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FechaTítuloResumen
18-oct-2023Miembros de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR) v. ColombiaEl Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR) era una organización no gubernamental dedicada a la defensa y protección de los derechos humanos en Colombia. Entre 1990 y 2001, miembros de la organización sufrieron hostigamientos, intimidaciones, amenazas y atentados. En particular, denunciaron que funcionarios públicos llevaron a cabo labores de vigilancia, seguimiento, interceptación de comunicaciones, recopilación de información y registros con datos de índole personal, familiar y profesional de integrantes de esta organización y de sus familiares, incluidos sus hijos. Una de las víctimas recibió en su domicilio una muñeca descuartizada y con marcas en sus partes íntimas, alusivas a actos de violencia sexual. En ese contexto, señalaron que las agresiones respondieron a un plan estatal desarrollado a lo largo de los años para inhibir su labor de defensa y protección de los derechos humanos, particularmente en el ámbito judicial e internacional de litigio en casos emblemáticos. A raíz de las denuncias, se iniciaron diversas investigaciones que en su mayoría fueron archivadas o concluidas sin obtener una sanción de las personas responsables.
4-sep-2023Córdoba v. ParaguayUn matrimonio tuvo un hijo en Argentina. En 2006, cuando el niño tenía un año, la madre lo trasladó a Paraguay sin el consentimiento del padre. El hombre inició de inmediato un proceso de restitución internacional, a lo que la mujer se opuso. La justicia paraguaya hizo lugar al pedido y ordenó el traslado inmediato del niño a su país de origen. Una vez firme la orden judicial, en 2008 se convocó a una audiencia de restitución a la que la mujer no compareció. Durante casi nueve años, el Estado paraguayo ignoró su paradero pese a que el niño era usuario del sistema público de salud y educación. Fue recién en 2015, cuando INTERPOL ubicó a la mujer y a su hijo, que la justicia paraguaya detuvo a la madre y ordenó nuevas diligencias orientadas a ejecutar la orden judicial. En ese momento, el niño expresó temor de regresar a Argentina y manifestó su deseo de permanecer en Paraguay. Por ese motivo, la justicia le otorgó la guarda a una familiar que residía allí e inició un proceso de revinculación entre el padre y el niño. El proceso se extendió durante más de cuatro años sin lograr avances significativos.
1-sep-2023Rodríguez Pacheco v. VenezuelaUna mujer que cursaba un embarazo de alto riesgo fue sometida a una cesárea programada en una clínica privada. Durante la intervención, el cirujano principal efectuó una extracción de placenta deficiente que luego requirió una histerectomía —cirugía para extirpar el útero— de urgencia. A raíz de unas complicaciones durante la segunda operación, los médicos tuvieron que realizarle nuevas intervenciones quirúrgicas que derivaron en una pérdida de movilidad y autonomía física y le generaron severas discapacidades de carácter permanente. Por esos hechos, la mujer presentó una denuncia penal por mala praxis contra el cirujano y los médicos intervinientes. La fiscalía solo presentó acusación contra el cirujano principal y omitió pronunciarse sobre los restantes profesionales. Por ese motivo, el juzgado sobreseyó a los demás médicos. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso judicial donde solicitó que se investigara a todos los profesionales intervinientes. El tribunal de apelaciones hizo lugar a la impugnación y declaró la nulidad absoluta de la acusación y de todos los actos subsiguientes. Luego, la fiscalía presentó una acusación contra todo el equipo médico pero un año más tarde solicitó su sobreseimiento. Tras más de una década de la interposición de la denuncia inicial, el juzgado sobreseyó a todos los acusados por prescripción de la acción.
