el ingreso del expediente a la dependencia. Contra ese pronunciamiento, la Defensoría interpuso recurso extraordinario que fue denegado. Por este motivo interpuso un recurso extraordinario federal y, posteriormente, un recurso de queja.
22-ago-2019Nordi (Causa N° 180)Un grupo de vecinos denunciaron que habían identificado una embarcación en el canal Emilio Mitre que estaba volcando material refulado entre los kilómetros 58 y 62 del río Paraná de las Palmas. Como consecuencia de ello, se estaba afectando también a los ríos y arroyos de la margen derecha que desembocan en el río Paraná. En consecuencia, una mujer decidió iniciar una demanda contra la empresa Hidrovía S.A. y solicitó el dictado de una medida cautelar. Entre sus argumentos, pidió que se ordenara a los demandados a que realizaran las obras que garantizaran el mínimo de circulación de agua que mantuviera vivo el arroyo Tararias y permitieran el tránsito de embarcaciones pequeñas para el acceso a las propiedades de los vecinos. En esa oportunidad, el tribunal juzgó que de manera previa necesitaría que se reúna determinada prueba.
22-ago-2019Fernández s/ Infracción a la ley 24.051 (Causa N° 1531)Se inició una causa a raíz de una posible infracción a la ley 24.051 de residuos peligrosos. En esa oportunidad, se investigaba a una cooperativa de trabajo ganadera por los efluentes industriales y cloacales que se encontraron en el arroyo San Francisco de la localidad de Quilmes. Por su parte, la jueza de garantías se declaró incompetente. Para decidir así, expuso que le correspondía la competencia a la justicia federal en virtud de que trataba de residuos peligrosos y así lo regulaba el artículo 58 de la ley 24.051. No obstante, el juzgado federal decidió que no tenía competencia dado que no se había afectado ningún recurso natural interjurisdiccional en los términos de la Ley General del Ambiente N° 25.675. En ese marco, se produjo un conflicto de competencia entre los juzgados.
11-jul-2019Park Kim (causa Nº 20764)A fines del año 2011, en Paraguay, una mujer efectuó varias compras y pagó con cheques. Su cobro fue rechazado por el banco porque registraba órdenes de no pagar. Por esos hechos, fue imputada por el delito de estafa. Luego, la mujer viajó a Argentina y la justicia paraguaya solicitó su extradición. En diciembre de 2017, fue detenida. La imputada solicitó no ser extraditada. Por su parte, la defensa sostuvo que los hechos imputados a su asistida se correspondían con el delito de pago de cheques sin provisión de fondos (artículo 302 del CP) y que, de acuerdo a las normas argentinas, se encontraba prescripto. En esos términos, solicitó que se rechazara la extradición. La representante del Ministerio Público Fiscal planteó que los hechos fueron encuadrados en el delito de estafa y que la acción se encontraba vigente. El juzgado consideró que los hechos imputados se adecuaban a la figura del art. 302 del CP. Por tal razón, declaró la prescripción de la acción penal y denegó el pedido de extradición. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación en los términos del artículo 449 y siguientes del CPPN. La Cámara de Apelaciones consideró que la resolución sobre el análisis de la procedencia de la extradición era apelable por medio de un recurso ordinario ante la CSJN y concluyó que las actuaciones se encontraban mal eleva-das. La fiscalía interpuso un recurso de casación, que fue rechazado. Finalmente, el juzgado elevó el expediente a la CSJN. En su dictamen, el Procurador General consideró que el Ministerio Publico Fiscal había intentado cuestionar la resolución que había declarado la prescripción de acuerdo a las normas del CPPN, lo que no encuadraba en los artículos 32 y 33 de la ley N° 24767. En tal sentido, solicitó que se devolvieran las actuaciones al tribunal competente para que revisara lo resuelto. En la vista conferida, la defensa sostuvo que el recurso interpuesto no era el correspondiente para revisar la resolución en cuestión. En tal sentido, señaló que de acuerdo al precedente “Videla” de la CSJN, la vía idónea para revisar la decisión que declaraba improcedente la extradición era el recurso ordinario de apelación previsto en el artículo 33 de la ley N° 24.767.
11-jul-2019Majul (Causa N° 714)En la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos se realizaban obras para un proyecto inmobiliario “Amarras de Gualeguaychú” que se convertiría en un barrio náutico con complejos multifamiliares y un hotel. En consecuencia, un hombre que era vecino de esa zona, interpuso una acción de amparo colectivo contra la empresa, la municipalidad de General Belgrano y la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. En esa oportunidad, solicitó que cesaran los perjuicios que se producían por las obras generando un impacto negativo en el ambiente. Además, sostuvo que la empresa comenzó el proyecto sin la autorización necesaria. Asimismo, destacó que tampoco se había presentado un proyecto sanitario ni plan de manejo de residuos. El Juzgado Civil y Comercial de la provincia de Entre Ríos admitió la demanda colectiva y ordenó el cese de las obras. Por su parte, los demandados interpusieron un recurso de apelación. El Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia del juzgado y rechazó la acción de amparo. Contra esa decisión, el actor interpuso recurso extraordinario que fue denegado. Por ese motivo, interpuso un recurso de queja.