22-ago-2023María y otros v. ArgentinaMaría era una niña de 12 años que vivía con su madre en una situación de pobreza y de violencia familiar. Un día, acudió a un centro de maternidad pública, donde le diagnosticaron un embarazo de 28 semanas de gestación. El personal de la maternidad la presionó para que diera en adopción al bebé. Así, María y su madre firmaron sin asistencia letrada un escrito donde manifestaba su voluntad “libre e informada” de dar en guarda preadoptiva con fines de adopción al niño por nacer. Por ese motivo, la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes solicitó el inicio de un procedimiento de guarda con fines de adopción. El tribunal interviniente ordenó por auto no motivado la entrega del niño, que fue entregado a una familia adoptiva el día posterior a su nacimiento. Durante su embarazo y en los meses posteriores al parto, María manifestó en reiteradas oportunidades su voluntad de no dar en adopción a su hijo ante diferentes funcionarios judiciales, de trabajo social y de salud mental. Asimismo, miembros de su familia se ofrecieron a colaborar con el cuidado del bebé. Sin embargo, los pedidos fueron desoídos. A través de la presentación de distintos recursos, la niña y su madre solicitaron la restitución del bebé, que fueron rechazados. En paralelo, María pidió la vinculación con su hijo, acompañada por la Junta Especial de Salud Mental. Un año más tarde, se estableció un régimen de contacto entre María y Mariano. Sin embargo, el régimen de visitas se caracterizó por su rigidez y por la existencia de múltiples obstáculos que dificultaron la vinculación. Después de ocho años, todavía no se ha resuelto de manera definitiva la situación de adoptabilidad del hijo de María. A la fecha aún se encuentra pendiente de resolución un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
22-ago-2023Álvarez v. ArgentinaDos jóvenes se encontraban imputados por varios delitos en un proceso llevado ante un tribunal oral de menores. Uno de ellos había designado defensores particulares. Sin embargo, unos días antes de la fecha fijada para la audiencia de debate, revocó el patrocinio y solicitó un plazo para nombrar nueva asistencia letrada. El tribunal hizo lugar al pedido, pero dispuso que el imputado fuera representado por la defensa pública oficial que ya intervenía en representación de su coimputado. Esa resolución fue notificada al joven el mismo día de la audiencia de debate, que solo pudo reunirse con su defensa una hora antes del inicio del juicio oral. Pese a que se requirió la suspensión del debate para elaborar una adecuada estrategia de defensa, el tribunal denegó la solicitud y dispuso continuar con el debate. El joven fue condenado a la pena única de reclusión perpetua y a la pena accesoria de reclusión por tiempo indeterminado, en los términos del artículo 52 del Código Penal.; El juzgado de ejecución realizó el cómputo del tiempo de detención y fijó el límite temporal de la pena en treinta y siete años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. La defensa presentó diversas impugnaciones referidas a la vulneración al derecho de defensa y a la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la pena de reclusión por tiempo indeterminado. A la fecha, continúa pendiente un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por ese último asunto.
11-jun-2023Tavares Pereira y otros v. BrasilTrabajadores rurales organizaron una marcha multitudinaria para reclamar por una reforma agraria en Brasil. Cientos de manifestantes, incluyendo niños y niñas, se movilizaron hacia la ciudad de Curitiba. La policía interceptó y detuvo varios autobuses en la ruta y les ordenó regresar al interior con el argumento de que estaban autorizados a impedir su ingreso a la ciudad para evitar disturbios. En el camino de regreso, el autobús en el que se encontraba Tavares Pereira se detuvo en la ruta. La policía les ordenó a los manifestantes que no descendieran del vehículo, pero algunos lo hicieron. En respuesta, la policía empezó a efectuar disparos con armas de fuego y también empleó gases lacrimógenos, balas de goma, perros, garrotes y fuerza física para despejar la ruta. Como resultado, 197 personas resultaron afectadas y 69 heridas. Entre ellas, Tavares Pereira recibió un disparo efectuado por un soldado que luego derivó en su muerte. Por este hecho, se iniciaron procesos penales contra el soldado en la jurisdicción ordinaria y ante la justicia militar. La investigación en sede militar fue archivada a los pocos días de su inicio. Por su parte, la investigación en sede ordinaria presentó graves falencias en la recolección y preservación de la prueba. Finalmente, el soldado fue sobreseído. Fuera de ello, no se iniciaron investigaciones por las lesiones que sufrieron los demás manifestantes.
16-may-2023Comunidad Indígena Maya Q’eqchi’ Agua Caliente vs. GuatemalaEl Estado de Guatemala había entregado a un grupo de particulares diversas tierras pertenecientes a comunidades indígenas. Asimismo, otorgó un título provisional de copropiedad de esas mismas tierras a favor de campesinos de la Comunidad Agua Caliente. En consecuencia, los representantes de la comunidad solicitaron la entrega de la escritura, pero el Estado informó que se había extraviado el documento en el que constaba el registro correspondiente. Ante la presentación de diversos recursos judiciales, la Corte de Constitucionalidad de Guatemala señaló que, pese al extravío del documento, no debía retardarse la entrega del título definitivo de propiedad. De esa manera, se dio cumplimiento a la regulación de la propiedad comunitaria de las tierras oportunamente asignadas. En el período previo a la entrega del título de propiedad, el Estado también había otorgado una concesión de explotación minera a una sociedad anónima. Durante el desarrollo del proyecto tuvieron lugar reuniones con representantes y autoridades de las comunidades. En ese contexto se realizaron explicaciones generales sobre el proyecto minero, sus impactos ambientales y económicos, se atendieron las consultas en torno a distintas preocupaciones y se pidió la colaboración de los miembros de las comunidades para la ejecución del proyecto. Asimismo, se presentó un estudio de impacto ambiental. Algunas personas de la comunidad expresaron su disconformidad debido a que el estudio había sido presentado en español mientras que la mayoría de la población de la zona no tenía como lengua materna ese idioma. Sin embargo, la empresa minera comenzó a construir caminos dentro del territorio comunitario y a realizar sus actividades. Durante este período, miembros de las comunidades que protestaron por su exclusión en el proceso de consulta comunitaria denunciaron actos de agresión, hostigamientos, amenazas y desalojos por parte de empleados de la empresa concesionaria.
2-feb-2023Olivera Fuentes v. PerúUn hombre se encontraba con su pareja, que era del mismo género, en un supermercado. Al realizar algunas demostraciones de afecto, se les acercó la encargada del supermercado. En ese momento, les solicitó que cesaran sus conductas afectivas o que se retiraran del local para no incomodar a los demás clientes. El hombre denunció al supermercado ante la Comisión de Protección al Consumidor por el trato discriminatorio que sufrió a raíz de su orientación sexual. El supermercado respondió que la conducta de la pareja había sido contraria a la moral y buenas costumbres. En ese sentido, sostuvo que su intervención había sido necesaria para proteger el “adecuado bienestar y desarrollo” de los niños presentes en el local. La autoridad administrativa desestimó la denuncia. Para resolver así, consideró que el hombre no había logrado probar la discriminación. Además, explicó que la actuación del supermercado estaba justificada por el posible impacto de la exposición de los niños al “estilo de vida gay”. Contra esa decisión, el hombre presentó numerosos recursos administrativos y judiciales que no prosperaron.
24-nov-2022Baraona Bray v. ChileUn abogado y defensor ambiental realizaba labores relacionadas a la protección de los bosques en Chile. En una serie de declaraciones y entrevistas, el hombre acusó a un senador de ejercer presiones políticas para permitir la tala ilegal del árbol de alerce. Por esos dichos, el senador inició una acción penal en su contra. El juzgado interviniente consideró que el hombre era responsable por el delito de injurias graves. Por ese motivo, lo condenó a 300 días de prisión y dispuso la suspensión de la imposición de pena. Contra la sentencia condenatoria, el imputado interpuso un recurso de nulidad ante la Corte Suprema de Chile que fue denegado. Para resolver así, consideró que las expresiones del hombre no revestían de seriedad y razonabilidad suficiente y que habían dañado de manera desproporcionada el honor del senador. Luego de seis meses de la suspensión de la pena sin un nuevo requerimiento de investigación, el Código Procesal Penal chileno habilita al tribunal a dejar sin efecto la condena y decretar el sobreseimiento total y definitivo de la causa. Por esa razón, el juzgado sobreseyó al imputado y dispuso el archivo del expediente. A raíz de lo ocurrido, el hombre no se pronunció sobre la tala ilegal del alerce ni sobre la participación del senador por algunos años.
18-nov-2022Angulo Losada v. BoliviaEntre 2001 y 2002, una adolescente de dieciséis años sufrió reiterados episodios de violencia sexual por parte de su primo, que era diez años mayor. Al tomar conocimiento de esos hechos, el padre de la joven presentó una denuncia ante la policía. La adolescente declaró sola ante la fiscalía, dado que no le permitieron ingresar acompañada por su madre. Durante la entrevista, la fiscal efectuó preguntas que cuestionaban la veracidad de su relato. Por otra parte, le realizaron pericias ginecológicas y psicológicas que arrojaron que había sufrido violencia sexual.; En 2002 , la fiscalía presentó una acusación formal contra el primo de la adolescente por el delito de violación. Bajo la ley penal boliviana, el tipo penal de violación requería el empleo de violencia física o intimidación contra la víctima. El tribunal consideró que no se encontraba probada la violencia física y que la joven presentaba rasgos de personalidad fuerte que hacían inconcebible que hubiese sido intimidada. Por esa razón, modificó la calificación legal y condenó al imputado por una figura con una escala penal menor. Ambas partes recurrieron el fallo. La Corte Superior de Justicia de Cochabamba hizo lugar a las impugnaciones, anuló el fallo de primera instancia y reenvió las actuaciones para un nuevo juicio. En el segundo juicio, el tribunal interviniente absolvió al imputado. Contra esa sentencia, la acusación presentó un recurso que fue admitido por la Corte y dio lugar a la realización de un tercer juicio. En ese marco, en 2008 se llevó a cabo un nuevo examen ginecológico a la joven. Hasta la fecha, el proceso penal permanece paralizado dado que el imputado se encuentra en el extranjero y no se ha logrado su extradición.